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Instrumento de evaluación del sistema de control de los alimentos: Dimensión B - Funciones de control
Instrumento de evaluación del sistema de control de los alimentos: Dimensión B - Funciones de control
Instrumento de evaluación del sistema de control de los alimentos: Dimensión B - Funciones de control
Libro electrónico170 páginas1 hora

Instrumento de evaluación del sistema de control de los alimentos: Dimensión B - Funciones de control

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La dimensión B se centra en los procesos y los resultados de las actividades de control inherentes al sistema nacional de control de los alimentos. Esta dimensión, revisa las funciones de control que ejercen las autoridades competentes sobre los empresarios del sector alimentario (ESA) - ya sea a nivel nacional, de importación o de exportación - para garantizar la seguridad y la calidad de los alimentos para los consumidores nacionales a lo largo de la cadena alimentaria y las prácticas de comercio justo. También mapea las funciones y los mecanismos de control necesarios a nivel de los suministros de los alimentos, para identificar, monitorear, predecir y manejar los peligros de inocuidad alimentaria y los riesgos emergentes, y para hacer frente a emergencias alimentarias. Los principales mecanismos que deberían implementarse incluyen programas de recolección de datos sobre productos alimenticios (también conocidos como programas de monitoreo), programas de recolección de datos sobre enfermedades transmitidas por alimentos (también conocidos como programas de vigilancia), así como programas destinados a gestionar emergencias de seguridad alimentaria.

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Instrumento de evaluación del sistema de control de los alimentos: Dimensión A - Aportaciones y recursos
Instrumento de evaluación del sistema de control de los alimentos: Dimensión C - Interacciones con las partes interesadas
Instrumento de evaluación del sistema de control de los alimentos: Dimensión D - Base científica/de conocimientos y mejoramiento continuo

IdiomaEspañol
Fecha de lanzamiento21 jun 2020
ISBN9789251324707
Instrumento de evaluación del sistema de control de los alimentos: Dimensión B - Funciones de control

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    Instrumento de evaluación del sistema de control de los alimentos - Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura

    B.1

    ACTIVIDADES DE CONTROL RUTINARIO DE LOS PRODUCTOS ALIMENTICIOS

    B.1.1

    CONTROLES INTERNOS

    Los controles rutinarios realizados en relación con los ESA se planifican, gestionan y realizan de manera que se garantice la inocuidad y la calidad de los productos introducidos en el mercado.

    B.1.1.1

    CRITERIO DE EVALUACIÓN: Todos los ESA principales están registrados con fines de inspección y control oficial.

    ORIENTACIONES

    Lo ideal sería que todos los ESA estuvieran registrados, para facilitar la supervisión por las autoridades competentes. De esta manera serían conocidos y se los podría incluir en los modelos de categorización de los riesgos, la planificación de las visitas de inspección, etc. Sin embargo, hay que reconocer que para algunos gobiernos resulta difícil garantizar que todos los ESA estén registrados en la práctica. El registro incluye la concesión de licencias, las autorizaciones, la aprobación, la notificación o cualquier procedimiento que vincule oficialmente a los ESA con las autoridades competentes.

    En ese caso, las autoridades competentes deben asegurarse de que estén registrados con fines de inspección y control oficial por lo menos todos los ESA principales. Cada país puede definir el término principal de acuerdo con sus necesidades. El criterio para determinar lo que constituye un ESA principal tendrá características únicas en función de las circunstancias del país y debe estar documentado. Para ello tiene que funcionar un sistema de establecimiento de prioridades entre los ESA principales basado en pruebas sólidas, o posiblemente en los riesgos. Sería preferible que el requisito jurídico para estar registrado estuviera recogido en la legislación alimentaria. Podría suceder que figurase en otras leyes (por ejemplo, de comercio), pero en tal caso las autoridades competentes que se ocupan del control de los alimentos deberían tener acceso a esa información de registro o a las partes que se requieran con fines de control de los alimentos.

    Nota: En los criterios de evaluación B.1.1.1 y B.1.1.2 se examina el concepto de registro de los ESA a lo largo de la cadena alimentaria, en el B.1.1.1 se hace de manera más básica y en el B.1.1.2 de forma más exhaustiva.

    POSIBLE RESULTADO

    Los ESA principales están bajo el control reglamentario de las autoridades competentes.

    POSIBLES INDICADORES

    >Número total de ESA registrados, frente al número total de ESA.

    >Criterios/justificación utilizados para determinar lo que define a los ESA principales en las circunstancias del país, si se utiliza este concepto en él.

    >Sistema en vigor para el establecimiento de prioridades entre los ESA vinculados oficialmente a las autoridades competentes.

    FUENTES DE DATOS

    >Lista de ESA registrados.

    VÉASE TAMBIÉN

    A.1.3.7 [En la legislación figura un mecanismo que permite a las autoridades competentes identificar a todos los ESA a lo largo de la cadena alimentaria]

    B.1.1.2

    CRITERIO DE EVALUACIÓN: Todos los ESA, incluidos los establecimientos de producción primaria, están registrados con fines de inspección y control oficial.

    ORIENTACIONES

    Las autoridades competentes deben tener registrados todos los ESA, incluidos los establecimientos de producción primaria (por ejemplo, las explotaciones agrícolas) para poder supervisarlos. Esto constituye la base para la categorización posterior de los riesgos de los establecimientos, así como para la planificación de las inspecciones. Hay que reconocer que en las etapas iniciales del desarrollo no todos los países están en condiciones de demostrar que todos los ESA a largo de la totalidad de la cadena alimentaria están sometidos al control reglamentario de las autoridades competentes. No obstante, en los sistemas más avanzados se debería poder demostrar, mediante el registro, que las autoridades competentes conocen la comunidad de ESA en su totalidad, tal como está definida en la legislación, y tienen acceso a

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