Las ciencias forenses y los derechos humanos en Argentina
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Este libro busca promover la organización de los recursos científicos ya existentes, la formación de Institutos de Investigación Pericial que nucleen profesionales, técnicos e idóneos que comprendan y se comprometan con su tarea.
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Las ciencias forenses y los derechos humanos en Argentina - Emma Virginia Créimer
las ciencias forenses y Los
derechos humanos en Argentina
Emma Virginia Créimer
Las ciencias forenses y Los derechos humanos en Argentina
Emma Virginia Créimer
ISBN: 978-987-8321-06-6
Arte de tapa: Mariana Gabor, Se trata de nosotras III
Serie Trata 2013-17, 135 x 150 cm acrílico sobre tela
Diagramación: Mariana Cravenna
Corrección: Vanesa García
© Editorial Maipue, 2019
Tel/Fax: 54 (011) 4624-9370 / 4458-0259 / 4623-6226
Zufriategui 1153 (1714) – Ituzaingó
Pcia. de Buenos Aires – República Argentina
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Queda hecho el depósito que establece la Ley 11.723.
Libro de edición argentina.
No se permite la reproducción parcial o total, el almacenamiento, el alquiler, la transmisión o la transformación de este libro, en cualquier forma o por otro cualquier medio, sea electrónico o mecánico, mediante fotocopias, digitalización u otros métodos, sin el consentimiento previo y escrito del editor. Su infracción está penada por las leyes 11.723 y 25.446.
Índice
Nota a los lectores
Agradecimientos
Prefacio
Sección I
Aspectos teórico-prácticos de las ciencias forenses y la práctica pericial en delitos contra los DDHH
Capítulo 1
Del sujeto peritado al perito sujetado: discusiones éticas sobre la práctica forense
Capítulo 2
La medicina legal, la investigación criminal y las ciencias forenses
Algunos de los hitos de la historia de la medicina legal en el mundo
Historia de la medicina legal en Argentina
Capítulo 3
Los investigadores
Los científicos y sus colaboradores: los peritos
Clasificación de los peritos
Informe pericial
Capítulo 4
El rol de la medicina legal
Capítulo 5
Responsabilidad profesional médica. Deontología y diceología médica
Resultados
Conclusiones
Capítulo 6
Falta de contundencia pericial: ausencia de compromiso como medio de autoprotección
Capítulo 7
Importancia de la documentación médica en las investigaciones por responsabilidad profesional
Resultados
Conclusiones
Nuestra realidad: proyecto de laboratorios forenses de la República Argentina
Emma Virginia Créimer
Coautores: ingeniero Pedro Dilmar Villagrán, doctor Iván Hervoy Krbavcic; Argentina
Creación de Laboratorios Regionales de Investigación Criminal y Ciencias Forenses articulados en red para Argentina
República Argentina
Creación de los Laboratorios Regionales de Investigación Criminal y Ciencias Forenses
Creación de la Red Nacional de Ciencias Forenses de Argentina
La criminalística y la teoría del caso en el sistema acusatorio adversarial
Doctor Juan Fernando González Porras, profesor investigador de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Criminología de la Universidad Autónoma de Tlaxcala, México
Objetivos de la criminalística
Fines de la criminalística
Principios de la criminalística
Preguntas de oro de la criminalística
Método científico
Método inductivo
Método científico deductivo
Método científico
Pasos del método científico aplicados en la investigación criminalística
Metodología de la investigación en el lugar de los hechos
Clasificación del lugar de los hechos
Indicio
Valor investigativo de los indicios
Fuentes de indicios
Cadena de custodia
Teoría del caso
Características de la teoría del caso
Elementos de la teoría del caso
Construcción de la teoría del caso
Trazas del crimen: el análisis de ADN como herramienta forense y su utilización en el sistema judicial
Doctor Gabriel Bosselli, Argentina
Nociones básicas de la biología del ADN
La evidencia de ADN
Identificando la evidencia de ADN
Preservar la integridad de la escena del crimen
Contaminación
Cadena de custodia
Transporte y almacenamiento
Breve descripción de los pasos del análisis de ADN
dentro del laboratorio genético
Análisis de ADN. Resultados posibles
Inclusión
Exclusión
Resultados no concluyentes
Análisis especiales de ADN. Marcadores de linaje
Cromosoma Y
ADN mitocondrial
Admisibilidad de la prueba de ADN en el sistema judicial
Conclusión
Introducción a la toxicología forense
Bioquímica María Eugenia Carignano, Argentina
Sistemática analítica toxicológica
¿Qué se investiga?
¿Dónde investigo?
¿Cómo investigo?
Estudios toxicológicos
Embalaje, cadena de custodia, conservación e informe de la muestra a peritar
Embalaje
Cadena de custodia
Conservación
Informe
Sección II
Aspectos teórico-prácticos de la violencia de género
Capítulo 1
Violencia de género y violencia intrafamiliar-feminicidio
Introducción a las categorías género, cuerpo y sexo
Perspectiva de género
Violencia contra la mujer
Caso 1
Caso 2
Caso 3
Los profesionales y la violencia contra la mujer
Los equipos de salud y la violencia contra la mujer
Aborto legal, seguro y gratuito
Violencia obstétrica
Capítulo 2
Implicancias éticas, políticas y sanitarias en la violencia contra la mujer
Protocolo femicidios/feminicidios
Capítulo 3
Violencia sexual contra mujeres en Latinoamérica y el Caribe
Capítulo 4
Guía para la intervención medicolegal en delitos contra la integridad sexual
Examen de la víctima
Etapas del examen
Capítulo 5
Innovación curricular en ciencias de la salud para la prevención de violencia de género
Educación para la salud
Enfoque pedagógico
Generalidades de las TIC
Las TIC y los programas de formación
Las TIC y las ciencias de la salud
Las TIC y el programa de formación en ciencias de la salud para la prevención de violencia de género
Metodología para la implementación del programa de innovación en la enseñanza con perspectiva de género
Prueba piloto: aplicación y generalidades del programa
Opiniones sobre la experiencia del laberinto
Conclusiones
Aspecto infectológico en el abuso sexual
Doctora Rosana Corazza, Argentina
Infecciones de Transmisión Sexual
Chlamydia trachomatis
Infección por gonococo
Sífilis
Trichomonas vaginalis
Hepatitis B
Infección por VIH en circunstancia de abuso sexual
Conducta médica asistencial a seguir a posterioridad de un abuso sexual reciente
Profilaxis posexposición
Profilaxis para Infecciones de Transmisión sexual en Situación de Abuso
Conclusiones
La investigación de los delitos sexuales seriales a través de la perfilación criminal
Licenciado Javier Francisco Chilo, Argentina
Gabinete de Información y Análisis Criminológico
Estudios sobre sistemas extranjeros de administración de la información criminal
El fenómeno del comportamiento criminal serial
En el mundo
En Córdoba
La construcción de una especialidad
Antecedentes de la perfilación criminal
Definiciones conceptuales sobre perfilación criminal
Desarrollo de clasificaciones de agresores seriales utilizadas en la perfilación criminal
Diferencias teóricas entre lugar del hecho organizado frente a desorganizado
Avance en las clasificaciones de agresores seriales
Resultados
Categoría 1°: violador motivado por deseo del poder y control
Categoría 2°: violación motivada por la furia
Algunos resultados obtenidos sobre los sistemas de información criminal
Consideraciones finales
Camino de sobrevivientes: apuntes para cambiar la realidad en la violencia contra la mujer
Presentación del observatorio latinoamericano de justicia en feminicidio
Doctora Cristiane Brandao, Brasil
¿Por qué un observatorio
?
¿Por qué un observatorio latinoamericano?
¿Por qué un observatorio latinoamericano de justicia en feminicidio
?
Aportes de la anatomía patológica en la investigación criminal
Doctora Verónica Herrero Doucloux, Argentina
Importancia de la histopatología en las autopsias forenses: como rutina o en casos puntuales
Remisión de muestras al laboratorio de histopatología
Recipientes
Fijación
Cadena de custodia y documentación complementaria
Laboratorio de histopatología
Recepción de la muestra en el laboratorio
Toma de muestras
Procesamiento
Observación histológica
Elaboración del informe
Obstáculos que pueden malograr una pericia histopatológica
Sección III
Aspectos teórico-prácticos de las violaciones de los DDHH en la infancia.
Herramientas de investigación. Contexto nacional e internacional
Capítulo 1
Violencia contra la niñez: un flagelo subterráneo contra la humanidad
Metodología de abordaje psicológico
Validación del diagnóstico de abuso sexual
Diagnóstico de abuso sexual: metodología de abordaje físico y fundamentos de su elaboración
Análisis de la realidad de las declaraciones
Criterios fundamentales derivados de declaraciones únicas
Criterios negativos o de control
El derecho internacional en los casos de violencia contra la infancia
Doctora Elva Leonor Cárdenas Miranda, México
Marco jurídico internacional de la violencia contra las niñas, niños y adolescentes
Introducción
Declaración de los Derechos del Niño de 1924
Declaración de Derechos del Niño de 1959
Convención de los Derechos del Niño de 1989
Protocolos facultativos de la Convención sobre los Derechos del Niño
Observaciones Comité de Derechos del Niño
Expresiones de abuso sexual infantil a través de los dibujos
Licenciada Inés Ortalli, Argentina
Herramientas para evitar la revictimización. ¿Quién le teme a la cámara Gesell?
María Beatriz Müller, Argentina
Adolescencia y crimen desde la perspectiva del objeto de desecho
Licenciado Gabriel Letaif, Argentina
Adolescencia y transgresión de la ley penal
El adolescente y resto del Otro
Ficciones carentes de un ordenamiento simbólico que empujan al naufragio de la subjetividad
Acerca de los dispositivos: no retroceder ante la responsabilidad subjetiva
Gonzalo: la sombra del Padre
Pedofilización de la trata y tráfico de personas: la psicoinformática como nueva herramienta investigativa
Emma Virginia Créimer
Colaboradores: Dayer Mohuanna, Mariano Mosca; Argentina
El estudio informático del contenido de los soportes secuestrados
La investigación psicológica del perfil del usuario
La sumatoria de los factores como nueva herramienta investigativa
El burn out como regla: sobrevivir tendiendo puentes
Sobrevivientes de Ecuador
Paola Andrade, Ricardo Vélez; Ecuador
Paola, una niña rebelde
Ricardo y Paola: del silencio a la voz
Ricardo, recuperando su voz
Rompiendo el silencio de los buenos se cambia la historia
El primer reportaje de la campaña
La meta
Los logros más importantes
Una alianza con Unicef
Cambiando leyes
Creando vídeos que cambian la historia
Creando redes para ayudar
Terremoto en la Iglesia católica
Sección IV
Aspectos teórico-prácticos de la violencia institucional: protocolos para su abordaje
Capítulo 1
Trastornos confusionales, palo y a la bolsa
Capítulo 2
Proyecto de creación de un gabinete forense de derechos humanos
Metodología propuesta para la puesta en marcha modulada del proyecto
Objetivos de la intervención
Instructivo
Preguntas básicas que el experto debe realizarse
Consentimiento informado
Examen físico
Examen psicológico
Consideraciones medicolegales: interpretación de los hallazgos
Signos físicos
Signos psicológicos
Conclusiones y recomendaciones
Protocolo de reconocimiento medicolegal
Datos personales
Anamnesis
Exploración física
Aparato cardiovascular
Aparato respiratorio
Consideraciones preliminares de importancia medicolegal
Consentimiento informado de examen médico y exposición fotográfica
Protocolo de obducción
Oficio tipo para enviar a las unidades fiscales de investigación
Muerte en custodia: una mirada medicolegal
Profesor doctor Oscar Lossetti, Argentina
Concepciones preliminares
Marco definitorio conceptual
Aspectos medicolegales a tener en consideración
Escena del hecho
Maniobras y medios de contención y reducción física
Testimonios sobre los puntos 1 y 2
Intervención médica: documental médica
Autopsia – Minnesota: manual procedimientos
Tortura: Protocolo de Estambul
Sección A
Sección B
Sección C
Sección D
Incidencia de alcohol y drogas de abuso
Comentarios finales
Tortura, proceso judicial y negación. La pericial médica forense un arma eficaz para deconstruir los procesos de negación estatal
Gabriel Ganón, Argentina
La tortura a través de la historia
El proceso judicial y la tortura
El caso argentino: los procesos de negación durante la dictadura
Tortura y ciudadanía
Fetichismo legal: la oscura realidad de la dualidad del Derecho
Prevención de la tortura. Entre la negación, el estado de Derecho y el estado de excepción
Las distintas formas de negación
La prevención de la tortura en concreto
Importancia de las pericias médico-forenses para provocar la ruptura de los distintos procesos de negación que con cobertura institucional se despliegan y poder desentrañar la realidad de los hechos. Un ejemplo paradigmático: La desaparición forzada seguida de muerte de Franco Casco en Rosario
Las seis desapariciones forzadas en Santa Fe desde 2009 a 2016
Conclusiones
La investigación penal de la violencia institucional
Doctor Juan Patricio Murray, Argentina
La justicia durante el terrorismo de Estado. Pronunciamientos judiciales e institucionalización de la impunidad
La cosa juzgada irrita
Violación de la regla constitucional de competencia federal
Prueba absurdamente valorada
La no aplicación del nen bis in idem
a casos no juzgados
La cosa juzgada
. Regla y excepciones
La cosa juzgada
y la Constitución Nacional
La cosa juzgada y el ne bis in idem
Determinación del riesgo de condena como momento a partir del cual opera la garantía
Casos en que se revirtieron afirmaciones basadas en la cosa juzgada írrita. Importancia de las pericias médico-forenses para desentrañar la realidad de los hechos
Caso Cambiaso/Pereyra Rossi
Masacre de calle Juan B. Justo
Conclusiones
Los medios de comunicación y su influencia sobre la investigación criminal
Periodista Horacio Cecchi, Argentina
Mensajeros y policiales
Matar al mensajero
Salud y torturas
Emma Virginia Créimer
Colaboradoras: fotógrafa pericial María Rodríguez Créimer, abogada María Virginia Sáez De Guinoa; Argentina
Metodología de trabajo en terreno
Salud y torturas en la provincia de Santa Fe de la Vera Cruz
Cárcel de mujeres
Alcaidía de mujeres
Unidad carcelaria de Piñero
Melincué
Apéndice
Camino de los sobrevivientes: tratos crueles, degradantes e inhumanos
Presentación de casos problema
1) Presentación de casos en violencia de género
2) Presentación de caso problema: abusador sexual serial
3) Presentación de caso problema en violencia institucional
4) Presentación de caso problema en violencia institucional
Anexo I
Encuesta realizada y gráficos de tortas
Anexo II
Presentación fotográfica del programa de formación
La caja y el laberinto
Bibliografía
Nota a los lectores
Varias décadas dedicadas a las ciencias forenses, la investigación de casos mediáticos y silenciosos, narcotráfico, pornografía infantil, corrupción judicial, violencia institucional (torturas, vejaciones, muertes en custodia), abusos sexuales, desapariciones forzadas, homicidios, suicidios, muertes por falta de la correcta asistencia médica, me han llevado a dedicar prácticamente toda mi vida a mi trabajo, con el compromiso que varias generaciones de mujeres, mi bisabuela Emma, mi abuela Matilde y mi madre Diana, me han dejado como legado.
Me he visto en las alturas sin marearme, creando los Laboratorios Regionales de Ciencias Forenses de la República Argentina y la Red Nacional de Ciencias Forenses, que dirigí durante sus primeros dos años de vida.
Me he visto en las profundidades y en la oscuridad, cuando luego de varias amenazas dejaron un cuchillo ensangrentado en pleno día en la cerradura de mi casa estando mi hija adolescente sola en su interior, sin saber si era su sangre la que el cuchillo esgrimía.
Me he llegado a dar por vencida.
Sin embargo, en las alturas y en las profundidades, siempre tuve la posibilidad de verme en el reflejo que proyectaban los ojos de mis hijos y mi marido, acompañándome sin importar qué, cuándo o dónde, pero sabiendo muy bien el por qué.
Este manual viene a dar respuesta a sus ojos, a los ojos de mis alumnos y de mis compañeros de batallas quijotescas.
Aun así, no puedo dejar de mencionar que el contacto histórico con los sobrevivientes de delitos contra las personas me ha liberado el espíritu literario de la sensación de que nunca estaría a la altura de las circunstancias para volcar los conocimientos científicos o las historias vitales o fatales que me han atravesado.
Fue el redescubrimiento en la fuerza de los sobrevivientes quien me terminó indicando que este es el momento y que, con todo respeto y humildad, esta será la forma de transmitir lo acopiado en este camino.
Y fue la lucha por los Derechos Humanos en Argentina la que fundó siempre mi trabajo y las historias y los caminos de quienes sobrevivían, que me mantuvieron fuerte a pesar de tantos golpes.
Será entonces esta la combinación de factores que regirán el contenido de este libro.
Me acompañan ilustres catedráticos nacionales y extranjeros, quienes con total gentileza se sumaron a este desafío, pero han sido seleccionados por su compromiso y constancia en la defensa de los Derechos Humanos (DDHH), más que por el peso de los papeles que constituyen sus frondosos currículums.
En estas líneas, encontrarán la introducción teórica a las distintas disciplinas que hacen a la investigación criminal de los DDHH en Argentina, entrelazados en espiral, con la experiencia propia y ajena de ser sobrevivientes.
Creo que las palabras de María, son la mejor presentación de esta historia conjunta:
Domingo 6 de septiembre, 8:22 horas.
Salto de la cama y ya caigo corriendo hacia el baño. Las ganas de vomitar son inminentes.
Ayer nos dejaron un cuchillo en la puerta. Uno de carnicero. Un cuchillo con sangre.
Mi cuerpo hace con todas sus fuerzas, el intento de sacar algo que traigo dentro.
Mamá últimamente la pasó mal, y con ella, todos nos volvimos de acero para sostenerla.
Mamá se siente cansada de luchar.
Las arcadas me dan ganas de llorar. Sé bien lo que mi cuerpo ya no tolera.
Mis hermanos se ríen del suceso del cuchillo. Estamos acostumbrados a las amenazas.
El Estado, para el que mamá dedicó su vida, carrera y militancia no hizo todo lo posible por protegernos.
Mamá nos dijo que no podemos hablar.
Que es peligroso.
Voy a vomitarlo. Mi cuerpo se estremece.
Pienso en todos los pibes que nos mataron, que mamá defendió.
En las chicas que nos violaron y dejaron tiradas como un desecho.
En todos los pobres que nos mató la policía.
Mamá dice que si no nos callamos, nos van a matar.
Vomité.
Lloro.
Mi corazón ahora, toma el lugar. Se estremece.
Pienso en todas las madres que temieron por sus hijos, todas esas madres por las que mi vieja luchó sin titubear.
El Estado hipócrita y mentiroso, le soltó la mano una vez más. Mamá no solo tiene que luchar contra el enemigo, pues quien tuviera que defenderla por su arriesgado trabajo, no lo hace.
Hecha un nudo lloro en el piso frío.
Y de pronto pienso, me cansé.
Me cansé de que le suelten la mano.
Pero me levanto.
Mamá nos enseñó dos cosas: a no traicionar nuestros principios ni venderlos, y a levantarnos.
Me levanto cien veces.
Me levanto porque mi mamá va a salir a luchar otra vez.
Limpio un poco.
Me lavo la cara.
Sin dejar de llorar, noto que ya no tengo miedo.
Aunque nunca nadie lo sepa.
Aunque nunca nadie nos proteja.
Aunque nunca nadie se lo agradezca.
Aunque la maten haciéndolo.
Mamá va a pelear por todos.
Y nosotros vamos a pelear por ella.
Por Cambiaso y Pereyra Rossi.
Por Arruga.
Por Garrido.
Por Ferrón, Bina y Forza.
Por Mara Matheu.
Por Cristian López Toledo.
Por las madres y abuelas de la Plaza.
Por las madres y los padres de hierro.
Por cada pibe y piba, en cada cárcel del país.
Por cada hombre y mujer que suicida la policía.
Por cada niño y niña víctima de abuso sexual.
Así nos callen, así nos suelten la mano.
Así nos sigan llamando para decirnos que nos van a matar.
Así nos rompan los autos, nos descuarticen a los perros.
Así nos maten.
¡Ni un paso atrás!
¡Te amo, Mamá!
María Rodríguez Créimer (mi primer retoño)
Agradecimientos
Dejo este libro como manifiesto de amor a: María, Julieta y Ezequiel, quienes entregaron valientes y convencidos, pero no indolentes, las horas que su madre dedicó a cuidar a los hijos de otros. Aquellos que me acompañaron en esta lucha; quienes me abandonaron, quienes siguen dando lucha día a día desde el anonimato; y quienes, por supuesto, quisieron verme vencida. Y a Matilde Alba Swann, quien cerca hoy de su dios, espero me vea digna, y se ría orgullosa de estas humildes palabras.
Mi agradecimiento a Pato Roma y Maru R. C. por el soporte espiritual durante la construcción de la sección de Aspectos teórico-prácticos de la violencia de género.
También, brindo mi homenaje a la silenciosa maestra, doctora Mónica Pilar Méndez quien, en forma incansable ha dejado parte de su vida para crear un centro de asistencia a las víctimas de delitos contra la integridad sexual donde prime la dignidad, el respeto y la profesionalidad.
Prefacio
La medicina no solo debe curar enfermos sino enseñar al pueblo a vivir, a vivir en salud y tratar que la vida se prolongue y sea digna de ser vivida.
Ramón Carrillo
La situación y coyuntura actual de la República Argentina ha demostrado que resulta de una necedad infranqueable pretender que los operadores judiciales, los fiscales, los defensores oficiales, los jueces y los operadores de DDHH, sin distinguir género, intervengan dando respuestas adecuadas a las alambicadas redes criminales instauradas tanto en estructuras estatales como particulares.
En el presente, no existe en el mundo una estructura de investigación criminal que funcione aislada de la experticia de distintos profesionales, preparados y capacitados en el uso de la ciencia y la tecnología como herramientas de alto valor indiciario y, en ocasiones, probatorio.
La omisión de capacitación en los fundamentos básicos sobre la relevancia de la medicina legal, la investigación criminal y las ciencias forenses para aquellos egresados de las facultades de abogacía y ciencias sociales, medicina, psicología, trabajo social y otras especialidades emparentadas con la investigación de delitos, que ejercerán su profesión en forma responsable a través de distintos posicionamientos en el área penal, debería rozar la mala praxis.
La experiencia demuestra que la investigación criminal de la comisión de un delito no debe ser librada a la erudición individual y que el trabajo de equipos interdisciplinarios redunda en resultados concretos, inmediatos y trascendentes, así como en un enriquecimiento global en calidad y en precisión de los distintos partícipes del proceso investigativo.
En este camino, podemos decir que la enseñanza formal utilizada hasta el presente ha promovido un perfil de profesional destinado únicamente a cubrir una vacante laboral, es decir, solo se ha basado en la empleabilidad del profesional, abocándose únicamente a la base cultural y/o de contenidos teóricos del futuro recurso humano, deshumanizando su función.
Sin embargo, el rol de estos profesionales en una coyuntura de rápida metamorfosis, ha tomado un nuevo rumbo y una nueva responsabilidad social, dando un giro copernicano en la forma de abordar su función frente a la comisión de hechos delictuales, con una realidad de violencia y criminalidad rápidamente cambiante.
Por ello, el nacimiento del presente libro no pretende otra cosa más que, mediante el estudio de los modelos nacionales e internacionales y la experiencia propia, promover la organización de los recursos científicos ya existentes, la formación de Institutos de Investigación Pericial que nucleen profesionales, técnicos e idóneos que comprendan y se comprometan acabadamente con su tarea, trabajando desde su génesis en forma interdisciplinaria y proactiva junto a todos los operadores responsables, sin dejar en un plano secundario la necesaria articulación de estos Institutos con los Laboratorios Regionales de Ciencias Forenses de la Red Nacional de Ciencias Forenses de la República Argentina.
Sección I
Aspectos teórico-prácticos de las ciencias forenses y la práctica pericial en delitos contra los DDHH
Capítulo 1
Del sujeto peritado al perito sujetado: discusiones éticas sobre la práctica forense
El profesional que desarrolla la actividad forense, desde todas sus áreas y disciplinas, se enfrenta a diario con el sector más doliente de la sociedad, representado por aquel ser humano que ha cometido un delito emparentado con aquel otro que ha sido víctima de él.
Témporo-espacialmente juntos, histórica y emocionalmente encadenados a un momento crítico en sus vidas, se presentan en busca de Justicia ante un Poder Judicial profundamente heterogéneo, donde en una hoguera de vanidades se mezclan los dogmas arcaicos y los cambios de paradigmas, en un choque tan titánico como desconcertante.
Si bien esta circunstancia se extiende a todos los delitos, existen algunos de tan profunda atrocidad, que su análisis representa un desafío permanente para el profesional que analiza desde el punto de vista técnico, no-jurídico, cada caso en particular.
Sin hesitar, desde la experiencia personal, existen tres delitos que quiebran con paradigmas científicos y morales, ya por lo aberrantes ya por lo subterráneos; estos son los casos de lesiones, vejámenes, torturas y muertes en custodia, la violencia de género hasta el feminicidio y los casos de Abuso Sexual Infantil (ASI), que no por casualidad cito enlazados en este texto.
La sola selección del perfil del profesional que trabajará con estos delitos implica el primer escollo.
A pesar de la experiencia en su disciplina, de la fortaleza teórica que lo sustente, de los años y/o la intensidad de trabajo de campo que haya acopiado, en la evaluación de los profesionales que deberán enfrentarse a delitos contra los DDHH, e incluyo deliberadamente el ASI dentro de esta categoría, solo puede aproximarse pero no delimitarse taxativamente en entrevistas previas a su ingreso su capacidad para desempeñarse en el cargo que se le ofrece, toda vez que, humanamente, no puede preverse la reacción al miedo ni al dolor (propio y ajeno), ni siquiera de los más experimentados profesionales.
Resulta claro que hay un conjunto de componentes inalienables y básicos en el perfil de estos profesionales: la convicción, el compromiso y la ética.
Surge del Código de Ética Médico enunciado en el Decreto Ley 5413/58 Capítulo I Artículo 3°:
En toda actuación el profesional cuidará a sus enfermos, ateniéndose a su condición humana (...) El personal de salud, especialmente los médicos, encargados de la atención médica de personas presas o detenidas, tienen el deber de brindar protección física y mental de dichas personas y de tratar sus enfermedades en el mismo nivel de calidad que brindan a las personas que no están presas o detenidas...
Sin duda alguna, las víctimas en ambos delitos son seleccionadas por su extrema vulnerabilidad y por la relación asimétrica que se plantea entre el ofensor y la víctima.
Hemos elaborado y reelaborado cientos de miles de páginas y protocolos para la evaluación e investigación científica en estos casos.
Sabemos, en relación con el ASI, que existe una transferencia unidireccional de consignas por parte del adulto abusador que no posibilita un aprendizaje interactivo y, que necesariamente deriva en la programación psíquica a través de la que se transmiten los comportamientos que aparecen como pertenecientes al menor víctima, como explica Reynaldo Perrone.¹
Esta transferencia es responsable de las retracciones, del silencio, de la aparente complicidad, de la excitación sensorial del menor, de las paradojas y contradicciones pasibles de manifestarse.
Desde el punto de vista interdisciplinario psicológico y médico forense, reiteramos hasta la exasperación en los fueros, que aplicamos normas nacionales e internacionales para la evaluación de las víctimas; para revelar la incidencia emocional del delito, la ponderación de esta incidencia en el comportamiento; registramos signo-sintomatología específica, evidencia biológica (cuando existe) y escrutamos su repercusión en los planos psicológicos y psicosexuales.
En delitos tan extremos y aparentemente dispares como los que se traen a colación, podemos aplicar conceptos de Perrone: ... El secreto supone la condición de que las vivencias en cuestión son incomunicables. Entre las personas involucradas nace entonces un vínculo de facto, sin alternativas...
. ... El abusador manipula el poder y carga a la víctima con la responsabilidad del secreto...
.
La aplicación de los códigos de ética de cada profesión, convenciones y pactos internacionales, reglamentaciones internas de cada país, en relación con el cuidado y la no violación de los DDHH, no es redundante sino reafirmante del ejercicio pleno del respeto del otro como sujeto.
La incorporación de la bioética, definida como el estudio sistemático de la conducta humana en el campo de las ciencias de la vida y la atención de la salud, en tanto que dicha conducta es examinada a la luz de los principios y valores morales
en la Encyclopedia of bioethics de Reich,² avizora la complejidad y extensión de la disciplina y abre el camino para el fundamental diálogo y la construcción interdisciplinaria.
Históricamente, en nombre de la ciencia y la justicia, se han violado sistemáticamente tanto la dignidad de la persona como sus derechos fundamentales.
Pero deberíamos preguntarnos qué fibras mueve en los magistrados y funcionarios la exposición de estos delitos que intentan mantenerse subterráneos.
Para los casos de lesiones, vejámenes, torturas y muertes en custodia en particular y los tratos inhumanos y degradantes a las personas, especialmente aquellas que se encuentran bajo la tutela del Estado, sobreabundan leyes, publicaciones, reflexiones desde lo médico, psicológico, lo filosófico y lo ético; con el objeto de defender, por sobre todo, la dignidad y la vida humana como bienes capitales. Exactamente, lo mismo ocurre con los casos de ASI y de violencia de género.
Sin embargo, su visibilización sigue promoviendo posiciones encontradas a nivel popular, donde se enfrentan en el campo de las interpretaciones, sentimientos vindicativos, autoritarismo, orden y justicia y una profunda negación.
Vale preguntarnos qué rol cumple el profesional auxiliar de la Justicia cuando se desata este enfrentamiento.
Estimo que es el conocimiento y el bagaje científico de cada disciplina el que, regido por un alto concepto ético, debe dar respuesta a este interrogante.
Médicos, psicólogos, asistentes sociales y demás operadores técnicos que colaboran en la investigación de estas temáticas, que desempeñan su práctica en el foro deben proceder ceñidos a su ciencia, realizar un diagnóstico
y luego defenderlo en el marco que la función impone.
En palabras de Diego Gracia, Detrás de todo saber existe siempre poder
,³ que enlazados íntimamente generan un potencial creativo que no deja de caminar en la delgada cornisa de las decisiones adecuadas donde, según para donde se incline el caminante, puede desarrollarse un avance social, tecnológico y jurídico altamente positivo o, en su defecto, un daño irreparable. Es entonces cuando a esta dupla de saber-poder
se le impone una instancia moral de equilibrio representada en el deber
.
Los dictámenes periciales deben poseer la claridad y el equilibrio necesarios para ilustrar al magistrado. Los peritos médicos, psicólogos, asistentes sociales, etc., no pueden permitirse (en palabras de Simonin)⁴ ostentar taras psiquiátricas o morales como el orgullo, la ignorancia y/o la deshonestidad, ya que estas atentan no solo contra su función, sino también contra la administración de justicia y la defensa de los derechos humanos.
Habitualmente, surgen de los exámenes médicos y psicológicos forenses de los lugares de detención, condiciones de vida infrahumanas, donde el castigo es la norma y no la excepción y donde la naturalización de la tortura entierra las estadísticas bajo las carnes golpeadas de los justiciables.
Por lo general de las entrevistas médico-forenses y psicológicas de los niños abusados surgen realidades dolorosas, que un lego difícilmente podría poner en palabras pero que un perito debe reflejar ajustado a su ciencia y a los protocolos acordes y vigentes con la contundencia que impone tan importante función social, no solo judicial. Es éticamente inadmisible que dichas circunstancias no consten en los dictámenes periciales.
La cotidianeidad renueva a Foucault: Hay en la justicia moderna, y en aquellos que la administran, una vergüenza de castigar que no siempre excluye el celo y crece sin cesar: sobre esta herida, el psicólogo pulula como un modesto funcionario de la ortopedia moral
.⁵
Sin perjuicio de ello, no es posible permitir que se arroje al perito al vacío de las omisiones ajenas, como a un justiciable más en las arenas de un circo romano. Todos los deberes que éticamente se le imponen deben ir igualmente acompañados de derechos.
Las entrevistas con personas que han sufrido torturas implican un posicionamiento que supera cualquier preparación académica previa y eso no debe ser soslayado. Las horas que conlleva el examen pericial en el cual el otro sufriente evoca el más profundo dolor, terror y vulnerabilidad padecidos, no resultan gratuitas en el operador que, además de recibir la transferencia de ese quantum emocional, debe procesarlo y confrontarlo con cuestiones ajenas a la víctima y que, en reiteradas ocasiones, se acompañan de la entrevista al presunto torturador ofensor.
La protección de los operadores del sistema que se enfrentan a estos procedimientos debe implicar también una posición ética, siendo responsabilidad de los Sistemas de Justicia administrar los medios para su contención psíquica y física.
La realidad transpira cárceles y comisarías atestadas de hombres y mujeres sometidos a malos tratos por acción y por omisión, condenados a la enfermedad, con estructuras de salud insuficientes e ineficaces, donde los médicos y psicólogos sucumben al orden general impuesto o, en el mejor de los casos, denuncian y/o renuncian.
Los pasillos tribunalicios se ven atravesados por pequeñas figuras, cuerpos y mentes que no llegaron a abrirse al mundo merecido porque les coartaron la posibilidad de ser y creer. Diminutos rostros con expresiones de soledad e indefensión que esperan del símbolo de suprema de autoridad, muchas veces encarnada en un extraño apoltronado en un estrado con el ceño fruncido y la palabra difícil, que representa la reparación de lo irreparable, la restitución de la confianza en el poseedor de la autoridad.
Las víctimas de violencia de género cargan con su dolor hecho vergüenza frente a la descreída mirada de funcionarios policiales y judiciales que les vomitan multiplicidad de culpas: Vos qué le hiciste
, Volvé que ya se le va a pasar
, ¿Otra vez denunciando?, ¿Por qué no te vas y dejás de venir a molestar si después vas a volver?
…
La ética es el único vector que nos separará del encubrimiento y la complicidad, cada vez que asumamos el compromiso con el otro, como sujeto.
Finalmente, la función del perito no se limita al cumplimiento de un horario, ni a un dictamen poco y confuso
.
Que conozca entonces el Sistema, desde estas letras y con humildad, que cuando nos sentamos en un juicio oral a defender lo dictaminado lo hacemos a conciencia y con la ciencia, sobre el sujeto peritado, conociendo los riesgos que estas conductas ofrecen y asumiéndolas con la templanza y el honor de ser fieles a nosotros mismos y que, a pesar de la exactitud de las reflexiones de Gregorio Marañón⁶ cuando expresa que: aunque la verdad resplandezca, siempre se batirán los hombres en la trinchera sutil de las interpretaciones
, eso no nos convierte, ni nos convertirá, en peritos sujetados a intereses particulares.
¹ Perrone, R.; Nannini, M. Violencia y abusos sexuales en la familia. Un abordaje sistémico y comunicacional, Buenos Aires: Paidós, 2006.
² Reich, WT. (1978) Encyclopedia of bioethics, Nueva York: Free Press.
³ Gracia, D. (1989) Fundamentos de Bioética, Madrid: Eudema.
⁴ Simonin, C. (1962) Medicina legal judicial, Barcelona: Jims.
⁵ Foucault, M. Vigilar y castigar, Argentina: Siglo XXI, 2008.
⁶ Gregorio Marañón (1887-1960): pensador español, científico y médico endocrinólogo del Hospital Central de Madrid.
Capítulo 2
La medicina legal, la investigación criminal y las ciencias forenses
Distintas definiciones se remiten a las ciencias y procedimientos en estudio. Sin duda, el fundamento científico es el que le otorga validez a las mismas.
La medicina legal puede definirse como la disciplina que efectúa el estudio teórico y práctico de los conocimientos médicos y biológicos necesarios para la resolución de problemas jurídicos, administrativos, canónicos, militares o previsionales, con utilitaria aplicación propedéutica a estas cuestiones.
También, se la puede definir como la especialidad médica que reúne los conocimientos de la medicina que son útiles para la administración de justicia o la aplicación de los conocimientos médicos a los problemas legales o derivados del legislar.
La expresión de mayor importancia de la medicina legal se manifiesta en los informes medicolegales o peritaciones, que se defienden académicamente en los juicios orales y/o declaraciones testimoniales.
Estos informes se basan en la experiencia y conocimiento del perito, ajustándose a protocolos y bibliografía nacional e internacional y siguiendo el método científico.
Podemos dividirla en a) las ramas que la constituyen y b) las especialidades que de alguna forma han evolucionado desde ella o profesiones que resultan fundamentales para el trabajo interdisciplinario en la sustanciación de una investigación criminal:
a) Ramas que la constituyen
Jurisprudencia médica: conjunto heterogéneo de aspectos disciplinarios vinculados con el derecho de los médicos (ejercicio de la medicina, responsabilidad profesional, secreto médico, certificados u honorarios médicos, etc.).
Traumatología medicolegal: estudia las lesiones y muertes violentas.
Medicina legal del trabajo, de la seguridad social y del deporte: realiza el estudio de los infortunios propios de estos aspectos.
Tanatología: contempla todo lo relacionado con la muerte y el cadáver.
Agonología: estudio de la agonía.
Asfixiología: que analiza las formas de muerte violenta por asfixia.
Sexología medicolegal: que estudia los sexos (normales o patológicos) y los estados intersexuales, cuando plantean cuestiones jurídicas.
Tocoginecología medicolegal: aborda cuestiones jurídicas del aborto, embarazo, parto, puerperio y de los atentados sexuales de toda índole que dejan huellas en el organismo.
b) Especialidades que han evolucionado desde la medicina legal y/o profesiones que resultan fundamentales para el trabajo interdisciplinario
Criminalística: contempla procedimientos de identificación de personas, hechos o cosas.
Criminología: estudia las conductas humanas peligrosas.
Psiquiatríaforense: aplicando conceptos de la psicopatología, analiza la responsabilidad y la capacidad mental de las personas en relación con el derecho legislado.
Algunos de los hitos de la historia de la medicina legal en el mundo
El primer experto medicolegal fue Imhotep (Egipto, 3000 años a. C.), la más alta autoridad judicial del rey Zoser; en esta época, se castigaban los errores profesionales severamente.
El Código de Justiniano (529-564 d. C.), en Roma, regulaba la práctica de la medicina, cirugía y obstetricia, e imponía penas por mala práctica. En Roma, la Ley Aquilia (siglo III a. C.) establecía normas sobre la responsabilidad profesional, la Ley de las Doce Tablas (siglo IV a. C.) sobre la capacidad civil y estado mental de las personas y la Ley Cornelia (siglo I a. C.) sobre abortos criminales, envenenamientos y negligencia profesional.
Galeno (103-210 d. C.) establece la docimasia, prueba a la cual se somete un órgano para saber si ha funcionado o en qué estado de función estaba antes de la muerte.
Numa Pompilio (753-674 a. C.) ordenaba a los médicos hacer examen de las mujeres que morían.
El Hsi Yuan Lu (siglo XIII), documento escrito por un juez chino, clasificaba las lesiones de acuerdo con el instrumento que las causaba y su gravedad. El primer libro de medicina legal fue escrito en China en 1248, por Hsi Yuan Lu. Constaba de tres tomos: el primero sobre abortos, el segundo sobre golpes y lesiones, y el tercero sobre estrangulación y otras asfixias.
En 1209, el Papa Inocencio III expidió un decreto en el que se les exigía a los médicos visitar a los heridos por orden judicial para evaluar las lesiones y su evolución.
En el siglo XIV, Carlomagno legisla en capitulares: los jueces deben apoyarse en informes médicos. En París, en 1311, el rey Felipe establece la medicina legal como organización, y la Facultad de Medicina de Montpellier obtiene permiso para realizar necropsias.
Durante el siglo XV, se comienzan a hacer peritajes medicolegales en caso de aborto, homicidio, infanticidio, etcétera.
En el siglo XVI, podemos encontrar la implantación de la pericia médica en la Constitutio Criminalis Carolina. En 1537, Carlos V promulga el Código Carolino, donde se establece la obligación del médico de auxiliar a los jueces. Ambroise Paré, precursor de la medicina legal moderna, da el nombre de medicina forense a la especialidad, y establece la metodología para los informes medicolegales y para descubrir enfermedades simuladas. En 1575, publica la primera obra de medicina legal, De los informes y de los medios de embalsamar los cadáveres. También, escribió sobre asfixias, heridas, virginidad, brujería y embarazos múltiples.
En el siglo XVII, el edicto de Enrique IV impone los cuerpos médicos con labor forense. Paulo Zacchia (1651) reconocido como precursor de la medicina legal moderna por su obra Questiones medicolegales. La obra de Zacchia trataba sobre muerte, impotencia, milagros, etcétera.
En el siglo XVIII, se observa el gran desarrollo de la investigación científica, de la medicina y por consiguiente de la medicina legal. El nacimiento, la muerte, los fenómenos cadavéricos, etc. van dejando de lado algunos de los prejuicios de épocas anteriores.
Historia de la medicina legal en Argentina
Si bien resulta fascinante el desarrollo de la medicina legal como especialidad desde la colonia hasta 1810, su desarrollo excede al presente capítulo. Sin embargo, vale remarcar que es a Juan de Castilla (1406-1454) a quien se le honra por haber promulgado una Real Cédula mediante la cual el Protomedicato de España debía intervenir en los delitos y transgresiones que cometiesen los médicos, licenciados o cirujanos en el desempeño de sus funciones, según relata Emilio Federico Pablo Bonnet.⁷
Debieron transcurrir muchos años para que, en 1798, el rey Carlos IV reconociera el Protomedicato del Río de La Plata, destinando al protomédico don Miguel Gorman para que dictara medicina y al Licenciado Agustín Eusebio Fabre para que hiciera lo propio con la cirugía.
Ya en aquella época, a través del Tribunal del Protomedicato del Virreinato del Río de La Plata se imponía la necesidad de aconsejar las medidas a tomar respecto de los presos enfermos
y asesorar a la justicia en el orden medicolegal
.
A partir de allí, se sucedieron hechos históricos para la medicina legal, como la creación de la Facultad Médico Quirúrgica y el Instituto Médico Militar luego de la Revolución de Mayo; la creación de la Universidad de Buenos Aires, en agosto de 1821. Este hecho coincide con la supresión del Instituto Médico Militar y el Tribunal del Protomedicato, para dar nacimiento al Arreglo de la Universidad
–creando el Departamento de Medicina– y posteriormente el Arreglo de la Medicina
, constituído por 98 artículos en los que se volvería a remarcar la importancia de asegurar un científico y eficiente asesoramiento medicolegal a los magistrados judiciales
y la necesidad de desenvolver una política médico-penitenciaria, dentro de los medios a su alcance
.
Muchos fueron los avatares que se debieron sortear hasta superar los distintos Arreglos
(tecnicismo de la época) para reglamentar la Facultad de Medicina en 1853, cuando apareció por primera vez la asignatura Medicina Legal e Historia de la Medicina
.
Han iluminado con su trayectoria en el ejercicio de esta especialidad especialistas prolíficos como Francisco Cosme Argerich, Nicanor Albarellos, Eduardo Wilde, Eduardo Pérez, Francisco Veyga, José Ingenieros, Domingo Sáenz Cavia, Nerio Rojas, Juan Ramón Beltrán, Luis Felipe Cia, José Belbey y Emilio Federico Pablo Bonnet, entre otros.
No se pretende omitir en este recordatorio a los contemporáneos, como Osvaldo Raffo, José Ángel Patitó, Héctor Osvaldo Vázquez Fanego, Miguel Ángel Maldonado, Carlos Navari y Oscar Lossetti, entre otros, quienes, desde sus obras, orales o escritas, produjeron y/o siguen produciendo acaloradamente para el avance de la medicina legal.
⁷ Bonnet, EFP. Medicina Legal, Buenos Aires: López Libreros, 1980.
Capítulo 3
Los investigadores
Los científicos y sus colaboradores: los peritos
Sin perjuicio de las definiciones que se exponen a continuación, debemos tener en cuenta que en el juicio oral comparecen "juntos, pero no unidos, por carencia de una elemental affectio societatis" en palabras de Elías Neumann las partes enfrentadas en el litigio, y aunque el único, honesto y real objetivo sea conocer la verdad, los seres humanos allí presentes al momento de ingresar al recinto han construido una verdad que no siempre se expresa de la misma forma.
Los peritos son personas con determinada formación o aptitudes en una ciencia, técnica, industria, arte o profesión, que están en condiciones de brindar asesoramiento al magistrado sobre determinada rama del conocimiento. Del latín peritus, significa docto, experimentado, práctico en un arte o ciencia. En esta descripción, pueden incluirse profesionales, técnicos, artistas, y también aquellas personas que en el desarrollo de un oficio tengan los conocimientos suficientes como para dar respuesta a los interrogantes jurídicos.
El caso que presentamos habitualmente es el de las averiguaciones de causales de muerte en custodia donde se utilizan armas tumberas
cuya construcción se realiza en base a elementos obtenidos del socavamiento de pisos y paredes, como hierros, caños, mampostería.
Si bien para el análisis del uso de las armas se pensaría en convocar a un especialista en balística, hay casos en los cuales un plomero o gasista puede tener mayor experiencia en la articulación de los elementos utilizados para la conformación del arma que pudiera haber provocado la muerte de una persona.
Según distintos autores, las características que debe poseer un perito se ven expresados en el Decálogo medicolegal de Nerio Rojas:⁸
1. El perito debe actuar con la ciencia del médico, la veracidad del testigo y la ecuanimidad del juez.
2. Es necesario abrir los ojos y cerrar los oídos.
3. La excepción puede ser de tanto valor como la regla.
4. Desconfiar de los signos patognomónicos.
5. Seguir el método cartesiano.
6. No fiarse de la memoria.
7. Una autopsia no puede rehacerse.
8. Pensar con claridad para escribir con precisión.
9. El arte de las conclusiones consiste en la medida.
10. La ventaja de la medicina legal está en no formar una inteligencia exclusiva y estrechamente especializada.
Más allá de la indiscutible actualidad de los conceptos de Nerio Rojas en su decálogo, me permito disentir parcialmente en el punto 7, toda vez que si nos referimos en la literalidad
de que no puede rehacerse lo que ya está hecho, la experiencia de la suscripta muestra que en reiteradas ocasiones, frente a la inoperancia, por acción u omisión de los peritos intervinientes en la primera autopsia, la cual no resulta completa, metódica, sistemática ni ilustrativa, se impone una reautopsia.
Durante años, también se ha establecido desde los ámbitos periciales que una vez iniciado el proceso de putrefacción las autopsias son fútiles. Sin embargo, la experiencia de la suscripta demuestra que meses e incluso años después (caso concreto Luciano Arruga, desaparición forzada y probables torturas seguidas de muerte, cinco años después se halló y exhumó su cuerpo, en el que se encontraron numerosas lesiones no descritas en la primera autopsia) se pueden encontrar datos invalorables para la sustanciación de la causa. Situaciones similares se han repetido en numerosos casos de muertes en custodia, feminicidios e infanticidios (etimológicamente hablando).
Según Lacassagne,⁹ tres características perfilan al médico legista: técnica, sabiduría, arte
.
Para Gisbert Calabuig,¹⁰ el buen perito debe poseer la concurrencia de un conjunto de cualidades:
1. Posesión de condiciones científico-éticas.
2. Formación especializada, teórica y práctica del vasto campo de la medicina legal.
3. Objetividad para la interpretación de las pruebas materiales.
4. Reflexión y sentido común para reducir cualquier problema, aún el más complicado a sus términos más simples.
5. Juicio para jerarquizar los hechos, subordinar lo secundario a lo principal y correlacionarlos entre sí.
6. Prudencia en la elaboración de los dictámenes y, sobre todo en la elaboración de las conclusiones.
7. Imparcialidad derivada de su formación científica, que debe traducirse en el contenido de sus informes.
8. Veracidad.
Mata¹¹ agrega a las aseveraciones previas: diligencia, entereza, franqueza, moderación, consideración e inclinación al bien.
No resulta menos importante remarcar las taras psíquicas
incompatibles con el accionar pericial a las que hace referencia Simonin:
1. El orgullo que ciega.
2. La ignorancia que hace no dudar de nada.
3. La deshonestidad que envilece y degrada.
Clasificación de los peritos
1. Según la amplitud conocimientos del perito:
Generales
Especiales
2. Según el ámbito o institución que representan:
Oficiales:
- Médicos forenses o médicos de tribunales (pertenecen al foro
)
- Médicos legistas de las fuerzas de seguridad
No oficiales:
- Médicos legistas
- Profesores titulares de medicina legal
- Profesores adjuntos de medicina legal
- Especiales: profesores titulares o adjuntos de las distintas disciplinas
3. Según la fuente proponente:
De oficio (fuero penal)
De parte (fuero penal)
Consultores técnicos (fuero civil)
Informe pericial
Según Gisbert Calabuig, la aplicación del método
, como procedimiento que se utiliza en la ciencia para hallar la verdad y enseñarla, encuentra su traducción en la medicina legal