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Reparación simbólica: Cultura y arte para nueve casos de violaciones de los derechos humanos
Reparación simbólica: Cultura y arte para nueve casos de violaciones de los derechos humanos
Reparación simbólica: Cultura y arte para nueve casos de violaciones de los derechos humanos
Libro electrónico483 páginas14 horas

Reparación simbólica: Cultura y arte para nueve casos de violaciones de los derechos humanos

Por Varios

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Reparación simbólica: cultura y arte para nueve casos de violaciones de los derechos humanos es el volumen 2 de la Serie de ESTUDIOS SOBRE REPARACIÓN SIMBÓLICA.

Recoge nueve reflexiones sobre el concepto de reparación simbólica, discute desde el derecho las funciones y relaciones del arte y la cultura en los procesos que se han llevado a cabo en diferentes cortes judiciales; Corte Interamericana de Derechos Humanos, Corte Penal Internacional y otros Tribunales nacionales. Así como también la interrelación con la producción de obras y símbolos generados por las víctimas, los artistas y los Estados Responsables por las violaciones a los derechos humanos.

Esta obra es producto de la investigación en colaboración con Universidades extranjeras y nacionales de reconocida trayectoria académica. Es un trabajo liderado por el Grupo de Derechos Culturales; Derecho, Arte y Cultura de Departamento de Derecho Constitucional de la Universidad Externado de Colombia.
IdiomaEspañol
Fecha de lanzamiento28 sept 2020
ISBN9789587904376
Reparación simbólica: Cultura y arte para nueve casos de violaciones de los derechos humanos

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    Reparación simbólica - Varios

    Reparación simbólica : cultura y arte para nueve casos de violaciones de los derechos humanos / Marco Abarca [y otros] ; José Falconi, Liliana Mendoza Ortiz, Yolanda Sierra León (eds.) -- Bogotá : Universidad Externado de Colombia. 2020.

    347 páginas : ilustraciones, fotografías ; 24 cm. (Estudios sobre Reparación Simbólica ; 2)

    Incluye referencias bibliográficas.

    ISBN: 9789587904369

    1. Afrodescendientes -- Aspectos legales – Historia 2. Reparación de víctimas – Colombia 3. Feminismo – Colombia 4. Violencia -- Aspectos jurídicos – Guatemala 5. Violación de los derechos humanos. 6. Personas desaparecidas -- Aspectos jurídicos I. Sierra León, Yolanda, editora II. Falconio, José, editor III. Mendoza Ortiz, Liliana Patricia, editora II. Universidad Externado de Colombia III. Título IV. Serie

    303.69      SCDD 21

    Catalogación en la fuente -- Universidad Externado de Colombia. Biblioteca EAP

    agosto de 2020

    ISBN 978-958-790-436-9

    ©   2020, JOSÉ FALCONI, LILIANA MENDOZA ORTIZ, YOLANDA SIERRA LEÓN (EDS.)

    ©   2020, UNIVERSIDAD EXTERNADO DE COLOMBIA

    Calle 12 n.° 1-17 Este, Bogotá

    Teléfono (57 1) 342 0288

    publicaciones@uexternado.edu.co

    www.uexternado.edu.co

    Primera edición: agosto de 2020

    Diseño de cubierta: Departamento de Publicaciones

    Corrección de estilo: Santiago Perea Latorre

    Composición: Precolombi EU-David Reyes

    Impresión y encuadernación: DGP Editores S.A.S.

    Tiraje de 1 a 1.000 ejemplares

    Prohibida la reproducción o cita impresa o electrónica total o parcial de esta obra, sin autorización expresa y por escrito del Departamento de Publicaciones de la Universidad Externado de Colombia. Las opiniones expresadas en esta obra son responsabilidad de los autores.

    Diseño epub:

    Hipertexto – Netizen Digital Solutions

    SARA DEL MAR CASTIBLANCO

    Asistente general y de investigación

    ÍNGRID LILIANA TORRES

    Asistente editorial y de investigación

    LAURA OLIVEROS

    Gestión de imágenes y permisos

    TATIANA BERRUECOS

    DANIELADÍAZ

    LAURA GALEANO

    DAVID LESMES

    VALENTINA NARVÁEZ

    DANIELA ORTEGA

    GIULIANA RICO

    Asistentes de investigación

    CONTENIDO

    PRESENTACIÓN

    José Falconi

    Liliana Mendoza Ortiz

    Yolanda Sierra León

    INTRODUCCIÓN: JUSTICIA TRANSICIONAL, ARTE Y CULTURA

    Diego González

    CAPÍTULO PRIMERO

    EL ARTE DE REPARAR: FICCIONES QUE TRANSFORMAN LA REALIDAD

    Liliana Mendoza Ortiz

    Yolanda Sierra León

    Introducción

    1.Reparar con símbolos: realidades y ficciones

    2.Corte Penal Internacional: de la reparación material a la reparación simbólica

    3.Reparación simbólica en la Corte Interamericana de Derechos Humanos: más allá de las comisiones de la verdad

    4.Ficciones para transformar realidades: arte como principio y fin

    Conclusiones

    Referencias

    CAPÍTULO SEGUNDO

    EL ARTE DE RECORDAR: LA (IM)POSIBILIDAD DEL EJERCICIO POLÍTICO DE LA MEMORIA EN ESPACIOS PÚBLICOS. CASO DE LAS LEYES DE IMPUNIDAD DE ARGENTINA

    Laura Fernanda Jaimes Alvarado

    Hernán López Piñeyro

    Liliana Mendoza Ortiz

    Introducción

    1.¿Verdad o memoria? Apuntes conceptuales para la interpretación de un caso

    2.El caso argentino: la dictadura

    3.Emplazar la memoria en un parque

    4.Sobre la (im)posibilidad de la memoria: Rancière y Benjamin

    5.Sobre la posibilidad de recordar: reconstrucción del Retrato de Pablo Míguez y Citoria

    Conclusiones

    Referencias

    CAPÍTULO TERCERO

    LITIGIO ARTÍSTICO PARA AYOTZINAPA

    Yolanda Sierra León

    Introducción

    1.Sobre los 43 normalistas desaparecidos en Ayotzinapa, México

    2.Constitucionalismo transicional estético

    3.Reparación simbólica

    4.Litigio artístico

    5.Litigio estético

    6.Arte como prueba

    7.Emancipación estética del Estado

    8.Amplificación de los derechos a la verdad, la dignidad y la memoria a través del arte o la estética

    9.Incorporación del arte como fuente de derecho

    10.Arte como mecanismo de garantía de satisfacción y de no repetición

    Conclusiones

    Referencias

    Anexo 1. Obras de arte sobre los 43 desaparecidos de Ayotzinapa

    Anexo 2. Tabla de imágenes

    CAPÍTULO CUARTO

    SINGULARIDADES PARA LA REPARACIÓN SIMBÓLICA DE PUEBLOS AFRODESCENDIENTES: CASO OPERACIÓN GÉNESIS CONTRA COLOMBIA

    Introducción. Daniel Garcés

    1.Reparación simbólica: producción de nuevos significados. Marco Abarca

    2.Las reparaciones simbólicas en el caso Cacarica vs. Colombia

    3.Dimensión simbólica para reparar a los pueblos afrodescendientes desde el enfoque diferencial y psicosocial. Ivonne Zúñiga

    4.Entre procesos y productos. Doris Sommer

    Conclusiones. Los editores

    Referencias

    CAPÍTULO QUINTO

    ESTEREOTIPOS QUE RESUENAN EN FLOR DE ARENA: REFLEXIONES SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE UNA CONDENA POR VIOLENCIA DE GÉNERO

    Introducción. Zully Moreno

    1.Mujeres imaginadas y mujeres invisibles: estereotipos de género Zully Moreno

    2.Caso Gonzáles y otras (Campo algodonero) vs. México: aspectos generales. Lina Moreno

    3.El ocaso de Flor de Arena: de la reparación al fracaso. Michael Orwicz

    Conclusiones. Los editores

    Referencias

    CAPÍTULO SEXTO

    REPARAR EN SINGULAR Y EN PLURAL: REPARACIONES SIMBÓLICAS A LOS PUEBLOS INDÍGENAS. EL CASO MASACRE DE PLAN DE SÁNCHEZ VS. GUATEMALA

    Introducción. Néstor Osuna Patiño

    1.Masacre del pueblo Maya-Achí: caso Plan de Sánchez vs. Guatemala. Néstor Osuna Patiño

    2.La especificidad como perspectiva jurídica: la protección de los pueblos indígenas. Néstor Osuna Patiño

    3.Reparación, arte y pueblos indígenas: de la capilla a la voz alta. Robin Greeley

    Conclusiones. Los editores

    Referencias

    CAPÍTULO SÉPTIMO

    EL ARTE DE DIGNIFICAR: EL CASO MASACRE DE VILLATINA

    Introducción. Alejandro Burgos

    1.¿Dignificar o dagnificar?: reparación simbólica fundamentada en el concepto de dignidad. Bernardo Carvajal Sánchez

    2.Análisis de la escultura Los niños de Villatina. Ana María Reyes

    3.¿Reparar es dignificar?: prácticas conmemorativas en el arte contemporáneo. Ana María Reyes

    Conclusiones. Los editores

    Referencias

    CAPÍTULO OCTAVO

    DEL MEMORIAL A LA DENUNCIA: PARTICULARIDADES PARA LA REPARACIÓN SIMBÓLICA EN COMUNIDADES LGTBI. CASO ARNUBIO TRIANA MAHECHA, BOTALÓN, Y OTROS

    Introducción. Viviana Bohórquez

    1.Memorialización: modelar el olvido y hacer recordar. José Falconi

    2.El arte y los memoriales. José Falconi

    3.Claves para la reparación simbólica de personas LGBTI. Manuel Páez Ramírez

    Conclusiones

    Referencias

    CAPÍTULO NOVENO

    EL ARTE PARA UN FIN DE UN CRIMEN SIN FINAL: REPARACIÓN SIMBÓLICA EN CASOS DE DESAPARICIÓN FORZADA

    Introducción. Yolanda Sierra León

    1.Ser, no ser o desaparecer: algunas consideraciones sobre la desaparición forzada. Federico Andreu Guzmán

    2.Una experiencia artística con la desaparición forzada: Réquiem nn. Juan Manuel Echavarría Olano

    3.La desaparición forzada: aspectos generales del caso Rodríguez Vera y otros vs Colombia. Yolanda Sierra León

    4.La reparación simbólica de las víctimas de desaparición forzada en la Corte Interamericana: un caso entre muchos. María Clara Galvis Patiño

    5.Sobre la reparación simbólica de un trauma histórico: el caso Desaparecidos del Palacio de Justicia. Fernando J. Rosenberg

    Conclusiones. Los editores

    Referencias

    NOTAS AL PIE

    PRESENTACIÓN

    El arte no es un espejo para reflejar el mundo, sino un martillo con el que golpearlo.

    VLADIMIR MAIAKOVSKI

    El arte abre caminos de reflexión, de resignificación y de reparación simbólica. El arte puede funcionar como un mazo que altera la realidad proponiendo nuevos horizontes desde un plano simbólico. No obstante, el arte también puede perpetuar estereotipos y reforzar el statu quo que sedimenta las bases de la violencia, y en ese sentido el arte puede presentarse como un fortalecimiento de los poderes hegemónicos, es decir, como un martillo que golpea el mundo para endurecerlo y no para transformarlo.

    El presente trabajo pretende discutir desde el derecho esas funciones del arte en los procesos de reparación simbólica que se han adelantado en diferentes cortes judiciales, ya sea en la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), en la Corte Penal Internacional (CPI), en el Tribunal de Justicia y Paz colombiano o en otras cortes o tribunales nacionales.

    Con ese objetivo, el libro se divide en dos grandes partes. La primera está compuesta por los primeros tres capítulos, donde se exponen los resultados de investigaciones académicas cuya iniciativa le correspondió a la Universidad Externado de Colombia y que fueron realizadas en conjunto con prestigiosas universidades de Brasil y Argentina: la Universidad Federal de Ouro Preto, la Universidad Federal de Minas Gerais y la Universidad de Buenos Aires.

    La segunda parte está compuesta por seis capítulos, que son el resultado de los intensos debates académicos y de las investigaciones desarrollados por el Grupo de Estudio en Derecho, Arte y Cultura de la Universidad Externado de Colombia en colaboración con académicos y artistas de diferentes universidades, entre las cuales la Universidad de Harvard, la Universidad de Boston, la Universidad de Brandeis, la Universidad de Connecticut, la Universidad de Illinois, la Universidad de Río Piedras, la Universidad Pontificia Javeriana y la Universidad Panthéon-Sorbonne Paris I.

    Este libro pretende responder cuestiones que son claves en el momento histórico que vive el país, y cada uno de los nueve capítulos gira alrededor de una pregunta orientadora que resulta transversal para el estudio del derecho, el arte y la cultura.

    En el primer capítulo se discute sobre el uso del arte y la cultura como vehículo para concretar las medidas de reparación simbólica, para lo cual se estudian algunas sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y algunos fallos innovadores de la Corte Penal Internacional, retomando los conceptos de litigio estético y litigio artístico como narrativas ficcionales que consiguen transformar la realidad y reinstaurar los acuerdos que se realizan en los pactos sociales del posconflicto.

    El segundo capítulo desarrolla el derecho a la verdad y a la memoria desde las condiciones de posibilidad e imposibilidad del ejercicio memorístico propuesto por el Estado, para lo cual centra su atención en el caso argentino, donde una vez alcanzada la democracia formal se inicia un periodo de tensión política que alcanza uno de sus picos más elevados con la expedición de las denominadas Leyes de Impunidad, declaradas inconstitucionales en el año 2010 gracias a la sostenida militancia política de los familiares de los desaparecidos, de las organizaciones de derechos humanos y de otros actores de la sociedad civil, quienes han recurrido al uso del arte y la cultura como medio para que el reclamo de memoria, verdad y justicia permanezca siempre vigente.

    En el capítulo tercero se estudia y desarrolla el concepto de constitucionalismo transicional estético a partir del estudio del caso de los 43 estudiantes desaparecidos en Ayotzinapa, a la vez que se proponen nuevos elementos y categorías que deberían estar presentes en cualquier proceso de reparación simbólica que se origine en graves violaciones a derechos humanos, para lo cual se enlaza de forma trascendental el ejercicio del derecho con el arte y la cultura.

    En el cuarto capítulo se valoran las singularidades simbólicas para reparar a pueblos afrodescendientes, esto a partir del caso Comunidades afrodescendientes desplazadas de la cuenca del río Cacarica (Operación Génesis) vs. Colombia, estudiando las particularidades, la cosmovisión y la historia de las comunidades involucradas, así como discutiendo la forma como las reparaciones ordenadas por la Corte IDH se relacionan con el factor diferencial y con los procesos de co-creación fundamentales en cualquier proceso de reparación simbólica.

    El quinto capítulo discute sobre el aporte del arte y la cultura a la reparación simbólica de las mujeres víctimas de violación a los derechos humanos, tomando como base el caso González y otras (Campo algodonero) vs. México. En particular, se analiza el monumento Flor de arena, realizado por la artista Verónica Leiton, como un caso en el que los modelos de arte convencional perpetúan los estereotipos que dieron origen a la violencia contra la mujer. En contraposición se analizan algunos casos de arte feminista contemporáneo que ofrecen alternativas estéticas que permiten re-imaginar el vínculo conceptual entre medidas de satisfacción y garantías de no repetición, pues es ahí donde se halla el corazón de las reparaciones simbólicas.

    El capítulo sexto entreteje las particularidades de una reparación simbólica respetuosa y coherente con la cosmovisión, el tiempo y la cultura indígenas, esto a partir del estudio del caso Masacre de Plan de Sánchez vs. Guatemala, a la vez que se aproxima, en paralelo, a experiencias artísticas y de memoria desarrolladas por diferentes pueblos y comunidades indígenas; lo anterior facilita la comprensión del daño colectivo y de los elementos de la reparación simbólica.

    El séptimo capítulo explica la relación del arte con la dignidad humana, concentrándose en el caso Villatina vs. Colombia, referido a la masacre de jóvenes y niños de un barrio vulnerable de Medellín (Antioquia). En este contexto, se realiza una aproximación teórica al concepto de dignidad humana y se traslada al campo práctico para analizar el impacto del monumento de Villatina y sus implicaciones como forma de reparación simbólica.

    En el octavo capítulo se abordan las particularidades de la reparación simbólica para la comunidad LGBTI, a partir del estudio de la sentencia de Justicia y Paz en el caso Arnubio Triana Mahecha, alias Botalón, y otros, en la cual se sanciona la violencia ejercida por un bloque paramilitar contra la comunidad LGBTI. A partir de ello se explica la sedimentación de preconceptos que promueven la discriminación y vulneración de derechos, esbozando algunas experiencias de formas pacíficas de reclamar derechos y de vislumbrar la reparación simbólica como posibilidad de prevenir la violencia contra las personas LGBTI.

    Finalmente, el capítulo noveno analiza las singularidades de la reparación simbólica en supuestos de desaparición forzada –a partir del caso Rodríguez Vera y otros (Desaparecidos del Palacio de Justicia) vs. Colombia–, realizando un estudio de su evolución en la jurisprudencia de la Corte IDH. Al propio tiempo, se detiene en el rol del arte y de las estrategias desarrolladas por las comunidades, las familias de los desaparecidos, las víctimas, el sector privado, los artistas e incluso el Estado, con el fin de abordar los elementos de la reparación simbólica.

    Este libro es producto del trabajo de un gran equipo humano y profesional, por lo que deseamos agradecer a todos y cada uno de sus integrantes, quienes con su confianza, esfuerzo y dedicación nos ayudaron a materializar una investigación tan seria y aun necesaria en nuestro contexto.

    Además de reconocer la labor de los autores, deseamos extender un especial agradecimiento a los investigadores, por su compromiso con la ciencia y por contribuir en el afianzamiento de vínculos de colaboración con universidades extranjeras; al Dr. Juan Carlos Henao, rector de la Universidad Externado de Colombia, por su confianza y su apoyo incondicional en todas las etapas de investigación y de producción de conocimiento científico; a la Dra. Magdalena Correa Henao, directora del Departamento de Derecho Constitucional de la Universidad Externado de Colombia, por su persistencia, apoyo y confianza académica; a Valentina Ordóñez Narváez, asistente de investigación, y a Íngrid Torres, asistente editorial y de investigación, por su constancia y dedicación; a Laura Oliveros y Sara del Mar, por su gestión, ayuda y colaboración en el diseño y organización del material de investigación; y también, a los coeditores y demás miembros del equipo de trabajo que facilitaron el que este proceso académico culminara satisfactoriamente.

    José Falconi

    Ph.D. Departamento de Historia de Arte y Arquitectura, Universidad de Harvard

    Fotógrafo e investigador en lenguas romances y literatura

    Director de la Fundación Agentes Culturales Colombia

    Liliana Mendoza Ortiz

    Doctoranda en Historia, Universidad Federal de Ouro Preto

    Abogada y magíster en Derechos Humanos y Democratización

    Investigadora en derechos humanos y justicia transicional

    Yolanda Sierra León

    Ph.D.–Docente investigadora

    Departamento de Derecho Constitucional, Universidad Externado de Colombia

    Coordinadora de la Línea de Derechos Culturales: Derecho, Arte y Cultura,

    Universidad Externado de Colombia

    INTRODUCCIÓN: JUSTICIA TRANSICIONAL, ARTE Y CULTURA

    El caso colombiano responde a un proceso largo que ha intentado, por diferentes vías y mecanismos, alcanzar una paz duradera. Uno de sus últimos esfuerzos se vio reflejado con la firma del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, entre el Gobierno Nacional y la guerrilla de las FARC-EP, el día 24 de agosto de 2016.

    Esta voluntad bidireccional, de realizar acuerdos y de buscar la justicia social, ha permitido la consolidación de escenarios de justicia transicional donde se ofrece un tratamiento jurídico diferencial a los individuos y grupos que han participado en el conflicto armado.

    La justicia transicional, en su acepción más frecuente, se entiende como una serie de mecanismos para pasar de la dictadura a la democracia, o bien para hacer tránsito de un escenario de conflicto a uno de paz. Sin embargo, también se encuentra el entendimiento de la justicia transicional como la articulación de diversas ideas de justicia, en donde el conjunto de mecanismos que componen la misma articulan los diversos conceptos de justicia.

    Tradicionalmente los programas de reparación se han entendido como una expresión del concepto de justicia correctiva en el marco de la justicia transicional, en cuanto intentan corregir las consecuencias dañinas de las atrocidades cometidas bajo las dictaduras o en el curso de un conflicto armado. No obstante, últimamente se ha llegado a cuestionar si también podrían inspirarse en el concepto de justicia restaurativa y/o en el de justicia distributiva.

    De ese modo, los procesos penales y las penas tradicionales también se han entendido como una expresión del principio de justicia retributiva en el marco de la justicia transicional. Y lo mismo ocurrió con las comisiones de la verdad dentro del proceso de verdad y reconciliación del caso sudafricano, donde se reconoció en este instrumento un mecanismo para la implementación de la justicia retributiva.

    Finalmente, las políticas sociales que componen los programas de justicia transicional representan el principio de justicia distributiva en el marco de los procesos transicionales.

    Es posible señalar varias conclusiones preliminares. Así por ejemplo, en el sentido de que cada mecanismo de justicia transicional responde a un concepto de justicia: correctiva, restaurativa o distributiva. La justicia transicional generalmente ofrece respuestas institucionales a las atrocidades, llámense tales respuestas comisión de la verdad, procesos penales, unidades de reparaciones, centros de memoria histórica o de otra manera; y ello es así por cuanto el cambio institucional genera a su vez transformación social. Además, el énfasis institucional de la justicia transicional se debe a que muchas situaciones de conflicto armado o de déficit en la democracia se producen en razón de la ausencia de fuerza en las instituciones.

    Y una conclusión preliminar es también la relacionada con la falta de atención prestada a las respuestas no institucionales, como las intervenciones artísticas, dentro de la literatura de la justicia transicional, y ello pese a que esas respuestas no institucionales –performance, teatro, narrativas de ficción, películas, entre otras– son cada día más frecuentes y más visibles.

    Dicho lo anterior, las intervenciones culturales pueden ser entendidas como respuestas no institucionales a las atrocidades, expresiones de otra idea o principio de la justicia –como la justicia afectiva o la justicia estética–, herramientas de cambio social en el escenario de la justicia transicional, etc.

    En relación con ello, existen numerosas experiencias de intervenciones artísticas en procesos de justicia transicional. Así por ejemplo, el libro The Arts of Transitional Justice¹ contiene una recopilación de estudios de caso con base en métodos cualitativos, particularmente entrevistas y encuestas a las víctimas en diferentes escenarios, sobre el impacto de las intervenciones cultuales en los procesos de justicia transicional.

    Vale la pena, en este lugar, mencionar seis casos en los que las víctimas promovieron intervenciones culturales que cumplían con los programas de la política transicional en los diferentes Estados. Se puede observar entonces que en Afganistán algunos colectivos de víctimas concuerdan en que todos los movimientos culturales relativos a la creación y producción de cine independiente fueron apropiados para narrar lo que había acontecido durante más de tres décadas de conflicto, en oposición a las respuestas institucionales, logrando por esa vía la activación y preservación de la memoria histórica y una mejor comprensión de los hechos acaecidos. En el caso particular de Afganistán, su larga tradición en materia de poesía, narración oral, mitos, epopeyas y teatro ha facilitado que a partir de acciones cotidianas se promuevan actos de perdón, memoria, verdad y reconciliación.

    Por otro lado, en Sudáfrica, The blue dress representa una intervención cultural basada en los hechos relatados por el reporte final de la Comisión de la Verdad de ese país, donde se dedica un acápite a los crímenes cometidos en contra de los activistas de derechos humanos en la época del apartheid, y en especial en contra de las mujeres activistas. A este respecto es representativo el caso de una lideresa que fue torturada, violada, confinada en una mazmorra y posteriormente asesinada. Sus restos fueron encontrados desnudos y sus genitales fueron cubiertos por un trozo de plástico azul. Inspirándose en este crimen, la artista Judith Mason creó The blue dress², obra que estuvo expuesta en la entrada de la Corte Constitucional sudafricana y que presenta un vestido largo hecho de plástico, con el cual se pretende recordar el sufrimiento de la activista sudafricana torturada, degradada y asesinada. Al respecto, las víctimas encontraron que, si bien el informe final de la Comisión de la Verdad recogió el caso, la intervención pública que se hizo mediante The blue dress fue más efectiva a la hora de brindar visibilidad a las mujeres víctimas.

    El ya citado libro The Arts of Transitional Justice resalta asimismo la potencialidad de las intervenciones culturales para lograr la revelación de sentimientos profundos y complejos que probablemente las vías institucionales de la justicia transicional no conseguirían revelar. Esto se refleja en intervenciones artísticas como, en Angola, en el caso de la Kuduro dance. Esta danza, de conformidad con los resultados de las entrevistas realizadas a los grupos de víctimas, tuvo una mayor capacidad para expresar lo que realmente sentían las víctimas –en especial en lo relacionado con las mutilaciones– que los reportes que daban cuenta de esas atrocidades.

    Otro caso que da cuenta de las grandes potencialidades de las intervenciones artísticas dentro de la justicia transicional es el del Movimiento de las Arpilleras en Chile. Esta iniciativa, según las propias víctimas, resultó ser un mecanismo apropiado para complementar las narrativas oficiales e institucionales referidas a las violaciones padecidas. Es así como surgió una forma artística inigualada en el arte popular latinoamericano, un arte nacido de la adversidad y de la vida diaria, un arte que desafiaba al fascismo. La arpillera –que en inglés se llama "burlap"– pasó a significar la tela de la resistencia, y el movimiento de asociaciones de víctimas no oficializadas que lleva su nombre se dedicó a plasmar mediante el tejidos la victimización para reclamar justicia, denunciar y realizar actos de memoria.

    Por otro lado, en el caso de Ruanda es de resaltar la gran potencialidad de las intervenciones artísticas para lograr la rehabilitación y el empoderamiento de las víctimas. Siendo de señalar que después del genocidio el 70 % de la población sobreviviente eran mujeres, las cuales habían perdido a sus familiares y, en especial, a sus esposos, esto en un contexto de sociedades altamente patriarcales y con un alto grado de vulnerabilidad.

    En el caso particular, las víctimas comenzaron a organizarse, más allá de las barreras culturales, y empezaron a bordar unas canastas llamadas "woven baskets". Ese hecho tuvo un efecto terapéutico, de reconciliación, y empoderó a las víctimas. Tres años después, la ONU decidió emprender un proyecto para la comercialización de esos productos.

    Igualmente, se debe resaltar el poder del arte y las intervenciones culturales como insumo principal para potenciar acciones de reconciliación y perdón entre agresores, víctimas y comunidad en general. El Proyecto de Tambores y Reconciliación en Burundi representa un caso de reconciliación a través de la música y la danza, donde por iniciativa de las víctimas y a través de procesos de autogestión se conformaron bandas musicales integradas por sobrevivientes de las diferentes etnias en conflicto.

    Los seis casos presentados pueden considerarse ejemplos altamente exitosos de intervenciones culturales en materia de justicia transicional –gracias al involucramiento de la percepción y la experiencia de las víctimas–, las cuales resultan sin duda más efectivas que las iniciativas oficiales (reportes de la Comisión de la Verdad, procesos de judicialización, programas de reparación, etc.). Las experiencias exitosas tienen algunos elementos significativos en común: fueron intervenciones no institucionales, desarrolladas por las propias comunidades y estrechamente vinculadas al contexto, y ello a pesar de no contar con una fórmula o patrón a seguir.

    Finalmente, es preciso señalar que las intervenciones artísticas en los escenarios de justicia transicional afrontan diversos retos y dilemas para transformar la realidad social y alcanzar los fines de la justicia. El primer reto lo menciona Pablo de Greiff, Relator Especial de la ONU sobre Verdad, Justicia, Reparación y Garantías de No Repetición, al decir que es difícil articular la justicia transicional con las intervenciones artísticas porque la justicia transicional es por definición instrumental, mientras que las intervenciones culturales o el arte propiamente dicho no son instrumentales sino que contienen un valor en sí mismos.

    Un segundo reto de carácter metodológico es el de cómo determinar el real impacto de las intervenciones culturales en los escenarios de justicia transicional. La literatura sobre justicia transicional dedica toda la atención a los mecanismos institucionales y deja a un lado los mecanismos no institucionales. Y los pocos textos al respecto no dan cuenta de los efectos reales de estos últimos mecanismos, en particular, de las intervenciones culturales. Además, es de señalar que los estudios que defienden o desconfían de las intervenciones culturales en escenarios de justicia transicional tienden a ser altamente especulativos.

    Un tercer reto se relaciona con la pregunta de si debería evitarse la creación de memoria histórica mediada por las expresiones artísticas. Dicho de otro modo, las expresiones artísticas pueden crear memoria histórica, pero debe reflexionarse sobre hasta qué punto se puede permitir que por medio de las intervenciones artísticas se dé forma a la historia, siempre con el riesgo latente de su manipulación.

    Por otra parte, ¿cómo evitar que el arte genere revictimización? ¿Cómo armonizar las intervenciones culturales y las producciones artísticas con las finalidades de la justicia transicional sin que se tornen funcionales o incluso se sometan del todo a determinados intereses o programas políticos?

    En síntesis, es necesario que los procesos de transición o de justicia transicional involucren espacios institucionales que promuevan y potencien espacios para abordar las respuestas no institucionales adoptadas por sectores sociales como las víctimas, las ONG y la sociedad civil en general, pues de alguna forma dichas respuestas han sido ignoradas, y ello pese a que contienen en sí mismas las razones que permiten hablar del concepto de justicia estética.

    En este sentido, existe un cúmulo de experiencias comparadas que permiten presumir las virtudes de las intervenciones artísticas en procesos de justicia transicional. Ahora bien, pese a las experiencias comparadas que se pueden calificar como exitosas, se presentan dilemas aún sin resolver entre justicia transicional y arte, que hacen que ese puente que las intercomunica no sea tan claro y exija una conversación a través de diferentes disciplinas, donde artistas, dramaturgos, políticos, académicos, gobiernos y la sociedad en general se orienten en un sentido que permita el abordaje de un nuevo concepto de justicia.

    Diego González

    Magistrado auxiliar de la Corte Constitucional de Colombia

    Docente investigador, Departamento de Derecho Constitucional

    Universidad Externado de Colombia

    LILIANA MENDOZA ORTIZ*

    YOLANDA SIERRA LEÓN**

    CAPÍTULO PRIMERO

    El arte de reparar: ficciones que transforman la realidad

    The art of repair: fictions that transform reality

    SUMARIO

    Introducción. 1. Reparar con símbolos: realidades y ficciones. 2. Corte Penal Internacional: de la reparación material a la reparación simbólica. 3. Reparación simbólica en la Corte Interamericana de Derechos Humanos: más allá de las comisiones de la verdad. 4. Ficciones para transformar realidades: arte como principio y fin. Conclusiones.

    RESUMEN

    La reparación simbólica es un tipo de reparación que no puede estar fundada en la restitución de la víctima a su estado anterior, pues la realidad y el universo de significados pasados habrán contribuido a la configuración estructural de la violencia sufrida. En este primer capítulo se plantea la hipótesis de que la reparación simbólica es una ficción jurídica que requiere del arte y la cultura para su implementación. Para evidenciar estos procesos, en el primer apartado se discute la necesidad y pertinencia de la reparación simbólica, así como sus características como ficción jurídica en el campo de los derechos humanos. Posteriormente, con el fin de mostrar cómo la jurisprudencia internacional se ha desarrollado en torno a la reparación simbólica en contextos de justicia transicional, se realiza un recorrido por dos importantes cortes. El segundo apartado contiene el análisis de la reparación simbólica en la Corte Penal Internacional, tomando como referencia el caso The Prosecutor v. Thomas Lubanga Dyilo para discutir de qué manera las decisiones recientes han cambiado el rumbo de las reparaciones tradicionalmente ordenadas en ese organismo. En la tercera parte se muestra cómo la tradición de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha propuesto para los casos de justicia transicional medidas de reparación inmaterial enfocadas en el resarcimiento del derecho a la verdad y a la memoria. Finalmente, en el cuarto apartado se ilustra de qué forma el litigio estético y el litigio artístico pueden ser conceptualmente insertados en el marco conceptual de la reparación simbólica como ficción jurídica. Concluimos que el arte y la cultura son vehículos ideales para la reparación simbólica ya que constituyen narrativas ficcionales que consiguen reinstaurar los pactos sociales que se realizan en los procesos de justicia transicional.

    PALABRAS CLAVE

    Reparación simbólica, arte, verdad, ficción, Corte Penal Internacional, Corte Interamericana de Derechos Humanos.

    ABSTRACT

    The symbolic reparation is a type of reparation that can not be based on the restitution of the victim to the previous stage, since all the universe of meanings in the past helped in the structural configuration of the violence suffered. This first chapter, proposed that the symbolic reparation is a legal fiction that requires art and culture for its implementation. To demonstrate these processes in the first section

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