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ANUARIO IBEROAMERICANO DE DERECHO DE LA ENERGÍA: VOL. IV HACIA UN DERECHO GLOBAL DE LA ENERGÍA
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ANUARIO IBEROAMERICANO DE DERECHO DE LA ENERGÍA: VOL. IV HACIA UN DERECHO GLOBAL DE LA ENERGÍA

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Constituye para mí una especial satisfacción y un honor participar en este Tercer Congreso de ASIDE en representación de la Federación Europea de Asociaciones de Derecho de la Energía (EFELA) y de la Asociación Española de Derecho de la Energía (AEDEN), sintiéndome también parte activa y muy comprometida en el esfuerzo de ampliar esta fecunda comunidad de juristas de la energía latinoamericana a España —como parte de la misma realidad y cultura jurídica—, así como a los numerosos países de Europa que se integran en EFELA.
IdiomaEspañol
Fecha de lanzamiento1 jun 2022
ISBN9789587908749
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    ANUARIO IBEROAMERICANO DE DERECHO DE LA ENERGÍA - Manuel Salvador Acuña Zepeda

    PARTE I

    REGULACIÓN

    DANIELA AGUILAR ABAUNZA*

    Prosumidores, innovación tecnológica y regulación

    SUMARIO

    Introducción. I. El papel de la regulación. A. Razones para regular. B. Instrumentos regulatorios. C. ¿Quién regula? II. Technological innovation and regulation. A. Consumidores activos, brechas y desconexión regulatoria. B. Riesgo potencial de las tecnologías. C. Regulación que impulsa el cambio tecnológico. Conclusiones. Referencias bibliográficas.

    RESUMEN

    Las innovaciones de nicho (tecnologías de redes inteligentes y generación distribuida) son una alternativa al sistema eléctrico tradicional y a su regulación convencional (régimen sociotécnico). Dichas innovaciones se consideran tecnologías disruptivas que desafían el paradigma y los valores dominantes del sistema eléctrico tradicional, al tiempo que presentan un nuevo conjunto de posibilidades, dinámicas y algunos riesgos potenciales que se pueden abordar a través de la regulación. Dicha innovación también desafía el sistema regulatorio existente, creando vacíos y desconexión regulatoria.

    PALABRAS CLAVE

    Prosumer, innovación tecnológica, energía eléctrica, consumidores, regulación.

    INTRODUCCIÓN

    El Estado cuenta con diversos instrumentos para intervenir la economía o un mercado específico. Entre estos instrumentos se encuentran la política pública, la planificación, la declaración de una actividad económica como de interés público, la política económica, la promoción de incentivos, la gestión de bienes públicos, el establecimiento de empresas públicas, la nacionalización de empresas y, por su supuesto, la regulación (Moreno, 2017).

    El concepto de regulación se trata de manera diferente y puede tener una variedad de significados dependiendo del ordenamiento legal del que se trate. La regulación, en sentido estricto, es el conjunto de reglas provistas por el regulador que, según la pirámide kelseniana, es consistente con el marco constitucional y legal de un ordenamiento. Otras definiciones de regulación más amplias consideran que se trata de la actividad o procedimiento que se formula de tal manera que afecta un comportamiento en particular (Black, 2002).

    Un concepto tradicional de regulación es el que la ve como un instrumento que utiliza el Estado para intervenir la economía. Es así como la doctrina jurídica le ha dado diferentes nombres a su estudio. En Alemania, se le conoce como Wirstschaftsverwaltungsrecht; los franceses lo llaman droit public économique y en las tradiciones española y latina se le conoce como derecho público económico (Ortiz, 1999). Esta área del derecho se refiere a la relación entre el derecho y la economía desde una perspectiva mixta, entre lo público y lo privado. En contraste, en la tradición anglosajona no existe un término equivalente, no obstante, el derecho de la competencia, la regulación del sector industrial y el derecho administrativo son las áreas claves del derecho que establecen cómo un Estado puede hacer uso de la regulación para intervenir el mercado (Ogus, 1994). La academia ha analizado esta relación entre el derecho y la economía para desarrollar lo que se conoce como la teoría de la regulación.

    En un escenario de nuevas tecnologías y nuevos modelos de negocio en el sector eléctrico, emerge un actor, el prosumidor energético. El prosumidor se define como aquel usuario o consumidor eléctrico que, gracias a las nuevas tecnologías, puede empezar a generar su propia electricidad, no solo para el autoconsumo, sino que puede vender sus excedentes al mercado y a la red. Este nuevo agente, un consumidor más activo, genera una serie de desafíos para el marco jurídico tradicional del sector eléctrico, por lo que es necesario cuestionarnos sobre el rol de la regulación frente a este nuevo actor (Aguilar Abaunza, 2020).

    Esta artículo tiene por objeto contrastar las múltiples perspectivas regulatorias que deben tenerse en cuenta a la hora de emprender un estudio legal y regulatorio de los prosumidores energéticos. Empezaremos por identificar las razones e intereses que tradicionalmente han justificado la regulación, los instrumentos utilizados para regular y quién está a cargo de regular. Posteriormente, analizaremos la relación entre regulación e innovación tecnológica. Este análisis es vital para desarrollar un conocimiento claro del propósito y las implicaciones de la regulación en la integración de los prosumidores en el sistema eléctrico.

    I. ELPAPEL DE LA REGULACIÓN

    Al tratar de dar una respuesta a la pregunta ¿cuál es el papel de la regulación?, la perspectiva de dicha respuesta dependerá de si es contestada por un economista o un teórico legal. Por una parte, las perspectivas tradicionales o convencionales propuestas por economistas, como Viscusi (Viscusi et al., 2018) identifican a la regulación como aquella limitación en la discrecionalidad que pueden ejercer las personas u organizaciones y que es impuesta por el Estado, apoyado en la amenaza de una sanción (p. 56). Para Selznick (citado en Baldwin & Cave, 1999, p. 57), la regulación es aquel control sostenido y focalizado ejercido por una agencia pública sobre las actividades que son valoradas por una comunidad. El núcleo principal de tales definiciones es concebir la regulación como un conjunto de reglas de mando y control que están respaldadas por sanciones o consecuencias jurídicas, que corresponden a una intervención directa en la economía por parte del Estado.

    Por otro lado, enfoques descentralizados o alternativos del concepto de regulación provienen de teóricos legales que reconocen que esta procede de una gama más amplia de actores que van más allá del Estado, y que además se materializa en diferentes instrumentos regulatorios, más allá del command and control, o mandatos y controles. Por ejemplo, para Julia Black (2002), la regulación es:

    El intento sostenido y enfocado en modificar el comportamiento de otros, de acuerdo con estándares o propósitos definidos con la intención de producir un resultado o resultados ampliamente identificados que pueden involucrar mecanismos de establecimiento de estándares, recopilación y modificación de la conducta (p. 122).

    En esa misma línea, Barton (2006) define a la regulación como

    Un proceso destinado a alterar la actividad o el comportamiento, o para llevar a cabo un pedido, a menudo restringiendo el comportamiento, pero a veces habilitando o facilitando un comportamiento que de otro manera no sería posible (p. 105).

    De esta manera, las definiciones descentralizadas de regulación reconocen a todos los mecanismos que modifican comportamientos, independientemente del ente que provengan. En este sentido, la regulación es más que una regla prohibitiva proveniente de las facultades discrecionales del regulador o del Estado, y que además puede tener la forma de incentivos positivos que estimulan el desarrollo de una determinada actividad.

    Tanto los enfoques centralizados como descentralizados de la regulación la reconocen como una actividad o un proceso que intenta abordar o afectar un comportamiento de una manera particular. Y dependiendo de dónde se origine, es decir, de si se origina de una autoridad estatal o de otro actor, la definición de regulación será centralizada o descentralizada. Por otra parte, podemos afirmar que la regulación no solo se relaciona con un conjunto de normas imperativas, sino que también alberga otro tipo de instrumentos como son los incentivos, principios y estándares, entre otros.

    A. RAZONES PARA REGULAR

    Es necesario considerar las razones que justifican la regulación. A lo largo de la historia, y más en los tiempos modernos, han existido diferentes razones para regular, que van desde la existencia de monopolios naturales hasta el equilibrar la distribución de la riqueza. Breyer (1982) y Baldwin (citado en Baldwin & Cave, 1999) presentan las razones históricas más importantes que pueden justificar la regulación:

    a. Fallas del mercado: Desde una perspectiva económica, la regulación solo se justifica por la presencia de fallas de mercado. Por lo tanto, cuando el mercado no es eficiente y crea distorsiones, se debe regular para estabilizar el mercado y crear condiciones para la competencia. Esta perspectiva también considera que la regulación per se conlleva interferencias en el mercado, por lo que se debe demostrar la necesidad de la regulación para no exacerbar fallas. Sin embargo, Barton (2006) afirma que este punto de vista es erróneo porque ve a la regulación como algo externo a los mercados y no como un medio para formar y controlar ciertos mercados. Entre las fallas tradicionales del mercado se incluyen los monopolios naturales, las externalidades y la información inadecuada que serán explorados a continuación.

    b. Monopolio natural: Cuando la producción de un bien o servicio en particular por una sola empresa minimiza el costo, la actividad se considera un monopolio natural porque la ausencia de competencia la hace más económica. Sin embargo, cuando una sola empresa controla todo el mercado, es probable que imponga precios monopolísticos, debido a su posición en el mercado. Esto puede resultar en una falla del mercado que justifique la regulación (Viscusi et al., 2018). Esta lógica es la razón para regular la actividad de transmisión y distribución en el sistema eléctrico.

    Thomas (2016), al analizar el papel histórico del regulador de electricidad en el Reino Unido (OFGEM), concluye que el papel original del regulador era fijar precios de monopolio y gestionar la transición a un mercado plenamente competitivo donde ya no sería necesario fijar precios para las actividades monopolísticas. El control regulatorio sobre un monopolio natural implica no solo la fijación de precios, sino también la limitación de la entrada al mercado, controlando sus ganancias e imponiéndole una obligación de servicio. Un ejemplo relacionado con los prosumidores es si es deseable exigir a las empresas distribuidoras (monopolios naturales en sus segmentos de mercado) que permitan el acceso a la red de los prosumidores y que sea incremental su número de conexiones.

    c. Externalidades: Las externalidades justifican la regulación cuando el precio no regulado de un producto no refleja los verdaderos costos que genera para la sociedad su producción. El objetivo de la regulación es tener en cuenta esas externalidades y proteger a la sociedad o terceros que cargan con sus consecuencias, y en consecuencia obligar a ciertos productos internalizar sus externalidades (Baldwin & Cave, 1999). Un ejemplo de ello es el principio de quien contamina paga, bien reconocido en la normativa relacionada con el cambio climático y cuestiones medioambientales, tales como la protección de la capa de ozono o los impuestos al carbono.

    d. Información inadecuada: Mercados competitivos y funcionales están llamados a asegurar un nivel significativo de información disponible para los diferentes participantes de la industria y sus consumidores. Dicha información asegurará que el consumidor tomará la mejor decisión o la decisión que este orientada a su beneficio. Sin embargo, cuando el mercado no produce la información adecuada o suficiente, o cuando el costo de producir dicha información es alto y los incentivos para hacerlo no son altos, se da el llamado a la regulación. Es el caso de información que es demasiado técnica o de difícil entendimiento, o cuando la información surge como resultado de una colusión en el mercado, donde los productores pueden ocultar información sobre los efectos secundarios o la baja durabilidad de sus productos o servicios. En el caso de los prosumidores, un ejemplo de inadecuada información sucede cuando la información disponible sobre paneles solares es demasiado técnica, no es claro el periodo de recuperación de la inversión o no son claras sus obligaciones y las obligaciones de otros agentes sobre las nuevas relaciones con el mercado eléctrico. En este sentido, la regulación es necesaria para corregir las fallas del mercado haciendo que la información sea más accesible, precisa y asequible para los consumidores y fomentando el funcionamiento más saludable de los mercados competitivos. Este razonamiento ha sido objeto de algunas críticas cuando la divulgación de información se considera engañosa para los consumidores o interfiere con el funcionamiento competitivo del mercado (Baldwin & Cave, 1999).

    e. Comportamiento anticompetitivo y precios predatorios: Cuando se producen efectos indeseables en el mercado como consecuencia de una competencia no sana, se le denomina comportamiento anticompetitivo. Uno de los ejemplos más notables de este tipo de práctica son los precios predatorios. Los precios predatorios ocurren cuando una empresa cotiza por debajo del costo, con la esperanza de que los competidores abandonen el mercado porque ya no pueden competir (Baldwin & Cave, 1999). Cuando la empresa alcance tal grado de dominación en el mercado, puede aumentar sus precios para recuperar el costo de los precios predatorios y aumentar las ganancias a expensas de los consumidores. Aquí, el objetivo de la regulación es mantener las condiciones de competencia y proteger a los consumidores de comportamientos depredadores (Breyer, 1982). Tradicionalmente, estas cuestiones se tratan mediante la legislación comercial, pero las autoridades directamente relacionadas con la industria eléctrica pueden regular sobre estas prácticas.

    f. Continuidad y disponibilidad del servicio: Si el mercado no proporciona los niveles deseados de continuidad y disponibilidad de un servicio, es posible que se requiera una regulación para evitar tal falta. Por ejemplo, el uso de esquemas de subsidios o para asegurar que áreas aisladas se suministre el servicio. La regulación, en este sentido, está justificada para producir resultados socialmente deseables; sin embargo, los efectos de los subsidios cruzados pueden ser cuestionables y pueden generar distorsiones en el mercado (Baldwin & Cave, 1999). Un ejemplo aplicable a los prosumidores es el que cuestiona si la regulación debe usarse para aumentar la implementación de tecnologías de autogeneración, principalmente a consumidores vulnerables, y así permitirles producir su propia energía en lugar de recibir subsidios a la factura de electricidad.

    g. Racionalización y coordinación: Cuando los productores son pequeños y están geográficamente dispersos, es difícil para ellos trabajar juntos para producir y negociar de manera eficiente, ya que es costoso para las personas negociar contratos privados y organizarse a sí mismos y a sus industrias de manera eficiente. La regulación en tales situaciones no solo puede ser un medio para racionalizar los procesos de producción y coordinar el mercado, sino también para mantener las normas. Por ejemplo, la regulación de los contratos de condiciones uniformes entre minoristas y consumidores domésticos o entre operadores distribuidores y minoristas para el uso de la red. Esta razón podría ser aplicable para justificar la regulación de los términos y las condiciones para la conexión de generación distribuida a la red de distribución o su relación contractual con los comercializadores.

    B. INSTRUMENTOS REGULATORIOS

    Existen diferencias entre la perspectiva tradicional de regulación y una perspectiva alternativa. La regulación tradicional o convencional es el conjunto de reglas que proporciona una agencia, junta o comisión que ejerce el poder de regular una industria específica; por ejemplo, la Comisión de Regulación de Energía Eléctrica y Gas en Colombia, la OFGEM en Reino Unido o OSINERGMIN en el Perú. Sus regulaciones pueden establecer principios, procedimientos y requisitos sobre lo que una empresa debe o no debe hacer. Sin embargo, el contenido y la exigibilidad dependen de la finalidad del instrumento y del comportamiento esperado, que puede ser obligatorio, de incentivo o meramente indicativo. Teniendo en cuenta la clasificación que introduce Barton (2006), tenemos los siguientes tipos de regulación convencional:

    Regulación de órdenes y comandos (commands and controls): El regulador establece un conjunto de reglas detalladas sobre lo que una empresa debe hacer o no. Las reglas están claramente establecidas para que la empresa sepa cómo debe comportarse, y el regulador u otra agencia velaran por su cumplimiento. Sin embargo, las reglas pueden ser inadecuadas o no anticipar posibles complicaciones o imprevistos, son inflexibles o su ejecución puede depender de la interpretación de quien sea responsable de su aplicación. Asimismo, algunos críticos de este tipo de regulación argumentan que existe una alta probabilidad de que puedan verse afectados por una captura del regulador y, en consecuencia, los intereses de la industria serán más fuertes que el interés público (Barton, 2006; Tomain, 2002). Asimismo, la aplicación de las reglas puede resultar costosa o los efectos de su aplicación pueden ser inciertos (Baldwin & Cave, 1999). Un ejemplo de reglas de control de mando con respecto a los prosumidores ocurre cuando la regulación limita los agentes a los que los prosumidores pueden vender sus excedentes energéticos.

    Regulación basada en principios: El legislador o regulador establece los principios generales que pretenden guiar a un comportamiento específico. Sin embargo, dichos principios no son vinculantes y su interpretación puede ser laxa. Por ejemplo, en Nueva Zelanda, la autoridad de electricidad decidió regular las relaciones de respuesta a la demanda a través de principios rectores.

    •Light-handed regulation o regulación ligera: Confía en que el marco legal de promoción de la competencia y la ley comercial son suficientes para incentivar un determinado comportamiento. Este tipo de instrumentos consideran que mayor regulación son una amenaza o intrusión en el mercado.

    Regulación discrecional: El regulador tiene autoridad para aprobar o rechazar actividades, planes o imponer condiciones. La legislación proporciona algunos principios generales en los que el regulador tiene un poder discrecional más amplio para determinar si aprueba o no las actividades de una empresa específica. Este es el caso de la regulación a la demanda en Colombia, donde el legislador establece algunos principios que son la base para una mayor regulación por parte de la autoridad eléctrica.

    Contratos: El gobierno o las agencias pueden implementar políticas o lograr los tan deseados objetivos utilizando la riqueza y el poder adquisitivo del Estado. El efecto de estos contratos es imponer un estándar regulatorio a todas las empresas que contratan con el gobierno. Por ejemplo, en Colombia, el subsuelo pertenece al Estado, por lo tanto, la exploración y explotación de los recursos subterráneos es permitida o rechazada por una agencia gubernamental. Dicho contrato define los deberes y las obligaciones de cada parte, así como la consecuencia de dichas transgresiones.

    Establecimiento de estándares: El regulador puede establecer el nivel técnico y apropiado que deberá tenerse para desarrollar una actividad. La preocupación en torno al uso de este mecanismo es que es difícil para el regulador hacerlo porque la información requerida es técnicamente compleja y susceptible de ser polémica. Los estándares son establecidos por la Organización Internacional de Normalización (ISO) y se conocen como estándares del sistema de manejo y regulan la calidad de un servicio o producto. El gobierno o la industria decide si las empresas deben seguir los principios y normas pertinentes, en cuyo caso, la empresa recibiría un certificado de cumplimiento si cumple dichos requisitos. Los estándares no son obligatorios, pero lograrlos demuestra el nivel de calidad del producto o servicio (Baldwin & Cave, 1999). Por ejemplo, en términos de instalación y rendimiento de paneles solares, muchos países tienen sus propios estándares nacionales relacionados con la energía fotovoltaica, los cuales se basan principalmente en los estándares desarrollados por la Comisión Electrotécnica Internacional (CEI).

    Incentivos: El regulador, en lugar de fijar normas estrictas y coercitivas, decide establecer esquemas de recompensa para incentivar un comportamiento específico que desaliente los demás. Un ejemplo es la imposición de impuestos negativos o positivos, o la garantía de subvenciones o subsidios si se realiza una determinada actividad. Esto puede resultar en una inversión o participación en un mercado específico o en el llamado a la diversificación de negocios. Un claro ejemplo es la creación de subvenciones o subsidios públicos o la reducción de impuestos para proyectos de energías renovables.

    C. ¿QUIÉN REGULA?

    Según la definición que se adopte de regulación, dependerá quién o quiénes están llamados a regular, y su respuesta estará guiada por una perspectiva tradicional o por una descentralizada. Por un lado, siguiendo una perspectiva convencional de regulación, la definición de regulación implica un conjunto de reglas proporcionadas por el Estado que intenta modificar determinados comportamientos. Esta puede incluir autoridades locales, parlamentos, cortes y tribunales, departamentos del gobierno central o las conocidas agencias regulatorias. Dichos reguladores pueden tomar la forma de una agencia, junta o comisión, según la jurisdicción, y estarán a cargo de regular una industria específica. Estas agencias regulatorias generalmente están compuestas por importantes expertos, quienes además actúan de manera independiente a intereses políticos (Barton, 2006).

    Por otro lado, la regulación descentralizada se refiere a la regulación que no es establecida por instituciones gubernamentales tradicionales, siguiendo el concepto clásico de regulador, sino que involucra a otras organizaciones que son aceptadas por el colectivo o la industria, llevándolas a aceptar su autoridad y, por ende, su regulación. Los elementos y fundamentos de un enfoque descentralizado de la regulación, según Julia Black, son: (1) la complejidad de la interacción entre los actores de la sociedad y la operación de fuerzas, creando tensiones constantes entre la estabilidad y el cambio en el sistema; (2) la fragmentación y construcción del conocimiento referente a la asimetría de la información entre regulador e industria regulada; (3) la fragmentación del ejercicio del poder y el control que reconoce que el Estado ya no tiene el monopolio del ejercicio del poder y el control; (4) el reconocimiento de la autonomía de los actores sociales, quiénes pueden actuar por sí mismos en ausencia de intervención estatal; (5) la existencia y complejidad de interacciones e interdependencias entre los actores sociales y el gobierno en el proceso de regulación e implementación; y (6) el colapso de la distinción entre lo público y lo privado en términos sociopolíticos y el replanteamiento del papel de la autoridad. Siguiendo esas explicaciones sobre la necesidad de un enfoque descentralizado de la regulación, existen otros tres tipos de regulación: la autorregulación, la corregulación y la regulación por parte de terceros e instrumentos de mercado (Black, 2001).

    La autorregulación, por su parte, involucra diferentes tipos de regulación, incentivos, mandatos, controles y estándares con características particulares que provienen de una organización o asociación, que pertenece a una industria específica y se organiza a partir de un conjunto de reglas aplicables a sus miembros. Esos miembros, a su vez, aceptan la autoridad de la organización, quien se encargará de regular, monitorear y hacer cumplir las normas. Esta organización, a su vez, está sujeta a la supervisión gubernamental (Baldwin & Cave, 1999). Ejemplos de autorregulación se dieron en la industria eléctrica neozelandesa, donde antes de la creación de una autoridad regulatoria, el sector era autorregulado por organizaciones industriales.

    Existen diferentes críticas a la autorregulación. Unos esgrimen que la autorregulación solo sirve a los intereses propio de la industria y no tiene en cuenta el interés público o los intereses de los consumidores. Barton (2006) afirma acertadamente que la autorregulación no es suficiente para garantizar la coherencia y el balance entre el interés sectorial y el interés público, donde se hace relevante la supervisión estatal. Ogus (1998) también se adhiere a esta crítica aduciendo que la autorregulación es un corporativismo moderno, que implica el gran riesgo de que pequeños grupos que adolecen de legitimidad democrática o que no rinden cuentas al público adquieran más poder. Algunos autores favorecen la autorregulación, como Baldwin y Cave (1999), quienes creen que la autorregulación produce regulación bien informada, con un alto nivel de compromiso y un bajo costo para los gobiernos. Ellos sugieren una mezcla entre la autorregulación y la regulación convencional en términos de una estrategia piramidal, donde se favorezca la autorregulación como respuesta inicial, y solo cuando no se logra el objetivo deseado, el Estado entre a intervenir con regulación convencional.

    Por otra parte, la corregulación tiene lugar cuando la autorregulación tiene alguna supervisión o ratificación por parte del gobierno.

    La regulación por parte de terceros proviene de grupos de defensa fuera de la industria, que presionan al sector estableciendo programas o lineamientos con características regulatorias. Estas organizaciones de defensa no tienen ningún poder sobre las actividades que supervisan, sino que intentan modificar y movilizar la opinión pública e influir a los responsables de crear políticas (Barton, 2006). Un ejemplo de esto son las iniciativas de transparencia de las industrias extractivas. Este es un estándar global que se aplica a las industrias extractivas y alienta a los países y empresas a seguir sus estándares de práctica y principios de gobernanza.

    Finalmente, en el caso de los instrumentos basados en el mercado, estas regulaciones no son coercitivas sino persuasivas y se consideran regulaciones porque intentan promover un comportamiento positivo. Se espera que las fuerzas del mercado desempeñen un papel importante en la creación de nuevos negocios, incentivos u oportunidades para aumentar los ingresos, pero, al mismo tiempo, aborden la asignación de recursos y producción en sectores particulares (Viscusi et al., 2018). A través de estos mecanismos existe una conjunción entre la regulación convencional y los instrumentos de mercado, ya que existe un instrumento legal (por ejemplo, las cuotas aplicables a recursos renovables o a niveles de contaminación) e instrumentos de mercado que incentivan (por ejemplo, la comercialización de permisos de contaminación o la utilización de recursos más limpios). Entonces, en lugar de que un Estado especifique la actividad exacta por desarrollar (por ejemplo, cómo no contaminar), establece el objetivo general y las empresas operarán de la manera más conveniente para adaptar sus propias circunstancias al mandato legal pero siguiendo la lógica del mercado (Baldwin & Cave, 1999). Un ejemplo es el esquema de comercio de emisiones, que permite a las personas jurídicas comprar y vender derechos de emisión o su respectiva asignación. Este esquema se puede hacer cumplir mediante sanciones económicas para quienes excedan el límite. Tanto los topes como los derechos de emisión crean un mercado, y los que compran en el mercado pueden emitir más, mientras que los que venden los derechos de emisión deberán reducir sus emisiones, pero por dicha reducción recibirán un incentivo económico.

    En conclusión, reconocer las perspectivas descentralizadas nos hace cuestionar no solo el papel del Estado y el concepto de ley y regulación en sí, sino también las dinámicas emergentes en la sociedad y cómo la complejidad de la relación entre actores desafía el concepto convencional de regulación.

    Hasta ahora hemos explorado los múltiples escenarios de regulación, quién regula, cuándo y por qué se necesita la regulación como una forma de cambiar comportamientos, o cuándo puede ser necesaria la intervención estatal. Sin embargo, ¿qué sucede cuando un cambio sociotécnico altera los valores de un sector específico y desafía el sistema regulatorio vigente? ¿Qué sucede cuando hay un desajuste entre la regulación y la innovación que crea una desconexión regulatoria? Este es el caso de las tecnologías emergentes, que permiten a los consumidores ser actores más activos en el sistema eléctrico, pero el marco regulatorio aplicable no está preparado para responder o incorporar esas nuevas realidades.

    II. TECHNOLOGICAL INNOVATION AND REGULATION

    El estudio de la tecnología a partir de las ciencias sociales ha sido objeto de mayor escrutinio y análisis por parte de la filosofía o la sociología que por el derecho. Sin embargo, hoy en día hay estudios jurídicos que se ocupan de cuestiones tecnológicas, en particular el rol del derecho en influenciar la manera en que las complejas dinámicas sociotécnicas cambian (Bennett, 2014). La doctrina legal en la materia ha centrado su interés principalmente en sectores como el internet, la biotecnología o la nanotecnología, que han revolucionado las industrias de la comunicación, la salud y la agricultura. Estas tecnologías tienen un gran potencial para resolver problemas humanos y sociales. Sin embargo, dichas tecnologías también se consideran de alto riesgo, lo que implica un dilema entre el permanente desarrollo científico y la potencialidad que tienen ciertos avances tecnológicos en producir calamidades o conflictos de derechos (Mandel, 2009).

    Brownsword (2017) ha identificado dos tipos de innovación tecnológica: la sostenida y la disruptiva. La innovación sostenida se refiere a la que mejora el rendimiento de los productos establecidos de acuerdo con los valores principales. Aplicando este concepto a la electricidad, por ejemplo, se trataría de una tecnología que mejore la gestión y eficiencia de las líneas de transmisión y distribución. Por el contrario, las tecnologías disruptivas se refieren a tecnologías que funcionan mal cuando se introducen por primera vez, pero que aportan un conjunto de valores muy diferentes a los que traía el status quo, suponiendo nuevas formas de interacción social. Con el tiempo, dichas tecnologías consideradas disruptivas en un primer momento se volverán dominantes. De acuerdo con esta definición, nuevas tecnologías como las de generación distribuida, redes inteligentes, infraestructura de medición avanzada, al ser tecnologías que permiten a los consumidores producir, administrar y almacenar energía, aportan nuevos valores, principios y, por supuesto, complejidad al sistema. Esta disrupción cambia el funcionamiento del sistema eléctrico, la estructura de los mercados eléctricos y la posición de los actores tradicionales, y por lo tanto, la regulación. El resultado de tal innovación es la transformación del sistema energético, rompiendo paradigmas y creando sistemas más dinámicos (Zillman, 2018). Brownsword y Somsen (2009) sugieren que el resultado final de tal disrupción es que las empresas establecidas o tradicionales tengan la necesidad de adaptar sus negocios a los nuevos modelos y valores, a riesgo de fracasar o dejar de ser competitivos. Dicho proceso de cambio entre un status quo y los cambios que irrumpen el sistema, además de tiempo, implicara una serie de luchas y choques entre los actores tradicionales y las agentes del cambio, particularmente cuando los actores tradicionales no son sensibles o proclives a adaptarse y responder de manera coherente a las situaciones emergentes.

    Las tecnologías disruptivas suelen ir acompañadas de incertidumbre con respecto a sus impactos a largo plazo. Ahora, el desafío para el regulador es equilibrar intereses particulares como la protección del interés público contra riesgos potenciales y, al mismo tiempo, no obstaculizar el desarrollo de nuevas tecnologías. Entonces, en primer lugar, ¿qué pasa frente a la desconexión entre las nuevas tecnologías y la regulación que se basa en tecnologías tradicionales? ¿Qué papel juega el derecho frente al riesgo potencial o las múltiples consecuencias de tales innovaciones? O, ¿qué papel tiene el derecho para estimular y promover el cambio tecnológico?

    A. CONSUMIDORES ACTIVOS, BRECHAS Y DESCONEXIÓN REGULATORIA

    Las tecnologías disruptivas pueden exacerbar las brechas regulatorias, creando una laguna regulatoria que desafía la adaptación de un entorno regulatorio apropiado (Brownsword, 2017). La brecha entre la innovación y la regulación aplicable puede resultar en problemas que conducen a fallas regulatorias. Dicha brecha se denomina desconexión regulatoria, en contraposición a la conexión regulatoria que se espera de la regulación.

    La conexión regulatoria implica el uso de mecanismos para la adaptación del marco regulatorio aplicable a medida que cambian las tecnologías (Bennett, 2014). En contraste, la desconexión regulatoria, también conocida en Estados Unidos como problema de ritmo, ocurre cuando la innovación en el mercado se desarrolla más rápido que la regulación logra actualizarse (Marchant, 2011). Esta discrepancia puede ampliar la brecha entre el entorno regulatorio actual, que se basa en tecnologías tradicionales e innovaciones en desarrollo. Esta brecha puede manifestarse en obsolescencia regulatoria, brechas, ambigüedades en la aplicación de la regulación existente y falla regulatorias. La falla regulatoria incluye resultados regulatorios como futilidad o irrelevancia de la regulación existente, y una cadena de efectos secundarios indeseables y opuestos a los previstos (Butenko, 2016).

    Para saber si existen lagunas normativas entre la regulación y la innovación tecnológica, Leenes (2019) sugiere un modelo compuesto por tres etapas:

    •Analizar la tecnología en términos de cuáles son sus características relevantes y qué intereses promueve.

    •Análisis de los problemas que aborda la tecnología. El análisis puede implicar la consideración de riesgos potenciales o problemas que ya se manifiestan y lo que hace la ley actual para abordar estos problemas.

    •Identificar si existe o no una brecha regulatoria en la que sea necesario intervenir a través de la regulación. Tal identificación lleva a las preguntas de quién regula, por qué, cuándo, qué y quién está regulando.

    Apliquemos este modelo a la introducción de tecnologías disruptivas que permiten un papel más activo de los consumidores en el sector eléctrico frente a los desafíos que enfrenta el operador de red o empresas distribuidoras, y las funciones que cumple en la actual regulación. Siguiendo el modelo de Leenes (2019), en primer lugar, analizaremos las nuevas tecnologías en función de cuáles son las características e intereses relevantes que se promueven. En este sentido, la doctrina relevante acuerda que las tecnologías de generación distribuida permiten la generación en el punto de consumo o cerca de él, reduciendo la dependencia de la red de transporte y conectándose directamente a la red de distribución. La generación local asegura mayor competencia en el sector, acceso a la energía a áreas fuera de la red, sostenibilidad y seguridad energética en casos de interrupciones o apagones de la red, y por supuesto, el empoderamiento de los consumidores eléctricos (Zhang, 2009; Chapman, 2009; Brito, 2019; Neetzow, s. f.; Bayod-Rújula, 2009).

    El segundo aspecto es cuáles son los riesgos o problemas potenciales de las nuevas tecnologías y cómo los aborda la ley actual. Según la literatura, los retos de las tecnologías de generación distribuida incluyen una mayor inyección de energía en la red de distribución, que puede afectar su capacidad, provocando congestión, picos de carga o variaciones de voltaje y desbalances de la oferta y demanda energética (Lopes, 2007; Brito, 2019). La regulación actual de las funciones del distribuidor implica que se está llamado a la operación y mantenimiento de las líneas de distribución, a la inversión en la expansión de las redes y a brindar servicios de conexión a la red de los participantes de la industria. Esto significa que el operador de red no esta regulatoriamente obligado o no tiene incentivos para balancear la red local, ni para ser un facilitador del mercado o actuar como una plataforma para los proveedores de servicios descentralizados (Pérez-Arriaga, 2013). A su vez, el diseño de la tarifa que remunera su actividad está basado en aumentar o extender las redes, y no necesariamente en que hagan un mejor uso de ellas al promover recurso descentralizados. Por otra parte, los impactos económicos negativos que experimenta el distribuidor en la gestión de una conexión y participación creciente de generación distribuida requieren de un marco regulatorio que compense los impactos negativos y, al mismo tiempo, incentive la conexión de la generación distribuida y la participación de los prosumidores de energía.

    El tercer y último aspecto combina las anteriores conclusiones para identificar si existe o no un vacío regulatorio. De acuerdo con lo anterior, existiría una brecha regulatoria entre el rol actual del distribuidor y lo que se espera de él frente a la creciente participación de la generación distribuida y el reconocimiento de nuevos servicios, como la respuesta a la demanda, la generación distribuida y el almacenamiento de energía por parte de prosumidores y otros actores descentralizados. La Directiva Europea 2019/944 establece un ejemplo de cómo abordar esta desconexión regulatoria reconociendo las nuevas realidades y nuevos roles del operador de red, instituyendo que este se encargara del balance de su red en caso tal que los operadores de transmisión y distribución decidan que es más efectivo y eficiente hacerlo (artículo 31). Además, se reconoce el rol de facilitador de mercado proporcionando los productos y servicios que se consideren necesarios para la operación eficiente, confiable y segura del sistema de distribución (artículo 31). Por lo tanto, es importante actualizar el rol del distribuidor a través de la introducción de una nueva regulación, incluyendo las funciones que son necesarias para darle un mejor manejo al aumento de la generación distribuida.

    Entonces, ¿cómo mantener la conexión entre tecnología y regulación? Idealmente, la regulación debe vincularse con la tecnología y evolucionar con ella. La literatura relevante ha señalado diferentes enfoques regulatorios:

    •Un enfoque tradicional basado en la regulación de mandatos-control ( command-control ) que implica la derogación, corrección o adición de marcos regulatorios existentes. Este enfoque implica que el papel de la autoridad reguladora es vital junto con una interpretación dinámica en los tribunales. Sin embargo, Brownsword y Somsen (2009) sostiene que este intento no siempre puede ser realista ni útil porque sus resultados pueden ser costosos, inciertos o poco prácticos, por cuanto ante nuevas tecnologías no hay absoluta certeza de como debe ser la regulación.

    •Los cambios se dejan al libre mercado o mediante formas más suaves de regulación como la autorregulación. Brownsword y Somsen (2009) consideran que este enfoque más flexible puede reforzarse mediante una estrategia de corregulación.

    •Otra estrategia es crear incentivos para que las diversas partes interesadas trabajen juntas en un nuevo sistema de gobernanza y logren la sincronización de los esfuerzos regulatorios y la importancia del principio de precaución (Mandel, 2009).

    Sin embargo, independientemente de la estrategia reguladora elegida, la necesidad de flexibilidad y, al mismo tiempo, de previsibilidad y coherencia, debe estar sobre la mesa cuándo se trata de nuevas tecnologías y la adecuación regulatoria.

    B. RIESGO POTENCIAL DE LAS TECNOLOGÍAS

    Otro desafío legal es promover los beneficios de las tecnologías emergentes mientras se supervisan y abordan sus potenciales riesgos (Mandel, 2009). Por lo tanto, el papel de la regulación en relación con la innovación es asegurar el cumplimiento de los derechos fundamentales, maximizar los efectos positivos de tales invenciones y minimizar los negativos (Butenko & Larouche, 2015). Como se indicó anteriormente, un aspecto significativo del papel del derecho en el tratamiento de la innovación tecnológica se refiere a minimizar o abordar los riesgos potenciales. Por lo tanto, es importante introducir una perspectiva regulatoria basada en el manejo de riesgos cuando se trata de innovación.

    Como habíamos expuesto anteriormente, los teoristas de la regulación tradicionales basan el rol de la regulación en direccionar las fallas del mercado. Sin embargo, académicos más recientes, como Julia Black (2010), por el contrario, teorizan la regulación basada en la gestión el riesgo. Este cambio de enfoque y resultado ha aumentado la popularidad del término gobernanza regulatoria en lugar de regulación. Esta nueva actitud promueve un enfoque más descentralizado de la regulación, donde el Estado y múltiples actores asumen la gestión del riesgo. Este enfoque reconoce los múltiples intereses, actores y valores en el proceso regulatorio más allá de las fallas del mercado, introduciendo la idea de gobernanza del riesgo (Brownsword, 2017).

    Desde esta perspectiva, cuando se trata de innovación, se debe pensar en cómo minimizar el riesgo de daño y, al mismo tiempo, proteger valores importantes en un panorama de evolución sociotécnica. (Bennett, 2014). En el caso de estudio, las tecnologías que permiten un rol más activo de los consumidores pueden ser consideradas tecnologías disruptivas porque desafían el paradigma y los valores dominantes del sistema energético, al tiempo que presentan un nuevo conjunto de posibilidades y dinámicas beneficiosas junto con algunos riesgos. Como se mencionó anteriormente, algunos de los riesgos son la congestión de la red, el funcionamiento incorrecto de los dispositivos que pueden poner en peligro la seguridad del sistema y la gestión de datos y problemas de privacidad con respecto al flujo de información que ahora es posible recopilar gracias a la infraestructura de medición avanzada y medidores inteligentes. Estos riesgos deben ser abordados por diferentes participantes de la industria que puedan ayudar a reducirlos.

    El empoderamiento de los consumidores a través del uso de tecnologías disruptivas y la incertidumbre inherente que su uso masivo puede generar es uno de los mayores desafíos para los reguladores. El regulador, cuando se enfrenta a la innovación y a contextos cambiantes, no está seguro de qué requiere la regulación o qué instrumentos utilizar. Por lo que ese rol es comprender la magnitud del cambio y que tipo de futuro adviene dicho cambio. Por ejemplo, pensar en las múltiples formas en que las nuevas tecnologías impactarán la industria eléctrica. Tal comprensión requiere un análisis de los múltiples escenarios y cómo los desarrollos tecnológicos y la regulación pueden interactuar en una industria más compleja.

    Para adoptar un enfoque más preciso e informado, el regulador debe tener una actitud flexible y estar dispuesto a probar cosas nuevas y a utilizar un enfoque más experimental, de prueba y error desde el principio, en lugar de crear reglas definitivas. La literatura sobre derecho e innovación recomienda un enfoque basado en principios o en resultados, lo que permite a los actores de la electricidad interactuar más libremente con la tecnología. Siguiendo un enfoque basado en resultados, el regulador define los resultados deseados y acuerda las medidas de éxito. Por ejemplo, el regulador puede definir que un resultado deseado es que las empresas comercializadoras de energía y los operadores de red permitan una participación más activa de los consumidores a corto y medio plazo. Un enfoque basado en resultados implica, por ejemplo, que el distribuidor haga los arreglos necesarios para conectar más prosumidores a la red, facilitando la inyección de energía con solo restricciones razonables y actualizando la capacidad de la red para poder recibir más importes de energía. Para el comercializador, dicho resultado deseado le implica repensar cómo puede interactuar con el prosumidor y así crear iniciativas comerciales que atraigan al consumidor a participar en la autogeneración, por ejemplo, proporcionando precios atractivos de compra de los excedentes energéticos. Alternativamente, el minorista puede diversificar su negocio de venta de energía y extenderlo a la venta o alquiler de tecnología para la autogeneración o patrocinando proyectos comunitarios de energía (Kotler, 1986).

    Un enfoque basado en resultados o en principios se basa más en la voluntad de la empresa y su administración interna para seguirlos, que en la capacidad del regulador de hacer cumplir una manera específica de hacer las cosas. Este enfoque puede poner en peligro los resultados esperados y las medidas recomendadas. En este punto, es fundamental tener en cuenta las recomendaciones de Julia Black (2010), al señalar las lecciones aprendidas de la regulación basada en principios en el período previo a la crisis financiera. Ella enfatiza que cuando se sigue un enfoque regulatorio de este tipo, se necesita una supervisión más intensa de las firmas reguladas. Esto implica que el regulador debe tender a ser escéptico en lugar de confiar demasiado en la capacidad o voluntad de las firmas reguladas para alcanzar los resultados esperados. Por lo tanto, más allá de la supervisión, el rol del reguladores guiar y ayudar a las empresas para que logren los resultados esperados. Un excelente ejemplo de este enfoque sucede en Nueva Zelanda, donde existen grupos asesores dentro de la autoridad reguladora del sector eléctrico (Electricity Authority Wellington, 2017). Ellos trabajan en estrecha colaboración con las empresas de distribución animándolas a utilizar los recursos energéticos distribuidos para la gestión de la congestión y, en general, para una mejor gestión de la red mediante la innovación.

    Al mismo tiempo, responder a la innovación requiere facilitar espacios seguros de experimentación por parte de las empresas para probar las nuevas tecnologías, y más si su uso determinado puede ir en contravía a preceptos regulatorios actuales. A eso se le llama pilotos de regulación dentro del desarrollo de proyectos piloto. La industria eléctrica es un sector altamente regulado porque está compuesto por actividades complejas, estrechamente conectadas, que operan continuamente, y los roles y la regulación de las actividades involucradas existe para que el sector y el mercado funcionen de manera eficiente, segura y competitiva. Sin embargo, algunas de las reglas impiden que la industria pruebe cosas nuevas y, en este sentido, pueden bloquear la innovación porque se necesita tiempo para cambiarlas y ajustarlas. Por lo que, en este caso, se recomienda espacios regulatorios que permiten la experimentación, sin alterar el sistema en su conjunto. Hay cuatro formas regulatorias de permitir experimentación: exención, procedimientos de excepción, pilotos regulatorios y areneras regulatorias.

    En el primer escenario, la regulación define la actividad y los actores exentos de regulaciones específicas. Este mecanismo se diferencia de los procedimientos de excepción donde es el innovador quien pregunta al regulador sobre la concesión de una excepción, y el regulador decide si la concede o no. En el caso de pilotos regulatorios, es el regulador el que guía y dirige los proyectos pilotos de la mano de los innovadores, donde la empresa involucrada es acreedora a un marco regulatorio específico para adelantar la actividad. Este es el caso de Italia, donde el regulador utilizó este mecanismo para permitir que las estaciones de carga para vehículos eléctricos tuvieran tarifas de distribución especiales. Finalmente, en las areneras regulatorias, se abre la puerta a los innovadores para preguntarles que tipo de actividad quieren realizar y el regulador estudiará caso por caso las concesiones regulatorias necesarias para adelantar ese proyecto en un espacio controlado. En este escenario, tanto las empresas involucradas como el regulador analizan qué reglas pueden quedar exentas en cada escenario (Spee, 2020).

    Un aspecto importante que debe ser tenido en cuenta a la hora de establecer espacios de experimentación regulatoria es el tiempo en el que aplicarán dichas excepciones o el marco regulatorio especial. La duración de las exenciones dependerá de cuánto tiempo es suficiente para entender las implicaciones regulatorias del proyecto y recoger las experiencias deseadas. Otro tema importante es el tratamiento discriminatorio, pues cuando la exención solo se aplica a proyectos concretos, se brindan ventajas considerables para estos. Por lo tanto, la decisión del regulador de asignar específicas exenciones a unos proyectos por encima de otros debe tener en cuenta qué tipo de proyectos pueden resultar más beneficios en temas de experiencias y en seriedad de las propuestas. Otro tema crítico es la protección de los consumidores que se encuentran dentro de las áreas o proyectos en los que se aplican experimentación o exenciones.

    A la luz de los diferentes mecanismos regulatorios que pueden llamar y permitir la experimentación, cada mecanismo implicara un esfuerzo regulatorio diferente. En el caso de los pilotos regulatorios, es el regulador quien lidera la experimentación y se relaciona con otros actores de la industria. Esto es diferente a la dinámica en las areneras regulatorias o procedimientos de excepción, donde el regulador está llamando a analizar la viabilidad de la solicitud y decide si concede o no la exención.

    C. REGULACIÓN QUE IMPULSA EL CAMBIO TECNOLÓGICO

    Con respecto a la pregunta de cuál es el papel del derecho en la promoción de la innovación tecnológica, la ley y la regulación son a menudo herramientas destinadas a acelerar el ritmo de la innovación tecnológica y aumentar la velocidad de su adopción. Sovacool (2016), al considerar el tiempo que puede tomar la transición energética, inicia un debate muy interesante sobre el papel de las política publica para acelerar la transición. Geels y Sovacool (2017) identifican tres etapas por las que pasa la transición de un energético o una tecnología a otra. Por ejemplo, del paso de usar la combustión de la madera como energético, al uso del carbón, luego al uso del petróleo y ahora está la transición dirigida a la descarbonización de la economía a través de tecnologías más limpias. Las etapas de la transición son: (1) experimentación y aprendizaje, (2) escalado a nivel industrial, y (3) la difusión de un diseño exitoso desde el núcleo de innovación a mercados de borde y periferia.

    Geels y Sovacool (2017) proporcionan algunos ejemplos históricos de transiciones más rápidas. Los Países Bajos hicieron una rápida transición del petróleo y el carbón al gas natural gracias no solo al descubrimiento significativo de un campo gigante de gas natural en Groninga, sino también al papel activo que asumió el gobierno en la promoción de la transición a través de subsidios a nuevos negocios. En Brasil, la transición del petróleo al etanol para el funcionamiento de los automóviles tomó solo seis años gracias a los programas proalcohol. En consecuencia, Sovacool (2018) concluye que si bien las transiciones anteriores tomaron mucho tiempo, las contemporáneas pueden acelerarse por cuanto pueden planificarse y coordinarse. El desarrollo de tales cambios puede ocurrir rápida o lentamente, según la necesidad, y también puede estar influenciado por factores endógenos dentro de un país. Por ejemplo, el estímulo de la voluntad política y la participación de las partes interesadas, o factores exógenos como un conflicto militar o una crisis global. Por lo tanto, las transiciones son subjetivas y no necesariamente implican un proceso largo.

    Existen diferentes instrumentos normativos y legales convencionales que pueden utilizarse para estimular la innovación y su adopción acelerada. Dichos instrumentos pueden ser: la prohibición de industrias específicas, incentivos financieros dirigidas a las industrias que se promueven, la posibilidad de experimentación y aprendizaje, la apertura de oportunidades para nuevos participantes, el establecimiento de objetivos vinculantes, la eliminación de subsidios para tecnologías tradicionales y la imposición de impuestos, entre otros.

    Como consecuencia, la regulación, como herramienta para abordar o afectar un comportamiento de una manera particular, puede usarse para estimular y acelerar la adopción de la innovación y las nuevas tecnologías porque puede influir activamente en esas decisiones, ya sea estableciendo mecanismos de incentivos para los innovadores o, en cambio, creando cargas para los jugadores tradicionales.

    En el caso de acelerar la adopción de tecnologías que permitan un rol más activo a los consumidores, la regulación puede incluir esquemas de remuneración para el excedente de energía de los prosumidores, como el net metering o el feed in tariff. Ambos esquemas ofrecen incentivos sustanciales a los consumidores para que estos deseen convertirse en prosumidores. En el caso de la medición neta (net metering), la compensación pagada es mayor que el valor real de la energía que ofrece el prosumidor al sistema (Powers, 2012; Iliopoulos, 2019; Poullikkas, 2013). En el caso del feed in tariff, el esquema garantiza un retorno de la inversión (Powers, 2012). Como podemos ver, ambos esquemas contienen un incentivo económico para que los prosumidores decidan autogenerar y vendan excedentes de energía. Sin embargo, ambos esquemas crean distorsiones en el mercado y costos adicionales para los consumidores tradicionales (Barraco, 2014; Barton & Campion, 2020). En este sentido, los reguladores deben realizar un análisis de los costos y beneficios de dichos tratamientos remuneratorios especiales, de cómo superar dichas distorsiones y cómo no sobrecargar a los consumidores tradicionales, especialmente los consumidores vulnerables. Además, tener en cuenta que regímenes de remuneración especiales deben tener un carácter temporal.

    Otro incentivo para promover la adopción de tecnologías emergentes, como las tecnologías de generación distribuida, es a través del acceso prioritario o acceso garantizado, como actualmente se utiliza en la Unión Europea para promover la generación de energía renovable en algunos países (Deruytter & Wouter, 2014). Las reglas de acceso preferencial garantizan el acceso de la fuente a la red siempre que el recurso esté disponible. Esta garantía de acceso puede considerarse un mecanismo de incentivo esencial. Sin embargo, las desventajas de este enfoque incluyen posibles distorsiones de la red y limitadas posibilidades de los operadores de red para lidiar con la congestión, lo que da como resultado resultados no eficientes (Kruimer, 2013).

    Por lo tanto, el papel de la ley en la promoción de nuevas tecnologías que empoderen a los consumidores requiere un trato e incentivos especiales. Sin embargo, estos pueden crear distorsiones en el mercado y la red, lo que, a su vez, generan costos o cargas adicionales para otros participantes de la industria, como consumidores, comercializadores y distribuidores. Por lo tanto, cuando un gobierno quiere permitir el desarrollo y la innovación en la industria, primero debe identificar qué tan conveniente o deseable es promover tecnologías específicas, teniendo en cuenta el costo para el sistema. En un escenario diferente, no de promoción sino de reconocimiento de nuevas realidades y actores emergentes, el marco legal, en lugar de promover tecnologías específicas, puede adaptar un marco regulatorio que presente unas normas de juego niveladas y proporcionadas a las características especiales de los actores emergentes, para que puedan competir en igualdad de términos con los actores tradicionales.

    CONCLUSIONES

    Las innovaciones de nicho (tecnologías de redes inteligentes y generación distribuida) son una alternativa al sistema eléctrico tradicional y a su regulación convencional (régimen sociotécnico). Las preocupaciones y los valores actuales (abordar el cambio climático, mejorar la participación de la comunidad, democracia energética, justicia energética, seguridad energética y eficiencia energética) exigen nuevas perspectivas en el sector energético (panorama sociotécnico). Por lo tanto, es necesario una transición energética orientada a la integración de soluciones distribuidas o descentralizadas en el sistema eléctrico que tradicionalmente ha sido centralizado. La ley y la regulación juegan un papel importante en el avance del cambio tecnológico y su realización.

    Por lo tanto, estas innovaciones del nicho se consideran tecnologías disruptivas que desafían el paradigma y los valores dominantes del sistema de poder tradicional, al tiempo que presentan un nuevo conjunto de posibilidades, dinámicas y algunos riesgos potenciales que se pueden abordar a través de la regulación. También desafían el sistema regulatorio existente, creando vacíos y desconexión regulatorios.

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