Es de amplio conocimiento que la ley 35/2015 regula los daños y perjuicios derivados de accidentes de tráfico, estableciendo como conceptos indemnizatorios la muerte, las lesiones temporales y las secuelas.
Cada uno de estos conceptos presenta perjuicios básicos, particulares y patrimoniales, exceptuando el criterio indemnizatorio por muerte y el patrimonial, permitiendo así que un lesionado pueda reclamar,