Estudio del Impuesto sobre la Renta 2022: Personas físicas
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Al respecto, ofrecemos un extenso análisis de las disposiciones fiscales relacionadas con dicho gravamen que incluye la exposición de un marco teórico de cada tema y el desarrollo de diversos casos prácticos.
El lector encontrará, entre otros, los siguientes temas relativos a los ingresos percibidos por las personas físicas:
1. Cálculo de la retención de ISR que los empleadores deben efectuar a los que perciben salarios y conceptos asimilados a estos (se incluye la retención por la percepción de ingresos por indemnizaciones, aguinaldo, PTU y otros).
2. Determinación de la base del impuesto, cálculo de los pagos provisionales, renta gravable y el importe de la PTU, así como el tratamiento de las pérdidas fiscales, en relación con las personas físicas que desarrollan actividades empresariales y profesionales.
3. Determinación de la retención del impuesto por los ingresos por la enajenación de bienes o la prestación de servicios a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares.
4. Determinación de la base del impuesto y, en su caso, de los pagos mensuales en el nuevo Régimen simplificado de confianza.
5. Cálculo de la base del impuesto y de los pagos provisionales por el arrendamiento de bienes inmuebles.
6. Determinación de la base del impuesto y, en su caso, de los pagos provisionales cuando se perciben ingresos por adquisición de bienes, enajenación de bienes muebles e inmuebles, dividendos, intereses y otros ingresos.
7. Cálculo del impuesto del ejercicio de las personas físicas.
Sin duda, esta obra será de gran utilidad para los contribuyentes (personas físicas), profesionales del área fiscal, estudiantes de nuestra legislación fiscal y, en general, para toda persona interesada en el tema.
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Comentarios para Estudio del Impuesto sobre la Renta 2022
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- Calificación: 5 de 5 estrellas5/5Excelente, me ayudó demasiado para mis tareas. Muy recomendable. Me hubiera gustado ver mas ejemplos, e incluso algún link para la obtención de plantillas Excel.
Vista previa del libro
Estudio del Impuesto sobre la Renta 2022 - José Pérez Chávez
PRIMERA EDICION 2022
ISBN 978-607-629-772-8
CONTENIDO
ABREVIATURAS
INTRODUCCION
BENEFICIOS FISCALES EN LAS FRONTERAS NORTE Y SUR DEL PAIS
CAPITULO I. SALARIOS
Ingresos gravables
Ingresos exentos
Cálculo del impuesto mensual
Cálculo del impuesto anual
Ingresos en servicios por automóviles asignados a funcionarios públicos
Mecánica para determinar el ISR a retener a las personas que obtienen ingresos asimilables a salarios
Mecánica para determinar la retención del ISR por pagos de primas de antigüedad, retiro e indemnizaciones
Mecánica para determinar el ISR sobre ingresos en servicios
Opción de retener el ISR por pagos de aguinaldo, PTU, primas dominicales y vacacionales
CAPITULO II. ACTIVIDADES EMPRESARIALES Y SERVICIOS PROFESIONALES
Obligados a tributar en este régimen
Deducción de inversiones
Determinación de los pagos provisionales
Determinación del impuesto anual
Pérdidas fiscales
Determinación de la base de la PTU
CAPITULO III. REGIMEN SIMPLIFICADO DE CONFIANZA
Quiénes pueden tributar en este régimen
Quiénes no podrán tributar en este régimen
Pagos mensuales
ISR del ejercicio
Asimilación a la defraudación fiscal
Obligaciones de los contribuyentes
Supuestos en los que se dejará de tributar en el RSC
No aplicación de otros tratamientos fiscales
PTU del ejercicio
CAPITULO IV. INGRESOS POR LA ENAJENACION DE BIENES O LA PRESTACION DE SERVICIOS A TRAVES DE INTERNET, MEDIANTE PLATAFORMAS TECNOLOGICAS, APLICACIONES INFORMATICAS Y SIMILARES
Retención del impuesto
CAPITULO V. ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES
Aspectos generales
Deducción opcional sin comprobación (deducción ciega
)
Determinación de los pagos provisionales
CAPITULO VI. ENAJENACION DE BIENES
Concepto de enajenación
Enajenación de bienes inmuebles
Pagos provisionales estatales
Cálculo del impuesto anual
Disminución de pérdidas
Enajenación de bienes muebles
CAPITULO VII. ADQUISICION DE BIENES
Ingresos gravables
Determinación de los pagos provisionales
CAPITULO VIII. INGRESOS POR INTERESES
Concepto de intereses
Intereses exentos
Intereses a los que no les será aplicable la exención en el ISR
Concepto de interés real
Deducción de pérdidas
Retención y entero del impuesto
CAPITULO IX. PREMIOS
Pagos provisionales y definitivos de las personas físicas que perciben ingresos por la obtención de premios
Periodicidad de pago
Ingresos gravables
Ingresos exentos
Tasas de impuesto
Mecánica para determinar las retenciones del ISR (pagos provisionales y definitivos)
CAPITULO X. DIVIDENDOS
CAPITULO XI. DE LOS DEMAS INGRESOS DE LAS PERSONAS FISICAS
Ingresos gravables
Pagos provisionales por intereses y ganancia cambiaria
Pagos provisionales por ingresos distintos de intereses
CAPITULO XII. IMPUESTO ANUAL DE LAS PERSONAS FISICAS
Obligación de pago del impuesto anual
Cálculo del impuesto anual
ABREVIATURAS
INTRODUCCION
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que todos los ciudadanos estamos obligados a contribuir al gasto público, tanto de la Federación como de los estados y de los municipios, de manera equitativa y proporcional que establecen las leyes.
Uno de los impuestos más importantes con el cual los ciudadanos debemos contribuir al gasto público lo constituye el impuesto sobre la renta (ISR), debido a que el objeto del mismo son los ingresos obtenidos por las personas físicas y las morales en los casos siguientes:
1. Las residentes en México, respecto de todos sus ingresos cualquiera que sea la ubicación de la fuente de riqueza de donde procedan.
2. Los residentes en el extranjero que tengan un establecimiento permanente en el país, respecto de los ingresos atribuibles a dicho establecimiento permanente.
3. Los residentes en el extranjero, respecto de los ingresos procedentes de fuentes de riqueza situadas en territorio nacional, cuando no tengan un establecimiento permanente en el país o, cuando teniéndolo, dichos ingresos no sean atribuibles a éste.
Por ello, el objetivo de esta obra es presentar a los lectores un importante análisis del ISR; el estudio se presenta a través de un marco teórico de cada tema y la resolución de diversos casos prácticos relacionados con tal impuesto, con el fin de que se tenga una mayor comprensión de los lineamientos establecidos en dicha disposición.
Asimismo, está dirigida principalmente a las personas encargadas del cumplimiento de las obligaciones fiscales de las personas físicas y morales, así como a los profesionales del área fiscal, a los estudiantes de legislación fiscal, a los contribuyentes y, en general, a todas las personas interesadas en el tema.
Nota importante por considerar:
1. En el DOF del 10 de enero de 2021 se dieron a conocer los valores de la UMA vigentes del 1o. de febrero de 2021 al 31 de enero de 2022, como sigue:
BENEFICIOS FISCALES EN LAS FRONTERAS NORTE Y SUR DEL PAIS
El 31 de diciembre de 2020, se publicaron en el DOF los siguientes decretos relativos a beneficios en materia de ISR e IVA en las fronteras norte y sur del país:
1. El Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur
, el cual entró en vigor el 1o. de enero de 2021 y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2024.
2. El Decreto por el que se modifica el diverso de estímulos fiscales región fronteriza norte
, mismo que entró en vigor el 1o. de enero de 2021, y conforme al cual se amplió la vigencia del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, del 1o. de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2024.
Por lo anterior, para efectos de este libro, es importante que los contribuyentes a quienes les aplican los decretos mencionados consideren los beneficios contenidos en éstos, en la determinación y pago del ISR correspondiente.
CAPITULO I
SALARIOS
Ingresos gravables
De acuerdo con los artículos 94 de la LISR y 166 del RISR, se consideran ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado, los siguientes:
1. Los salarios.
2. Las demás prestaciones que deriven de una relación laboral, incluyendo la PTU.
3. Las prestaciones percibidas como consecuencia de la terminación de la relación laboral.
4. Las becas otorgadas a personas que hubieren asumido la obligación de prestar servicios a quien otorga la beca.
5. La ayuda o compensación para renta de casa, transporte o cualquier otro concepto que se entregue en dinero o en bienes, sin importar el nombre con el cual se les designe.
Cabe señalar que, para efectos de dicha Ley, se asimilan a salarios, obligatoriamente (números 1 a 7) u optativamente (números 8 a 10), los ingresos que perciban las personas siguientes (artículo 94 de la LISR):
1. Los funcionarios y trabajadores de la Federación, las entidades federativas y los municipios que obtienen remuneraciones y demás prestaciones, aun cuando sean por concepto de gastos no sujetos a comprobación.
2. Los obtenidos por los miembros de las fuerzas armadas.
3. Los miembros de las sociedades cooperativas de producción que reciban anticipos y rendimientos.
4. Los miembros de las sociedades y asociaciones civiles que perciban anticipos.
5. Los miembros de consejos directivos, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole que perciban honorarios.
6. Los administradores, comisarios y gerentes generales que perciban honorarios.
7. Las personas que presten servicios preponderantemente a un prestatario, por los honorarios que perciban.
8. Las personas físicas que perciban honorarios de personas morales o de personas físicas con actividades empresariales a las que presten servicios personales independientes.
9. Las personas físicas que perciban ingresos de personas morales o de personas físicas con actividades empresariales, por las actividades empresariales que realicen.
10. Las personas físicas que obtengan ingresos por ejercer la opción otorgada por su empleador o una parte relacionada del mismo, para adquirir, incluso mediante suscripción, acciones o títulos valor que representen bienes, sin costo alguno o a un precio menor o igual al de mercado que tengan dichas acciones o títulos valor al momento del ejercicio de la opción, independientemente de que las acciones o títulos valor sean emitidos por el empleador o la parte relacionada del mismo.
No obstante, cuando los ingresos percibidos en el ejercicio por los conceptos a que se refieren los puntos 7 a 9 anteriores, hayan excedido en lo individual o en su conjunto, 75 millones de pesos, no les serán aplicables las disposiciones del régimen de salarios, en cuyo caso las personas físicas que los perciban deberán pagar el impuesto respectivo en los términos del régimen de las personas físicas con actividades empresariales y profesionales a partir del año siguiente en el que excedieron ese monto. Las personas físicas que se ubiquen en este supuesto deberán comunicar esta situación por escrito a los prestatarios o a las personas que les efectúen los pagos, para lo cual se estará a lo dispuesto en las reglas de carácter general que emita el SAT. De no pagarse el impuesto en los términos del régimen de las personas físicas