Ley de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (Ley Orgánica 3/2018, de 5 de Diciembre)
Por ICB Editores
()
Información de este libro electrónico
Lee más de Icb Editores
Calidad de Aguas: Usos y Aprovechamiento Calificación: 5 de 5 estrellas5/5Gestión y Evaluación Medioambiental (Iso 14001:2015) Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesCommunity Manager Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesCoaching Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificaciones
Relacionado con Ley de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (Ley Orgánica 3/2018, de 5 de Diciembre)
Libros electrónicos relacionados
PROTECCIÓN DE DATOS Y GARANTÍA DE LOS DERECHOS DIGITALES Calificación: 5 de 5 estrellas5/5Ley Federal de Protección de Datos Personales y su Reglamento: Comentada y Correlacionada Calificación: 5 de 5 estrellas5/5Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesDerechos económicos y ambientales Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesNormativa y política interna de gestión ambiental de la organización. SEAG0211 Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesEl derecho a entender: La comunicación clara, la mejor defensa de la ciudadanía Calificación: 5 de 5 estrellas5/5Estatuto de la víctima del delito Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesGuía-Temario Administrativos del Estado ( Promoción Interna ) Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesDiscriminación y carga de la prueba en el proceso civil Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesContratos inteligentes: Un análisis teórico desde la autonomía privada en el ordenamiento jurídico colombiano Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesInvestigación tecnológica en los ciberdelitos Calificación: 5 de 5 estrellas5/5Los sistemas internacionales de protección de los derechos humanos Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesLos Principios Rectores de las Naciones Unidas en el Perú: 10 años después Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesLos Principios Rectores de las Naciones Unidas en el Perú: 10 años después Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesAdministración pública electrónica: hacia el procedimiento administrativo electrónico Calificación: 3 de 5 estrellas3/5Aspectos jurídicos en el desarrollo de las funciones del personal de seguridad. SEAD0212 Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesMarco organizativo y normativo de las Administraciones Públicas y de la Unión Europea. ADGG0308 Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesFortalecimiento de derechos, ampliación de libertades, II Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesLa protección de la propiedad intelectual vulnerada en internet: Determinación del órgano competente según el sistema español Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesLa protección de los derechos fundamentales en el ámbito de la relación de trabajo en el ordenamiento jurídico español Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesCiberdelitos. Instrucción y prueba Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesMF1971_3 - Normativa y política interna de gestión ambiental de la organización Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesLa función unificadora del Consejo de Estado en la reforma del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesUF2398 - Plan de medios de comunicación e internet Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesMF1614_3 - Normativa de contaminación atmosférica Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesChat GPT. Retos y oportunidades de la Inteligencia Artificial Generativa: Desafíos de su regulación Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesLos derechos del imputado y de la víctima de un delito Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesPromoción de la inversión privada en el Perú:: del contrato de concesión a las asociaciones público-privadas Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesProtección al consumidor electrónico en Colombia Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesEl Cruce entre Regulación y Derecho Antitrust en el Sector de Telecomunicaciones: el estrechamiento de márgenes Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificaciones
Derecho para usted
Cómo Hablar de Cualquier Cosa con Cualquier Persona: Incrementa tu Inteligencia Social y Vuélvete un Maestro de las Conversaciones Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesSuperar una Ruptura y Empezar de Cero: Cómo seguir con tu vida tras terminar una relación de pareja Calificación: 5 de 5 estrellas5/5Manual de derecho romano Calificación: 4 de 5 estrellas4/5Derecho civil. Introducción y personas (3a. ed.) Calificación: 5 de 5 estrellas5/5El derecho registral Calificación: 5 de 5 estrellas5/5INTRODUCCIÓN AL DERECHO: Materiales didácticos de Derecho Civil y Tributario Calificación: 4 de 5 estrellas4/5El Código civil explicado para todos Calificación: 4 de 5 estrellas4/5El sistema juridico: Introducción al derecho Calificación: 4 de 5 estrellas4/5Negociar, ruta hacia el éxito: Estrategias y habilidades esenciales Calificación: 4 de 5 estrellas4/5El Yugo Zeta: Norte de Coahuila, 2010-2011 Calificación: 4 de 5 estrellas4/5Historia del Derecho Romano: 5 Edición Calificación: 4 de 5 estrellas4/5Código de Hammurabi Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesManual de derecho de familia: Constitucionalización y diversidad familiar Calificación: 3 de 5 estrellas3/5Argumentación jurídica Calificación: 5 de 5 estrellas5/5Derecho laboral: Actores en la relación de trabajo Calificación: 5 de 5 estrellas5/5Del arte de la guerra Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesTeoría del conflicto y mecanismos de solución Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesDerechos reales Calificación: 5 de 5 estrellas5/5Lecciones de derecho tributario: Principios generales y código tributario Calificación: 4 de 5 estrellas4/5Salva tu matrimonio: Guía para triunfar en el proyecto más importante de tu vida Calificación: 5 de 5 estrellas5/5El alma de la toga Calificación: 4 de 5 estrellas4/5Manual de derecho sucesorio Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesDerecho de familia: Apuntes sobre la estructura básica de las relaciones jurídico-familiares en Colombia Calificación: 5 de 5 estrellas5/5Manual de Derecho de Familia: Segunda Edición Actualizada Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesCómo Recuperar a tu Pareja: Guía práctica para reconquistar a tu ex Calificación: 0 de 5 estrellas0 calificacionesLa investigación criminal Calificación: 4 de 5 estrellas4/5Introducción al derecho romano Calificación: 4 de 5 estrellas4/5Propiedad intelectual: Aproximaciones conceptuales y normatividad jurídica Calificación: 5 de 5 estrellas5/5Derecho civil III. El contrato Calificación: 5 de 5 estrellas5/5Derecho constitucional Calificación: 5 de 5 estrellas5/5
Comentarios para Ley de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (Ley Orgánica 3/2018, de 5 de Diciembre)
0 clasificaciones0 comentarios
Vista previa del libro
Ley de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (Ley Orgánica 3/2018, de 5 de Diciembre) - ICB Editores
Ley de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre)
Editado por:
ICB. S. L. (Interconsulting Bureau S. L.)
Avda. Ortega y Gasset, 198
P. I. Alameda 29006 – Málaga. España
Tel.: (+34) 952 28 87 67
Web: www.icbeditores.com
Correo electrónico: info@icbeditores.com
Ley de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
Coordinadora de la obra: María Dolores Pérez Rodríguez
Licenciada en Pedagogía por la Universidad de Málaga
1.ª edición
© ICB, S. L. (Interconsulting Bureau S. L.), 2019/04, 1.ª edición
Reservados todos los derechos de publicación en cualquier idioma.
Según el Código Penal vigente, ninguna parte de este o cualquier otro libro puede ser reproducida, grabada en alguno de los sistemas de almacenamiento existentes o transmitida por cualquier procedimiento, ya se electrónico, mecánico, reprográfico, magnético o cualquier otro, sin autorización previa y por escrito de Interconsulting Bureau S. L. Su contenido está protegido por la Ley vigente, que establece penas de prisión y/o multas a quienes intencionadamente reprodujeren o plagiaren, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica.
ISBN: 978-84-9021-750-4
CÓDIGO: MAEF004183
Impreso en España- Printed in Spain
Diríjase a CEDRO (Centro Español de Derechos Reprográficos, www.cedro.org) si necesita fotocopiar, escanear o hacer copias digitales de algún fragmento de esta obra.
Para descargar el contenido multimedia diríjase a la siguiente dirección:
http://www.icbeditores.com/multimedia-internacional
C.20181023110654 - M.20240206102055
ÍNDICE
1. Ley de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
1.1. Consideraciones generales
Introducción
Disposiciones generales
Principios de protección de datos
Resumen
1.2. Los derechos de los afectados
Derecho de información. Transparencia
Derecho de acceso
Derecho de rectificación
Derecho de supresión
Derecho a la limitación del tratamiento
Derecho a la portabilidad
Derecho de oposición
Disposiciones generales al ejercicio de los derechos
Limitaciones a los derechos
Resumen
1.3. Tratamientos concretos
Disposiciones de aplicación a tratamientos concretos
Transferencias internacionales de datos
Resumen
1.4. Responsable y encargado del tratamiento. Delegado de protección de datos
Responsable y encargado del tratamiento. Medidas de responsabilidad activa
Encargado del tratamiento
Delegado de protección de datos
Evaluación de impacto
Códigos de conducta. Mecanismos de certificación
Resumen
1.5. Autoridades de protección de datos
Agencia Española de Protección de Datos: la institución
Funciones y potestades de la Agencia Española de Protección de Datos
Autoridades autonómicas de protección de datos
Resumen
1.6. Procedimientos ante posibles vulneraciones de la normativa de protección de datos
Introducción al procedimiento
Incoación del procedimiento
Previo a la tramitación del procedimiento
Medidas provisionales y garantía de los derechos
Régimen sancionador
Resumen
1.7. Los derechos digitales
Introducción
Objeto y contenido del título X
Derechos generales de los ciudadanos
Derechos específicos de los menores
Derechos del ámbito laboral
Derechos relacionados con los medios de comunicación digitales
Derecho al olvido en internet
Derecho a la portabilidad en las redes sociales. Art. 95
Derecho al testamento digital. Art. 96
Políticas de impulso de los derechos digitales. Art. 97
Resumen
1. Ley de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
1.1. Consideraciones generales
1.2. Los derechos de los afectados
1.3. Tratamientos concretos
1.4. Responsable y encargado del tratamiento. Delegado de protección de datos
1.5. Autoridades de protección de datos
1.6. Procedimientos ante posibles vulneraciones de la normativa de protección de datos
1.7. Los derechos digitales
1.1. Consideraciones generales
Introducción
Disposiciones generales
Principios de protección de datos
Resumen
1.Introducción
El artículo 18.4 de la Constitución española reconoce el derecho fundamental a la protección de datos de carácter personal cuando señala: «La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos».
Antecedentes de este precepto son los trabajos desarrollados por el Consejo de Europa en los años 60, así como las escasas disposiciones legales adoptadas en los países de nuestro entorno.
A nivel jurisprudencial debemos destacar la Sentencia del Tribunal Constitucional 94/1998, en la cual se garantiza a las personas el control sobre sus datos de carácter personal, sobre su destino y su uso, con la finalidad de evitar el tráfico ilícito de los mismos o lesivo para la dignidad.
Este derecho quedaba configurado como una facultad del ciudadano para mostrar su oposición a que ciertos datos se utilicen para fines diferentes a aquellos que justificaron su obtención.
Con posterioridad, la Sentencia 292/2000 lo configura como el poder de disposición y control sobre los datos personales, facultado a las personas a ejercer este derecho, autónomo e independiente, decidiendo qué datos se proporcionan a terceros o al Estado, cuáles pueden ser recabados y ante qué situaciones ejercer su oposición a la posesión y uso de estos datos.
A nivel legislativo, el derecho fundamental a la protección de datos de las personas se ha concretado en estas normas:
Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, reguladora del tratamiento automatizado de datos de carácter personal.
Ley Orgánica 15/1999, de 5 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, dictada en sustitución de la anterior y prevista para la transposición de la Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y el Consejo.
Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, artículo 16.1.
Desde la UE han sido constantes los impulsos para lograr una regulación más uniforme de este derecho fundamental en nuestra sociedad, cada vez más globalizada. De esta forma, se han ido adoptando diversas propuestas en el marco de la legislación vigente hasta llegar al punto álgido de esta evolución, como es la adopción del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016.
Este Reglamento vino a derogar la Directiva 95/46/CE, así como la Directiva (UE) 2016/680. Dada la eficacia directa del Reglamento, se van a ver superados los obstáculos que impidieron armonizar la protección de las personas físicas frente al tratamiento de los datos personales y a la libre circulación de estos.
De ahí que entendamos que este nuevo Reglamento va más allá de una mera revisión de la normativa vigente, de una actualización de la misma. Uno de sus objetivos es el refuerzo de la seguridad jurídica y de la transparencia. Además se permite que sus normas sean especificadas o restringidas por el derecho de los Estados miembros, razón por la que contiene un buen número de habilitaciones para regular determinadas materias.
El principio de seguridad jurídica impone a los Estados miembros la obligación de integrar el ordenamiento europeo en el interno de forma clara y pública, de tal forma que se debe permitir su pleno conocimiento tanto por los ciudadanos como por los operadores jurídicos. De esta obligación deriva la consiguiente: los Estados deben eliminar toda situación de incertidumbre que derive de la existencia de normas internas incompatibles con el derecho europeo.
Podemos resumir afirmando que el principio de seguridad jurídica obliga a que nuestra normativa interna incompatible con el derecho de la Unión Europea se elimine de forma definitiva a través de disposiciones internas de tipo obligatorio dotadas del mismo valor jurídico que las disposiciones que deban ser modificadas.
2.Disposiciones generales
Esta es la denominación del título I de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, el cual se divide en tres artículos:
2.1.Objeto de la Ley
Evidentemente, el principal objetivo de esta Ley es la adaptación al ordenamiento jurídico del Reglamento (UE) 2016/679, así como la complementación de sus disposiciones.
Asimismo, se establecen dos límites al ejercicio del derecho fundamental recogido en el artículo 18.4 de la Constitución:
El Reglamento europeo 2016/679.
La propia Ley Orgánica.
El apartado b) del artículo 1 de la Ley nos marca otro objeto de la misma: la garantía de los derechos digitales, en cumplimiento del mandato contenido en el artículo citado 18.4 de la Constitución.
2.2.Ámbito de aplicación
Señala el artículo 2 de la Ley el ámbito objetivo de la misma: con carácter positivo se establece la aplicación de los títulos I a IX y artículos 89 a 94 a cualquier tratamiento total o parcialmente automatizado de datos personales, así como al tratamiento no automatizado de datos personales contenidos o destinados a ser incluidos en un fichero.
En su vertiente negativa, el artículo 2.2 de la Ley indica qué tratamientos exceden su ámbito de aplicación:
a)Los tratamientos de datos personales indicados en el artículo 2.2 del Reglamento General:
Tratamientos de datos personales realizados en el ejercicio de una actividad no comprendida en el ámbito de aplicación del derecho de la Unión.
Tratamientos llevados a cabo por los Estados miembros en el marco de las actividades comprendidas en el ámbito de aplicación del capítulo II del título V del Tratado de la Unión Europea.
Tratamientos efectuados por una persona física en el ejercicio de actividades exclusivamente personales o domésticas.
Tratamientos efectuados por parte de las autoridades competentes y sus agentes con fines de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales, o de ejecución de sanciones penales, incluida la de protección frente a amenazas a la seguridad pública y su prevención.
b)Los tratamientos de datos de personas fallecidas, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 3.
c)Los tratamientos sometidos a la normativa sobre protección de materias clasificadas.
Los tratamientos que se realicen afectando a actividades no comprendidas en el ámbito de aplicación del derecho de la Unión Europea se van a regir por su legislación específica y, supletoriamente, por el Reglamento europeo y la nueva Ley Orgánica. Se trata de los tratamientos realizados al amparo de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, en el ámbito de las instituciones penitenciarias o los derivados del Registro Civil, de la Propiedad y Mercantil.
El tratamiento de datos que se lleve a cabo por los órganos judiciales con ocasión de los procesos en los que sean competentes, así como los realizados por la Oficina Judicial, sí se regirán tanto por el Reglamento como por la Ley Orgánica, sin perjuicio de las disposiciones aplicables de la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial.
2.3.Datos de las personas fallecidas
Los derechos de estas y sus herederos son una de las principales novedades de la Ley. Así, quienes acrediten la condición de herederos podrán dirigirse al responsable o encargado del tratamiento con el fin de solicitar acceso a los datos personales de las personas fallecidas, así como su rectificación o supresión.
De forma excepcional, queda prohibido el acceso, o su rectificación o supresión, cuando el fallecido lo haya prohibido de forma expresa o lo establezca de esta forma una ley.
El referido acceso a los datos, así como su rectificación o supresión, también podrá concederse al albacea testamentario o a la persona o institución a la que el fallecido hubiese designado de forma expresa.
La acreditación de la validez y vigencia de estos mandatos e instrucciones, incluso su registro, serán regulados mediante real decreto.
Cuando los fallecidos sean menores, las anteriores facultades se podrán ejercer además por sus representantes legales o Ministerio Fiscal. Y, además de los anteriores, estas facultades podrán ejercerse por las personas designadas para el ejercicio de funciones de apoyo en los supuestos de fallecidos discapacitados.
3.Principios de protección de datos
3.1.Exactitud de los datos
Tanto la L. O. 3/2018 como el Reglamento europeo exigen que los datos sean exactos y actualizados, cuando fuera necesario.
La inexactitud de los datos personales no será responsabilidad imputable al responsable del tratamiento, siempre que haya adoptado todas las medidas razonables para que, sin dilación, se suprima o rectifique la correspondiente inexactitud, y siempre en estos supuestos:
Cuando aquellos se han obtenido directamente del afectado.
Si se han obtenido de un mediador o intermediario (siempre que existan, en este último caso, normas que permitan la intervención de estas figuras en la recogida de datos en nombre propio para su transmisión al responsable, mediadores e intermediarios asumirán las responsabilidades que se deriven de la comunicación al responsable de datos que no se correspondan con los facilitados por el afectado).
Si los datos inexactos provienen de otro responsable en virtud del ejercicio por el afectado del derecho de portabilidad.
Cuando fuesen obtenidos de un registro público por el responsable.
3.2.Deber de confidencialidad
A este deber se sujetan tanto el responsable como el encargado del tratamiento de datos, así como todas las personas que intervengan en cualquier fase del mismo. Se trata de una obligación de carácter general que será complementaria del deber de secreto profesional, según la normativa de aplicación.
Estas obligaciones van a permanecer aun cuando haya finalizado la relación del obligado con el responsable o encargado del tratamiento.
3.3.Consentimiento del afectado
Con base en el RGPD, entendemos por consentimiento toda manifestación de voluntad libre, específica, informada e inequívoca por la que el afectado acepta el tratamiento de datos personales que le conciernen.
En este punto debemos remitirnos al Reglamento y, concretamente a los siguientes «Considerandos»:
Considerando 42: «Cuando el tratamiento se lleva a cabo con el consentimiento del interesado, el responsable del tratamiento debe ser capaz de demostrar que aquel ha dado su consentimiento a la operación de tratamiento. En particular en el contexto de una declaración por escrito efectuada sobre otro asunto, debe haber garantías de que el interesado es consciente del hecho de que da su consentimiento y de la medida