Abogacía

PARA ENTENDER LOS DERECHOS HUMANOS

Tiene razón Luigi Ferrajoli cuando señala que los derechos fundamentales son “fragmentos de soberanía” que nos convierten a todas y a cada una de las personas en seres autónomos, capaces de tomar las decisiones más importantes de nuestras vidas, tanto en la esfera privada como en la pública.1

El origen de los derechos humanos puede ser analizado desde dos puntos de vista: uno filosófico o teórico y otro normativo o jurídico.

Desde el punto de vista filosófico, los derechos humanos encuentran su fundamento en el pensamiento de la Ilustración. Autores como Hobbes, Locke, Rousseau, Montesquieu, incluso Beccaria en el terreno penal, nos ofrecen abundantes argumentos en defensa de la dignidad humana frente a la lógica del Estado absolutista que se había venido construyendo desde la Edad Media.2

Esos autores reivindican la existencia de ciertos derechos anteriores e incluso superiores al Estado. Su aproximación al tema de los derechos tiene fuertes matices iusnaturalistas, lo cual no pudo haber sido de otra manera, ya que cuando esos autores escriben sus muy importantes obras, eran escasas o muy débiles las normas jurídicas que preveían derechos humanos. Su discurso podía tener un fundamento teórico de orden racional o, en algunos casos, religioso, pero no jurídico.

El origen propiamente normativo de los derechos humanos se produjo junto con el advenimiento del Estado constitucional, en el último cuarto del siglo XVIII, tanto en Francia como en Estados Unidos. Al respecto son fundamentales tres documentos, que se encuentran entre los más importantes de la historia del Derecho en general y de la historia de los derechos en particular: la Declaración de Independencia de Estados Unidos (1776), la Constitución de Estados Unidos y sus primeras enmiendas (1787-1791) y la Declaración

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