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Herencias, donaciones, cesión de derechos y otras figuras jurídicas. Tratamiento legal y planeación financiera y fiscal 2019
Herencias, donaciones, cesión de derechos y otras figuras jurídicas. Tratamiento legal y planeación financiera y fiscal 2019
Herencias, donaciones, cesión de derechos y otras figuras jurídicas. Tratamiento legal y planeación financiera y fiscal 2019
Libro electrónico127 páginas1 hora

Herencias, donaciones, cesión de derechos y otras figuras jurídicas. Tratamiento legal y planeación financiera y fiscal 2019

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Frecuentemente, por razones familiares o por otras causas, una persona se encuentra en la necesidad o en el deseo de transmitir su patrimonio, trátese de propiedades inmobiliarias, cuentas bancarias, acciones u otros bienes. Para lograr este objetivo, existen diversas figuras jurídicas que se pueden emplear, tales como: la donación, el usufructo, la cesión de derechos, el fideicomiso, la sucesión testamentaria, la sucesión legítima o la negociación mercantil.

En esta obra se analizarán dichas figuras jurídicas, considerando sus efectos legales y fiscales, por lo que la misma será de gran utilidad para que, desde este momento, se comience a planear la transmisión patrimonial, eligiendo la opción más adecuada con un costo fiscal bajo y con los menores problemas futuros para los beneficiarios o herederos.
IdiomaEspañol
EditorialTax Editores
Fecha de lanzamiento3 jun 2019
ISBN9786076293980
Herencias, donaciones, cesión de derechos y otras figuras jurídicas. Tratamiento legal y planeación financiera y fiscal 2019

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    Herencias, donaciones, cesión de derechos y otras figuras jurídicas. Tratamiento legal y planeación financiera y fiscal 2019 - José Pérez Chávez

    978-607-629-398-0

    CONTENIDO

    Abreviaturas

    Introducción

    CAPITULO I

    EL PATRIMONIO

    Definición del concepto

    Separación del patrimonio

    Patrimonio de la familia

    Transmisión del patrimonio

    CAPITULO II

    EL MATRIMONIO Y EL PARENTESCO

    El matrimonio

    Sociedad conyugal

    Separación de bienes

    El parentesco

    Parentesco por consanguinidad

    Parentesco de afinidad

    CAPITULO III

    TIPOS DE BIENES QUE FORMAN EL PATRIMONIO

    Bienes inmuebles

    Bienes muebles

    CAPITULO IV

    ASPECTOS JURIDICOS DE LA TRANSMISION PATRIMONIAL

    Maneras de transmitir el patrimonio

    Transmisión del patrimonio en vida

    Donación

    Usufructo

    Cesión de derechos

    Fideicomiso

    Transmisión mediante testamento

    Transmisión intestada

    Negociación comercial

    CAPITULO V

    ASPECTOS FISCALES DE LA TRANSMISION PATRIMONIAL

    Donación

    Usufructo

    Cesión de derechos

    Fideicomiso

    Sucesión testamentaria

    Sucesión legítima

    Otros aspectos

    CAPITULO VI

    PLANEACION DE LA TRANSMISION PATRIMONIAL

    Elección de la figura legal

    Planeación fiscal

    ABREVIATURAS

    INTRODUCCION

    La transmisión patrimonial es una necesidad o un deseo ineludible, dado que cualquier persona, ya sea natural o jurídica, poseen un patrimonio, el cual consiste en bienes, derechos y obligaciones. Dicha transmisión se puede realizar en vida de la persona o como consecuencia de su muerte o liquidación.

    La transmisión del patrimonio tiene diversos motivos, sin embargo, las razones más importantes y frecuentes tienen que ver con los vínculos familiares, afectivos o de parentesco. Otras razones tienen que ver con el altruismo.

    Lo anterior es importante, ya que con base en esto se pueden entender los motivos de la transmisión patrimonial: una persona transmitirá su patrimonio no a un desconocido, sino que lo hará a su esposa o a su esposo, a sus hijos, a sus padres, etc., a fin de asegurarles una vida mejor cuando él ya no esté y así poder forjarles un porvenir promisorio o para que lo administren mejor.

    Estas mismas razones hacen posible prever, planificar y planear dicha transmisión y, en su momento, obtener las menores cargas fiscales como consecuencia de ello.

    Para lograr este objetivo existen diversas figuras jurídicas que se pueden emplear, tales como: la donación, el usufructo, la cesión de derechos, el fideicomiso, la sucesión testamentaria o la sucesión legítima.

    En esta obra se analizan dichas figuras jurídicas, considerando sus efectos legales y fiscales, por lo que será de gran utilidad para que, desde este momento, se comience a planear la transmisión patrimonial, eligiendo la opción más adecuada con un costo fiscal bajo y con los menores problemas futuros para los beneficiarios o herederos.

    Cabe destacar que en este trabajo sólo se analizará la transmisión del patrimonio que realicen las personas físicas, no tocando lo concerniente a la transmisión que de su patrimonio pudieran efectuar las personas morales.

    Asimismo, es importante destacar que en esta obra, en lo referente a la legislación civil, se mencionaron las disposiciones del Código Civil Federal, aclarando que pudieran haber diferencias en cada entidad federativa, en relación con dicho ordenamiento, por lo que, en este caso, sería aplicable el Código Civil de la entidad de que se trate.

    Nota importante por considerar:

    1. De acuerdo con el artículo primero transitorio de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 modificado mediante la Tercera Resolución Fiscal (DOF 19/X/2018), la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 entró en vigor el 1o./I/2018 y estará vigente hasta que el SAT emita la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019.

    CAPITULO I

    EL PATRIMONIO

    Definición del concepto

    El patrimonio es uno de los conceptos más importantes que configuran el derecho civil, ya que se relaciona con la mayoría de las instituciones del derecho privado y, sin embargo, en ninguna disposición legal, ya sea de carácter civil, mercantil o fiscal, se define el concepto de patrimonio. Por tanto, es necesario recurrir a la doctrina jurídica para dar una definición del mismo.

    El Nuevo Diccionario Jurídico Mexicano del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, define el patrimonio en los términos siguientes:

    PATRIMONIO. I. (Del latín patrimonium). Parece indicar los bienes que el hijo tiene, heredados de su padre y abuelos. Desde el punto de vista jurídico, patrimonio es el conjunto de poderes y deberes, apreciables en dinero, que tiene una persona. Se utiliza la expresión, poderes y deberes en razón de que no sólo los derechos subjetivos y las obligaciones pueden ser estimadas en dinero, sino que también lo podrían ser las facultades, las cargas y, en algunos casos, el ejercicio de la potestad, que pueden traducirse en un valor pecuniario.

    II. El patrimonio tiene dos elementos: uno activo y otro pasivo. El activo se constituye por el conjunto de bienes y derechos, y el pasivo, por las cargas y obligaciones susceptibles de apreciación pecuniaria. Los bienes y derechos que integran el activo se traducen siempre en derechos reales, personales o mixtos, y el pasivo, por derechos personales o cargas u obligaciones reales. El haber patrimonial resulta de la diferencia entre el activo y el pasivo, cuando aquél es superior a éste, mientras que el déficit patrimonial surge cuando el pasivo es superior al activo; en el primer caso, se habla de solvencia y, en el segundo, de insolvencia.

    Como se desprende de las definición anterior, el patrimonio se conforma de los bienes y derechos de una persona, así como de sus obligaciones.

    Asimismo, se observa que este concepto se integra por tres elementos, a saber:

    1. Su composición como conjunto de derechos y obligaciones. Esto se entiende como la concurrencia simultánea de derechos y obligaciones, unidos entre sí por algún elemento de hecho o de derecho, y que se encuentran afectados a un fin específico.

    2. Su significado económico o pecuniario. Sólo las relaciones jurídicas de carácter pecuniario (derechos reales o derechos de crédito) forman el contenido del patrimonio.

    3. Su atribución a un titular. Para que existan derechos y obligaciones, debe existir un titular de ellas, ya sea una persona natural o una persona jurídica. En este caso, si se tiene el derecho o el bien, se está en una posición activa, y, por el contrario, si se tiene la obligación o el deber, se está en una posición pasiva. Por lo anterior, el deudor debe responder de las obligaciones que contrae con sus bienes presentes y futuros.

    Ahora bien, en relación con el concepto de patrimonio, es importante señalar que existen diversas teorías que lo tratan. A continuación citamos algunas de ellas.

    1. Teoría clásica o del patrimonio de personalidad

    Esta teoría subjetivista fue desarrollada por Aubry y Rau. Para ellos, el patrimonio es el conjunto de las relaciones jurídicas de una persona, valorables en dinero, consideradas como una universalidad jurídica y ligadas entre sí, por estar sujetas a la voluntad de una misma persona.

    Por lo anterior, el patrimonio comprende, tanto un activo como un pasivo:

    1. El activo

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