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Impugnación en el proceso penal
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Impugnación en el proceso penal

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El 13 de enero del 2000, en el Suplemento al Registro Oficial 360, mediante Ley sin número, se publicó el Nuevo Código de Procedimiento Penal, que vendría a regir con ciertas connotaciones, nuestro Sistema Procesal, una parte desde su publicación y otra luego de dieciocho meses desde la misma fecha.

Para muchos los aciertos del nuevo Código de Procedimiento Penal, frente a su antecesor, son muy pocos comparados con los errores; otros esperan que el nuevo Sistema Procesal ponga fin a los funestos casos de impunidad, corrupción, falta de celeridad y otros problemas que aquejan a nuestra Función Judicial, sobre todo en el ámbito Procesal Penal; mientras que otros confiamos en que al tener éxito el nuevo sistema, se vayan corrigiendo errores en el camino, sin buscar la perfección, pero por lo menos con un sistema confiable, ágil y equitativo.

Contamos ya varios meses desde que el 13 de julio del año 2001 entrara en vigencia en forma total el nuevo Código Adjetivo Penal, y las falencias se comienzan a vislumbrar. Un inicio no bien programado hizo trastabillar la función de la Fiscalía: falta de información a la ciudadanía, descontrolado hacinamiento de los usuarios, sin contar la necesidad de que sus problemas se solucionen lo más pronto posible frente a una incomprendida etapa de instrucción. Por otro lado, la labor de los Profesionales del Derecho tomó un novedoso sentido para nuestro quehacer diario, que en muchos casos significó la redefinición de nuestra práctica, el estudio pormenorizado del nuevo contexto legal y la preparación integral para el flamante Sistema Procesal Penal.

Y fue grato encontrar en el texto del nuevo Código de Procedimiento Penal enmiendas a antiguos errores, inspirados en los criterios de simplificar la administración de justicia en materia penal, buscando uniformidad, celeridad, eficacia y agilidad en los trámites, sobre todo basado en el sistema oral, y ante todo protegiendo o garantizando los principios fundamentales que sostienen al debido proceso; sin embargo, sin pretender hallar perfecciones, se mantuvieron otras inexactitudes e inclusive se adicionaron algunos errores más, afectando, de tal suerte, a algunas importantísimas instituciones del proceso penal.

A dichos errores y deslices en el estudio de la letra de la Ley, no pudo escapar aquella etapa tan importante del proceso, la Etapa de Impugnación, que pese a que sus objetivos están encaminados a garantizar los derechos de las partes procesales frente a las equivocaciones en la actividad judicial de nuestros juzgadores, la normativa que rige al respecto ha cometido algunas distracciones y desatinos, por no decir herejías jurídicas en algunos casos, que en determinados momentos los alejan de sus propósitos.

Al parecer en ciertos instantes se trató de solucionar el problema de la demora en el despacho de los recursos interpuestos, pero por otro lado en no pocos momentos, sobre este tema, la legislación peca de injusta y parcializada.

Por ello, es menester hacer un análisis sobre cómo actualmente se encuentra normada la Etapa de Impugnación en el nuevo proceso penal, haciendo énfasis en las acertadas reformas e innovaciones, así como en sus desaciertos; buscando, por supuesto, informar al lector sobre aspectos en los que sería prudente tener un claro criterio y quizá cuidado para mejor proceder, siendo ése el objetivo fundamental del libro IMPUGNACIÓN EN EL PROCESO PENAL.

El esfuerzo de este trabajo está encaminado a dotar a la investigación jurídica de una obra de lenguaje sencillo, de explicaciones básicas y de esencial importancia en momentos actuales en los que el Sistema Procesal Penal Ecuatoriano está tratando de conducirse hacia una reforma sustancial y profunda que significará un nuevo aprendizaje del quehacer profesional en torno al Procedimiento en sí, y sobre todo en lo atinente a la Etapa de Impugnación y los Recursos.

IdiomaEspañol
Fecha de lanzamiento16 sept 2017
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    Un buen manual para introducirnos en los recursos de impugnación.

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Impugnación en el proceso penal - Alberto Jhayya Segovia

IMPUGNACIÓN EN EL PROCESO PENAL

Dr. Alberto Jhayya Segovia

Quito, 2007

IMPUGNACIÓN EN EL PROCESO PENAL

Dr. Alberto Jhayya Segovia

Quito, Ecuador 2007

Corporación de Estudios y Publicaciones (Departamento Jurídico Editorial y Departamento de Diagramación), en colaboración con la Universidad de Los Hemisferios

© 2007 Corporación de Estudios y Publicaciones (CEP)

Derechos de autor: 027781: 13-nov-2007

ISBN 978-9942-06-229-1

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PRÓLOGO

(A la primera edición)

El 13 de enero del 2000, en el Suplemento al Registro Oficial 360, mediante Ley sin número, se publicó el Nuevo Código de Procedimiento Penal, que vendría a regir con ciertas connotaciones, nuestro Sistema Procesal, una parte desde su publicación y otra luego de dieciocho meses desde la misma fecha.

Para muchos los aciertos del nuevo Código de Procedimiento Penal, frente a su antecesor, son muy pocos comparados con los errores; otros esperan que el nuevo Sistema Procesal ponga fin a los funestos casos de impunidad, corrupción, falta de celeridad y otros problemas que aquejan a nuestra Función Judicial, sobre todo en el ámbito Procesal Penal; mientras que otros confiamos en que al tener éxito el nuevo sistema, se vayan corrigiendo errores en el camino, sin buscar la perfección, pero por lo menos con un sistema confiable, ágil y equitativo.

Contamos ya varios meses desde que el 13 de julio del año 2001 entrara en vigencia en forma total el nuevo Código Adjetivo Penal, y las falencias se comienzan a vislumbrar. Un inicio no bien programado hizo trastabillar la función de la Fiscalía: falta de información a la ciudadanía, descontrolado hacinamiento de los usuarios, sin contar la necesidad de que sus problemas se solucionen lo más pronto posible frente a una incomprendida etapa de instrucción. Por otro lado, la labor de los Profesionales del Derecho tomó un novedoso sentido para nuestro quehacer diario, que en muchos casos significó la redefinición de nuestra práctica, el estudio pormenorizado del nuevo contexto legal y la preparación integral para el flamante Sistema Procesal Penal.

Y fue grato encontrar en el texto del nuevo Código de Procedimiento Penal enmiendas a antiguos errores, inspirados en los criterios de simplificar la administración de justicia en materia penal, buscando uniformidad, celeridad, eficacia y agilidad en los trámites, sobre todo basado en el sistema oral, y ante todo protegiendo o garantizando los principios fundamentales que sostienen al debido proceso; sin embargo, sin pretender hallar perfecciones, se mantuvieron otras inexactitudes e inclusive se adicionaron algunos errores más, afectando, de tal suerte, a algunas importantísimas instituciones del proceso penal.

A dichos errores y deslices en el estudio de la letra de la Ley, no pudo escapar aquella etapa tan importante del proceso, la Etapa de Impugnación, que pese a que sus objetivos están encaminados a garantizar los derechos de las partes procesales frente a las equivocaciones en la actividad judicial de nuestros juzgadores, la normativa que rige al respecto ha cometido algunas distracciones y desatinos, por no decir herejías jurídicas en algunos casos, que en determinados momentos los alejan de sus propósitos.

Al parecer en ciertos instantes se trató de solucionar el problema de la demora en el despacho de los recursos interpuestos, pero por otro lado en no pocos momentos, sobre este tema, la legislación peca de injusta y parcializada.

Por ello, es menester hacer un análisis sobre cómo actualmente se encuentra normada la Etapa de Impugnación en el nuevo proceso penal, haciendo énfasis en las acertadas reformas e innovaciones, así como en sus desaciertos; buscando, por supuesto, informar al lector sobre aspectos en los que sería prudente tener un claro criterio y quizá cuidado para mejor proceder, siendo ése el objetivo fundamental del libro IMPUGNACIÓN EN EL PROCESO PENAL.

El lector podrá encontrar en esta obra un material de investigación y comprensión de los detalles que involucra el nuevo orden procesal penal en relación con la Etapa de Impugnación y los Recursos, involucrándose, de tal forma, los Recursos de Apelación, Nulidad, Casación, Revisión y de Hecho, en donde se revisarán en forma rápida los más elementales sustentos doctrinarios sobre cada uno de ellos; con una exposición del marco legal fielmente sujeta al texto oficial, se comentarán los aciertos y desaciertos de la normativa vigente, sin olvidar, por supuesto, opiniones jurisprudenciales que, pese a que se refieren al antiguo Código de Procedimiento Penal, nos pudieran ayudar a entender o ilustrar lo que será la aplicación del nuevo; y por último explicaciones prácticas sobre dichos recursos.

El esfuerzo de este trabajo está encaminado a dotar a la investigación jurídica de una obra de lenguaje sencillo, de explicaciones básicas y de esencial importancia en momentos actuales en los que el Sistema Procesal Penal Ecuatoriano está tratando de conducirse hacia una reforma sustancial y profunda que significará un nuevo aprendizaje del quehacer profesional en torno al Procedimiento en sí, y sobre todo en lo atinente a la Etapa de Impugnación y los Recursos.

El Autor

NOTA IMPORTANTE

Se ha procedido a hacer una revisión de la obra en razón de las reformas provocadas al Código de Procedimiento Penal vigente por:

Ley 2003-101 (Registro Oficial 743: 13-enero-2003)

Ley 2006-33 (Registro Oficial 238: 28-marzo-2006)

Resolución del Tribunal Constitucional TC-006-2003-DI (Registro Oficial 194: 21-octubre-2003).

Se actualizaron las referencias al Código de Procedimiento Civil en razón de su texto vigente dado por la Codificación 2005-011 (Suplemento al Registro Oficial 58: 12-julio-2005).

Se incorporaron nuevas referencias jurisprudenciales de importancia.

El Autor.

NORMAS PERTINENTES DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL

LIBRO CUARTO

ETAPAS DEL PROCESO

TÍTULO TERCERO

LA ETAPA DEL JUICIO

CAPÍTULO SEXTO

DEL RECURSO DE HECHO

Art. 321.- Procedencia.- El recurso de hecho se concederá cuando el juez o tribunal penal hubieren negado los recursos oportunamente interpuestos y que se encuentran expresamente señalados en este Código.

Este recurso se interpondrá ante el juez o tribunal que hubieren negado el recurso oportunamente interpuesto, dentro de los tres días posteriores a la notificación del auto que lo niega.

Interpuesto el recurso, el juez o tribunal, sin ningún trámite, remitirá el proceso a la Corte Superior, quien admitirá o denegará dicho recurso.

Art. 322.- Recurso infundado.- Si el recurso de hecho hubiera sido infundadamente interpuesto, la Corte Superior lo desechará e impondrá al recurrente una multa de hasta tres salarios mínimos vitales del trabajador en general.

Si el recurso de hecho fuere aceptado y se tratare de apelación o de nulidad, la Corte Superior entrará a conocer y resolver la causa en lo principal; o remitirá el proceso a la Corte Suprema de Justicia si se tratare de los recursos de casación o de revisión.

El Superior, al aceptar el recurso de hecho, impondrá una multa equivalente a la mitad de un salario mínimo vital del trabajador en general al juez o tribunal que ilegalmente negó el recurso.

De las multas impuestas no habrá recurso alguno.

Art. 323.- Resolución del recurso.- La Corte Superior resolverá el recurso de hecho sin ningún trámite, dentro del plazo de ocho días contado desde el momento en que recibió el proceso.

TÍTULO CUARTO

ETAPA DE IMPUGNACIÓN

CAPÍTULO PRIMERO

REGLAS GENERALES

Art. 324.- Facultad de impugnar.- Las sentencias, autos y resoluciones son impugnables sólo en los casos y formas expresamente establecidos en este Código.

Cuando la Ley no distinga, el derecho a impugnar corresponde a las partes.

El defensor puede interponer los recursos, pero el imputado o acusado puede desistir de los recursos interpuestos por su defensor.

Art. 325.- Interposición.- Para ser admisibles, los recursos deben ser interpuestos dentro del plazo y según la forma que determine la Ley.

Al concederse un recurso se emplazará a las partes para que concurran ante

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