PROTECCIÓN DE LA SALUD
Y COMPETENCIA ECONÓMICA DEL SECTOR
El pasado 16 de agosto de 2021 la Comisión Federal de Competencia Económica, Cofece, multó a algunas personas físicas por coludirse en el mercado de distribución de medicamentos. Por un lado, la determinación de la Cofece reitera al mercado de medicamentos como un proveedor relevante del sector; es decir, se establece la posible existencia de probables responsabilidades a los agentes económicos participantes en prácticas monopólicas. Esta sanción por parte de la autoridad en competencia económica no es la primera aplicada en el mercado de medicamentos, lo cual pone de manifiesto la urgencia de contar con instituciones para lograr en todo momento la tutela efectiva del derecho a la protección de la salud.
La observación general 14 sobre “El derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud” determina que el derecho a la salud “debe entenderse como un derecho al disfrute de toda una gama de facilidades, bienes, servicios y condiciones necesarios para alcanzar el Si bien dicha observación concluye con la función activa del Estado, se puede interpretar de manera teleológica que velar por el correcto funcionamiento del mercado de medicamentos es una forma de facilitar el acceso a bienes y servicios que tienen un impacto en la vida de las personas.
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