IDENTIDAD DIGITAL Y FIRMA ELECTRÓNICA
Marco regulatorio y consideraciones prácticas para su implementación
El acelerado desarrollo tecnológico que ha experimentado el mundo desde hace décadas ha creado un nuevo mundo, en esencial digital y distinto a aquel que histórica y tradicionalmente conocíamos.
Es indiscutible que hoy en día la tecnología forma parte importante de las relaciones humanas y comerciales, al grado de que el mundo tradicional y el digital se han venido fusionando inseparablemente y, con ello, se han combinado o han sustituido las formas tradicionales de llevar a cabo actos jurídicos por otras novedosas y prácticas que, naturalmente, implican retos distintos a los que estábamos acostumbrados.
Un ejemplo claro es la manera de identificarnos y expresar nuestro consentimiento en el mundo digital, lo cual no es cosa menor, considerando la relevancia de estos dos componentes en la celebración de cualquier acto jurídico.
En el mundo tradicional es sencillo comprobar nuestra identidad, es decir, demostrar que somos aquella persona que manifestamos ser, pues así lo ha certificado una autoridad gubernamental mediante la expedición de un documento oficial como el pasaporte, la credencial de elector o cualquier otro.
De igual forma, resulta sencillo expresar nuestro consentimiento en un acto jurídico plasmando una firma autógrafa en el documento que refleje nuestra voluntad, con el fin de vincularnos jurídicamente
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