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Cuerpo, derecho y cultura: Perspectivas interdisciplinarias sobre el cuerpo humano
Cuerpo, derecho y cultura: Perspectivas interdisciplinarias sobre el cuerpo humano
Cuerpo, derecho y cultura: Perspectivas interdisciplinarias sobre el cuerpo humano
Libro electrónico316 páginas3 horas

Cuerpo, derecho y cultura: Perspectivas interdisciplinarias sobre el cuerpo humano

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El cuerpo, su definición, la comprensión de sus posiblescaracterísticas, sus, expresiones simbólicas, su inserción en la ciencia y enlos imaginarios de toda índole, así como en las categorías filosóficas yjurídicas, los límites que marca al derecho como disciplina ya los derechos decada quien -en lenguaje de los antropólogos, al "sí mismo" y a los"otros", individuos, grupos y estados-, están siendo objeto, conrenovado interés, de reflexiones y debates en, el amplio campo de las cienciassociales.

El libro que presentamos a los lectores -el séptimo de lacolección de publicaciones del Centro de Estudios sobre, Genética y Derecho- esel producto de la investigación realizada por profesores de la Facultad deCiencias Sociales y de la Facultad de Derecho de la Universidad Externado deColombia sobre el cuerpo humano como objeto de estudio, elemento decomunicación y entidad en la que confluyen manifestaciones culturales, perotambién expresión de estas, y cuya identificación y definición son difíciles deaprehender porque comprenden a la vez su fisicidad y su construcción socio-cultural.

Con el cuerpo humano como eje central, son múltiples loscentros de gravedad de esta obra: las modificaciones corporales permanentes, eltranshumanismo, el movimiento poshumano, el canibalismo y la antropofagia.
IdiomaEspañol
Fecha de lanzamiento1 nov 2020
ISBN9789587905427
Cuerpo, derecho y cultura: Perspectivas interdisciplinarias sobre el cuerpo humano

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    Cuerpo, derecho y cultura - Emilssen González de Cancino

    Introducción

    El cuerpo, su definición, la comprensión de sus posibles características, sus expresiones simbólicas, su inserción en la ciencia y en los imaginarios de toda índole, así como en las categorías filosóficas y jurídicas, los límites que marca al derecho como disciplina y a los derechos de cada quien –en lenguaje de los antropólogos, al sí mismo y a los otros, individuos, grupos y estados– está siendo objeto, con renovado interés, de reflexiones y debates en el amplio campo de las ciencias sociales.

    El libro¹ que presentamos a los lectores es el producto de la investigación que viene realizando un grupo de profesores de la Facultad de Ciencias Sociales, vinculados a los grupos de investigación Conflicto y dinámica social y Cultura y sociedad, y del Centro de Estudios sobre Genética y Derecho de la Universidad Externado de Colombia, que forman parte del grupo de investigación Ciencias biológicas y derecho, sobre el cuerpo humano como objeto de estudio, elemento de comunicación, entidad en la que confluyen manifestaciones culturales, pero también expresión de estas, y cuya identificación y definición son difíciles de aprehender porque comprenden a la vez su fisicidad y su construcción socio-cultural. En esta ocasión, para acentuar el carácter interdisciplinar de las investigaciones en nuestra universidad, fueron invitados a colaborar en el libro docentes investigadores de los Departamentos de Derecho Penal y Derecho Civil.

    Por otra parte, en la etapa de redacción de los capítulos en que se divide esta obra, los autores tuvieron la oportunidad de poner en conocimiento de los alumnos de la Especialización y la Maestría en Derecho Médico los avances de su investigación, circunstancia que se coloca en línea con la importancia creciente que se otorga a la integración de esta con los procesos de docencia y aprendizaje, de manera especial en los cursos de posgrado.

    Se abre el libro con un capítulo dedicado al análisis de los problemas jurídicos que suscitan las modificaciones permanentes del cuerpo inducidas, bien por motivos de satisfacción sexual, por la búsqueda de identidad corporal, o por visiones del mundo ancestrales, insuficientemente comprendidas por quienes no forman parte de las comunidades que las han vivido durante milenios.

    Contiene dicho análisis explicaciones médicas en la medida suficiente para permitir a los legos en la materia no perder el hilo en la discusión jurídica que, como es natural, está centrada en los derechos fundamentales e ilustrada con el estudio de casos muy destacados y su resolución por juzgadores de distintos países y del derecho comunitario europeo, sobre tres puntos: a) el trastorno de identidad de la integridad corporal (BIID, por sus siglas en inglés), b) las prácticas sexuales sadomasoquistas y la apotemnofilia y c) la ablación de clítoris o mutilación genital femenina.

    Este capítulo nos permite ver, una vez más, cómo las orientaciones políticas del poder, que son en esencia transitorias y mutables, influyen en las normas que regulan la corporeidad de los ciudadanos, para dirigirlas a la protección de diversos intereses o derechos; por ejemplo, la integridad física, para tomar entonces, como punto de apoyo de las decisiones legales y judiciales restrictivas o prohibitivas, el considerar si las transformaciones del cuerpo son permanentes o no, así como la medida del deterioro que puedan causar a la funcionalidad del propio cuerpo; o la misma integridad, más allá de sus límites y formas tangibles, para fundamentar las respuestas del derecho en una concepción holística de la salud; o privilegiando intereses del poder y la organización económico-social del momento que llegan a considerarse valores prioritarios, como la incidencia de la modificación corporal en la aptitud para prestar servicios militares o laborales; o valores de alto contenido social y, valga la tautología, axiológico, como la protección de la salud de la comunidad o la preservación de principios morales, de la autonomía personal, o el orden público.

    En este y otros capítulos salta a la vista la importancia de la relación enfermedad-terapia para legitimar la intervención médica sobre el cuerpo –incluso sobre la mente– de otro; es decir, la consideración de quien consiente la modificación en su cuerpo como paciente de quien la realiza. Fuera de esta relación consentida, el camino sobre la cuerda floja de lo lícito, lo permitido y lo ilícito, lo prohibido, es evidente.

    Si trasladamos lo anterior al ámbito de los sistemas públicos de salud, podemos intuir cómo incidirá en el cubrimiento de la intervención el calificarla de terapia –medicina de necesidad– o no –medicina de deseo–.

    El autor va formulando en su escrito preguntas de gran interés para continuar el debate: ¿hasta dónde llega la libertad del individuo para construirse a sí mismo?, que nos llevaría a tomar partido por el cuerpo como categoría fluida y dinámica que, por cierto, el propio autor acoge al final de su escrito; o ¿está llamado el derecho a imponer automática o paulatinamente una concepción unánime o mayoritaria de derechos fundamentales?

    El segundo de los capítulos se titula "Modificaciones corporales permanentes, un debate sobre estos tiempos". El autor desarrolla su argumentación como quien tensa las cuerdas de un instrumento musical, pues analiza las estéticas y las contra-estéticas entre el delito, el orden y la representación; examina lo monstruoso desde la naturaleza y desde el poder, las modificaciones como restituciones o como sanación, como impugnación del saber médico y como transgresiones al poder; pone en contrapunto lo permanente y lo transitorio, lo voluntario y lo involuntario, el placer y el dolor.

    Mas, como la tensión de las cuerdas no produciría buen efecto si los puntos intermedios que la llevan a los extremos no hacen sonar la nota precisa, el autor llama la atención sobre la importancia de superar clasificaciones o visiones meramente dicotómicas, para tomar en consideración, por ejemplo, lo que significan y han significado históricamente concepciones y vivencias más amplias de la vida misma y del cuerpo en particular. Así, introduce en su argumentación la dimensión espiritual y la compleja forma de existir en la comunidad de los seres vivos, propias de los pueblos indígenas habitantes de las tierras ahora conocidas como América Latina o África, en cuyas culturas las leyes de origen, revitalizadas a lo largo del tiempo y las fuerzas y potencias de la naturaleza se reúnen en el proceso de conformación del cuerpo atado al territorio, en relación indisoluble con el mundo natural y el espiritual.

    El planteamiento anterior aparece unido a una advertencia importante para el lector, aunque el autor la dirige a los antropólogos: no pueden asimilarse las modificaciones extremas al uso en esta época, con un potencial transgresor muy concreto, con las prácticas de los grupos ancestrales que forman parte de un mundo complejo en el que habitan el cuerpo, la naturaleza y la espiritualidad como un todo prácticamente inescindible.

    Podríamos decir que el análisis del autor gira en torno de la concepción del cuerpo como lienzo que sirve de medio para expresar ideas de contraste con lo usual, lo normal, lo corrientemente aceptado, tanto en su fundamentación, como en el mensaje individual, grupal y social; para él, la modificación extrema y voluntaria de aquel, aunque se proponga distintas finalidades, manifiesta que no existe distinción esencial entre el cuerpo biológico y el simbólico.

    También resalto el desarrollo de la idea que nos muestra las modificaciones permanentes y extremas dentro de una dinámica que, inicialmente, permite a quien las exhibe la autoafirmación de la subjetividad, por o para lograr la adscripción y el reconocimiento dentro de un grupo, que significa en sí mismo cuestionamiento y reto frente a lo normal o normalizado, y en el que aquellas cumplen las funciones de llamada o atracción de las miradas ajenas, de expresión de poder que infunde temor y, a su vez, crean sentido de pertenencia a una comunidad dentro de la disrupción; pero, en el momento en que tales grupos alcanzan cierto grado de madurez –el ejemplo más significativo que utiliza el autor es el de las maras centroamericanas– caracterizado por su inclusión dentro de los canales socioeconómicos establecidos, en el límite que marcan la apariencia y la realidad de algunas actividades ilícitas, los propósitos iniciales no deben permanecer; en ese punto, las modificaciones extremas se someten a procesos que tratan de invisibilizarlas, de borrarlas, para ser reemplazadas por algunos símbolos menos aparentes o reconocibles. El proceso, en lugar de negar, afirmaría la importancia del cuerpo como símbolo y lienzo para la comunicación.

    En clave de dinámica evolutiva presenta el autor el tema de los tatuajes que en tiempos cercanos irrumpieron con notas disonantes dentro de la estética social, comunicaron la pertenencia a grupos vinculados con el delito, para caer después en las redes del mercado, pero que aun en las nuevas circunstancias siguen siendo manifestaciones de voluntad transgresora al contar las historias y expresar los anhelos del individuo en un contexto signado por la tensión entre lo real y lo imaginado, entre lo socialmente instituido y la autoinstitución del sujeto.

    ¿Qué pasa con la monstruosidad? ¿Tiene un significado en sí misma que la diferencie de otras transformaciones corporales? Para el autor, la respuesta es afirmativa porque ella amenaza con subvertir no solo el orden normativo, sino el estético y el de la naturaleza, con lograr incluso romper la barrera de las especies; también porque algo de lo monstruoso habita en todos nosotros y por eso los monstruos nos confrontan con la posibilidad de ser producto de nuestra propia razón, que envuelve a su vez la sinrazón.

    El argumento anterior es difícil de comprender para quienes no tenemos la formación del autor; sin embargo, el ejemplo parece convincente: la fascinación que ejercen las figuras monstruosas en la literatura, en el arte, en el circo o en el cine, como el innominado hombre que produjo el doctor Frankenstein.

    Fuera de esos escenarios, la modificación extrema del cuerpo produce un efecto político por su capacidad de poner en jaque las categorías de lo que tenemos interiorizado como orden natural y colocar al cuerpo por fuera de los poderes establecidos por las instituciones políticas, la ciencia o la religión.

    A continuación, el investigador dedica sus reflexiones al placer y el dolor como objetivos de las modificaciones corporales permanentes y extremas. Es clara su referencia a la obra de Foucault. Por tal razón, se ocupa del movimiento BDSM (bondage, dominación y sumisión y sadomasoquismo) y del fetichismo y lleva su atención hacia prácticas como el genital beading o pearling que pretenden, por el camino del dolor previo, alcanzar la recompensa del placer extremo.

    Característica diferenciadora de estas prácticas es el desafío al saber profesional, al poder y a los privilegios estatales concedidos a los médicos, por cuanto se aplican por otra clase de expertos, en locales ni reglados ni vigilados por autoridades competentes.

    Entonces los interrogantes se desplazan al balance entre poder y autonomía individual, entre libertad e imposición. El autor, en palabras que nos hacen recordar las que Stefano Rodotà escribiera en su obra La vida y las reglas², se pregunta ¿quién decide sobre el cuerpo?, ¿el sujeto, el médico, el sistema de salud, el abogado, el Estado o la cultura? Todos los interrogantes plantean problemas trascendentales, entre otros, a la ciencia y al derecho, que involucran conceptos tan importantes como la dignidad, la libertad, la subjetividad, etc.

    La última sección de este capítulo está dedicada a un problema entrañable: la actitud de las mujeres que, por razón del cáncer de seno, han tenido que dar un giro a su vida y encontraron la manera de resignificar la modificación quirúrgica de sus cuerpos con modificaciones cosméticas que expresan a la vez el pasado vivido con inmenso dolor, la esperanza en el futuro y el renacimiento de la vida. Son modificaciones para sanar y para reconstruir. El cuerpo, de nuevo lienzo con valor simbólico; mensajero y mensaje.

    El autor entiende que la posibilidad de modificar nuestros cuerpos nos recuerda una y otra vez que no hay en realidad una distinción entre cuerpo biológico y cuerpo simbólico.

    El diálogo que se desarrolla en los dos primeros capítulos en torno de las modificaciones corporales extremas y permanentes continúa en los dos siguientes sobre el tránsito de lo humano hacia lo transhumano y lo poshumano.

    En el capítulo dedicado al primero de estos, el autor brinda una buena síntesis de las varias definiciones que se han dado del concepto, así como un recorrido por el desarrollo histórico de las teorías y de los diferentes movimientos que trabajan para poner en marcha el proyecto transhumanista, y su llegada a concretas agendas políticas y al trabajo de varios centros universitarios en Europa, Estados Unidos y México.

    Igualmente, subraya en varias ocasiones la paradoja que establecen los grandes adelantos de la tecnología para superar dificultades físicas de las personas, curar o prevenir enfermedades, mejorar las capacidades mentales y físicas hasta límites apenas soñados, por un lado, y, por el otro, la incapacidad de la humanidad para solucionar problemas tan elementales como esenciales, valga hablar del hambre, la pobreza, la desigualdad o la falta de empatía y solidaridad.

    No se trata de tomar partido por una visión unívoca; lo que se plantea es la necesidad de mirar, desde ángulos distintos, las teorías y los movimientos que, en torno de la búsqueda de un camino para llegar a la perfección soñada acelerando la evolución natural con todos los medios al alcance del hombre actual, están en boga. Mirada que no puede ser extraña al Derecho.

    Tampoco intenta el autor desconocer el valor de las tecnologías y su contribución a la mejora del nivel y la calidad de la vida en los tiempos que corren; solo llama la atención sobre el necesario balance entre sus logros y los peligros anexos y sobre la aún más peligrosa adopción acrítica y falsamente democrática de todos sus fines y artilugios.

    Desde siempre, el ser humano ha buscado trascender, vivir más allá de los límites corporales. La promesa de lograrlo ha sido un punto fuerte de las religiones. Como escribiera el papa Inocencio III en su tratado De miseria humanae conditio, la dignidad del hombre es sobrenatural: la esperanza de ser salvados por Cristo y después de la muerte llegar a ser ciudadanos del cielo³. El transhumanismo resulta ser así el único proyecto de salvación laica, pretendidamente realizable, en este mundo. En ello reside la fuerza de su utopía, se afirma en este capítulo.

    En este sentido, resulta un tanto confusa la percepción transhumanista del cuerpo, tanto si concebimos que este se agota en la mera fisicidad, como si aludimos a él en la complejidad de su construcción individual, social y filosófica. Se diseña la manera de mejorarlo de mil maneras, pero también se predica la necesidad de prescindir de él y construir otro hardware para alojar las mejoras; la cortedad de la mente deberá ser reemplazada por programas de IA que el propio individuo no puede diseñar. La vida no será vida eterna para nosotros –para un ser específico–, será la vida o quizá las vidas de otro.

    Algunas de las promesas del transhumanismo parecen solo exageraciones y apropiación ideológica de conquistas reales de la tecnología aplicada con propósitos especialmente de prevención y tratamiento de la salud. Esto pone sobre la mesa de debate la dificultad de establecer diferencias claras a la hora de tomar decisiones. Si, por ejemplo, pensamos en el caso de los cíborgs que el autor trae a colación, la instalación de la antena que le permite a Neil Harbisson superar su ceguera de los colores se dirigió a procurarle una capacidad de la cual carecía, ponerlo en condiciones de igualdad frente a los otros congéneres, pero el desarrollo técnico lo puso en condiciones de percibir una escala más amplia de colores, de apreciar el arte de mejor manera, ¿debió dejarse de aplicar la terapia por tal motivo? En otro sentido –volvemos a la subjetividad a la que tanto se aludió en los primeros capítulos–, si él afirma que no es persona que porte tecnología, sino tecnología pura, ¿basta esa percepción para decir que estamos ante otra especie o en la antesala de su advenimiento?

    Más allá del enfoque anterior, este capítulo nos inspira otras preguntas en cuanto atañe a la salud: ¿Curar a los enfermos o evitar que nazcan? ¿Eugenesia legítima porque no obedece a programas políticos de exterminio, sino a programas de mejora y prevención? A la hora de intentar dar las respuestas, recordemos que los efectos de las intervenciones biotecnológicas en el cuerpo no siguen la lógica abstracta de las matemáticas y que sus efectos pueden afectar a distintas generaciones. Tampoco olvidemos que ni el hombre ni su cuerpo obedecen a las leyes de la mecánica y, sobre todo, que no son elementos independientes dentro del gran todo de los seres vivos y su ambiente o sus ambientes naturales, culturales, espirituales, etc. Las reflexiones deben ser profundas, la argumentación fina, extensa e igualmente profunda.

    Con cita de M. Sandel, el autor nos presenta uno de los dilemas éticos en este punto: Admiramos a los padres que quieren lo mejor para sus hijos, que no ahorran ningún esfuerzo para ayudarles a conseguir la felicidad y el éxito. ¿Cuál es pues la diferencia entre proporcionarles esta ayuda por medio de la educación y la formación, y hacerlo por medio de la optimización genética?

    Otro de los propósitos del transhumanismo que nos recuerda el autor es el de fusionar la mente con el computador de tal forma que este responda a las órdenes de aquella, sin más intermediación que el pensamiento; otra maravilla como ayuda en situaciones de extrema incapacidad del cuerpo para moverse, otro reto a los límites del derecho que la civilización ha ido construyendo a través de los siglos ¿Se sancionará penalmente a quien piense mal, puesto que la máquina actuará de inmediato?¿Cómo distinguir los actos preparatorios de los de consumación del delito? ¿En qué forma se calcularán los tiempos para la revocación o el desistimiento válidos? Y, el final, ¿será, como se nos recuerda en el capítulo que comentamos, una materialización de la mente para poder manipularla con independencia del cuerpo al que se le considera entonces un recipiente? ¿Volvemos al dualismo mente-cuerpo?

    La preocupación por la garantía de los derechos fundamentales ocupa parte importante en este capítulo. Para el autor constituye gran preocupación que la primera víctima del transhumanismo pueda ser la igualdad, porque el costo de las tecnologías necesarias para hacer realidad sus postulados es tan alto que agrandará la brecha entre las personas ricas y las pobres, aun en los países más desarrollados; también porque la manipulación puede incorporar capacidades en los nuevos superhumanos que les permitan vulnerar con mayor facilidad los derechos de los demás y porque la misma existencia de superhumanos implica una estratificación social indeseada.

    Culmina esta parte del libro con la enunciación, seguida de breves comentarios, de diversos instrumentos jurídicos relacionados con el asunto, así como de los más acuciantes problemas que los juristas deberán comenzar a resolver; no sin antes dejar abierto el campo para continuar los debates, al preguntarse si el fundamento del transhumanismo no significa para los humanos la comprobación de un fracaso porque no hemos sido capaces de resolver los problemas que se enunciaron al comienzo del capítulo y buscamos tomar un atajo frente a lo que deberíamos ser capaces por naturaleza y frente a lo que ya deberíamos haber logrado.

    Esperemos, dice, que esa estrategia –el transhumanismo– tenga previsto que este humano ‘mejorado’, a partir de su evolución artificial, desarrolle también el discernimiento para reconocer mejor entre lo que representa el bien común y lo que no, y tenga la convicción de que el derecho es un instrumento de cambio y de garantía de la permanencia de ese humano en la tierra.

    El cuarto capítulo de esta obra está dedicado al horizonte poshumano, cuestión que en principio parecería extraña en un libro cuyo punto central es el cuerpo humano; sin embargo, para

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