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Subsidio para el empleo: Derecho del trabajador
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Libro electrónico603 páginas7 horas

Subsidio para el empleo: Derecho del trabajador

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La presente obra analiza la naturaleza del subsidio para el empleo con el objetivo de enmarcarlo en las disposiciones jurídicas que le son propias, además de proponer su integración en la legislación constitucional de México, específicamente en la Ley Federal del Trabajo. Se trata de una aportación valiosa que deben conocer los diferentes sectores
IdiomaEspañol
EditorialIMCP
Fecha de lanzamiento4 mar 2020
ISBN9786078463893
Subsidio para el empleo: Derecho del trabajador
Autor

Pedro Córdova Farciert

Pedro Córdova Farciert Contador Público y auditor egresado de la Facultad de Contaduría Pública de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla. Maestro en Contribuciones y Doctor en Derecho por la misma universidad. Ha impartido cátedra a nivel posgrado en distintas instituciones educativas. Actualmente, es Contador General de Silvestre Cedeño Delgado, Alejandra Blanca Proo, Gilberto Cedeño Blanca, Aceros Maquilados Estructurales, S.A. de C.V., Laymsa, S.A. de C.V. y Agroindustria de la Mixteca Poblana, S. de P.R. de R.L.

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    Subsidio para el empleo - Pedro Córdova Farciert

    .

    Pedro Córdova Farciert

    Es Contador Público y Auditor egresado de la Facultad de Contaduría Pública de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla. Asimismo, posee estudios de Maestría en Contribuciones por la Facultad de Contaduría Pública y Doctorado en Derecho, por la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, ambas de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla.

    En el ámbito profesional, ha sido Contador General de Lámina y Molduras, S.A. de C.V. (1988-2010), de Corte y Doblez, S.A. de C.V. (1988-1995) y de Comercial Ferretera G.A., S.A. de C.V. (1988-1995); Gerente de Auditoría del Despacho Benjamín Téllez Galaviz (1982-1988). También se ha desempeñado como supervisor de despachos contables, específicamente el Despacho del C.P. Alfonso López Amor, que realizó la auditoría total al H. Ayuntamiento de Coatepec, Puebla, y el Despacho de la C.P. Yanina Álvarez Melo, en el cual realizó la formulación de dictámenes a municipios.

    Asimismo, ha impartido cátedra en los niveles de posgrado en las universidades Benito Juárez García, Iberoamericana, campus Puebla, y de las Américas, campus Puebla, así como en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla.

    De igual manera, se ha desempeñado como catedrático en la Facultad de Contaduría Pública de la Universidad Autónoma de Puebla y en la Facultad de Contaduría Pública de la Universidad Benito Juárez García, en las áreas de Auditoría de estas casas de estudios. También ha sido profesor en la Preparatoria Alfonso Calderón Moreno de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla.

    Actualmente es Contador General de Silvestre Cedeño Delgado, Alejandro Blanca Proo, Gilberto Cedeño Blanca, Aceros Maquilados Estructurales, S.A. de C.V., Laymsa, S.A. de C.V. y Agroindustria de la Mixteca Poblana, S. de P.R. de R.L.

    .

    Introducción

    Capítulo I. Antecedentes del salario

    Introducción

    1. El salario en México

    1.1 Época precolonial

    1.1.1 El comienzo

    1.2 Época colonial

    1.2.1 La minería

    1.2.2 La caña de azúcar en la Nueva España

    1.2.3 El trabajo forzado

    1.2.4 Construcción de iglesias catedrales

    1.2.5 Parroquias, santuarios y conventos de monjas

    1.2.6 Salarios

    1.3 Época independiente

    2. El salario a partir de la Constitución de 1917

    2.1 Definición de salario

    2.2 Salario como base para el pago de contribuciones

    2.2.1 Seguro Social

    2.2.2 Infonavit

    3. Comisión Nacional de los Salarios Mínimos

    3.1 Zona A

    3.2 Zona B

    4. El pago del salario

    4.1 Salario por obra o a destajo

    4.2 Salario por tiempo

    4.3 Salario por tarea o por pieza

    5. El salario en otros países

    6. La teoría de Carlos Marx sobre el trabajo como fuente de toda riqueza

    Conclusiones

    Capítulo II. Crisis económica en México a partir del gobierno del licenciado Luis Echeverría Álvarez

    Introducción

    1. Déficit en el crecimiento de los salarios

    1.1 Inicio de la crisis en México

    1.2 Los pactos de solidaridad económica

    2. Incremento del gravamen al salario

    3. Crédito al salario

    Conclusiones

    Capítulo III. Crédito al salario

    Introducción

    1. Naturaleza del crédito al salario

    2. Subvención

    2.1 Clasificación de las subvenciones

    2.2 Subsidios fiscales

    2.2.1 Definición

    3. Subsidio

    3.1 Clasificación de los subsidios

    3.2 Estímulos o incentivos fiscales

    3.2.1 Definición

    3.2.2 Clasificación de los estímulos o incentivos fiscales

    3.2.3 Estímulos fiscales creados

    4. Exenciones fiscales

    4.1 Definición

    4.2 Clasificación de las exenciones fiscales

    5. Semejanzas y diferencias entre las distintas subvenciones

    6. Objetivos del crédito al salario

    7. Inconstitucionalidad del crédito al salario

    7.1 Dictamen de la Cámara de Origen

    7.2 Dictamen de la Cámara Revisora

    Conclusiones

    Capítulo IV. Subsidio para el empleo en otros países

    Introducción

    1. Argentina

    1.1 Ingresos acumulables

    1.2 Exenciones generales

    1.3 Ganancias no imponibles y cargas de familia

    1.4 Deducciones

    1.5 Deducciones no admitidas

    1.6 Tarifa de impuestos

    1.7 Retenciones

    1.8 Determinación de la cantidad del Impuesto Sobre

    la Renta a retener cada mes

    2. Brasil

    2.1 Ingresos acumulables para efectos del ISR de salarios

    2.2 Ingresos exentos

    2.3 Deducciones

    2.4 Determinación de la base de impuestos

    2.5 Tarifas de impuestos

    3. Chile

    3.1 Ingresos acumulables

    3.2 Ingresos no objeto

    3.3 Deducciones

    3.4 Tarifas de impuestos

    3.5 Base gravable

    3.6 Pago de impuestos

    4. España

    4.1 Ingresos acumulables

    4.2 Ingresos exentos

    4.3 Determinación del rendimiento neto del trabajo

    4.4 Reducción del rendimiento neto

    4.5 Tarifa del impuesto

    5. Francia

    5.1 Ingresos acumulables

    5.2 Ingresos exentos

    5.3 Ingresos no objeto del Impuesto Sobre la Renta

    5.4 Tasa del Impuesto Sobre la Renta de salarios

    5.5 Determinación del impuesto anual

    6. Canadá

    6.1 Impuesto Sobre la Renta de salarios

    6.2 Ingresos acumulables

    6.3 Ingresos exentos

    6.4 Deducciones autorizadas

    6.5 Cálculo del Impuesto Sobre la Renta de salarios

    6.6 Tarifa de impuestos

    7. Estados Unidos de América

    7.1 Ingresos acumulables

    7.2 Deducciones autorizadas

    7.3 Base gravable

    7.4 Tarifa de impuestos

    8. Análisis comparado respecto al apoyo a los trabajadores en otros países

    Conclusiones

    Capítulo V. Impuesto Sobre la Renta de salarios

    Introducción

    1. Antecedentes de los impuestos

    1.1 Los impuestos en México

    1.1.1 Ley del Impuesto Sobre la Renta de 1987

    1.1.2 Ley del Impuesto Sobre la Renta de 1991

    1.1.3 Ley del Impuesto Sobre la Renta de 2002

    1.1.4 Ley del Impuesto Sobre la Renta de 2013

    1.2 Los impuestos en otros países

    2. Artículo 31, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    2.1 Obligación

    2.2 Código Fiscal de la Federación

    2.3 Ley del Impuesto Sobre la Renta

    2.4 Ley del IVA

    2.5 Ley del Impuesto Sobre Producción y Servicios

    2.5.1 Sujeto activo

    2.5.2 Domicilio

    2.6 Principio de legalidad

    2.7 Proporcionalidad de los impuestos

    2.8 Los impuestos deben ser destinados al gasto público

    2.9 Participación de los estados y municipios de los impuestos

    3. Definición de contribuciones

    4. Impuesto Sobre la Renta

    4.1 Sujetos

    4.2 Ingresos por salarios y, en general, por la prestación

    de un servicio personal subordinado

    4.3 Quién percibe el ingreso

    4.4 Ingresos no objeto

    4.5 Ingresos asimilables a salarios

    4.6 Ingresos por los que no se paga el impuesto

    5. Cálculo del Impuesto Sobre la Renta mensual

    5.1 Mecánica de determinación del Impuesto Sobre la Renta de salarios

    5.2 Determinación del subsidio para el empleo

    5.3 Ingresos provenientes de fuente de riqueza ubicada

    en el extranjero

    6. Requisitos de deducibilidad de salarios a cargo del patrón

    7. Cálculo del impuesto anual

    8. Compensación de saldo a favor del trabajador

    Conclusiones

    Capítulo VI. Inconstitucionalidad del subsidio para el empleo

    Introducción

    Constitucionalismo

    Inconstitucionalismo

    Anticonstitucionalismo

    1. Teoría de los impuestos de Adam Smith

    1.1 Principio de justicia

    1.2 Principio de uniformidad de los impuestos

    1.3 Principio de certidumbre

    1.4 Principio de comodidad

    1.5 Principio de economía

    2. Constitución y salario

    2.1 Artículo 123 de la Constitución Política

    de los Estados Unidos Mexicanos

    2.2 Artículo 5 de la Constitución Política

    de los Estados Unidos Mexicanos

    2.3 Artículo 73 de la Constitución Política

    de los Estados Unidos Mexicanos

    2.4 Artículo 107 de la Constitución Política

    de los Estados Unidos Mexicanos

    2.5 Artículos 115 y 116 de la Constitución Política

    de los Estados Unidos Mexicanos

    3. Inconstitucionalidad del subsidio para el empleo

    3.1 Creación del subsidio para el empleo

    3.2 Objetivo del subsidio para el empleo

    3.3 Naturaleza del subsidio para el empleo

    3.4 El subsidio para el empleo como decreto

    3.5 El subsidio para el empleo como remuneración

    3.6 Causas de inconstitucionalidad del subsidio para el empleo

    4. Algunas soluciones al problema planteado

    4.1 Reforma al artículo 85 de la Ley Federal del Trabajo

    4.1.1 Soluciones

    Conclusiones

    Bibliografía

    .

    Desde su aparición sobre la tierra, el hombre se ha caracterizado por su capacidad inventiva y de adaptación a los diferentes medios y cambios de la naturaleza. Desde entonces, y por diferentes sendas, ha buscado encontrar las creaciones o descubrimientos que le permitan no solo satisfacer sus necesidades más apremiantes, sino que le proporcionen mayor comodidad y le prolonguen su existencia con mejor calidad de vida, como resultado de su curiosidad innata y por medio del desarrollo de la investigación científica. Lo anterior ha llevado al ser humano a definir y perfeccionar los sistemas de producción, lo cual ha posibilitado la fabricación, con ahorro de tiempo, esfuerzo y costos, de un mayor número de satisfactores con mejor calidad.

    Existen numerosas obras y creaciones de diversa naturaleza que constituyen auténticas maravillas, como son las recientemente declaradas nuevas siete maravillas del mundo; otras, que no son precisamente construcciones y que le otorgan grandes beneficios, como el desarrollo de la investigación científica, la invención de naves espaciales e Internet (estas dos últimas han revolucionado el transporte y las comunicaciones). Al hablar del sector salud, hoy en día existen numerosas vacunas que evitan la incubación de bacterias y virus en el ser humano, que pueden ocasionarle enfermedades mortales.

    La convivencia de los hombres y su actividad productiva generan diversas relaciones que cada día se vuelven más complejas, de tal manera que ha sido necesario regularlas mediante normas específicas para evitar conflictos que constituyan un freno, tanto en la producción como en el desarrollo y crecimiento de la humanidad. Con el paso del tiempo este conjunto de normas propició el nacimiento del derecho, el cual, para regular las diversas relaciones humanas, se ha dividido en varias áreas: derecho civil, derecho mercantil, derecho laboral y derecho fiscal. Estas disciplinas jurídicas también se han ido desarrollando en forma paulatina e incesante, de tal manera que su actual estudio también constituye una investigación científica que tiene por objeto lograr el mejor y mayor conocimiento de la actividad humana, a fin de crear las normas más apropiadas que coadyuven a la regulación del trabajo del ser humano.

    El crecimiento de la población sobre la Tierra ha provocado un aumento de las necesidades que tienen que atender y resolver los gobiernos de los pueblos, como educación, seguridad, salud, vivienda y alimentación para cada vez más habitantes. Para solventar estos requerimientos es necesario contar con mayor cantidad de recursos financieros, y para obtenerlos deben diseñarse y formularse leyes que logren ese fin, cuidando no lesionar las garantías y derechos que, por naturaleza o por la legislación del Estado, le correspondan al ser humano o, en su defecto, que el hecho de que el ciudadano aporte una contribución al Estado, no se convierta en un desembolso que supere su capacidad económica.

    Aunado a lo anterior, con el proceso de globalización de la economía en que vivimos, muchos pueblos han pasado a ser pobres y aquellos pueblos que eran pobres, ahora tienen una situación precaria. Esta evolución económica desfavorable exige la formulación de las leyes tributarias con una previa auscultación de la capacidad económica de los ciudadanos de cada país; asimismo, es necesario que las disposiciones tributarias realicen una distribución proporcional y equitativa del sostenimiento del gasto público, asignando mayor aportación para ello a ciudadanos que más renta perciben por su mayor capacidad contributiva.

    Estos objetivos por alcanzar han ocasionado el incremento de la investigación científica en el derecho fiscal, de tal manera que varios especialistas prestan primordial atención a esta línea de estudio tratando de abarcar los diferentes temas más trascendentales de cada legislación fiscal, sin olvidar a investigadores que han realizado estudios integrales en el derecho tributario como Sergio Francisco de la Garza, Ernesto Flores Zavala, Adolfo Arrioja Vizcaíno, Emilio Margáin Manautou, Narciso Sánchez Gómez y Gregorio Álvarez, entre otros.

    Con el ánimo de contribuir en la búsqueda de soluciones a las diversas controversias que existen en el sistema tributario de nuestro país y aunque no tengo la capacidad, la experiencia ni la facultad profesional de los investigadores antes mencionados, en este trabajo propongo la abrogación del artículo octavo del Decreto por el que se otorga un subsidio para el empleo para que los trabajadores que perciben menores ingresos en nuestro país obtengan ese mismo beneficio económico por medio de un derecho otorgado en la Ley Federal del Trabajo y se les garantice mayor certeza sobre este apoyo económico.

    Por mi experiencia en el manejo del pago de salarios y el cálculo de sus diferentes contribuciones, siempre he considerado que el crédito al salario que se pagaba a la clase trabajadora de nuestro país, tal como lo establecía la Ley del Impuesto Sobre la Renta, encerraba varias circunstancias como las siguientes:

    1.Se otorgaba a los trabajadores que perciben menores ingresos.

    1.Aparecía como una obligación a cargo de los patrones en la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

    1.Recíprocamente a la obligación patronal, representaba un derecho de los trabajadores.

    Por la importancia y repercusión de estas situaciones, realicé un análisis somero, toda vez que si bien es cierto que dada la situación precaria en la que viven los trabajadores que perciben como ingreso el importe del salario mínimo general de la zona geográfica donde radican, deben ser auxiliados por el Estado, también es cierto que el régimen jurídico de los salarios ha ocasionado lesiones a la economía de los patrones constituidos como pequeñas empresas, en virtud de que en varias ocasiones resultaron ser ellos quienes absorbieron el pago del crédito al salario. Asimismo, la Ley del Impuesto Sobre la Renta consagraba el derecho de los trabajadores, olvidando que dicha ley es de índole tributaria y su finalidad es la de precisar el objeto, el sujeto, la base, las tasas o tarifas del impuesto que regula y que los derechos de los trabajadores son materia exclusiva de la Ley Federal del Trabajo.

    El 10 de octubre de 2007 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, del Código Fiscal de la Federación, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y se establece el Subsidio para el Empleo; con él, se creó el subsidio para el empleo en su artículo octavo y se suprimió el crédito al salario de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

    En primer lugar, el decreto no tiene la categoría de ley y no tuvo como única finalidad la de establecer el subsidio para el empleo; adicionalmente, este instrumento fiscal está regulado con las disposiciones que, en su momento, fueron aplicadas al crédito al salario; por consiguiente, las mismas consecuencia que él produjo, las va a generar el subsidio para el empleo. Ésta es la razón fundamental para proponer la desaparición del artículo octavo de ese decreto, con la finalidad de que el subsidio para el empleo sea incluido en la Ley Federal del Trabajo como una obligación patronal y, de manera recíproca, como un derecho pleno de los trabajadores. Con este cambio también los patrones obtendrían un beneficio: los pagos de subsidio para el empleo que realicen los trabajadores serán un gasto indispensable para el desarrollo de sus actividades y los deducirán, sin ninguna condición o restricción, directamente de sus ingresos acumulables en el momento de determinar el impuesto correspondiente a la renta obtenida.

    De estos razonamientos, desprendo la conclusión de que el subsidio para el empleo es un derecho de los trabajadores.

    Con esta nueva figura, tendrá la formalidad necesaria de todas las leyes; no podrá ser impugnada, como sucedió con el crédito al salario, y será un beneficio más para la clase laboral de nuestro país.

    Este estudio, que fue considerado para la tesis con la que obtuve el grado de doctor en Derecho, en la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, consta de seis capítulos. El primero de ellos, titulado Antecedentes del salario, aborda aspectos de este tópico desde la época precolonial, inicio de su observancia en la época de la Colonia y su legalización a partir de la Constitución de 1917.

    El capítulo II, denominado Crisis económica en México a partir del gobierno del licenciado Luis Echeverría Álvarez, analiza las causas que la originaron y sus consecuencias, entre ellas el drástico deterioro que sufrieron los salarios de los trabajadores que percibían menores ingresos, así como las soluciones que el Estado propuso para salvar esta contingencia.

    La creación del crédito al salario por parte del Estado es el tema central del capítulo III. En éste, además, se estudia la naturaleza y los objetivos de dicho crédito, su régimen jurídico y análisis de su correcta o incorrecta ubicación en la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

    El capítulo IV El subsidio para el empleo en otros países ofrece las disposiciones fiscales de varios países, que regulan el gravamen a los salarios que perciben los trabajadores, donde también se dan a conocer los apoyos que se les brindan, con la finalidad de que tengan una vida humana y digna; la comparación de los impuestos cobrados y los apoyos recibidos en los países investigados.

    El capítulo V Impuesto Sobre la Renta de salarios aborda el hecho imponible establecido en el supuesto jurídico de la Ley propia de esta materia, quiénes están sujetos al pago de esta contribución, cuáles son los ingresos gravados por estas disposiciones y de ellos, a cuáles se les ha levantado esa obligación, sin omitir la forma de determinar el impuesto a cargo del contribuyente y su forma de pago.

    El capítulo VI Inconstitucionalidad del subsidio para el empleo analiza el conocimiento de la teoría de Adam Smith, compuesta por cuatro principios básicos (llamados máximas) y que constituyen las bases fundamentales de los sistemas jurídicos tributarios que se aplican en varios países; el análisis del subsidio para el empleo, cuya finalidad es conocer la naturaleza, objetivo y régimen jurídico de este instrumento fiscal y realizar un encuadre preciso dentro de la doctrina constitucional para determinar su apego o, en su defecto, su contravención o transgresión a esos principios.

    Actualmente, el subsidio para el empleo es una obligación a cargo de los patrones, estipulada en un decreto y, en este documento, no está contemplada alguna pena que se le imponga a los patrones que no cumplan con ese señalamiento; por esta razón, los trabajadores están imposibilitados para reclamar su cumplimiento y mucho menos ejercitar una acción coactiva o de presión para obtener ese beneficio; por ende, los patrones no tienen una obligación auténticamente jurídica y los trabajadores no tiene un derecho pleno y legal que puedan ejercitar dentro de un marco jurídico. El resultado de esta irregularidad es que muchos patrones no cumplen con este requerimiento y no sufren ninguna consecuencia.

    Lo deseable es que el subsidio para el empleo sea parte integrante de la relación laboral existente entre los patrones y trabajadores; para que éstos, en determinado momento y, de ser así necesario, al amparo de la legislación laboral, emprendan los medios y procedimientos jurídicos necesarios o requeridos, con el fin de exigir y obtener la percepción del subsidio para el empleo que les corresponda.

    .

    Introducción

    En la historia de la humanidad, la lucha por mejores salarios ha ocasionado el surgimiento de varios movimientos sociales, cuyas repercusiones van desde ajustes a la economía de los países, hasta conflictos armados; asimismo, se ha buscado en todos los casos que estas remuneraciones sean acordes con la realidad económica de cada nación y que satisfagan las necesidades primordiales de los habitantes: alimentación, casa, vestido, salud y educación. De esta forma, también será posible mantener el equilibrio del proceso producción-consumo y habrá desarrollo y crecimiento en todos los servicios sociales.

    En México, al igual que en otros países, han ocurrido varios movimientos de suma importancia como los sucedidos en Cananea, Río Blanco y la Revolución de 1910, que fueron la manifestación del desequilibrio económico en que se encontraban los sectores de la población; con ellos, en 1917 nació el Derecho Laboral Mexicano, que como logros fundamentales consagra el derecho de los trabajadores para asociarse, de luchar para alcanzar más beneficios en sus fuentes de trabajo y la garantía de un salario.

    Tal vez por la falta de seguimiento al cumplimiento de los acuerdos logrados entre las partes que intervinieron en estos movimientos, o bien a la falta de comprobación del cumplimiento de las disposiciones establecidas en las diversas normas laborales o por la falta de aplicación de medidas coactivas para el mismo fin, cada vez son más frecuentes las rupturas del equilibrio de la economía social y su recuperación es más in­completa, de tal manera que llega el momento en que el Estado debe intervenir para establecer diversas medidas que hagan posible el crecimiento económico necesario para impulsar mejoras en los demás aspectos.

    Las medidas que el Estado impone pueden ser de dos naturalezas y dirigidas a diversas ramas o sectores de la economía: exenciones en el pago de impuestos por los trabajadores que perciben bajos ingresos o por el otorgamiento de subsidios.

    Con este precedente, considero necesario realizar una breve reseña del nacimiento y evolución de los salarios y sus contribuciones aplicadas, hasta conocer sus condiciones actuales, con la finalidad de sugerir algunos cambios que retribuyan beneficios a los trabajadores y a los patrones.

    1. El salario en México

    1.1 Época precolonial

    1.1.1 El comienzo

    Todos quienes en algún momento hemos conocido datos elementales de la historia de México, sabemos que los antiguos pueblos que habitaron lo que hoy en día es la República Mexicana, tuvieron como una de sus actividades la conquista de sus vecinos y de los pueblos lejanos; de los pueblos sometidos obtenían grandes cantidades de tributos que eran un gran soporte económico para sus pobladores. Estas conquistas iban acompañadas de la destrucción de todas las ciudades, la imposición de sus propias leyes, costumbres, tradiciones y su religión; por consecuencia, se perdía su historia construida hasta antes de ser conquistados. Por estos sucesos, ahora no se tiene mucho conocimiento de sus actividades, de sus costumbres y, en general, de sus rasgos culturales.

    El conocimiento que se tiene con mayor certeza y con más detalle, es el de la cultura de los pueblos que, a la llegada de los españoles, habían constituido un imperio, sobre todo la de los aztecas.

    En relación con los salarios, investigué las labores a las que se dedicaban las culturas que habitaron lo que hoy es nuestro país antes de la llegada de los españoles, para saber si existía una forma de remuneración por esas labores y qué nombre se le daba; asimismo, la forma de determinarla, por jornada diaria, por tiempo, etcétera.

    El territorio que hoy ocupa nuestro país estuvo habitado por numerosos núcleos de poblaciones.¹ En la búsqueda de información de las formas de trabajo realizadas por los antiguos pobladores de lo que hoy es la República Mexicana, de los salarios que se pagaron y de la forma de determinar la jornada de trabajo, recurrí a varios investigadores (Francisco Javier Clavijero, Fray Juan de Torquemada, Lorenzo Boturini Benaduci, Bernardino de Sahagún y Guillermo Floris Margadant S.) y no encontré datos concretos sobre este particular; el único dato relevante encontrado es que los pueblos de esa época se dedicaban a la agricultura, elaboración de artesanías y a la conquista de los pueblos; de aquí obtenían gran cantidad de productos para asegurar el sostenimiento de los gobernantes, sacerdotes y guerreros.

    El Colegio de México, por medio del Centro de Estudios Históricos, preparó y editó el libro Historia general de México versión 2000, en el cual, al referirse al trabajo que desempeñaban los antiguos pueblos, hace un comentario que por su importancia creo prudente citarlo textualmente:

    La familia campesina producía no solo sus alimentos mediante el cultivo sino que también atendía a sus necesidades con otras actividades, como el tejido a cargo de las mujeres y la construcción de la casa familiar. Las actividades más especializadas se concentraban en la producción de artículos de lujo para los sectores superiores de la sociedad. La división del trabajo en gran parte era parcial y temporera, o sea que la especialización comprendía únicamente parte de las actividades del especialista y las diversas actividades se ejercían en tiempos distintos; así, los artesanos eran al mismo tiempo labradores que dedicaban sólo parte de su tiempo a la actividad artesanal. Dentro de cada rama de producción, la división del trabajo en distintos procesos técnicos no estaba en manos de especialistas sino que los realizaba un mismo trabajador en distintas etapas de la producción. En la organización política se encuentran rasgos semejantes; había una especialización temporal en las actividades militares, ceremoniales y gubernamentales. Por ejemplo, los funcionarios menores se turnaban en el desempeño de sus funciones, como los mandones de los solteros del común que acudían a palacio, o como los sacerdotes que cuidaban los templos; los funcionarios superiores desempeñaban además actividades militares y religiosas.

    A pesar de la existencia de mercados y de bienes, como cacaos y mantas, que se usaban como medios generalizados de pago, la economía del México antiguo era básicamente una economía natural, es decir, se fundaba en el sistema de dar pagos en especie o en trabajo. Se encuentra este procedimiento en el trueque que se practicaba en los mercados, pero lo de mayor importancia era el sistema de prestaciones en especie y trabajo como parte de la relación entre los distintos estamentos. El productor plebeyo contribuía su excedente en forma de productos y de servicios personales. Los gobernantes recompensaban a sus funcionarios dándoles pagos en especie como fuente de productos, es decir, tierra y trabajadores.²

    Como resultado de esta investigación, llegué a las siguientes consideraciones:

    a)En la época precolonial, el trabajo personal fue utilizado para cubrir todas las necesidades de cada familia; con la práctica de la agricultura se obtenían los productos básicos de la dieta alimenticia, todos eran agricultores y sembraban lo que consideraban que les darían los productos propios y suficientes para el sostenimiento de todos los miembros de su familia; en los días señalados cultivaban las tierras que eran propiedad del Estado y cuyos frutos se destinarían al sostenimiento de los nobles, de los sacerdotes y de los guerreros, pero acudían cumpliendo una obligación impuesta por los gobernantes; en consecuencia, no percibían alguna remuneración. En épocas en las que no cultivaban las tierras, se dedicaban a la fabricación de sus artesanías, en este género, las artesanías que fabricaban eran de varias especies y, al igual de lo que sucedía con la agricultura, trataban de fabricar el mayor número de artesanías para satisfacer las necesidades de toda su familia; con esta forma de trabajar, no tenía necesidad de pagar a otra persona para que les hiciera alguna especie de trabajo, por consecuencia nadie recibía alguna remuneración por realizar el trabajo de otra persona. En caso de necesidad de alguna artesanía diferente, acudían al mercado llevando algún objeto por ellos fabricado, para intercambiarlo por el deseado y, en última instancia, vendían lo que ellos habían llevado al mercado para que con el pago obtenido, compraran los productos que necesitaban. Actualmente en algunos pueblos todavía se sigue este tipo de vida.

    b)La mayoría de las culturas precoloniales cimentaban su economía en la práctica de la agricultura, elaboración de las artesanías y la conquista de los pueblos vecinos; por medio de esta última actividad, aseguraban la obtención de varios productos que se destinaban para el sostenimiento de los gobernantes, de sus sirvientes o auxiliares; de los sacerdotes y del propio ejército; estos sectores de la población no recibieron el pago de salarios, sino que las autoridades les proporcionaban todo lo necesario para su subsistencia.

    c)Otro argumento es que efectivamente sí se dio el trabajo subordinado pero, en la mayoría de los casos, era desarrollado por los esclavos que, naturalmente, no percibían ninguna remuneración económica que tuviera la naturaleza de salario.

    Como conclusión final, durante esta época no existió el salario.

    De los pueblos que entonces existieron en lo que hoy es nuestra República Mexicana, investigué los rasgos culturales más sobresalientes, para conocer la forma en que realizaban sus diversas labores de donde obtenían los medios de subsistencia y cuáles fueron las aportaciones que hicieron a la humanidad; en orden cronológico, aquí los cito.

    Popolocas

    La mayoría de los investigadores no citan grandes datos de la cultura popoloca. La catedrática de tiempo completo de la Facultad de Filosofía y Letras en la licenciatura de Antropología Social de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla y candidata a doctora por la Escuela Nacional de Antropología e Historia, Alejandra Gámez Espinosa, realizó una investigación por varios años sobre esta cultura; de esta interesante y abundante información, que además muestra el arduo y delicado trabajo realizado, elaboré la siguiente síntesis y la corroboré con la bibliografía de investigadores que la propia investigadora cita.

    Los popolocas³ son la cultura más antigua de Mesoamérica, sus antecesores fueron los proto-otomangues,⁴ existieron desde hace 12 000 años a. n. e.; desde hace 7000 años a. n. e. iniciaron el cultivo de plantas como el amaranto, el aguacate, la calabaza, el izote, el nopal, la ciruela, el maguey, el mezquite, el chile, etc., y hace 5000 años a. n. e. comenzaron a cultivar el maíz. Al finalizar el año 700 de n. e. conocían las mismas plantas y animales que los pueblos mesoamericanos a la llegada de los españoles.⁵ Por la antigüedad de sus cultivos, se considera a este grupo humano como el descubridor del maíz y de la agricultura en Mesoamérica, región que también se le conoce como la cuna del maíz y de la agricultura en esta zona del continente americano. Los integrantes de este grupo social, que habitaron el valle de Tehuacán, practicaron una agricultura muy avanzada; construyeron terrazas, con sistema de riego a base de canales y pequeños depósitos de agua, que con el transcurso del tiempo se les dio el nombre de jagüeyes.

    También fueron excelentes ceramistas; es muy probable que ellos hayan sido los primeros en realizar esta artesanía; a sus piezas, tras aplicarles la prueba del carbono 14, se les determinó una antigüedad entre los años 2300 y 1500 años a. n. e. y, por lo menos, no se han encontrado muestras de que otros pueblos hayan hecho piezas antes de esta época.

    El doctor Nicolás León⁶ afirma que el territorio que ocuparon los popolocas, conjuntamente con otros grupos etnológica y lingüísticamente relacionados,⁷ estuvo integrado por lo que hoy son la zona sur y centro del estado de Puebla; la parte norte de Oaxaca y hay indicios de que también ocuparon la parte este del estado de Guerrero y la parte sur del estado de Tlaxcala. Jäcklein⁸ afirma que de la región aquí enmarcada, los popolocas ocuparon la zona actualmente formada por las ciudades de Acatlán de Osorio, Tepeaca y Tehuacán. Por la ubicación de estos pueblos, constituyeron un punto intermedio en el comercio que realizaron los olmecas y mayas con los pueblos ubicados al norte de la región, principalmente con Teotihuacán y sirvió para el intercambio de productos de la región popoloca como fue la cal, la sal y la cerámica.

    Olmecas

    Los habitantes de esta cultura⁹ se ubicaron hacia el año 1200 a. n. e., en las costas del Golfo de México, abarcaban lo que hoy es el sur de Veracruz y el norte de Tabasco, en un terreno bastante nivelado, que tenía como límite los ríos Papaloapan y Blasillo. Con un clima lluvioso, la mayor parte del año que es perjudicial tanto para la salud como para los cultivos, en esa región había muchos árboles de hule, de ahí que los aztecas les llamaran olmecas, que significa habitantes de la región del hule; es una región pantanosa, con muchos lagos, algunos de ellos forman islas en medio; por estas condiciones de su terreno, se dedicaban a la agricultura que era muy favorecida por lo fértil de sus tierras; casi no tiene piedras y, por lo abundante del agua, tenían sistemas de riego (inventados por ellos), que les dieron la posibilidad de tener cultivos en todas las épocas del año; la cacería también era fructífera en virtud de que su abundante flora tenía las condiciones más apropiadas para la reproducción de la fauna; del mismo modo, por los múltiples lagos y arroyos con que contaba esa región, la pesca era muy redituable. Aunque no se tienen pruebas suficientes, se cree que los olmecas también practicaron el comercio con otros pueblos.

    Fueron excelentes escultores, sus obras (las cabezas colosales, estrellas y templos) reflejan la calidad característica de ellos y denotan un adelanto considerable, el cual hace pensar que con ellos se inicia la civilización. Otro adelanto en su escultura fue el hecho que esculpieron el jade para tallar pequeñas figuras humanas, animales, monstruos y objetos en general; también desarrollaron la cerámica.

    En esta cultura existieron esclavos o una clase popular (plebeyos), la cual estuvo sometida por otra de mayor jerarquía o considerada como élite. Los plebeyos realizaron las labores más complicadas como fue la de transportar grandes piedras desde lugares remotos.¹⁰

    Chichimecas

    Su existencia se dio en el siglo IX a. n. e. y procedían de un país septentrional, que se llamaba Amaquemecan. Según Fray Juan de Torquemada, este país estaba ubicado a 200 leguas del lugar donde hoy es Guadalajara, sin embargo, hasta hoy no se han encontrado vestigios de ese asentamiento humano. Tenían como actividades principales la cacería y la recolección de frutos y raíces que la tierra natural les proveía y en los productos de estas dos costumbres fincaban su alimentación; tampoco elaboraban productos de primera necesidad, por lo tanto, su vestimenta era de las pieles de los animales que cazaban con sus únicas armas: el arco y la flecha. Sus casas eran simples chozas fabricadas también con los productos del campo a los que no les daban algún beneficio; en general, el aspecto de este pueblo es de barbarie.

    Como resultado del contacto que tuvieron con los toltecas, aprendieron de éstos la agricultura, la extracción de metales preciosos y su fundición para elaborar joyería; a labrar piedras y a confeccionar ropa; con estas nuevas actividades cambiaron su vestido, alimentación, habitación, costumbres y, en general, su forma de vida.

    Teotihuacanos

    Esta cultura existió en el periodo comprendido desde el siglo IV a. n. e. hasta el año 750 de n. e., su ubicación comprendió las zonas donde hoy en día se encuentra Puebla, Tlaxcala y parte de Hidalgo. Teotihuacán fue la primera ciudad de Mesoamérica, lo cual refleja que los teotihuacanos tenían conocimiento de una verdadera cultura urbana y un grado de civilización muy avanzado. La ciudad contaba con calles, como la avenida de los Muertos; tenía las casas sacerdotales, un centro ceremonial para los cultos y un mercado mayor situado frente al templo de Quetzalcóatl; en los alrededores de esta zona se ubicaban, en primer lugar, verdaderos palacios donde vivían los altos personajes; hacia fuera estaban los barrios de los artesanos y más allá de éstos están los barrios donde habitaban los agricultores. Realizaron cerámica y escultura tallada en piedra, en la que aplicaron la pintura y colores; su comercio fue desarrollado a gran escala por personajes importantes de esta ciudad, a quienes los aztecas llamaron Pochtecas; llegaban con sus productos a lugares muy lejanos como Oaxaca, Guerrero, Veracruz y Guatemala. El comercio fue el medio por el cual la cultura teotihuacana llegó a estos lugares y no solo con sus productos, sino con sus costumbres y formas de vida.

    Zapotecas

    Esta cultura se estableció en lo que hoy es el estado de Oaxaca, en el periodo comprendido desde el año 300 a. n. e. hasta el año 800 de n. e.; su principal ciudad fue Monte Albán, por su dominio de todo el valle de Oaxaca. En la construcción de Monte Albán se nota la influencia de Teotihuacán, por sus edificios construidos en forma de talud y tablero, y por la similar planeación de la ciudad; se multiplicaron los murales policromos,

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