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Gestión y Evaluación Medioambiental (Iso 14001:2015)
Gestión y Evaluación Medioambiental (Iso 14001:2015)
Gestión y Evaluación Medioambiental (Iso 14001:2015)
Libro electrónico411 páginas5 horas

Gestión y Evaluación Medioambiental (Iso 14001:2015)

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Información de este libro electrónico

Aprender a determinar el contenido de un Estudio de Impacto e identificar los factores medioambientales adquiriendo los conocimientos básicos necesarios para poder evaluar los impactos ambientales, es decir, definir el tipo de medidas para la reducción de impactos, especificar el contenido de un Programa de Vigilancia Ambiental, conocer los concept
IdiomaEspañol
EditorialICB Editores
Fecha de lanzamiento24 may 2019
Gestión y Evaluación Medioambiental (Iso 14001:2015)

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    Gestión y Evaluación Medioambiental (Iso 14001:2015) - ICB Editores

    ÍNDICE

    Créditos

    UNIDAD 1: GESTIÓN Y EVALUACIÓN MEDIOAMBIENTAL 1ª PARTE

    Tema 1.1: Introducción y Conceptos Básicos

    01. Conceptos Básicos de la Evaluación de Impacto Ambiental

    02. Antecedentes y Evolución de la Evaluación de Impacto Ambiental

    03. Etapas Generales del Análisis del Proyecto de la Evaluación de Impacto Ambiental

    04. Contenido del Estudio de la Evaluación de Impacto Ambiental

    05. Normativa Vigente I

    06. Normativa Vigente Ii

    07. Normativa Vigente Iii

    08. Normativa Vigente Iv

    09. Resumen

    Tema 1.2: Procedimiento Administrativo de la Evaluación de Impacto Ambiental

    01. Evaluación de Impacto Ambiental

    02. Estudio de Impacto Ambiental

    03. El Proyecto y sus Acciones

    04. Procedimiento Administrativo para la Evaluación de Impacto Ambiental

    05. Resumen

    Tema 1.3: Factores Ambientales

    01. Catálogo Ambiental. Variables Ambientales

    02. Búsqueda de Información e Inventario Ambiental

    03. Valoración del Inventario

    04. Resumen

    Tema 1.4: Evaluación y Valoración de Impactos Ambientales

    01. Análisis Ambiental de un Proyecto

    02. La Situación Preoperacional

    03. Elementos a Evaluar en la Situación Preoperacional

    04. Fase de Construcción

    05. Fase de Explotación/Operación

    06. Fase de Abandono de las Instalaciones

    07. Criterios de Valoración del Inventario

    08. Métodos de Identificación y Evaluación de Impactos I

    09. Métodos de Identificación y Evaluación de Impactos Ii

    10. Métodos de Identificación y Evaluación de Impactos Iii

    11. Indicadores de Impacto

    12. Lista Orientativa de Indicadores de Impactos

    13. Efectos de los Impactos

    14. Resumen

    Tema 1.5: Medidas Preventivas y Correctoras

    01. Acciones Preventivas, Correctoras y Compensatorias I

    02. Acciones Preventivas, Correctoras y Compensatorias Ii

    03. Resumen

    Tema 1.6: Programa de Vigilancia Ambiental

    01. Programa de Vigilancia Ambiental

    02. Estructura de un Programa de Vigilancia Ambiental

    03. Resumen

    UNIDAD 2: GESTIÓN Y EVALUACIÓN MEDIOAMBIENTAL 2ª PARTE

    Tema 2.1: La Gestión Ambiental en la Empresa

    01. Introducción

    02. Normalización Ambiental

    03. Certificación Ambiental

    04. Iso 14001/Emas I

    05. Iso 14001/Emas Ii

    06. Iso 14001/Emas Iii

    07. Beneficios de los Sistemas de Gestión Ambiental

    08. Resumen

    Tema 2.2: Etapas en la Implantación del Sistema de Gestión Ambiental

    01. Etapas en la Implantación del Sistema de Gestión Ambiental

    02. La Política Ambiental I

    03. La Política Ambiental Ii

    04. Resumen

    Tema 2.3: Planificación del Sistema de Gestión Ambiental

    01. Aspectos Ambientales

    02. Exigencias Legales

    03. Objetivos, Metas y Programas

    04. Resumen

    Tema 2.4: Implementación y Operación

    01. Recursos, Funciones, Responsabilidad y Autoridad

    02. Competencia, Formación y Toma de Conciencia

    03. Comunicación

    04. Documentación

    05. Control de Documentos

    06. Control Operacional

    07. Preparación y Respuesta ante Emergencias

    08. Resumen

    Tema 2.5: Verificación

    01. Seguimiento y Medición

    02. Evaluación del Cumplimiento Legal

    03. No Conformidad, Acción Correctiva

    04. Control de los Registros

    05. Auditoría Interna I

    06. Auditoría Interna Ii

    07. Resumen

    Tema 2.6: Revisión por la Dirección

    01. Concepto y Finalidad

    02. Desarrollo de la Revisión por la Dirección

    03. Conclusiones y Documentación

    04. Resumen

    Glosario

    Bibliografía

    GESTIÓN Y EVALUACIÓN MEDIOAMBIENTAL (ISO 14001:2015)

    Editado por:

    ICB. S.L. (Interconsulting Bureau S.L.)

    Avda. Ortega y Gasset, 198

    P.I. Alameda 29006 – Málaga. España

    Tfno: (+34) 952 28 87 67

    Web: www.icbeditores.com

    Correo electrónico: info@icbeditores.com

    Sistemas de Gestión de Calidad (ISO 9001:2015)

    Coordinadora de la obra: Estefanía Navas Cuenca

    1ª Edición

    © ICB, S.L. (Interconsulting Bureau S.L.), 2017, 1ª edición

    Reservados todos los derechos de publicación en cualquier idioma.

    Según el Código Penal vigente ninguna parte de este o cualquier otro libro puede ser reproducida, grabada en alguno de los sistemas de almacenamiento existentes o transmitida por cualquier procedimiento, ya se electrónico, mecánico, reprográfico, magnético o cualquier otro, sin autorización previa y por escrito de Interconsulting Bureau S.L., su contenido está protegido por la Ley vigente que establece penas de prisión y/o multas a quienes intencionadamente reprodujeren o plagiaren, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica.

    ISBN: 978-84-9021-489-3

    CÓDIGO: MAIC002879

    Impreso en España- Printed in Spain

    Diríjase a CEDRO (Centro Español de Derechos Reprográficos, www.cedro.org) si necesita fotocopiar, escanear o hacer copias digitales de algún fragmento de esta obra.

    UNIDAD 1.1

    GESTIÓN Y EVALUACIÓN MEDIOAMBIENTAL 1ª PARTE

    Introducción y Conceptos Básicos

    Conceptos Básicos de la Evaluación de Impacto Ambiental

    Antecedentes y Evolución de la Evaluación De Impacto Ambiental

    Etapas Generales del Análisis del Proyecto de la Evaluación de Impacto Ambiental

    Contenido del Estudio de la Evaluación de Impacto Ambiental

    Normativa Vigente I

    Normativa Vigente II

    Normativa Vigente III

    Normativa Vigente IV

    CONCEPTOS BÁSICOS DE LA EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

    La Evaluación de Impacto Ambiental pretende, como principio, establecer un equilibrio entre el desarrollo de la actividad humana y el medio ambiente. Cada proyecto, obra o actividad ocasionará sobre el entorno en el que se ubique efectos, que deberán ser identificados, cuantificados y, en su caso, minimizados según los estudios de impacto ambiental realizados con motivo de la ejecución de las mismas.

    La Evaluación de Impacto Ambiental tendrá los objetivos siguientes:

    Asegurar que los problemas potenciales a ocasionar al medio ambiente, sean debidamente previstos e identificados en una etapa temprana del diseño y planificación del proyecto, presentando opciones para la toma de decisiones.

    Examinar en qué forma el proyecto puede causar daños a la población, a las comunidades, a otros proyectos de desarrollo social y al medio ambiente en general.

    Identificar las medidas para prevenir, mitigar, controlar, rehabilitar y compensar los posibles impactos negativos y realzar los posibles impactos positivos, según proceda, estableciendo las vías para mejorar la conformación del proyecto de obra o actividad.

    Propiciar la evaluación y valoración económica de los efectos ambientales previstos y el costo de su reducción.

    Dentro de este concepto es necesario definir una serie de elementos básicos que configuran todo el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental:

    Respecto a la definición de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), existen multitud de autores, bibliografía y publicaciones que tratan de dar una definición a este concepto. En este caso nos referiremos a las definiciones dadas por la legislación vigente y que se pueden considerar como una representación de todas ellas.

    La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental establece en su artículo 5 que la evaluación ambiental es el:

    procedimiento administrativo instrumental respecto del de aprobación o de adopción de planes y programas, así como respecto del de autorización de proyectos o, en su caso, respecto de la actividad administrativa de control de los proyectos sometidos a declaración responsable o comunicación previa, a través del cual se analizan los posibles efectos significativos sobre el medio ambiente de los planes, programas y proyectos. La evaluación ambiental incluye tanto la «evaluación ambiental estratégica» como la «evaluación de impacto ambiental».

    No obstante, hay supuestos que quedan excluidos en la ley (artículo 8):

    a) Los que tengan como único objeto la defensa nacional o la protección civil en casos de emergencia.

    b) Los de tipo financiero o presupuestario.

    a) Los relacionados con los objetivos de la defensa nacional cuando tal aplicación pudiera tener repercusiones negativas sobre tales objetivos.

    b) Los proyectos detallados aprobados específicamente por una Ley. Estos proyectos deben contener los datos necesarios para la evaluación de las repercusiones de dicho proyecto sobre el medio ambiente y en la tramitación de la Ley de aprobación del proyecto se deben cumplir los objetivos establecidos en esta Ley.

    En particular, el Consejo de Ministros en el ámbito de la Administración General del Estado y, en su caso, el órgano que determine la legislación de cada comunidad autónoma en su respectivo ámbito de competencias, con arreglo a lo previsto en el apartado anterior y caso por caso, podrá determinar si procede la exclusión del procedimiento de evaluación de impacto ambiental en proyectos de:

    a) Construcción de centros penitenciarios, o en aquellos proyectos declarados de especial interés para la seguridad pública por las administraciones competentes.

    b) Obras de reparación de infraestructuras críticas dañadas como consecuencia de acontecimientos catastróficos y obras de emergencia.

    a) Se examinará la conveniencia de someter el proyecto excluido a otra forma de evaluación que cumpla los principios y objetivos de esta ley.

    b) El acuerdo de exclusión y los motivos que lo justifican se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente. Adicionalmente, se pondrá a disposición del público la información relativa a la decisión de exclusión y los motivos que la justifican, y el examen sobre las formas alternativas de evaluación del proyecto excluido.

    c) El órgano sustantivo comunicará la información prevista en el apartado anterior a la Comisión Europea, con carácter previo a la autorización del proyecto.

    Por tanto tenemos dos vertientes diferenciadas, la evaluación ambiental estratégica y la evaluación de impacto ambiental.

    Siguiendo el mismo artículo 5, podemos continuar definiendo una y otra.

    LA EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA.

    Es la que se refiere a los planes y programas, y que finaliza con la declaración ambiental estratégica (a través del procedimiento de evaluación estratégica ordinaria) o bien con el informe ambiental estratégico (en cuanto al procedimiento de evaluación estratégica simplificada.)

    La evaluación ambiental estratégica ordinaria se establece para los planes y programas, así como sus modificaciones, que se adopten o aprueben por una Administración pública y cuya elaboración y aprobación venga exigida por una disposición legal o reglamentaria o por acuerdo del Consejo de Ministros o del Consejo de Gobierno de una comunidad autónoma, cuando:

    Requieran una evaluación por afectar a espacios Red Natura 2000 en los términos previstos en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

    Establezcan el marco para la futura autorización de proyectos legalmente sometidos a evaluación de impacto ambiental y se refieran a la agricultura, ganadería, silvicultura, acuicultura, pesca, energía, minería, industria, transporte, gestión de residuos, gestión de recursos hídricos, ocupación del dominio público marítimo terrestre, utilización del medio marino, telecomunicaciones, turismo, ordenación del territorio urbano y rural, o del uso del suelo; o bien,

    Los planes y programas que, de conformidad con la Ley 21/2013, deban ser objeto de evaluación ambiental estratégica simplificada, cuando así lo determine el órgano ambiental, a solicitud del promotor.

    Los que, de conformidad con la Ley 21/2013, deban ser objeto de evaluación ambiental estratégica simplificada, cuando así lo decida caso por caso el órgano ambiental en el informe ambiental estratégico de acuerdo con los criterios del anexo V de la Ley.

    La evaluación ambiental estratégica simplificada procede para:

    Los planes y programas que, estableciendo un marco para la autorización en el futuro de proyectos, no cumplan los demás requisitos establecidos en el artículo 6.1 de la Ley 21/2013, para ser objeto de una evaluación de impacto ambiental ordinaria.

    Los planes y programas sujetos a evaluación ambiental estratégica ordinaria que establezcan el uso, a nivel municipal, de zonas de reducida extensión.

    Las modificaciones menores de los planes y programas sujetos a evaluación ambiental estratégica ordinaria.

    LA EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

    Es la que procede respecto de los proyectos y que concluye o bien mediante la declaración de impacto ambiental (referido al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinario) o mediante el informe de impacto ambiental en cuanto a los proyectos sometidos al procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificado.

    El procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria comienza con la recepción por el órgano competente del expediente completo de evaluación de impacto ambiental. Previamente el promotor puede solicitar que el órgano competente elabore en el plazo de tres meses el documento de alcance del estudio de impacto ambiental. Además el órgano competente estará obligado a llevar a cabo los trámites de información pública y de consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas tendiendo estos vigencia de un año desde que se finalicen.

    Posteriormente comienza el procedimiento como hemos dicho, por solicitud de inicio, continuando por el análisis técnico del expediente de impacto ambiental y finalizando por la declaración de impacto ambiental, todo ello en el plazo de cuatro meses prorrogable por dos meses de forma justificada y motivada.

    En el caso de la evaluación de impacto ambiental simplificada, cuando se ha recibido la solicitud, el órgano competente consultará a los afectados y a las Administraciones públicas afectadas, finalizando el proceso con el informe de impacto ambiental.

    Estas técnicas se han convertido en unos instrumentos muy importantes de nuestra sociedad para preservar el medio ambiente y los recursos naturales, al enmarcarse dentro de un proceso más amplio, que introduce los factores ambientales en la toma de decisiones sobre la conveniencia o no de realizar un proyecto con incidencia importante en el medio natural, además de introducir la información y participación pública dentro del procedimiento como un elemento fundamental.

    Un concepto importante dentro de la Evaluación de Impacto Ambiental es lo que se conoce por Estudio de Impacto Ambiental.

    La Ley a este respecto dice:

    "El promotor elaborará el estudio de impacto ambiental que contendrá, al menos, la siguiente información […]:

    a) Descripción general del proyecto y previsiones en el tiempo sobre la utilización del suelo y de otros recursos naturales. Estimación de los tipos y cantidades de residuos vertidos y emisiones de materia o energía resultantes.

    b) Exposición de las principales alternativas estudiadas, incluida la alternativa cero, o de no realización del proyecto, y una justificación de las principales razones de la solución adoptada, teniendo en cuenta los efectos ambientales.

    c) Evaluación y, si procede, cuantificación de los efectos previsibles directos o indirectos, acumulativos y sinérgicos del proyecto sobre la población, la salud humana, la flora, la fauna, la biodiversidad, la geodiversidad, el suelo, el subsuelo, el aire, el agua, los factores climáticos, el cambio climático, el paisaje, los bienes materiales, incluido el patrimonio cultural, y la interacción entre todos los factores mencionados, durante las fases de ejecución, explotación y en su caso durante la demolición o abandono del proyecto. Cuando el proyecto pueda afectar directa o indirectamente a los espacios Red Natura 2000 se incluirá un apartado específico para la evaluación de sus repercusiones en el lugar, teniendo en cuenta los objetivos de conservación del espacio.

    d) Medidas que permitan prevenir, corregir y, en su caso, compensar los efectos adversos sobre el medio ambiente.

    e) Programa de vigilancia ambiental.

    f) Resumen del estudio y conclusiones en términos fácilmente comprensibles."

    De acuerdo con lo anterior, el Estudio de Impacto Ambiental es el estudio técnico, de carácter multidisciplinar, que incorporado en el procedimiento de la EIA, está destinado a predecir, identificar, valorar y corregir, las consecuencias o efectos ambientales que determinadas acciones pueden causar sobre la calidad de vida del hombre y su entorno.

    Esto incluye la descripción del proyecto, las diferentes alternativas para su implementación, la línea de base, las medidas correctoras y los programas de seguimiento y control. Por ello constituye la fuente de información primordial para pronunciarse acerca de los impactos ambientales esperados de una acción propuesta. El Estudio de Impacto Ambiental debe ser presentado por el promotor del proyecto, y sobre la base del mismo se produce la Declaración o Estimación de Impacto Ambiental.

    Este estudio deberá identificar, describir y valorar de manera apropiada, y en función de las particularidades de cada caso concreto, la población, la salud humana, la flora, la fauna, la biodiversidad, la geodiversidad, el suelo, el subsuelo, el aire, el agua, los factores climáticos, el cambio climático, el paisaje, los bienes materiales, incluido el patrimonio cultural, y la interacción entre todos los factores mencionados, durante las fases de ejecución, explotación y en su caso durante la demolición o

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