Abogacía

Derechos humanos de víctimas de delitos sexuales

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos1 ha mostrado en diferentes oportunidades la importancia que presenta la buena difusión de información para la erradicación de la violencia contra las mujeres; sin embargo, a pesar de este pronunciamiento, la información y los recursos judiciales dirigidos a las mujeres víctimas de estos delitos en muchas ocasiones no permiten un acceso real y oportuno para ellas. Por el contrario, lo que se promueve es la revictimización y la deficiencia en la investigación, lo cual da pie a la impunidad.

En México, en 1969 se creó la Ley sobre Auxilio a las Víctimas que obligaba a las autoridades de los tres ámbitos de gobierno a salvaguardar, reparar y proporcionar ayuda gratuita. A principios de 1990 se creó, a nivel federal, la Agencia del Ministerio Público Especializada en Delitos Sexuales y Violencia Familiar, la cual tenía como objetivo perseguir y castigar los delitos que infligen daños o sufrimientos de índole física, mental o sexual, amenazas de cometer esos actos, coacción y otras formas de privación de la libertad cometidos en contra de mujeres y contra

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