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Normas de Información Financiera y Leyes Fiscales
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Libro electrónico407 páginas3 horas

Normas de Información Financiera y Leyes Fiscales

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La Bolsa Mexicana de Valores estableció con carácter obligatorio a partir de 2012, que todas las empresas de México que cotizan en la misma, deberán presentar sus estados financieros apegados a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), con la opción de que puedan implantarlas antes de dicho año, esto es en 2011, lo mismo ocurre p
IdiomaEspañol
Fecha de lanzamiento28 ago 2023
ISBN9786079142698
Normas de Información Financiera y Leyes Fiscales
Autor

Silvia Angélica Montejo Bernés

Silvia Angélica Montejo Bernés: Licenciada en Contaduría Pública egresada de la Universidad Anáhuac Mayab.- Posgraduada en Maestría en Alta Dirección y Negocios Internacionales por la Universidad Anáhuac Mayab.- Es socia del Despacho Miguel Montejo y Cía., S.C. donde se desempeña como Gerente de Auditoría y Dictámenes para Efectos Fiscales- Es catedrática de la Universidad Interamericana para el Desarrollo (UNID), donde imparte las materias de: Auditoría Administrativa, Derecho Mercantil, Finanzas Internacionales. Miguel Ángel Montejo Bernés: Licenciado en Finanzas y Contaduría Pública egresado de la Universidad Anáhuac Mayab.- Es Pasante de Licenciado en Derecho en la Universidad ITES.- Es socio del Despacho Miguel Montejo y Cía., S.C. donde se desempeña como Gerente de Sistemas de Información y Defensas Fiscales.- Es autor del diseño y desarrollo de los Software “Desk ERP On Line”, sistema que integra los módulos de: Contabilidad, Administración, Nóminas, Producción, etc. y “UniSICE On Line” sistema universitario de control escolar, que funcionan por Internet, sin el uso de Exploradores y Servidores LAN, que se viene utilizando con éxito en varias empresas y universidades.- Hasta la fecha sindico del contribuyente de la Cámara Nacional de Comercio de Campeche. Miguel Ángel Montejo González (Asesor): Es socio director del Despacho de Miguel Montejo y Cía., S.C. , Contador Público Egresado de la Universidad Autónoma de Campeche, Es Posgraduado en Maestría en Contaduría por la misma Universidad en Coordianción con la UNAM.- Es Autor de los libros Aplicación Simplificada del Boletín B-10 para editorial ECAFSA con seis ediciones y nueve reimpresiones, y del libro Principios Contables del IMCP y Leyes Fiscales para editorial ECAFSA, con tres ediciones.- Coordinador de Posgrado de la UAC.- Es autor de diversos artículos para las revistas Prontuario de Actualización Fiscal PAF y Consultorio Fiscal de la UNAM.- Ha dado cursos y conferencias en varios estados de la república y del extranjero.- Obtuvo Mención Honorífica en el VI Premio Nacional de la Contaduría Pública organizado por el IMCP, en 1981.- Maestro de la FCA-UAC por más de 25 años, impartiendo las materias de Auditoría, Dictamen de Estados Financieros, Contabilidad de Sociedades Mercantiles, Costos, Finanzas, etc.

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    Normas de Información Financiera y Leyes Fiscales - Silvia Angélica Montejo Bernés

    Derechos reservados © conforme a la Ley por:

    Silvia Angélica Montejo Bernés

    Miguel Ángel Montejo Bernés

    Av. López Portillo núm. 55

    3er. Piso, col. Electricistas.

    Campeche, México.

    Derechos Reservados

    © Copyright

    Queda prohibida la reproducción total

    o parcial del texto de esta obra por

    cualquier medio impreso o electrónico

    EDITORIAL THEMIS, S.A. DE C.V.

    Av. Patriotismo 889 P.B.

    Col. Mixcoac México, 03910, D.F.

    Impreso en México

    Printed in Mexico

    ISBN: 978-607-9142-69-8

    La Bolsa Mexicana de Valores estableció con carácter obligatorio a partir de 2012, que todas las empresas de México que cotizan en la misma, deberán presentar sus estados financieros apegados a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), con la opción de que puedan implantarlas antes de dicho año, esto es en 2011, lo mismo ocurre para organismos públicos que han de rendir cuentas a la ciudadanía, tales como: gobiernos federales, estatales y municipales, organismos descentralizados, empresas paraestatales, etcétera.

    En 2009 el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB), emitió las NIIF para las Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES), que consiste en un resumen de éstas, que las hacen accesibles en su entendimiento para que sean aplicables por las pequeñas y medianas empresas, que son las que representan la mayor cantidad en el mundo y que varios países de América Latina ya están aplicando o están en un periodo de entrenamiento para su entrada en vigor en breve.

    Mientras la comunidad financiera mexicana esté esperando la decisión de que en México se instituya la obligatoriedad de dichas NIIF, continúan aplicándose las normas de información mexicanas, hay un periodo de transición por así decirlo, además de que las leyes fiscales también influyen en la contabilidad de las empresas, lo que hacen complicado su manejo, pues cuando un contador va a realizar un asiento contable, tiene que cumplir con las normas contables y a la vez cuidar no violar la Ley del Impuesto sobre la Renta y el Código Fiscal de la Federación.

    Aun cuando el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera, A.C. (CINIF), está trabajando en la conversión de las normas mexicanas (NIF) con las internacionales, creemos que antes que ello termine, México tendrá que adoptar las internacionales.

    La conclusión a que llegamos con este tratado, es que aun con el trabajo del CINIF, continúan las diferencias entre las NIF y las NIIF, y también existen contrastes entre los criterios de las NIF y las leyes mexicanas, por lo que hacemos una serie de proposiciones que esperamos sean útiles a los preparadores de información financiera experimentados, para que tengan una guía rápida para ver cuáles son las normas vigentes tanto nacionales como internacionales y sus contrastes con las leyes fiscales mexicanas, y a los recién egresados que les permita rápidamente comparar lo que aprendieron de las normas mexicanas, relacionándolas con las internacionales, y a los estudiantes que empiecen a familiarizarse con las NIIF, que desarrollen casos prácticos poco tratados en otros libros, y que ameritan consultar dichas normas y leyes.

    Antes de enero de 1974, no existían, con la seriedad actual, los conceptos básicos que sirven para apoyar los criterios para el registro oportuno con que deben efectuarse las distintas operaciones que realizan las entidades económicas. Es en esa fecha cuando el IMCP (Instituto Mexicano de Contadores Públicos) emite el Boletín A-1: Esquema de la Teoría Básica de la Contabilidad Financiera, donde se recopila cuáles son los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados (PCGA) en México. Antes de dicho boletín, imperaba un poco el desorden sobre su aplicación y se tomaban los criterios sugeridos por los diversos tratadistas en la materia.

    Por su parte, las Leyes Fiscales (LF) eran respetadas por su fuerza obligatoria, y antes de la normatividad de los PCGA, que se comentaron, los contadores llegaron a utilizar el término de Contabilidad Fiscal y Contabilidad Privada como si se tratara de dos ramas distintas, inclusive, sin el ánimo de defraudar al fisco, se llevaba una contabilidad apegada por completo a las leyes fiscales, es decir, que existía un contraste entre los PCGA y las LF, que se ve marcado cuando la Comisión de Principios de Contabilidad (CPC) emiten posteriormente los boletines de la serie A, relativos a los Principios Contables Básicos; serie B: Principios Relativos a Estados Financieros en General; serie C: Principios Aplicables a Partidos o Conceptos Específicos y la Serie D: Problemas Especiales de Determinación de Resultados.

    Pero, el boletín que viene a revolucionar la contabilidad financiera es el famoso B-10: Reconocimiento de los Efectos de la Inflación en la Información Financiera, que se edita en diciembre de 1985. Por su parte, las leyes fiscales toman varios conceptos de éste en la LISR vigente a partir de 1987, pero sobre bases diferentes que provocan un divorcio natural entre los criterios contables y fiscales, que aun se ha llegado al extremo de no respetar la normatividad del B-10 y aplicar las LF sólo para efectos de cálculo, no de registro, de sus disposiciones por lo complejo que resulta, sobre todo, por parte de las empresas medianas y pequeñas. Ya no se diga de aquellos problemas especiales que son tratados de manera distinta por los PCGA y las LF.

    Con toda esta modernización de ambos ordenamientos, así como sus constantes y dinámicas reformas, la Asociación Nacional de Facultades y Escuelas de Contaduría y Administración (ANFECA) decidió reformar sus planes, programas y estudios en 1985, cerrando el círculo. Por un lado, la falta de dominio de los temas por algunos profesores que no deciden actualizar sus conocimientos y por otro su complejidad desubican a los alumnos egresados que salen con muchas lagunas en su aprendizaje.

    Se incluye en el nuevo plan de estudios, la normatividad de los PCGA con ciertos problemas de interpretación y con un alto nivel de terminología contable, que los hace inaccesibles a los alumnos de los primeros semestres de las carreras de contaduría y administración, por otro lado, las LP tienen el mismo problema.

    El 1 de junio de 2004 se forma el Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera, A. C. (CINIF), como un organismo autónomo que asume la función y la responsabilidad de emitir las Normas de Información Financiera (NIF), aplicables en México, en sustitución de los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados (PCGA), mismas que tiene por objeto buscar la convergencia con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) emitidas por el Consejo de Normas Internacionales (IASB por su siglas en inglés).

    Con ello inicia una nueva época en la conformación de las ahora NIF, y empieza cuando apenas el interés de adentrarse en el estudio y aplicación de los antes principios de contabilidad cobraba cada vez mayor importancia en México. Hoy día hay contadores que señalan que a partir de este año se dejarán de aplicar las NIF mexicanas porque el CINIF adoptará las internacionales, resulta que no está muy claro porque dicho organismo ha acelerado la actualización de las normas NIF para hacerlas cada vez más convergentes con las internacionales, entonces todo parece indicar que eso no sucederá, pero mientras tanto ¿cuál de las dos estudiamos y aplicamos?

    Por ello, en el presente trabajo se intenta hacer un análisis de las NIF usando una terminología lo más clara y accesible posible, se hacen comparaciones con las NIIF y se estudian sus coincidencias y diferencias, y se llegan a plantear casos prácticos y ejemplos ilustrativos de los problemas especiales, que casi no son tocados por los diversos autores en la materia, como ejemplo: la venta de activos fijos actualizados fiscal y contablemente, registro contable de las ganancias y pérdidas inflacionarias fiscales, partidas que no deben llevarse al costo, etcétera.

    Se hace lo mismo con las leyes fiscales y, lo más importante, se revisan los contrastes entre las dos normatividades, se proponen soluciones que son accesibles y simplificadas para el registro simultáneo de éstos. Porque recuérdese que las partidas deducibles fiscalmente requieren que estén debidamente registradas en la contabilidad, pero también es importante que dicho registro no se haga a base de cuentas de orden, que también es una práctica aceptada, sin embargo, debido a los demasiados contrastes, esta práctica ya no funciona pues el uso excesivo de las cuentas de orden es contraproducente y ocasiona descontrol.

    Por lo expuesto, este material debe ser útil para los alumnos que cursen desde los primeros hasta los últimos semestres de la licenciatura en contaduría y administración, para las materias de fundamentos de contabilidad, contabilidad del activo circulante y no circulante, contabilidad de pasivo, contabilidad de capital contable, contribuciones I, II y III, reexpresiones de estados financieros; como un manual de cabecera y de uso constante para la solución de los problemas más difíciles que se presentan en la práctica contable. También será de importancia para los alumnos de la especialidad en fiscal, para las materias de taller de reexpresión fiscal y financiera, y problemas contables contemporáneos.

    De igual modo para el profesional en la solución de problemas que difícilmente encontrará en otros tratados, ya que algunos autores sí abordan.

    SUMARIO: 1. Formación de las Normas de Información Financiera (NIF). 2. Formación de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). 3. INFLUENCIA EXTRANJERA EN LA FORMACIÓN DE LAS NORMAS. 4. APROBACIÓN DE LA MISCELÁNEA FISCAL.

    1. Formación de las Normas de Información Financiera (NIF)

    Como introducción al tema se expone de manera general el orden en que se desarrollan y forman las Normas de Información Financiera (NIF), que son emitidas por el C. Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera, A.C. (CINIF). También las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) que son manifestadas por el Consejo de Normas Internacionales (International Accounting Standards Board, IASB), y finalmente las Leyes Fiscales (LF) que son aprobadas por el Congreso de la Unión.

    La Comisión de Principios de Contabilidad (CPC) del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, fue la encargada de emitir los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en México, función que realizó durante más de 30 años, principios contenidos en boletines y circulares que establecieron los fundamentos de la contabilidad financiera, normas particulares y criterios generales de aplicación, obligatoria para la comunidad financiera.

    El 1 de junio de 2004, se crea el Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera, A.C. (CINIF) como un organismo autónomo que asume la función y la responsabilidad de hacer públicas las Normas de Información Financiera (NIF), aplicables en México, en sustitución de los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados (PCGA), mismas que tienen por objeto buscar la congruencia con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) expresadas por el Consejo de Normas Internacionales.

    El CINIF está conformado por líderes de los sectores público y privado, investigadores de tiempo completo provenientes de diferentes campos de experiencia y competencia profesional, en coordinación con profesionales y académicos voluntarios que producen las NIF que son útiles a los diversos usuarios de la información financiera por su alto sentido de confiabilidad y objetividad, que difunden boletines previos denominados bases para conclusiones que son auscultados por los contadores públicos a través del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), antes de su aprobación y publicación final para su aplicación obligatoria.

    El IMCP realiza esta auscultación en cumplimiento del capítulo I, apartado 1.03, inciso m de sus estatutos, que establecen entre otros:

    Adoptar como disposiciones fundamentales, consecuentemente de observancia obligatoria para los socios del Instituto, las normas de información financiera que emita el Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera...

    El CINIF es el encargado directo de desarrollar dicha normatividad, para lograrlo lleva a cabo procesos de investigación y auscultación entre la comunidad financiera y de negocios y otros sectores interesados, dando como resultado la emisión de documentos llamados Normas de Información Financiera (NIF), mejoras a las mismas o, en su caso, Interpretaciones a las Normas de Información Financiera (INIF) y Orientaciones a las Normas de Información Financiera (ONIF), siendo las Mejoras un documento que incluye propuestas de cambios puntuales a las NIF; y las INIF y ONIF que son aclaraciones y guías de implementación de las NIF. La filosofía de las NIF es lograr, por una parte, la armonización de las normas locales utilizadas por los diversos sectores de nuestra economía; y, por otro lado, converger en el mayor grado posible con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad.

    Los pronunciamientos del CINIF son producto de un largo proceso que se inicia con la identificación de dudas o áreas de oportunidad en materia de información financiera que ameritan la exposición de una solución concreta o de una interpretación por parte del CINIF. Después del análisis y evaluación de las distintas alternativas por parte de los miembros del Consejo Emisor del CINIF, se formula un documento como un borrador para discusión, el cual una vez que ha sido aprobado por los votos de al menos las dos terceras partes de los miembros del Consejo, se envía al Comité Técnico Consultivo del CINIF para que realice recomendaciones o valide la normatividad propuesta para su divulgación.

    EL CINIF ESTÁ FORMADO POR:

    Usuarios

    1. Asociación de Banqueros de México

    2. Asociación Mexicana de Intermediarios Bursátiles

    3. Asociación de Instituciones Financieras Internacionales

    4. Consejo Coordinador Empresarial

    5. Consejo Mexicano de Hombres de Negocios, A. C.

    6. Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros, A. C.

    Sector educativo

    7. Asociación Nacional de Facultades y Escuelas de Contaduría y Administración

    Regulador

    8. Bolsa Mexicana de Valores

    9. Comisión Nacional Bancaria y de Valores

    10. Comisión Nacional de Seguros y Fianzas

    11. Instituto Mexicano de Contadores Públicos

    12. Secretaría de Hacienda y Crédito Público

    13. Secretaría de la Función Pública

    Preparador

    14. Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas

    CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO (CID) DEL CINIF

    — Investigación y desarrollo de NIF, tiene como meta la convergencia con el IASB.

    — Reuniones colegiadas para comentar y analizar los proyectos de NIF.

    — Enviar el proyecto de NIF para auscultación.

    — Evaluar los resultados de procedentes.

    — Publicar y difundir las NIF finales.

    Una vez aprobada la norma se publica con carácter obligatorio, esta fuerza obligatoria es muy relativa pues no tiene fuerza coercitiva al no ser sancionada, porque no es ley, sin embargo se deja a la conducta y ética profesional del contador que está regulada por el Código de Ética Profesional, y la sanción que puede tener es meramente profesional. Por otra parte, los usuarios y los interesados en la información financiera son los que regulan también el respeto a las NIF, porque su violación implica un rechazo a la información que se produzca.

    2. Formación de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF)

    La Bolsa Mexicana de Valores estableció con carácter obligatorio a partir de 2012, que todas las empresas que cotizan en la misma deberán presentar sus estados financieros apegados a las NIIF, con la opción que puedan implantarlas antes de dicho año, esto es en 2011, lo mismo ocurre para organismos públicos que han de rendir cuentas a la ciudadanía, tales como: gobiernos federales, estatales y municipales, organismos descentralizados, empresas paraestatales, etcétera.

    También se pueden apegar a estas normas las empresas que por alguna razón necesiten preparar su información financiera con base en las NIIF, éstas pueden ser las no cotizadas en bolsa, pero que consoliden sus estados financieros con aquéllas que sí lo hagan.

    El CINIF mexicano está trabajando desde hace años en la conversión de las normas mexicanas con la NIIF, en vías a que en breve se espera que entren en vigor en un periodo aproximado de dos años (2012), para que se unifiquen y las apliquen todas las empresas en el mundo, varias de las que comentamos antes ya convergen, y esta brecha se ha reducido cada vez más, porque el IASB produjo normas internacionales para las PYMES.

    Atendiendo esto, vamos a realizar un resumen de cómo se forman las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).

    Función del Consejo de Normas Internacionales (IASB)

    El Consejo de Normas Internacionales de Información Financiera (IASB), con sede en Londres, comenzó sus operaciones en 2001, organismo cuyo compromiso es hacer un conjunto de normas generales de contabilidad de alta calidad que exijan transparencia y comparabilidad dentro de la información contenida en los estados financieros, con propósito de información general.

    El IASB coopera con organismos afines de todo el mundo para buscar la convergencia de dichas normas, a través de sus colaboradores que son personas muy destacadas en el ámbito profesional y con amplia experiencia en el manejo de normas de información. El IASB, a su vez, es supervisado y financiado por la Fundación del Comité de Normas Internacionales de Contabilidad (IASC). La Fundación IASC obtiene sus recursos financieros provenientes de los diversos organismos nacionales e internacionales, reguladores y emisores de normas contables de todos los países.

    Veintidós fiduciarios compuesto por auditores, preparadores de información financiera, usuarios, académicos y otros funcionarios con amplio perfil profesional, que supervisan dichos organismos y nombran a los miembros del IASB, del Consejo Asesor de Normas (CAN) y del Consejo de Interpretación de Normas Internacionales de Información Financiera, CINIF, que se estableció en marzo de 2002 y reemplazó al anterior comité de interpretaciones, el Comité de Interpretaciones (sic).

    El Consejo Asesor de Normas (CAN), que se compone de 15 miembros y se reúne tres veces al año cuando menos, organiza los foros para la participación de organismos e individuos con interés en la información financiera internacional y diversa procedencia geográfica y profesional. El objetivo del CAN es asesorar al IASB acerca de los temas prioritarios que deben desahogarse en la agenda de éste, e informar de las opiniones de sus miembros respecto de las NIIF. El presidente del CAN es elegido por los veintidós fiduciarios y no puede ser miembro del IASB.

    El CINIF se conforma de catorce miembros y un presidente que también son designados por los fiduciarios, y tiene como finalidad contribuir con el IASB en la formación de las normas sobre contabilidad e información financiera para beneficio de usuarios, preparadores y auditores de los estados financieros, proporcionan guías oportunas sobre nuevas cuestiones detectadas que no estén contenidas en las NIF y sobre aquellos problemas sobre los que se hayan desarrollado o parezca probable que se originen interpretaciones insatisfechas o contradictorias. También es la encargada de contactar con otros organismos internacionales para buscar la convergencia de las NIF.

    El IASB toma en consideración que para las Pequeñas y

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