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La «santidad fingida»: Respuesta al abuso sexual en la Iglesia
La «santidad fingida»: Respuesta al abuso sexual en la Iglesia
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Libro electrónico284 páginas3 horas

La «santidad fingida»: Respuesta al abuso sexual en la Iglesia

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Trasparencia frente a ocultación cómplice. Vicio y virtud sinónimo de hipocresía.

Se aborda críticamente el análisis del más grave escándalo clerical en los últimos tiempos. Se pasa revista a la complicidad en la ocultación de obispos, algunas conferencias episcopales, curia romana y hasta de los mismos Papas. Ha sido el papa Francisco quien, de verdad, ha cogido el toro por los cuernos. A él se debe la rigurosa implantación de un principio esencial: «la verdad es la verdad y no debemos esconderla».

A partir de aquí, todo ha cambiado en la respuesta de la Iglesia. El presunto culpable, sea quien sea en la escala jerárquica, ha de responder por su crimen nefando ante el derecho de la iglesia y ante el derecho de los estados. No es posible ahora excepción alguna. Incluso rige otro principio claro por impulso del papa Francisco: colaboración total con las autoridades estatales en la investigación y castigo de estos delitos.

Además de establecer un procedimiento, ya en vigor, para castigar a los obispos cómplices en la ocultación, se ha creado una comisión en el Vaticano para la protección de los menores, de la que forman parte algunas víctimas de abuso sexual, que viene trabajando con verdadera eficacia.

Contrasta, sin embargo, la actitud de la conferencia episcopal española, anclada durante mucho tiempo en el pasado y en la idea de que los trapos sucios se lavan en casa. Todavía no ha cumplido el mandato romano de elaborar un procedimiento riguroso para abordar estos graves delitos, verdadero contra testimonio eclesial.

En el libro encontrará multitud de observaciones críticas al procedimiento que se sigue en este momento y en el que no aparecen garantizados los derechos de todos los implicados. ¡Una verdadera pena!

IdiomaEspañol
EditorialCaligrama
Fecha de lanzamiento4 feb 2016
ISBN9788491123583
La «santidad fingida»: Respuesta al abuso sexual en la Iglesia
Autor

GREGORIO DELGADO DEL RÍO

Gregorio Delgado del Río es natural de Los Villares (Soria). Se doctoró en Derecho canónico y civil en la Universidad de Navarra. Ha sido profesor de la Universidad de Navarra y catedrático de las universidades de Extremadura, Valencia y Baleares. Abogado civil y rotal, es socio fundador del bufete Delgado&Asociados. Entre sus publicaciones, cabe destacar: Error y matrimonio canónico, El matrimonio en forma religiosa, ¿El divorcio católico? Un sitio a la verdad, El proceso de nulidad de matrimonio, Otro matrimonioes posible, Desde lo femeninamente in/correcto, La custodia de los hijos. La guarda compartida: opción preferente, La investigación previa. La respuesta de la Iglesia al delito de abuso sexual, La santidad fingida. La utopía de una sociedad diferente. Asimismo, ha colaborado en diferentes revistas nacionales e internacionales relacionadas con su especialidad y en la prensa diaria El Mundo, Última Hora y Religión digital.org.

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    La «santidad fingida» - GREGORIO DELGADO DEL RÍO

    Título original: La santidad fingida

    Primera edición: Febrero 2016

    © 2016, Gregorio Delgado del Río

    © 2016, megustaescribir

           Ctra. Nacional II, Km 599,7. 08780 Pallejà (Barcelona) España

    Las opiniones expresadas en este trabajo son exclusivas del autor y no reflejan necesariamente las opiniones del editor. La editorial se exime de cualquier responsabilidad derivada de las mismas.

    Quedan prohibidos, dentro de los límites establecidos en la ley y bajo los apercibimientos legalmente previstos, la reproducción total o parcial de esta obra por cualquier medio o procedimiento, ya sea electrónico o mecánico, el tratamiento informático, el alquiler o cualquier otra forma de cesión de la obra sin la autorización previa y por escrito de los titulares del copyright. Diríjase a Thinkstock, (http://www.thinkstock.com) si necesita fotocopiar o escanear algún fragmento de esta obra.

    ISBN:   Tapa Blanda           978-8-4911-2357-6

                 Libro Electrónico   978-8-4911-2358-3

    CONTENIDO

    PRESENTACIÓN

    -1- COMPLICIDAD EN ‘EL CULTO SACRÍLEGO’

    No hay lugar en el ministerio de la Iglesia para aquellos que cometen abusos sexuales a menores. Criterio que ha de ser aplicado a todos con independencia incluso de su grado en la Jerarquía católica. El mismo criterio ha de aplicarse a quienes denuncien falsamente. El deber de colaborar con las Autoridades civiles. La ley penal estatal obliga a todos los miembros de la Iglesia. La Santa Sede ha de establecer criterios para fijar los términos concretos de la colaboración con los Estados.

    -2- ¡VERGÚENZA!

    ¿Se ha avergonzado la Iglesia de estos escándalos? Los deseos y peticiones de las víctimas. La denuncia en la ONU. Las explicaciones al Comité de Derechos del niño pudieron ser equivocadas. La necesaria y obligada referencia a los encubridores. La falta de procedimientos adecuados para abordar estas cuestiones

    -3- LA VERDAD NO SE DEBE ESCONDER

    Todavía está presente, en ciertos casos, aquello de que los trapos sucios se lavan en casa. El testimonio de absoluta trasparencia del Papa Francisco. La verdad no se debe esconder. El pasado tenebroso al respecto denunciado por Benedicto XVI. Las leyes del Estado también obligan al clero y, en ellas, el abuso sexual se suele contemplar como delito

    -4- ¿LA CEE HA HECHO LOS DEBERES?

    La respuesta de la CEE a la Carta Circular de la CDF. Interrogantes y dudas al respecto. Necesidad de una aclaración inequívoca. ¿Han hecho nuestros Obispos sus deberes? ¿Han buscado salvar la apariencia? Deben dar un paso más allá de repetir los conocidos mantras. Lo que les es exigible

    -5- EL CORPORATIVISMO EPISCOPAL

    Comunicado de los Obispos del Sur de España en apoyo del Arzobispo de Granada. Condena indiscriminada de los medios de comunicación. Trasparencia informativa. La ausencia de condena de los abusos y defensa de las víctimas. Ello es causa de sorpresa y de escándalo. Valoración de tal actitud. Derecho de opinión y expresión en la Iglesia. Condena del corporativismo exhibido

    -6- AHÍ LE DUELE

    Necesidad de investigar las verdaderas causas del abuso sexual a menores por parte del clero. ¿Por qué no se ha hecho hasta ahora? Revisión de lo relativo a la selección y formación del futuro sacerdote. No se puede seguir como hasta ahora. Aspectos en los que es preciso incidir con mayor intensidad. Exigencias de orden afectivo, espiritual y de madurez humana.

    -7- CONTRA LA IMPROVISACIÓN Y LA APATIA

    En el tratamiento del abuso sexual no se puede dar prioridad al deseo de evitar el escándalo. Lo que se demanda a la Iglesia. ¿Se rechaza, como es debido, a los encubridores? Conocimiento y complicidades en la política romana de encubrimiento. Necesidad de trasparencia absoluta. El secreto pontificio ha de superarse en su interpretación actual. No cumplimiento completo de la Circular de 3 de mayo de 2011. Protocolos adecuados de la Conferencia episcopal que reemplacen la improvisación y la apatía

    -8- CON AZUCAR ESTÁ PEOR

    Sacerdote que ha visto puesto en entredicho -de manera falsa e injusta- su buen nombre. El Obispo ha de realizar todo lo necesario para restablecer su honor. Es muy grave acusar por un sacerdote a otro sin fundamento suficiente. No sirve dulcificar la situación con falsas excusas. La única solución posible: pedir perdón o, al menos, reconocer que se ha equivocado

    -9- EL PRECIO DEL VICIO

    Una realidad manifiesta. No valen paños calientes. La reacción final de Benedicto XVI: reconocimiento, perdón, tolerancia cero. En el escándalo se aprecia una política ‘fría y consciente’, que lo hace aún más grave. Dudas de credibilidad y fiabilidad. Ha primado la apariencia y se han instalado en la hipocresía. Reproche sin paliativos de tales actitudes por parte de Jesús

    -10- CONDENA AL VATICANO POR LA ONU

    La condena de la Iglesia por los casos de abusos sexuales contra menores. La política de mirar para otro lado, de tratar de ignorar las cosas, de pretender lavar los trapos sucios en casa, de verdadero encubrimiento. Una realidad escandalosa y evidente, no atajada ni castigada. Exigencia de un cambio radical de actitud

    -11- RESPETO AL DERECHO DE TODOS

    Todavía resta un largo camino por recorrer, plagado de obstáculos. El compromiso de todos en la defensa de los niños. Necesidad de proceder con una sensibilidad específica en el respeto del derecho de todos los implicados. Contenido de este compromiso, que ofrece demasiadas dudas en su tutela diaria. Atenerse a la realidad de lo ocurrido. Superar el corporativismo clerical. A veces, el sacerdote acusado es la verdadera víctima

    -12- LA NECESIDAD DE UN CAMBIO DE MENTALIDAD

    Aceptación de la renuncia del Obispo de Iquique. Actuación vaticana impecable. Pederastia, pérdida de credibilidad y de práctica de la fe. ¿Cómo evangelizar ahora? Cambios estructurales, en la mentalidad y actitud frente a los fieles

    -13- LA COLABORACIÓN CON LA AUTORIDAD CIVIL

    El goteo intermitente de nuevos casos no cesa. Las cosas se hicieron mal y se había fallado gravemente: Se había callado, mirado para otro lado, ocultado, no comunicado a las Autoridades civiles. Intentos de minimizar la importancia de lo sucedido. La prueba del nueve de la nueva actitud: la colaboración con la Autoridad civil. Este criterio es esencial, ha de aplicarse con rigor y ha de permanecer inamovible. Contenido de esta cooperación

    -14- LA VERDADERA VÍCTIMA

    El sacerdote denunciado es, a veces, la verdadera víctima. Los resultados de la investigación preliminar pueden imponer el archivo: motivos. Es una cuestión de justicia. Derecho del denunciado a una reparación pública. Nunca es una respuesta válida el silencio o el secretismo. La decisión del archivo ha de expresarse mediante decreto fundado y motivado, dado por escrito y que ha de notificarse a las partes. El Obispo ha de hacer lo necesario para devolver al sacerdote falsamente denunciado su buena fama y su reputación

    -15- NI BUEN PASTOR NI BUEN CIUDADANO

    El papa Francisco pide perdón a las víctimas por los pecados de omisión por parte de los líderes de la Iglesia. Necesidad de recuperar la credibilidad perdida. El castigo por dichos pecados de omisión cómplice, al margen del lugar que ocupen en la Jerarquía. La Iglesia no puede permanecer en una situación de indefinición al respecto. No ser coherentes sólo sirve para exacerbar los ánimos y ver la respuesta de la Iglesia como desprecio a la opinión pública y a las leyes del Estado. Cambio de criterio: Quien oculte, quien incumpla la normativa vigente, quien mire para otro lado, sea quien sea, ha de ser investigado y sancionado. ¿Qué hacer con quienes han acreditado no ser ni buenos pastores ni buenos ciudadanos? Las razones de tales actitudes. Observancia de la Ley estatal

    -16- NO QUIERO QUE FRECUENTE ESTA BASÍLICA

    La situación del Card Law. La complicidad vaticana al más alto nivel. Un mal síntoma de la orientación de la respuesta de la Iglesia. Algunas preguntas que surgen acusadoramente

    -17- ¡SE LO DIRÁN DE MISAS!

    Restablecimiento de la buena fama del sacerdote, falsa e injustamente denunciado. La normativa canónica al respecto. El Decreto final de archivo y el restablecimiento de la buena fama. Los riesgos de no hacerlo así. Es una cuestión de estricta justicia

    -18- ¡VAYA EMPANADA MENTAL!

    Ruptura del indecente cerco de oscuridad y opción por la trasparencia. La reacción de ciertos obispos. El criterio de la Carta circular de la CDF. La elaboración por las CE de Protocolos adecuados. El estado de cosas existente en la CEE. Los Protocolos no son ‘reservados’ ni de ‘consumo interno’. Su verdadera naturaleza. Interrogantes pendientes y sin responder. Es intolerable que se hayan aplicado y no sean conocidos por los destinatarios. La política seguida ya no es aceptable con el papa Francisco

    -19- INVESTIGACIÓN JUSTA Y EQUITATIVA

    Derecho a una investigación previa justa y equitativa. Fundamento de tal exigencia. Lo contrario no se entiende en el contexto cultural actual. Las exigencias del c. 221. En el seno de la misma, el denunciado puede hacer valer sus legítimas posiciones

    -20- EXTRAÑA REACCIÓN INICIAL Y EN SIENDO CONTRA MI GUSTO

    El apartamiento del ministerio es una medida que puede adoptar el Obispo según la normativa canónica. Los e-mails cruzadas entre las partes y el juicio de la opinión pública. Resistencias al respeto de la presunción de inocencia. El sentido de la investigación previa. Este caso –al menos inicialmente- superó los términos de la normalidad normativa: razones esgrimidas. No se puede ni se debe utilizar el púlpito para defender la ocultación. Desbordamiento de los límites y la pérdida de la referencia religiosa que dicen ostentar

    -21- ALGO NO ACABA DE FUNCIONAR

    Errores y fallos en la respuesta de la Iglesia a todos los niveles. El por qué de semejante tapujo: divinización de la Jerarquía. La actitud del papa Francisco. Sombras, dudas, omisiones que todavía se advierten. No se dispone todavía de un texto claro para la investigación previa. No se ha cumplido todavía la Circular de 3 de mayo de 2011. Se ha procedido, a veces, con apatía e improvisación. Necesidad de revisar las normas periódicamente y comprobar su cumplimiento. Necesidad de un procedimiento para afrontar los casos de abuso de oficio, omisión y responsabilidad. Algo no acaba de funcionar como debe

    -22- CONTRA EL ENCUBRIMIENTO

    Lo que ha indignado a la opinión pública en relación al abuso sexual contra menores. La ausencia de petición de perdón. La complicidad de la CDF en el sistema de encubrimiento. El secreto pontificio sigue vigente. La actitud de la Conferencia episcopal española al elaborar los protocolos sobre el particular: reserva absoluta. El criterio del papa Francisco: transparencia. Su aplicación a un Obispo por negligencia en el cumplimiento del deber de denuncia. Planteamiento del problema ante el C-9 y la exigencia de adoptar medidas jurídicas concretas. Condena del Presidente de la Conferencia episcopal belga por haber actuado con ‘pasividad’ en un caso concreto

    -23- TRANSPARENCIA Y SECRETO PONTIFICIO

    Modo habitual de actuación eclesiástica en asuntos de abusos sexual. Rechazo en la opinión pública mundial. El papa Francisco fija el principio contrario: transparencia. Se sigue todavía con ciertos niveles de ocultación. Modo de entender el secreto pontificio. Las claras reservas frente a alguna interpretación del mismo por muy habitual que sea su vigencia. ¿Cómo armonizarla con la tutela de los derechos fundamentales del denunciado a la propia defensa y a ser informado? Es urgente superar esa interpretación, propia de un pasado que no debe regir en las actuaciones de la Iglesia

    -24- LA INFORMACIÓN AL DENUNCIADO

    Contenido del derecho en cuestión. Las normas en que se explicita y el criterio de interpretación. Las graves razones que pueden obstaculizar su vigencia: análisis y valoración crítica. No confundir las respectivas posiciones del Investigador y/o del Obispo. Perjuicios de diverso orden que pueden originarse si se mezclan. Nuestro personal punto de vista

    -25- EL DERECHO DE DEFENSA DEL DENUNCIADO

    Su existencia en el Derecho de la Iglesia. Riesgos de infravalorar su protección efectiva. Su definición y exigencias. Su garantía en el procedimiento de investigación previa, La sensibilidad exigible a tal efecto. La declaración del denunciado y las condiciones en que, siguiendo los consejos del propio investigador, se suele realizar. Los riesgos evidentes para el denunciado y el investigador. La función del investigador se ha separar con nitidez de la función de defensa y asesoramiento del denunciado.

    -26- MODOS SINGULARES DE ENTENDER LA DEFENSA

    La singularidad con que, a veces, se entiende el ejercicio del derecho de defensa del denunciado. El acceso y examen de las actas de la investigación previa: reflexiones y valoración de ciertas limitaciones habituales. La prohibición de entrega de copia alguna: reservas a esta práctica, respeto a lo juramentado, prioridad del derecho fundamental de defensa. El escrito final de defensa a realizar por el abogado: su contenido.

    -27- LA OBLIGACIÓN DE DAR AVISO A LA AUTORIDAD ESTATAL

    Criterio inspirador de la nueva respuesta de la Iglesia. La existencia de una realidad incontestable, que debe ser superada.El nuevo criterio de actuación para el futuro: criterio de las Normas Esenciales USA, la revisión de la legislación específica canónica, el criterio de la Carta Circular 2011 y la precisión del Card Levada. Comunicación inmediata a la autoridad penal estatal correspondiente

    -28- LA COOPERACIÓN EN LA INVESTIGACIÓN ESTATAL

    El abuso sexual a menores es también un problema de la sociedad. En su solución, han de colaborar todas las instituciones políticas, sociales y religiosas. Es un delito canónico y un crimen perseguido por la Autoridad estatal. No tiene sentido el encubrimiento de los culpables. ¿Cuál ha de ser la respuesta de la Iglesia ante una petición de la Autoridad estatal en demanda de colaboración activa en la investigación de los hechos? La respuesta tradicional de la Iglesia y las razones que ha venido esgrimiendo al respecto. Algunos acontecimientos recientes, verdaderos puntos de inflexión, que han fundado un cambio radical para el futuro. Algunas valoraciones finales

    -29- LA PREVENCIÓN PARA UNA MEJOR PROTECCIÓN

    La prevención ha de ocupar un lugar absolutamente prioritario. La respuesta de la Iglesia ha de buscar prevenir con eficacia. A tal efecto, coherencia con el evangelio. La creación de la Comisión Pontificia para la tutela de los menores. Su función y su organización en diferentes grupos de trabajo. La prevención a nivel nacional y local

    -30- LA ASISTENCIA AL DENUNCIADO

    El deber del Obispo de tratar al sacerdote denunciado como ‘padre y hermano’. Apoyo humano y espiritual: descripción de posibles situaciones y enseñanzas de la experiencia. Riesgos reales de ser desatendida. La sensibilidad y madurez espiritual del propio Obispo. Apoyo material: el coste de los procedimientos, máxime cuando el denunciado ha sido declarado inocente

    -31- EL PROTAGONISMO DEL OBISPO DIOCESANO

    El Obispo diocesano verdadero y exclusivo responsable de la investigación previa. El contenido de dicho protagonismo: La previsión legal y la praxis aconsejan que no deben ser ellos quienes la lleven a cabo de modo personal. Funciones del Obispo en el orden humano, espiritual y eclesial que podrían resultar oscurecidas e impedidas. Carácter prioritario de estas funciones en cuyo ejercicio y eficacia no se debe fallar. El Obispo y el sacerdote denunciado declarado inocente. La realidad de lo que nos enseña el trato con algún sacerdote que ha pasado por este trance. El desconcierto legal:

    La incapacitación de hecho del Obispo. Situaciones que, según la norma, reclaman la intervención del Obispo. Un planteamiento de futuro: Insertar la investigación previa en el ámbito del proceso penal. La figura del Promotor de justicia

    -32- EL ÚLTIMO DISCERNIMIENTO DEL OBISPO

    Una posible opción decisoria. El archivo es perfectamente legal y exigencia de justicia a la vista de los resultados. El decreto final del Obispo, razonado y fundado, dado por escrito. El tenor del decreto en el caso de que el sacerdote denunciado hubiese sido declarado inocente. La recuperación del buen nombre del sacerdote falsa e injustamente denunciado

    -33- ¡NO VUELVAN A FALLAR!

    La actitud actual de la CEE. El ocultamiento de los Protocolos 2010. Valoración de esta actitud. La explicación de la misma: aceptar la política de la ocultación. La huída hacia adelante. Las declaraciones de Mons Blázquez y Mons Osoro: no responden a la realidad. Caracterización de los Protocolos 2010: no responden al impulso del papa Francisco ni están inspirados en la Carta Circular de 3 de mayo de 2011. Urgencia de redacción y aprobación de unos nuevos Protocolos

    -34- ¡NO CERRARSE AL CAMBIO!

    Valoración inicial del caso ‘Romanones’. La trasparencia y sus efectos en la investigación previa. Falta de sensibilidad para captar esta nueva dimensión. El error de la invocación, a la antigua, del secreto pontificio, que debería estar abrogado. Nunca puede ser obstáculo frente al respeto de los derechos de todos los implicados. La experiencia de no disponer de una norma clara y de autoridad, que –ahora misma- no lo son los Protocolos 2010. La negligencia manifiesta de la CDF

    -35- LA RESTITUCIÓN DEL BUEN NOMBRE

    A veces el sacerdote denunciado lo ha sido con falsedad. A veces, un sacerdote participa de alguna forma en la denuncia de otro sacerdote. El derecho a que el Obispo haga lo suficiente para restituir su buen nombre. El doloroso drama, humano y espiritual, del denunciado. La altura de miras del Obispo y cumplimiento de sus obligaciones como padre y hermano. Los denunciantes con falsedad se han desacreditado ante todo el mundo, deben pedir perdón o, al menos, reconocer que se equivocaron. Los derechos del denunciado con falsedad y su ejercicio legítimo. Tolerancia cero también para quien denuncia con

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