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Iniciación a la protección por desempleo
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Iniciación a la protección por desempleo
Libro electrónico454 páginas5 horas

Iniciación a la protección por desempleo

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Cuando una persona se queda en el paro, lo primero que debe conocer es si cumple las condiciones y requisitos exigidos para poder cobrar la prestación por desempleo. Para empezar, la causa por la que perdió su puesto de trabajo debe quedar reconocida en la lista de supuestos que el INEM elabora. Entre ellos figuran el despido, la terminación de un contrato temporal, la aplicación de un expediente de regulación de empleo, así como estar en un periodo de inactividad si es trabajador fijo discontinuo. Además, queda reconocida como causa para poder percibir el paro el cese voluntario del trabajador por no aceptar el traslado de su puesto de trabajo a otra localidad, si ello conlleva cambio de domicilio o alguna modificación en su jornada laboral o en sus turnos de trabajo. La cuantía de esta prestación económica dependerá de lo que la empresa haya cotizado a la Seguridad Social por el trabajador.


La cuantía del paro se calcula a partir de la base reguladora, que se obtiene dividiendo entre 180 la cantidad de dinero que la empresa ha cotizado a la Seguridad Social por el trabajador en los últimos 180 días naturales antes del despido o cese, incluido el periodo de vacaciones si corresponde. Lo más importante y lo primero que se debe hacer es decidir y conocer qué es lo que se puede hacer. Si se opta por solicitar la prestación por desempleo, ya que el trabajador ha cotizado durante al menos 360 días en los últimos seis años, la solicitud se debe presentar en la Oficina de Empleo que corresponda a su lugar de domicilio. El solicitante debe hacerlo en los 15 días hábiles siguientes al último día trabajado, no se cuentan ni los domingos ni los festivos. Es muy común que el desempleado no haya podido disfrutar de los días de vacaciones que le correspondían antes del cese, por lo que la empresa se los debe abonar. Por ello, la solicitud se debe presentar en los 15 días siguientes al término de las vacaciones. Para evitar idas y vueltas a la oficina, es recomendable conocer cuál es la documentación que debe acompañar a la solicitud:


Certificados de empresa en las que hubiera trabajado en los últimos seis meses
Carta de despido si éste se produjo
 
IdiomaEspañol
EditorialOPOSITAT
Fecha de lanzamiento15 jun 2023
ISBN9791222418261
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