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Protección ejecutiva en el siglo XXI: La nueva doctrina
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Libro electrónico258 páginas6 horas

Protección ejecutiva en el siglo XXI: La nueva doctrina

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La protección ejecutiva no ha evolucionado en un siglo, es hora de que esto cambie.

La protección ejecutiva estuvo marcada durante mucho tiempo por el concepto de la reacción y la clásica parafernalia de patrullas, armas, trajes y lentes oscuros perpetuados por Hollywood. Sin embargo, esto resulta ineficaz frente a los cambios sociales y tecnológicos de la sociedad contemporánea. Es necesario un nuevo método de protección que favorezca la discreción, detección y desactivación de las amenazas antes de que se presenten.

Este texto permite introducirse en el fascinante mundo de la seguridad de alto nivel, compartiendo muchos consejos útiles para todos en una sociedad cada vez más agitada.

IdiomaEspañol
EditorialCaligrama
Fecha de lanzamiento30 jul 2020
ISBN9788418203954
Protección ejecutiva en el siglo XXI: La nueva doctrina
Autor

Ivan Ivanovich

Ivan Ivanovich nació en 1973, en el territorio de la ex-Yugoslavia, donde fue entrenado en las técnicas de defensa y supervivencia urbana durante la guerra de los Balcanes. Desde el año 2000 radica en México, y en el año 2004 fundó AGS Group, firma que proporciona seguridad ejecutiva a CEO de diversas empresas trasnacionales, expresidentes, secretarios de Estado de diferentes países, deportistas y celebridades de todo el mundo en sus visitas a México, así como seguridad para diferentes empresas nacionales e internacionales. Es conferencista internacional y autor de varios artículos sobre protección a ejecutivos. Desde que llegó a México, su objetivo principal fue contribuir en el proceso de cambio de paradigma en protección a ejecutivos de un enfoque reactivo -basado en uso de armas y otras medidas semejantes- a un sistema basado en la prevención, discreción y evasión de riesgos. En el 2017 es considerado dentro de los cien profesionales más influyentes dela seguridad privada en México por la prestigiada revista Seguridad en América.

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    Protección ejecutiva en el siglo XXI - Ivan Ivanovich

    Protección ejecutiva

    en el siglo XXI

    La nueva doctrina

    Ivan Ivanovich

    Protección ejecutiva en el siglo XXI

    La nueva doctrina

    Primera edición: 2020

    ISBN: 9788418238000

    ISBN eBook: 9788418203954

    © del texto:

    Ivan Ivanovich

    © de esta edición:

    CALIGRAMA, 2020

    www.caligramaeditorial.com

    info@caligramaeditorial.com

    Impreso en España – Printed in Spain

    Quedan prohibidos, dentro de los límites establecidos en la ley y bajo los apercibimientos legalmente previstos, la reproducción total o parcial de esta obra por cualquier medio o procedimiento, ya sea electrónico o mecánico, el tratamiento informático, el alquiler o cualquier otra forma de cesión de la obra sin la autorización previa y por escrito de los titulares del copyright. Diríjase a info@caligramaeditorial.com si necesita fotocopiar o escanear algún fragmento de esta obra.

    Agradecimientos

    Al Dr. Francisco Brambila Rojo, por su invaluable apoyo en la corrección del texto y la asesoría durante todo el camino.

    A Alfonso Zamorano, por su profesionalismo y apoyo incondicional en este proyecto.

    Preámbulo

    «Tenemos que saber quiénes son, como ellos saben quiénes somos.

    Tenemos que saber dónde están, como ellos saben dónde estamos.

    Tenemos que seguirlos, como ellos nos siguen a nosotros.

    Tenemos que sorprenderlos, como ellos nos quieren sorprender a nosotros».

    Ivan Ivanovich

    El objetivo de esta obra es establecer los postulados básicos de una nueva forma de entender y practicar la protección ejecutiva desde un enfoque operativo. Para un análisis exhaustivo de la protección a ejecutivos, es recomendable el texto de Braunig (2000), titulado The New Executive Protection Bible. Asimismo, como manual operativo, es destacable el Manual básico de protección ejecutiva 2017 de ASIS Capítulo México.

    Por otra parte, en el presente texto se mantiene la estricta privacidad de las personas involucradas, solo se mencionan cuando los casos e identidades han sido públicos y se han difundido a través de los medios de comunicación.

    Finalmente, términos tales como «protección a funcionarios», «seguridad vip», «seguridad de celebridades» o «protección a dignatarios» han sido usados como equivalentes, aunque no siempre con éxito. Si bien hace poco se ha extendido el uso del término «protección ejecutiva», tanto en inglés como en otras lenguas. En este trabajo se usarán todos estos términos y se precisarán de manera oportuna.

    La necesidad de una nueva

    doctrina en seguridad ejecutiva

    Para entender la nueva doctrina de seguridad ejecutiva en el siglo XXI, es necesario analizar y comprender los errores conceptuales y doctrinarios que caracterizaron a esta actividad durante el siglo XX.

    Cabe recordar que al término de la segunda guerra mundial, el mundo occidental se dio cuenta de que uno de los factores decisivos para ganar la guerra había sido el desarrollo de la industria, por lo que se consideró de gran importancia su protección. No es casual que la organización más grande del mundo de profesionales en seguridad, fundada diez años después de la segunda guerra mundial, tuviera como nombre American Society for Industrial Security (la actual ASIS International).

    Debido a que tanto en Europa occidental como en los Estados Unidos la industria es en su mayoría privada, el desarrollo de la seguridad privada se fortaleció. Al final de la guerra, había muchos soldados con habilidades y experiencia en combate que se quedaron sin empleo, así su integración a la seguridad privada resultó un paso natural.

    No hay duda de que los exmilitares tuvieron una gran influencia sobre el desarrollo de la seguridad privada en el siglo XX y, por ende, en la protección ejecutiva, ya que eran importantes no solo las instalaciones industriales, sino también las personas que las dirigían.

    Por otro lado, en países como México la seguridad de los presidentes fue conferida también a los cuerpos militares. Aunque existía cierta influencia de las tácticas policiacas sobre la formación de la doctrina de protección a personas, era indudable que esta, mayoritariamente, recaía en los militares.

    La influencia militar es muy clara, puesto que el servicio fue conceptualizado como una unidad convencional de combate. Hay que tener en cuenta que el combate es justo la esencia de la doctrina militar, no obstante, eso es justo lo que queremos evitar en la protección ejecutiva.

    Desde la óptica militar, el ejecutivo se movía por lo general en un vehículo blindado, precedido por uno de avanzada y seguido por otro de soporte. Los escoltas estaban casi siempre uniformados, por lo que eran plenamente identificables y cuantificables, su poder de fuego era igual de fácil de determinar, así que el operativo se comportaba como una fuerza militar convencional. Al paso del tiempo y dependiendo de los recursos disponibles, el vehículo de avanzada se suprimía, con lo que quedaba solo el vehículo de soporte; sin embargo, el principio de convoy militar se mantuvo.

    Resulta evidente que el concepto de protección ejecutiva durante el siglo XX —que aún tiene una gran influencia— no es otra cosa más que un simple convoy militar que circula por las calles en espera de sufrir una emboscada.

    En la actualidad, este comportamiento en protección ejecutiva resulta tan ridículo e irreal como si tuviéramos grupos de secuestradores o asesinos rondando por las ciudades con uniformes de delincuentes, con unidades de clara identificación, cuantificación y con poder de fuego fácil de determinar. Así, delincuentes y escoltas podrían entrar en un enfrentamiento donde el resultado se decidiría según las habilidades de combate de cada grupo y las habilidades tácticas de sus comandantes, justo como en cualquier enfrentamiento militar convencional.

    El ejemplo hipotético anterior ilustra cómo el concepto original que sustentó la protección ejecutiva durante el siglo XX es por completo inadecuado.

    El error de origen reside en el intento de usar las estrategias de la guerra convencional en contextos como la guerra de guerrillas, pues antes del atentado los protectores no saben nada sobre los atacantes: quiénes son, cuántos son, qué armamento tienen… Mientras tanto, los atacantes sí tienen información estratégica sobre el protegido y sus protectores. Esto coloca a los protectores en una clara desventaja.

    Dicho paradigma militarizado redujo la protección ejecutiva a una actividad donde solo queda armarse, a la espera de una emboscada. Sobra decir que en una emboscada el único beneficiado es quien la planea.

    El concepto de protección ejecutiva que dominó el siglo XX puso al protegido en una posición de vulnerabilidad y de riesgo tal que cada vez que ocurría un ataque, en el mejor de los casos, había un cincuenta por ciento de probabilidad de que el ejecutivo salvara la vida. Los grandes atentados, magnicidios y secuestros del siglo XX son prueba de ello.

    Es totalmente inadecuado e ineficaz usar métodos convencionales de combate en contra de un enemigo no convencional. Como ejemplo tenemos desde la guerra de Vietnam hasta el combate a los cárteles de narcotraficantes. La gran desventaja surge cuando tanto los protegidos como los propios protectores entienden el servicio como una pequeña unidad militar en medio de una guerra, cuyas reglas no conocen pero que asumen desde dos premisas falaces:

    —La protección ejecutiva implica un enfrentamiento armado.

    —Una fuerza no convencional se combate con una fuerza convencional.

    Vestigios de esta doctrina arcaica se pueden encontrar aún por las calles de muchas ciudades cuando vemos circular un auto lujoso seguido muy de cerca por otro lleno de hombres uniformados con trajes oscuros y con miradas desafiantes escudriñando el entorno.

    Por desgracia, la mayoría de los usuarios del servicio, así como los mismos protectores, siguen creyendo que en eso consiste la protección ejecutiva; y de esto se derivan una defectuosa planificación, una ineficaz operación, una equivocada capacitación y hasta requerimientos poco pertinentes por parte del propio usuario.

    De la misma forma, el enfoque antiguo convierte al propio protegido en un factor pasivo que no participa ni está integrado de manera adecuada dentro del esquema de protección. Esto es otro gran error que a lo largo de los años ha costado la vida de algunos protegidos.

    El concepto militarizado de protección ejecutiva favorece la reacción, el enfrentamiento y el combate porque la filosofía militar se basa en el acto bélico por antonomasia, y para estar en guerra se necesita que aparezca un enemigo contra el que poder luchar. Entretanto, una nueva doctrina en protección debe enfocarse en evitarlos, tal suerte que la filosofía reactiva resulta del todo inadecuada para la protección ejecutiva.

    Esto lo confirman las estadísticas de INEGI (2019), que muestran un aumento del 929 % en asesinatos de funcionarios y directivos en México entre 1990 y 2018, años que coinciden con la implementación masiva de este concepto reactivo de protección ejecutiva y con el aumento de la violencia en el país. Si a esto le añadimos los secuestros que a lo largo de estas décadas azotaron a miles de ejecutivos en México, parece evidente que el sistema tradicional y reactivo de protección ejecutiva no está dando buenos resultados.

    En el mismo periodo, el INEGI (ibídem) reporta también un aumento de asesinatos de trabajadores de seguridad en México en un 319 %. Si bien es cierto que la estadística no especifica cuántos ejecutivos asesinados pudieron o no tener protección, ni tampoco cuántos de los trabajadores de seguridad abatidos se desempeñaban como escoltas, el aumento tan drástico en estos delitos a lo largo de tres décadas de implementación del sistema reactivo de protección ejecutiva es un claro indicador de que se requiere un nuevo concepto de concebir y operar esta actividad, para mayor seguridad tanto de los ejecutivos como de los escoltas.

    A pesar de ser mexicanas, estas estadísticas son relevantes para los profesionales en todo el mundo, ya que demuestran las debilidades de la doctrina tradicional cuando se pone a prueba en las condiciones reales de alto riesgo, como es el caso de México.

    Vale la pena aclarar que el concepto tradicional de protección ejecutiva obtuvo también algunos éxitos a lo largo de los años, pese a las críticas que podamos hacerle hoy. Aunque en el mundo actual esos resultados son cada vez más insuficientes y sus procedimientos son cada día más inadecuados. Un ejemplo ilustra esta consideración: un hombre se traslada de su casa al aeropuerto en una carreta. Tarda más que un auto, está a merced del clima, pero al final cumplirá con su objetivo. Por esto, se puede decir que su elección no fue errónea. Sin embargo, no fue la más adecuada, dado que pudo haberlo cumplido en mucho menos tiempo, con mayor seguridad y confort.

    En el concepto de protección ejecutiva del siglo XX sucede algo análogo: cada día se encuentra más limitado para sustentar lo que el servicio actual requiere y su obsolescencia aumenta de forma vertiginosa. Esto no niega que muchos escoltas hayan logrado repeler agresiones y hayan abatido a los atacantes. No obstante, hay que reiterar: en un enfrentamiento, la suerte del protegido está en el aire y eso es algo que debemos evitar a toda costa.

    Es importante mencionar que también hubo intentos por adaptar algunos elementos del concepto de seguridad presidencial a un nivel empresarial y a una escala mucho más pequeña en el marco de la protección ejecutiva. El resultado no fue una adaptación, sino más bien una mutilación de conceptos importantes que se abordarán en detalle más adelante.

    De esta manera, del siglo XX nos queda una doctrina de protección ejecutiva dominada por un concepto reactivo y militarizado que cada día presenta más problemas y dificultades para responder a los crecientes retos de la sociedad moderna.

    Aun así, no ha sido la creciente ineficacia lo que ha desplazado al concepto tradicional de protección ejecutiva, sino la revolución digital. En los últimos años hemos sido testigos de rápidos y profundos cambios en la sociedad que durante mucho tiempo tuvo un modelo vertical; pero el uso generalizado de las tecnologías de la información y de la comunicación han transformado el concepto reactivo y militarizado en una filosofía de trabajo obsoleta.

    También la pandemia originada por el virus SARS-CoV-2, causante de la enfermedad COVID-19, es sin duda otro factor que genera grandes transformaciones sociales en estos tiempos, pues llegó para cambiar nuestro mundo y nuestras vidas para siempre. Independientemente de si se encuentra pronto una vacuna o un tratamiento, nuestro desenvolvimiento en los ámbitos sociales, familiares y laborales se verá del todo modificado.

    Todas las profesiones sufrirán las adecuaciones en sus procesos, en mayor o menor grado, y la protección ejecutiva no debe ser la excepción. Más adelante discutiremos varias medidas y diferentes procesos que se aplican en nuestro trabajo para proteger a nuestro cliente de este enemigo microscópico; si bien, ahora solo queremos subrayar que nuestro mundo ha cambiado tanto en estos últimos tiempos que ya no podemos utilizar los mismos métodos y formas de trabajar la protección ejecutiva como se hacía en el siglo pasado.

    Una nueva doctrina

    para una nueva sociedad

    La sociedad vertical implica una legitimación de facto de las élites y el mantenimiento de una estructura piramidal con estructuras jerárquicas socialmente reconocidas y aceptadas. La pertenencia a las élites incluye privilegios de carácter social y económico, además de una cierta segregación. Para muchas personas, el tener escoltas —con toda la parafernalia que esto implica— ha sido uno de los signos distintivos de la sociedad vertical.

    Hoy, asistimos a una profunda transición social que es casi imperceptible para muchos por la rapidez con la que está ocurriendo. Impulsados en gran medida por las redes sociales, estos cambios modifican mucho el tejido social y los paradigmas tradicionales en el proceso de adoptar un modelo más horizontal, igualitario y participativo.

    La palabra «participativo» es clave, ya que las redes sociales registran y difunden con rapidez cualquier acto o intento de abuso, prepotencia o injusticia cometido por cualquier persona. Pero cuando se trata de un escolta el impacto se multiplica aún más.

    No debemos olvidar que nuestra actividad se desarrolla dentro de esta sociedad fluctuante y a veces efervescente, que las reglas y convenciones están cambiando con rapidez, y si no reconocemos y no nos adaptamos a estos cambios, corremos el riesgo de quedarnos obsoletos.

    Muchos expertos en seguridad se escandalizaron con la decisión del presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, de disolver en 2018 el emblemático cuerpo de seguridad denominado Estado Mayor Presidencial y adoptar un esquema de seguridad mucho más discreto —aunque él no ha sido el primero en rechazar la seguridad tradicional—. Existe un número creciente de empresarios de alto nivel, conscientes de los riesgos que corren, que desde hace varios años también han rechazado el sistema tradicional de protección ejecutiva que implica la clásica parafernalia de patrullas, armas, trajes y lentes oscuros. De tal suerte que lo que antes era símbolo de estatus, ahora para muchos se está convirtiendo en signo de mal gusto justamente por los cambios sociales.

    Como hemos mencionado, la protección ejecutiva tradicional es un símbolo característico de lo más negativo de la sociedad vertical, la de jerárquicas y privilegios, aunque también la de arrogancia y abusos.

    Por eso es comprensible que ni los presidentes ni muchos altos ejecutivos deseen continuar con este tipo de protección, por las mismas razones por las cuales no quisieran llegar a trabajar con un traje que estuvo de moda en los años setenta del siglo pasado. Si bien no es un asunto de moda, sí nos encontramos con un proceso de adaptación a la realidad social imperante. Este factor fue el que terminó con la descalificación del concepto antiguo de protección ejecutiva y generó la necesidad de crear nuevas soluciones.

    Es evidente que la protección ejecutiva moderna no es una actividad militar ni policiaca, se trata de una profesión sui generis con una doctrina propia que requiere una formación altamente especializada.

    Por ello es necesario reflexionar sobre las experiencias con el fin de generar nuevas propuestas dirigidas tanto a los protectores como a los protegidos. Se requiere un cambio de concepto y un paradigma inédito del cual salgan nuevos procesos operativos. Explicar este concepto, así como nuevos procesos operativos es el fin del presente libro, y sus postulados son:

    —Tenemos que saber quiénes son, como ellos saben quiénes somos.

    —Tenemos que saber dónde están, como ellos saben dónde estamos.

    —Tenemos que seguirlos, como ellos nos siguen a nosotros.

    —Tenemos que sorprenderlos, como ellos nos quieren sorprender a nosotros.

    Los objetivos de la protección ejecutiva

    Ya en las primeras páginas de un texto dedicado a la protección ejecutiva se esperaría tener una definición de esta actividad. Sin embargo, por la complejidad de la misma, antes de cualquier definición usaremos el método socrático para examinar esta profesión en sus diferentes facetas y, a posterior, generaremos una síntesis y una definición que ayudarán a crear nuevos paradigmas y nuevos métodos de trabajo:

    Cuando se nos asigna la protección de un ejecutivo, ¿cuál es la finalidad de nuestro trabajo?

    Si se hace esta pregunta a un grupo de protectores durante el entrenamiento, por lo general, la respuesta es que se hace para que el ejecutivo no sufra un atentado, un secuestro, un robo o algún otro tipo de delito.

    Pues bien, la respuesta es correcta y es el primer pensamiento cuando se reflexiona sobre la finalidad del trabajo de protección a ejecutivos, y es que en efecto se trata de evitar daños intencionales a la persona asignada. Además, tanto en la sociedad en general como en los propios grupos de protectores se encuentra arraigada una imagen difundida por Hollywood respecto a la protección ejecutiva. Todo aquello que muestran las películas y series se manifiesta en la cultura popular y a menudo es la razón por la que los ejecutivos buscan contratar el servicio de protección. No obstante, una de las principales tareas es evitar ese tipo de situaciones. La principal pregunta sería:

    ¿Es este el único objetivo de la protección ejecutiva?

    La mayoría de las veces la respuesta es afirmativa, en especial entre los protectores que fueron formados en este arte durante el siglo pasado.

    Cuando empezó a extenderse el servicio de protección a ejecutivos, esta era la única la finalidad. Aunque en la actualidad no puede ser el único objetivo de esta profesión.

    ¿Qué efectos tuvo mantenerlo como objetivo único?

    Un atento análisis revela que la manera de definir los objetivos de la protección determina el trabajo operativo. Por ejemplo, entender y practicar la seguridad ejecutiva solo como evasión de daños intencionales llevó a pensar a muchos protectores que el conducir sus unidades a gran velocidad los alejaría de ser un blanco fácil, lo cual generó algunos accidentes.

    Hace unos años recibí una solicitud de servicio por parte del director corporativo de seguridad de una importante empresa internacional. Pedía un vehículo sedán blindado para trasladar a un ejecutivo desde un aeropuerto privado en la ciudad de Toluca hasta la Ciudad de México. La petición especificaba que el operador debía conducir a una velocidad no menor a los 120 kilómetros por hora. El camino es montañoso, sinuoso, a veces hay neblina o lluvia. Manejar a esa velocidad en una unidad blindada representa un riesgo innecesario, por lo que tuvimos que rechazar el servicio.

    El concepto erróneo del director corporativo de seguridad ponía en un grave peligro a su protegido por intentar evitar un ataque intencional. En este caso, no había un alto nivel de riesgo, si bien, el mismo protector estaba elevando el peligro al hacer una solicitud irracional. Lo más preocupante de todo es que el solicitante era un alto ejecutivo de seguridad, lo que señala que el desconocimiento sobre las bases de protección ejecutiva no está limitado únicamente a los operadores, sino que en muchas ocasiones incluye también a los administradores.

    Esto ilustra cómo la

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