Cuestionarios de Derecho Penal. Parte Especial. Tomo II.
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La presente obra abarca cuestiones de respuesta alternativa sobre los temas más importantes y fundamentales la Parte Especial del Derecho Penal. Once amplios cuestionarios, cada uno de ellos con una extensión proporcional a su importancia y con sus respectivas soluciones. Casi mil cuestiones de respuesta alternativa, especialmente diseñadas y secuenciadas para el estudio de esta compleja materia.
Los cuestionarios propuestos son:
Índice
CUESTIONARIO I: DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD INTELECTUAL Y OTROS DELITOS RELATIVOS A LA PROPIEDAD INTELECTUAL.
CUESTIONARIO II: DELITOS SOCIETARIOS.
CUESTIONARIO III: RECEPTACIÓN Y CONDUCTAS AFINES.
CUESTIONARIO IV: DELITOS CONTRA LA HACIENDA PÚBLICA Y CONTRA LA SEGURIDAD SOCIAL.
CUESTIONARIO V: DELITOS CONTRA LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES.
CUESTIONARIO VI: DELITOS CONTRA LA ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y LA PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO Y DEL MEDIO AMBIENTE.
CUESTIONARIO VII: INCENDIOS.
CUESTIONARIO VIII: DELITOS CONTRA LA SALUD PÚBLICA.
CUESTIONARIO IX: FALSEDADES.
CUESTIONARIO X. DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
CUESTIONARIO XI: DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.
Jose Remigio Gomis Fuentes, Sr
Especial Education Teacher for fifteen years. University Profesor of Education Theory for two years.
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Cuestionarios de Derecho Penal. Parte Especial. Tomo II. - Jose Remigio Gomis Fuentes, Sr
CUESTIONARIO I: DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD INTELECTUAL Y OTROS DELITOS RELATIVOS A LA PROPIEDAD INTELECTUAL.
1. El artículo 270.1 del Código Penal castiga a quien:
a. Reproduzca o plagie en todo o en parte una obra literaria, artística o científica.
b. Reproduzca o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio.
c. Reproduzca, plagie o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier medio.
d. Ninguna de las respuestas es correcta.
2. El Código Penal establece una pena para quienes incurran en conductas descritas en el artículo 270.1 de:
a. Prisión de uno a dos años.
b. Prisión de uno a dos años y multa de 12 a 24 meses.
c. Prisión de 6 meses a 2 años y multa de 12 a 24 meses.
d. Prisión de uno a dos años y multa de 12 a 24 meses.
3. La protección jurídica de la Propiedad Intelectual:
a. Es de carácter moral.
b. Es de carácter patrimonial.
c. Es de carácter moral y patrimonial.
d. Ninguna de las respuestas es correcta.
4. Se excluyen de la Ley de Propiedad Intelectual y por tanto no son objeto de protección:
a. Las disposiciones legales o reglamentarias y sus correspondientes proyectos.
b. Las disposiciones legales o reglamentarias y sus correspondientes proyectos y las resoluciones de los órganos jurisdiccionales y los actos, acuerdos, deliberaciones y dictámenes de los Organismos Públicos.
c. Las disposiciones legales o reglamentarias y sus correspondientes proyectos y las resoluciones de los órganos jurisdiccionales y los actos, acuerdos, deliberaciones y dictámenes de los Organismos Públicos, así como las traducciones oficiales de todos los textos anteriores.
d. No existe ninguna obra exenta de protección por la Ley de Propiedad Intelectual.
5. Los Derechos de Propiedad Intelectual:
a. Son ilimitados en el tiempo.
b. No son ilimitados en el tiempo, por lo que la Ley establece una serie de plazos de protección que serán de toda la vida del autor y 50 años después de su muerte o declaración de fallecimiento.
c. No son ilimitados en el tiempo, por lo que la Ley establece una serie de plazos de protección que serán de toda la vida del autor y 70 años después de su muerte o declaración de fallecimiento.
d. No son ilimitados en el tiempo, por lo que la Ley establece una serie de plazos de protección que serán de toda la vida del autor y 90 años después de su muerte o declaración de fallecimiento.
6. Respecto a la conducta descrita en el artículo 270.1 del Código Penal:
a. Debe ser dolosa.
b. Es suficiente con dolo eventual.
c. Puede ser dolosa o imprudente.
d. Puede ser únicamente imprudente.
7. Respecto a las conductas descritas en el artículo 270.1 del Código Penal, excluye la responsabilidad:
a. La creencia de que la obra es de dominio público.
b. La creencia de que al sujeto activo le asiste un derecho a la obra de que se trate.
c. La creencia de que la obra es de dominio público y la creencia de que al sujeto activo le asiste un derecho a la obra de que se trate.
d. Ninguna de las respuestas es correcta.
8. El plagio
consiste en:
a. Apropiarse de toda o parte de la obra original literaria, artística o científica de otro, haciéndola pasar como propia.
b. La fijación directa o indirecta o provisional o permanente, por cualquier medio, y en cualquier forma, de toda la obra o de parte de ella, que permita su comunicación o la obtención de copias.
c. La puesta a disposición del público del original o copias de la obra, en un soporte tangible, mediante su venta, alquiler, préstamo o de cualquier otra forma.
d. La fijación directa o indirecta o provisional o permanente, por cualquier medio, y en cualquier forma, de toda la obra o de parte de ella, que permita su comunicación o la obtención de copias y la puesta a disposición del público del original o copias de la obra, en un soporte tangible, mediante su venta, alquiler, préstamo o de cualquier otra forma.
9. Por reproducción
según el artículo 270.1 del Código Penal, se entiende:
a. Apropiarse de toda o parte de la obra original literaria, artística o científica de otro, haciéndola pasar como propia.
b. La fijación directa o indirecta o provisional o permanente, por cualquier medio, y en cualquier forma, de toda la obra o de parte de ella, que permita su comunicación o la obtención de copias.
c. La puesta a disposición del público del original o copias de la obra, en un soporte tangible, mediante su venta, alquiler, préstamo o de cualquier otra forma.
d. La fijación directa o indirecta o provisional o permanente, por cualquier medio, y en cualquier forma, de toda la obra o de parte de ella, que permita su comunicación o la obtención de copias y la puesta a disposición del público del original o copias de la obra, en un soporte tangible, mediante su venta, alquiler, préstamo o de cualquier otra forma.
10. Por distribución
según el artículo 270.1 del Código Penal, se entiende:
a. Apropiarse de toda o parte de la obra original literaria, artística o científica de otro, haciéndola pasar como propia.
b. La fijación directa o indirecta o provisional o permanente, por cualquier medio, y en cualquier forma, de toda la obra o de parte de ella, que permita su comunicación o la obtención de copias.
c. La puesta a disposición del público del original o copias de la obra, en un soporte tangible, mediante su venta, alquiler, préstamo o de cualquier otra forma.
d. La fijación directa o indirecta o provisional o permanente, por cualquier medio, y en cualquier forma, de toda la obra o de parte de ella, que permita su comunicación o la obtención de copias y la puesta a disposición del público del original o copias de la obra, en un soporte tangible, mediante su venta, alquiler, préstamo o de cualquier otra forma.
11. El Código Penal castiga a quien:
a. Exporte ejemplares de obras, producciones o ejecuciones sin autorización.
b. Almacene ejemplares de obras, producciones o ejecuciones sin autorización.
c. Exporte o almacene ejemplares de obras, producciones o ejecuciones sin autorización.
d. Exporte o almacene ejemplares de obras, producciones o ejecuciones con o sin autorización.
12. El Código Penal castiga a quien:
a. Importe productos sin autorización.
b. Importe intencionalmente productos aunque sea con autorización.
c. Importe intencionalmente o sin intención productos aunque sea con autorización.
d. Ninguna de las respuestas es correcta.
13. El Código Penal actual:
a. Castiga la supresión de dispositivo técnico a quien fabrique, importe, ponga en circulación o tenga cualquier medio específicamente destinado a facilitar la supresión no autorizada o la neutralización de cualquier dispositivo técnico que se haya utilizado para proteger programas de ordenador o cualquiera de las obras, interpretaciones o ejecuciones en los técnicos previstos.
b. Castiga la neutralización de dispositivo técnico a quien fabrique, importe, ponga en circulación o tenga cualquier medio específicamente destinado a facilitar la supresión no autorizada o la neutralización de cualquier dispositivo técnico que se haya utilizado para proteger programas de ordenador o cualquiera de las obras, interpretaciones o ejecuciones en los técnicos previstos.
c. Castiga la supresión o neutralización de dispositivo técnico a quien fabrique, importe, ponga en circulación o tenga cualquier medio específicamente destinado a facilitar la supresión no autorizada o la neutralización de cualquier dispositivo técnico que se haya utilizado para proteger programas de ordenador o cualquiera de las obras, interpretaciones o ejecuciones en los técnicos previstos.
d. Ninguna de las respuestas es correcta.
14. Respecto a la Propiedad Intelectual, los supuestos agravados se regulan en:
a. Artículo 270 del Código Penal.
b. Artículo 271 del Código Penal.
c. Artículo 272 del Código Penal.
d. Artículo 273 del Código Penal.
15. Son supuestos agravados de delitos contra la Propiedad Intelectual:
a. Que el beneficio obtenido posea especial trascendencia económica.
b. Que el beneficio obtenido posea especial trascendencia económica; que los hechos revistan especial gravedad atendiendo al valor de los objetos producidos ilícitamente o a la especial importancia de los perjuicios ocasionados.
c. Que el beneficio obtenido posea especial trascendencia económica; que los hechos revistan especial gravedad atendiendo al valor de los objetos producidos ilícitamente o a la especial importancia de los perjuicios ocasionados; que el culpable perteneciere a una organización o asociación, incluso de carácter transitorio, que tuviere como finalidad la realización de actividades infractoras de derechos de la Propiedad Intelectual.
d. Que el beneficio obtenido posea especial trascendencia económica; que los hechos revistan especial gravedad atendiendo al valor de los objetos producidos ilícitamente o a la especial importancia de los perjuicios ocasionados; que el culpable perteneciere a una organización o asociación, incluso de carácter transitorio, que tuviere como finalidad la realización de actividades infractoras de derechos de la Propiedad Intelectual y que se utilicen menores de 18 años para cometer esos delitos contra la Propiedad Intelectual.
16. Respecto a los supuestos agravados de delitos contra la Propiedad Intelectual, se establece una pena de:
a. Prisión de uno a dos años y multa de seis a doce meses.
b. Prisión de uno a dos años y multa de doce a veinticuatro meses.
c. Prisión de dos a cuatro años y multa de seis a doce meses.
d. Prisión de dos a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.
17. La Constitución Española:
a. No establece nada respecto a los Derechos o deberes de los consumidores.
b. Garantiza la defensa de los consumidores en el artículo 51.1.
c. Garantiza la defensa de los consumidores en el artículo 52.2.
d. Garantiza la defensa de los consumidores ene l artículo 53.3.
18. El Código Penal castiga a quien:
a. Detrajere del mercado materias primas o productos de primera necesidad con la intención de desabastecer un sector del mismo.
b. Detrajere del mercado materias primas o productos de primera necesidad con la intención de forzar la alteración de precios.
c. Detrajere del mercado materias primas o productos de primera necesidad con la intención de perjudicar gravemente a los consumidores.
d. Detrajere del mercado materias primas o productos de primera necesidad con la intención de desabastecer un sector del mismo, forzar la alteración de precios o perjudicar gravemente a los consumidores.
19. En los delitos relativos al mercado y a los consumidores, el bien jurídico protegido es:
a. La disciplina del mercado.
b. Los derechos de los consumidores.
c. La disciplina del mercado y los derechos de los consumidores.
d. Ninguna de las respuestas es correcta.
20. La conducta básica en los delitos contra la disciplina de mercado consiste en:
a. Desabastecer un sector del mercado.
b. Forzar una alteración de precios.
c. Forzar una alteración de precios o perjudicar gravemente a los consumidores.
d. Desabastecer un sector del mercado, forzar una alteración de precios o perjudicar gravemente a los consumidores.
21. Respecto a los delitos contra la disciplina de mercado, serán atípicos:
a. Las conductas que no perjudiquen a los consumidores.
b. Las conductas que produzcan alteración de precios a la baja, pues benefician a los consumidores.
c. Las conductas que no perjudiquen a los consumidores o las que produzcan alteración de precios a la baja, pues benefician a los consumidores.
d. Ninguna de las respuestas es correcta.
22. Respecto a los delitos contra la disciplina de mercado:
a. Únicamente admiten la comisión dolosa.
b. Admiten la comisión dolosa e imprudente.
c. Admiten la comisión dolosa, imprudente y con dolo eventual.
d. Admite la comisión dolosa y con dolo eventual.
23. Respecto a la consumación de los delitos contra la disciplina del mercado y los consumidores:
a. Es suficiente con que se produzca un perjuicio.
b. No es necesario que se produzca ningún perjuicio, pues estamos ante un delito de peligro.
c. Es suficiente con que se produzca un perjuicio en casos de peligro concreto y no es necesario ningún perjuicio en los casos de peligro abstracto.
d. Ninguna de las respuestas es correcta.
24. Respecto a los delitos contra la disciplina de mercado y los consumidores:
a. Se contempla un supuesto agravado en el artículo 280.2 del Código Penal.
b. Se contempla un supuesto agravado en el artículo 281.2 del Código Penal.
c. Se contempla un supuesto agravado en el artículo 282.2 del Código Penal.
d. Se contempla un supuesto agravado en el artículo 283.2 del Código Penal.
25. Respecto a los supuestos agravados en los delitos contra la disciplina de mercado y los consumidores, se corresponderá en:
a. Cuando se cometan dichos delitos en situaciones de grave necesidad.
b. Cuando se cometan dichos delitos en situaciones catastróficas.
c. Cuando se cometan dichos delitos en situaciones de grave necesidad y catastróficas.
d. Ninguna de las respuestas es correcta.
26. Respecto a los supuestos agravados en los delitos contra la disciplina del mercado y los consumidores, se establece que se impondrá:
a. La pena en su mitad superior.
b. La pena superior en grado.
c. La pena en su mitad superior o la pena superior en grado.
d. Ninguna de las respuestas es correcta.
27. El delito publicitario castiga a:
a. Los fabricantes.
b. Los comerciantes.
c. Los fabricantes y los comerciantes.
d. Los fabricantes, los comerciantes y los consumidores.
28. En el delito publicitario se castiga a quienes hagan:
a. Alegaciones falsas.
b. Manifestaciones con características inciertas.
c. Alegaciones falsas y manifestaciones con características inciertas.
d. Ninguna de las respuestas es correcta.
29. Respecto al delito publicitario
, estamos ante un delito:
a. De peligro concreto.
b. De peligro abstracto.
c. Que puede ser de peligro concreto o abstracto.
d. Ninguna de las respuestas es correct.
30. En el delito publicitario:
a. Se exige que el perjuicio sea grave.
b. Se exige que el perjuicio sea manifiesto.
c. Se exige que el perjuicio sea grave y manifiesto.
d. Ninguna de las respuestas es correcta.
31. En el delito publicitario, la conducta será atípica:
a. Cuando el comportamiento de fabricantes o comerciantes sea lo suficientemente burdo para que no sea creíble por una persona media.
b. Cuando el comportamiento de fabricantes o comerciantes sea lo suficientemente burdo para que no sea creíble por una persona media, aunque también puede quedar en grado de tentativa.
c. Cuando el comportamiento de fabricantes o comerciantes sea lo suficientemente burdo para que no sea creíble por una persona media, aunque también se admitirá como caso imprudente.
d. Ninguna de las respuestas es correcta.
32. La consumación del delito publicitario
:
a. Se produce en cuanto se da publicidad a las ofertas.
b. Se produce en cuanto se da publicidad a las ofertas o las alegaciones falsas.
c. Se produce en cuanto se da publicidad a las ofertas o las alegaciones falsas o se manifiesten características inciertas.
d. Ninguna de las respuestas es correcta.
33. En el delito de defraudaciones
se castiga:
a. A los que en perjuicio del consumidor, factures cantidades superiores por sus productos.
b. A los que en perjuicio del consumidor, factures cantidades superiores por productos o servicios.
c. A los que en perjuicio del consumidor, factures cantidades superiores por productos o servicios cuyo costo o precio se meda por aparatos automáticos.
d. A los que en perjuicio del consumidor, factures cantidades superiores por productos o servicios cuyo costo o precio se meda por aparatos automáticos mediante alteración o manipulación de éstos.
34. El delito de defraudaciones
se regula en:
a. Artículo 281 del Código Penal.
b. Artículo 282 del Código Penal.
c. Artículo 283 del Código Penal.
d. Artículo 284 del Código Penal.
35. En el delito de defraudaciones
a los consumidores se castiga:
a. La conducta de engañar induciendo a error.
b. La conducta de engañar induciendo a error o por omisión.
c. La conducta de engañar induciendo a error a través de alteraciones llevadas a cabo en los aparatos, pues se simula que son correctos.
d. Ninguna de las respuestas es correcta.
36. En el delito de defraudaciones
a los consumidores, se impone una pena de:
a. 3 meses a 18 meses y multa de 12 a 24 meses.
b. 6 meses a un año y multa de 12 a 24 meses.
c. 6 meses a un año y multa de 6 a 18 meses.
d. Ninguna de las respuestas es correcta.
37. El Código Penal castiga a quien usare información relevante para la cotización de cualquier clase de valores o instrumentos negociados:
a. En cualquier mercado organizado.
b. En cualquier mercado organizado y oficial.
c. En cualquier mercado organizado, oficial o reconocido.
d. En cualquier mercado organizado, sea o no oficial y sea o no reconocido.
38. El Código Penal castiga a quien usare información relevante para la cotización de cualquier clase de valores o instrumentos negociados en algún mercado […], obteniendo para sí o para un tercero un beneficio económico superior a:
a. 100.000€.
b. 200.000€.
c. 300.000€.
d. 600.000€.
39. El Código Penal contempla como supuesto agravado de utilización fraudulenta de información privilegiada:
a. Que los sujetos se dediquen de forma habitual a tales prácticas abusivas.
b. Que el beneficio obtenido sea de notoria importancia.
c. Que el beneficio obtenido sea de notoria importancia; que se cause grave daño a los intereses generales.
d. Que los sujetos se dediquen de forma habitual a tales prácticas abusivas, que el beneficio obtenido sea de notoria importancia y que se cause grave daño a los intereses generales.
40. El Código Penal contempla para el supuesto agravado de utilización fraudulenta de la información privilegiada, una pena de:
a. Prisión de 3 a 6 años y multa del tanto al triplo.
b. Prisión de 4 a 6 años y multa del tanto al triplo.
c. Prisión de 4 a 6 años y multa del doble al triple.
d. Prisión de 4 a 6 años y multa del tanto al triplo e inhabilitación especial para el ejercicio de profesión.
41. El Código Penal castiga al que:
a. Sin consentimiento del prestador de servicios y con fines comerciales facilite el acceso inteligible a un servicio de radiodifusión sonora o televisiva.
b. Sin consentimiento del prestador de servicios y con fines comerciales facilite el acceso inteligible a un servicio de radiodifusión sonora o televisiva y a servicios interactivos prestados a distancia por vía electrónica.
c. Sin consentimiento del prestador de servicios y con fines comerciales facilite el acceso inteligible a un servicio de radiodifusión sonora o televisiva y a servicios interactivos prestados a distancia por vía electrónica o suministre el acceso condicional a los mismos, considerado como servicio independiente, mediante la fabricación, importación, distribución, puesto a disposición por vía electrónica, venta, alquiler o posesión de cualquier equipo o programa informático, no autorizado en otro Estado miembro de la Unión Europea, diseñado o adaptado para hacer posible dicho acceso.
d. Sin consentimiento del prestador de servicios y con fines comerciales facilite el acceso inteligible a un servicio de radiodifusión sonora o televisiva y a servicios interactivos prestados a distancia por vía electrónica o suministre el acceso condicional a los mismos, considerado como servicio independiente, mediante la fabricación, importación, distribución, puesto a disposición por vía electrónica, venta, alquiler o posesión de cualquier equipo o programa informático, no autorizado en otro Estado miembro de la Unión Europea,