Apuntes de Derecho Administrativo II
Por Franklin Díaz
()
Información de este libro electrónico
Apuntes de Derecho Administrativo II tomados en clases, complementados con doctrina y jurisprudencia española.
Dirigido a estudiantes de Derecho, opositores y carreras relacionadas.
Lee más de Franklin Díaz
El Vendedor de Ideas Calificación: 5 de 5 estrellas5/5Apuntes de Derecho Procesal 1 Calificación: 4 de 5 estrellas4/5Cómo Logré Vivir de Mis Libros Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesMis Genes Malditos Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesRelax al Alcance de Todos Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesDe Esclavo a Empresario - Cómo Creé mi Propia Empresa Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesSiempre Puedo Continuar Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesCrónica de un Suicidio Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesEl Aroma del Mastranto Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificaciones
Relacionado con Apuntes de Derecho Administrativo II
Libros electrónicos relacionados
Lecciones de derecho (3ª) administrativo Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesApuntes de Derecho Administrativo II Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesDerecho administrativo sancionador: Entre el control social y la protección de los derechos fundamentales Calificación: 4 de 5 estrellas4/5Manual de Derecho Administrativo Calificación: 1 de 5 estrellas1/5El Derecho Administrativo Como Idea Y Sus Transformaciones Contemporáneas Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesCompendio de derecho administrativo Calificación: 4 de 5 estrellas4/5Las transformaciones de la administración pública y del derecho administrativo -Tomo I: Constitucionalización de la disciplina y evolución de la actividad administrativa Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesDerecho adminstrativo mexicano Calificación: 3 de 5 estrellas3/5Teoría de la regulación: Hacia un derecho administrativo de la regulación Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesEstudios sobre el régimen jurídico de las asociaciones público-privadas Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesLa incorporación constitucional de los principios de eficacia y eficiencia administrativa Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesLa conciliación en el derecho administrativo colombiano: Segunda edición Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesEsquema de la Acción Extraordinaria de Protección en las Sentencias de la Corte Constitucional Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesDerecho Administrativo Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesLa reforma al proceso ejecutivo: estudio del impacto que sobre este tiene el análisis económico del derecho Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesLegitimidad de la justicia administrativa colombiana: Una mirada desde la percepción de su diseño institucional Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesGarantías judiciales de la Constitución Tomo II: Acción pública de inconstitucionalidad, procedimiento y sentencia. Libro de Investigación Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesGuía Legal del Servicio Público Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesBalance, reforma y perspectivas del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011) en su décimo aniversario Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesLas transformaciones de la administración pública y del derecho administrativo. Tomo III: Las dimensiones del control sobre la actividad administrativa Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesAnálisis y Comentarios a la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente Calificación: 5 de 5 estrellas5/5Apuntes de Derecho Procesal I Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesLecciones de Práctica Contenciosa en Materia Fiscal 22a. edición. Calificación: 5 de 5 estrellas5/5Jurisdicción Contencioso-administrativa Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesEl proceso contencioso-administrativo Calificación: 3 de 5 estrellas3/5Tutela judicial efectiva, actuaciones administrativas y control judicial en el derecho regional europeo Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesEstudios de derecho de consumo. Tomo II: Aspectos contractuales, jurídicos administrativos y subsistema nacional de calidad Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesResponsabilidad de administradores SAS: Deberes legales.Pérdidas, insolvencia y aseguramiento Calificación: 5 de 5 estrellas5/5Prontuario Mercantil 2016 Calificación: 5 de 5 estrellas5/5
Derecho administrativo y práctica reglamentaria para usted
Derecho y análisis económico Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesCorrupción Política En Colombia Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesFilosofía del Derecho Calificación: 5 de 5 estrellas5/5Tratado de derecho administrativo, tomo V. derecho de víctimas y responsabilidad del estado. pendiente Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesLa responsabilidad civil del notario Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesLa Simulación Tributaria Análisis Jurídico y Sociológico 2021 Calificación: 5 de 5 estrellas5/5Ley Federal de Protección de Datos Personales y su Reglamento: Comentada y Correlacionada Calificación: 5 de 5 estrellas5/5Derecho adminstrativo mexicano Calificación: 3 de 5 estrellas3/5Compendio de derecho administrativo Calificación: 4 de 5 estrellas4/5Manual de derecho administrativo Calificación: 5 de 5 estrellas5/5El análisis económico del Derecho Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesCurso de Derecho Administrativo. Curso, temas de reflexión, comentarios y análisis de fallos Calificación: 4 de 5 estrellas4/5Compendio de derecho penal económico: Parte general Calificación: 5 de 5 estrellas5/5Fallos referentes en contratación estatal Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesCódigo de procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo ley 1437 de 2011 comentado y concordado - 2da. Edición Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesForma, formalidades y contenido del contrato estatal Calificación: 4 de 5 estrellas4/5Las Contribuciones en el Comercio Exterior Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesDesafíos de la planificación fiscal frente a las normas antiabuso Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesFundamentos de Derecho Administrativo Calificación: 3 de 5 estrellas3/5Lecciones de Práctica Contenciosa en Materia Fiscal 22a. edición. Calificación: 5 de 5 estrellas5/5Trabajo Social Jurídico Calificación: 5 de 5 estrellas5/5Una reforma imposible: La justicia latinoamericana en el banquillo Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesLa corrupción pública y privada: causas, efectos y mecanismos para combatirla Calificación: 3 de 5 estrellas3/5Derecho administrativo: Reflexiones contemporáneas Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesAnálisis y Comentarios a la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente Calificación: 5 de 5 estrellas5/5Promoción de la inversión privada en el Perú:: del contrato de concesión a las asociaciones público-privadas Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesTasación de costas procesales: Cuestiones prácticas Calificación: 5 de 5 estrellas5/5¿Mobbing o torturas psicológicas?: Estudio doctrinal y jurisprudencial Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesEl mercado de valores en fácil Calificación: 2 de 5 estrellas2/5
Categorías relacionadas
Comentarios para Apuntes de Derecho Administrativo II
0 clasificaciones0 comentarios
Vista previa del libro
Apuntes de Derecho Administrativo II - Franklin Díaz
ÍNDICE
Tema 1. El acto administrativo. Delimitación conceptual y elementos esenciales. La ejecutividad y sus límites.
Tema 2. Clasificación de los actos administrativos. En especial, actos reglados y discrecionales. Técnicas de control de la discrecionalidad.
Tema 3. Eficacia del acto administrativo. Su notificación y publicación. La ejecución forzosa.
Tema 4. Invalidez. Nulidad, anulabilidad y mera irregularidad de los actos administrativos. Conversión, conservación y convalidación de actos viciados.
Tema 5: Convenios y contratos de la Administración. Delimitación, concepto y clases de contratos administrativos. Los contratos privados de la Administración.
Tema 6. Ejecución y extinción del contrato administrativo. En particular, la ecuación prerrogativas de la administración y garantías del contratista.
Tema 7. El procedimiento administrativo: concepto y principios generales. Fases de procedimiento. Derechos de los interesados.
Tema 8. Terminación. Obligación de resolver. Consecuencias de su incumplimiento: silencio administrativo y caducidad.
Tema 9. Los recursos administrativos. La suspensión del acto administrativo. Procedimientos alternativos de revisión.
Tema 10. La revisión de oficio de los actos y de los reglamentos. La revocación. La rectificación de errores.
Tema 1. El acto administrativo. Delimitación conceptual y elementos esenciales. La ejecutividad y sus límites.
1. Delimitación conceptual y elementos esenciales
El acto administrativo es una manifestación de voluntad de la Administración que es capaz por sí misma de crear una relación jurídica obligacional.
Lo cual se relaciona con las formas de actuación de la Administración Pública. Dichas actuaciones pueden tener mayor o menor relevancia jurídica en función de su contenido y de su forma. Las formas de actuación de la Administración Pública con mayor relevancia jurídica son: I) el ejercicio de la potestad reglamentaria, es decir, la capacidad que tienen las Administraciones Públicas de dictar una norma (el reglamento) que desde que se pública en el Boletín Oficial correspondiente se inserta en el ordenamiento jurídico teniendo la misma fuerza obligatoria que todas las demás normas legales, así lo recoge el artículo 9 de la CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA al decir que Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico
; II) el ejercicio de otras potestades, como la potestad tributaria, sancionadora, etc. que se manifiestan en actos administrativos; III) *aunque se podría incluir dentro de los actos administrativo* el ejercicio de la potestad de la contratación (contratos). No obstante, por otro lado, nos encontramos otras formas de actuación de la Administración Pública, pero sin relevancia jurídica que son las actividades materiales de la Administraciones Publicas, como pueden ser el jardinero que poda los árboles o el médico que trata de curar a sus pacientes.
En este punto nos centraremos en el acto administrativo, que se define de manera clásica, la proviene de un autor llamado Zanobini, como es cualquier declaración de voluntad de la Administración realizada por un sujeto de la Administración, en el ejercicio de una potestad, y susceptible de producir efectos jurídicos
.
Esta definición hay que desglosarla:
* Declaración de voluntad, es un acto en el que la Administración nos dice o nos da una pauta de actuación, (aunque hay otros autores añaden que `es cualquier declaración de conocimiento, de juicio, o incluso de deseo´).
* Realizada por un sujeto de una Administración Pública, lo cual viene recogido en el artículo 34.1 de la Ley 39/2015 que dice que Los actos administrativos que dicten las Administraciones Públicas, bien de oficio o a instancia del interesado, se producirán por el órgano competente ajustándose a los requisitos y al procedimiento establecido
.
* Ejercicio de una potestad administrativa (distinta de la potestad reglamentaria).
* Susceptible de producir efectos jurídicos (frente a terceros), ya que no se puede quedar en una declaración que suscite efectos de deseo.
La teoría del acto administrativo se construye sobre la base de la teoría del negocio jurídico unilateral del Derecho Privado, de forma que se diferencian también tres elementos: subjetivo, objetivo y formal.
• Elemento subjetivo:
El primer requisito de validez del acto administrativo es que el mismo sea dictado por una Administración Pública territorial competente, por el órgano de la misma al que la norma correspondiente atribuya la potestad para ello y cuyo titular no haya actuado hallándose incurso en causa de abstención o con su voluntad viciada.
Pero no solo existe Administraciones Públicas Territoriales, las cuales siempre pueden dictar actos administrativos. Sino que también existen Administraciones Institucionales, en las cuales hay que recurrir a su régimen específico, régimen que recoge el artículo 2.2 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público [El sector público institucional se integra por: a) Cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las Administraciones Públicas. b) Las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas que quedarán sujetas a lo dispuesto en las normas de esta Ley que específicamente se refieran a las mismas, en particular a los principios previstos en el artículo 3, y en todo caso, cuando ejerzan potestades administrativas. c) Las Universidades públicas que se regirán por su normativa específica y supletoriamente por las previsiones de la presente Ley
]. No obstante, solo tendrían consideración de Administración Pública Institucional los organismos autónomos (que se rigen 100% por Derecho Administrativo) y las Entidades Públicas Empresariales (que se rigen mayormente por D. Privado salvo en el ejercicio de potestades y en la formación de la voluntad de su forma de gobierno que se rigen por el Derecho Administrativo).
Por tanto, tienen que darse dos requisitos para que concurra el elemento subjetivo, que sea una Administración Pública y que este ejerciendo una potestad.
En este punto hay que destacar dos casos extremos:
a) Las Corporaciones de Derecho Público, y
b) Los Órganos Constitucionales.
a) Las Corporaciones de Derecho Público:
Son corporaciones de D. Privado pero que ejercen diversas potestades públicas que le ha otorgado el ordenamiento jurídico, como puede ser el Colegio de Abogados o las Cofradías de Pescadores e incluso las Federaciones de Deportes, las cuales pueden llevar a cabo diversas actuaciones, pero las únicas que son susceptibles del Derecho Administrativo, de acuerdo al artículo 2.c de la Ley 29/1998 reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo son Los actos y disposiciones de las Corporaciones de Derecho público, adoptados en el ejercicio de funciones públicas
.
b) Los Órganos Constitucionales:
Son instituciones con varios elementos, a saber:
• Elemento objetivo
La declaración de voluntad debe estar plenamente sometida plenamente a la Ley y al Derecho, tal como expone el artículo 34.1 de la Ley 39/2015 (Los actos administrativos que dicten las Administraciones Públicas...) se producirán por el órgano competente ajustándose a los requisitos y al procedimiento establecido"), ya que si no está sometida plenamente a la Ley y al Derecho incurrirá en invalidez.
Además, la declaración de voluntad o el acto administrativo debe ser dictado por el órgano competente, así como, ajustado al procedimiento legalmente establecido, tal como se recoge en el mismo precepto 34.1 de la Ley 39/2015.
• Elemento formal (artículo 36 de la Ley 39/2015)
Se refiere al procedimiento y a la forma que deben tener los actos administrativos, los cuales deben ser:
- Expresos, es la regle general siendo indiferente el soporte donde se encuentre, ya puede ser en soporte físico en papel o a través de medios electrónicos, pero del artículo 36.1 de la Ley 39/2015 (Los actos administrativos se producirán por escrito a través de medios electrónicos, a menos que su naturaleza exija otra forma más adecuada de expresión y constancia
) se desprende que se producirán normalmente por escrito, salvo que haya otra forma más apropiada de expresión y constancia del acto administrativo, ya que como recoge el artículo 36.2 de la Ley 39/2015 en los casos en que los órganos administrativos ejerzan su competencia de forma verbal, la constancia escrita del acto, cuando sea necesaria, se efectuará y firmará por el titular del órgano inferior o funcionario que la reciba oralmente, expresando en la comunicación del mismo la autoridad de la que procede
.
- Motivación, el cual es un elemento fundamental, ya que no puede haber actos administrativos que no estén motivados, es más, los Juzgados y Tribunales cuando observan un acto administrativo carente de motivación consideran este hecho como un delito. Además, de la motivación general, la Ley en el artículo 35 de la Ley 39/2015 establece que es necesaria una motivación específica– "Serán motivados, con sucinta referencia de hechos y fundamentos de derecho: a) Los actos que limiten derechos subjetivos o intereses legítimos. b) Los actos que resuelvan procedimientos de revisión de oficio de disposiciones o actos administrativos, recursos administrativos y procedimientos de arbitraje y los que declaren su inadmisión. c) Los actos que se separen del criterio seguido en actuaciones precedentes o del dictamen de órganos consultivos. d) Los acuerdos de suspensión de actos, cualquiera que sea el motivo de ésta, así como la adopción de medidas provisionales previstas en el artículo 56. e) Los acuerdos de aplicación de la tramitación de urgencia, de ampliación de plazos y de realización de actuaciones complementarias. f) Los actos que rechacen pruebas propuestas por los interesados.