CRIMINOLOGÍA Y PENAL COMPLIANCE PROGRAM: ¿UNA RELACIÓN NECESARIA?
En la historia de las ciencias penales se identifican entre el saber jurídico penal y el saber criminológico tanto acuerdos—no siempre voluntarios—como tensiones—muchas de ellas irresolubles—; sea en la época de la ilustración política del siglo XVIII, en el disciplinarismo científico del XIX y principios XX, o bien en los movimientos de contracultura y crisis política y económica de mediados y finales del XX, estas interacciones han pasado de un idilio de amor (la criminología clásica humaniza el surgimiento del derecho de castigar y la criminología de corte etiológico legitima y amplía científicamente el ius puniendi) a un divorcio exprés (la criminología del etiquetado y la criminología crítica visibilizan y denuncian la relación entre la supuesta ciencia pura del Derecho y los intereses del sistema político y económico hegemónico). Desde hace algunas décadas, por fortuna surgió una especie de reconciliación entre ambas disciplinas; situación que puede verificarse en los planes y programas de estudio de diversas universidades, en la existencia de múltiples revistas con ambas perspectivas y en la cada vez más frecuente estrechez cotidiana de las fases del sistema penal.
Esta nueva etapa, denominada relativista,
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