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Presunción de culpabilidad. ¿Estado de derecho?
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Libro electrónico274 páginas4 horas

Presunción de culpabilidad. ¿Estado de derecho?

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La Institución de Presunción de Inocencia pasa por sus horas más bajas en España. Mutatis mutandis, abogamos por un cambio de modelo en la instrucción penal en España, proponiendo a su vez la aplicación de la Ley de un modo más exhaustivo, ergo soslayando así las veleidades que en ocasiones se permiten las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, la Fiscalía y el Juez Instructor.

Esta obra, que disfrutarán los profesionales del derecho, los operadores jurídicos y demás exegetas de la ley, analiza un caso práctico basado en presuntos delitos contra la Administración Pública. Una macrocausa, la de Invercaria, que según el autor parece impostada y cuyas motivaciones políticas podrían contaminar todo el proceso. Se aportarán importantes evidencias del injustificado inmovilismo judicial que se está produciendo en dicho proceso, contraviniéndose así la tutela judicial efectiva contemplada en el art. 24 CE y no aplicándose el principio de contradicción entre las partes, ambas, piezas claves de nuestro ordenamiento jurídico y, de paso, soporte vital de los derechos fundamentales que todo ciudadano debe tener en España. Pondremos foco en la proliferación de macrocausas centradas en los delitos contra la Administración Pública, haciendo especial énfasis en la figura del extraneus y el papel que asume en muchos casos de convidado de piedra, asumiendo el rol de cooperador necesario de un delito que nunca existió. Sobre todo en las denominadas macrocausas en la que últimamente se cae en la tentación de llevarse a cabo una instrucción de tinte inquisitorial.

Este caso, sirve de ejemplo de lo que puede estar ocurriendo en otros muchos a profesionales que se ven inmersos en dolorosos, costosos e injustos procesos judiciales, llevando al límite sus vidas y las de sus familias, sencillamente porque algún que otro fiscal, con ánimo acusatorio desmedido, entendió que debía aplicar el principio de culpabilidad de forma un tanto caprichosa, unido a la complacencia de un juez instructor que sigue el dictado de la Fiscalía sin aplicar la necesaria jurisdiccionalidad.

Un libro con el que su autor quiere ofrecer su reconocimiento y respeto a los miles de fiscales y jueces que trabajan con honestidad y denuedo, haciendo de nuestra Justicia un entorno seguro y justo para todos los que tienen que acudir a ella por obligación o necesidad.
IdiomaEspañol
EditorialLid Editorial
Fecha de lanzamiento23 oct 2020
ISBN9788418578250
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    Presunción de culpabilidad. ¿Estado de derecho? - Francisco Barrionuevo

    Nota del autor

    El hecho por el que el autor tenga acceso a información reservada procedente de una instrucción penal se obliga a no perder de vista la responsabilidad penal por quebrantamiento de los deberes de sigilo en el marco de un proceso penal. De modo que el autor de este libro cumple con este deber al no ofrecer información sensible, para así cumplir con el tipo específico del art. 466 CP y su remisión al art. 417 CP: secreto procesal. Bien es cierto que, a la fecha de publicación de este libro, ya se ha celebrado el primer juicio público de la pieza denominada Aceitunas Tatis. De modo que toda la documentación obrante en esta pieza y del ramo principal dejan de aplicarse el citado secreto procesal.

    Justicia y empresa

    La justicia es un concepto social, con fundamentos morales y éticos, que se manifiesta a través de normas, y la interpretación y aplicación de las mismas, en cada momento histórico e incluso según cada territorio. Es, por tanto, un concepto de una gran amplitud, hasta el punto de poder afirmar que cada uno podemos llegar a tener una consideración de qué consideramos justo o injusto.

    Así explicitado, sería una temeridad tratar de exponer, en estas breves líneas, cual es el concepto de justicia que consideramos más adecuado desde el punto de vista empresarial.

    No obstante, tenemos algunas ideas claras sobre los atributos que deben rodear a la misma.

    El primero de todos ellos es que debe existir. La justicia debe imperar siempre y, más aún, cuando hablamos del mundo de la empresa en el que es constante la puesta en consideración de obligaciones y derechos que habitualmente dan lugar a controversias que deben ser resueltas.

    El segundo, y éste tiene un gran reflejo en la actividad de las empresas, es que para que exista la justicia debe ser aplicada en el momento oportuno. Una decisión justa adoptada en un tiempo inadecuado, deviene por sí misma en injusta. Por ello, desde el sector empresarial siempre solicitamos la máxima celeridad en la adopción de resoluciones administrativas y judiciales.

    Y un tercer elemento a considerar, también con carácter fundamental para nuestro ámbito, es que tiene que ser proporcional, adecuada, y respetar siempre el principio general de presunción de inocencia.

    Uno de los activos más importantes de una empresa y de un empresario es su imagen, su capacidad de generar confianza entre trabajadores, proveedores, clientes y la propia sociedad que le rodea. Dicha confianza es muy fácil de destruir y muy compleja de recuperar, más aún en un contexto en el que se confunden falsas noticias, con comentarios anónimos en redes sociales.

    La quiebra de esa confianza que se produce cuando se suceden situaciones como las que se denominan «penas de banquillo» y «penas de telediario», deben ser tomadas en consideración, si realmente queremos vivir en una sociedad en la que impere la justicia.

    Este es a mi entender el esfuerzo que Francisco Barrionuevo pretende con este libro, a partir de su experiencia personal, que le ha llevado al estudio del Derecho para comprender mejor su situación y construir su propia visión sobre la justicia y su aplicación ante la excesiva judicialización de la vida económica, política y social.

    El autor de esta obra ha sido y es un «hombre de empresa». Siempre comprometido en crear empleo y riqueza, y vinculado a su entorno social más próximo, generando destacados proyectos tecnológicos e innovadores. Barrionuevo es un buen exponente de una generación de empresarios andaluces comprometidos con el conocimiento, el talento y con crear entornos más favorables para la inversión y el desarrollo. Este libro es fruto de su afán por resolver inquietudes personales, queriendo estar un poco más cerca de la verdad, siempre tan subjetiva.

    En definitiva, desde una consideración empresarial, es importante que la justicia se aplique siempre, que se haga en el momento adecuado y que su impartición no quiebre, sin más, la confianza en empresarios y empresas. Si entre todos ponemos los medios para que ello sea así, estaremos más cerca de una sociedad mejor, porque haremos realidad la conocida definición de justicia que, en el siglo III proponía desde Roma el brillante Jurisconsulto Ulpiano: «Justicia es la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno su propio derecho».

    Javier González de Lara y Sarria

    Presidente de la Confederación de Empresarios de Andalucía (CEA)

    Presunción de inocencia

    La presunción de inocencia es un derecho fundamental que sostiene nuestro sistema democrático y el Estado de Derecho en España, por lo que debe ser protegido y se debe garantizar su cumplimiento.

    Este derecho colisiona en no pocas ocasiones con el derecho a la libertad de expresión y de información, por lo que resulta muy sencillo encontrar casos en los que primero se considera a una persona culpable y después ya se verá lo que dice la Justicia, que, para más inri, tardará lo suficiente en pronunciarse como para que los ciudadanos se hayan olvidado de la historia. En su subconsciente, la persona o empresa afectada quedará manchada, será culpable, un daño a su reputación que nunca será reparado.

    Este libro pone el foco en la judicialización de la vida pública, que se ha consolidado como una forma más de hacer política en España, y realiza un detallado análisis del principio constitucional de la presunción de inocencia y de los factores que la ponen en peligro. Francisco Barrionuevo conoce bien el asunto del que trata en este documento, que es de gran valor para los profesionales del Derecho y para todos los ciudadanos a los que les preocupa la salud democrática de nuestra sociedad.

    Barrionuevo supone además un ejemplo para la sociedad andaluza, un ejemplo en el que mirarse en esta tierra de valientes emprendedores en la que, sin embargo, se mira en muchas ocasiones con infundadas reticencias a los empresarios. Sin ellos no existe el progreso y la prosperidad, y está en nuestra mano, en la de los ciudadanos y en la de las administraciones públicas, que reciban el reconocimiento que merecen.

    El buen empresario, y el autor de este libro lo es, contribuye de manera decisiva a la mejora de la sociedad en la que desarrolla su labor, no sólo desde el punto de vista económico y de la generación de empleo, sino modernizando el tejido productivo, respetando el medio ambiente y poniendo en marcha acciones de responsabilidad social corporativa.

    En definitiva, tenemos que estar orgullosos de nuestros empresarios, como el autor de esta obra, Francisco Barrionuevo, que innovan, emprenden y arriesgan su patrimonio, generando puestos de trabajo, para ofrecer servicios de calidad a una sociedad cada vez más exigente y que así los demanda y hemos de conseguir que sean el espejo en el que se miren los jóvenes. Esos jóvenes a los que Francisco Barrionuevo con el mismo acierto que cariño, junto al gran equipo que integra Novaschool, forman, enseñan y preparan para ser hombres y mujeres competitivos, productivos y capacitados para sumir el relevo generacional de nuestra sociedad.

    Sin duda, hemos de tener claro que el éxito de empresarios como el autor de esta obra será el de todos.

    Francisco Javier Lara Peláez

    Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Málaga

    El honor

    Vivimos tiempos convulsos en los que algunos de los valores que como, sociedad moderna y civilizada, creíamos asentados, se desmoronan delante de nuestros ojos.

    Uno de los que cuya devaluación resulta más preocupante, por atacar a la esfera más intima del ser humano, es honor y el derecho de las personas a conservarlo y protegerlo sin que sea pisoteado y puesto permanentemente en cuestión, si no negado, por una opinión pública que, en demasiadas ocasiones, merita su nombre por el descriptivo pública pero que tiene de «opinión» el equivalente a las soflamas debidamente inoculadas por interesados de cualquier signo.

    España es un gran país. Tenemos grandes virtudes pero también grandes defectos. Pero hay uno de ellos que marida a la perfección con el deterioro del honor y que es práctica generalizada en nuestro país. Me refiero a la envidia. Se propaga sin pudor ni medida contra todo aquel que, merecidamente no, haya mostrado capacidad de triunfar en cualquier ámbito de la vida. Pero es especialmente encarnizada y letal si el triunfador es un empresario. Alguien que, de la nada, aplicando talento, trabajo y grandes dosis de audacia, crea riqueza, puestos de trabajo y desarrollo.

    Con estos ingredientes no podremos configurar otro plato que no sea el del linchamiento público de aquel sobre el que pese la mínima sospecha, infundio o vaguedad no contrastada a la que buena parte del periodismo otorgará, de buen grado, carta de naturaleza y convertirá al destinatario en una suerte de condenado perpetuo a una pena pública mediática de la que jamás se librará, incluso, aunque nunca reciba la pena judicial sobre la que recaía la sospecha.

    Esta deriva, acentuada en los últimos años, no encuentra cobijo en un sistema judicial como el español, arcaico, lento y que, consciente de su incapacidad de dar soluciones eficientes para proteger un bien jurídico como el derecho al honor, es también conocedor de que la percepción de la sociedad es que dicho bien jurídico no merece ser protegido. Una sociedad que ha decidido abandonarlo en favor las mieles de participar, a título de agraviado, en las lapidaciones populares tan entretenidas como injustas. Por ello, tanto nuestro poder judicial como legislativo difícilmente encontrarán incentivo para dirigir sus esfuerzos o presupuestos a tal fin.

    En una mar como esta, echan sus botes cada día cientos de miles de empresarios y personas trabajadoras que tratan de ganarse el pan y crear prosperidad y bienestar para lo cual se ven avocados a adoptar decisiones, en ocasiones difíciles y, en muchos momentos, siendo el peor momento para adoptarlas.

    Ninguna sociedad puede convivir pacíficamente si no es capaz de conjugar, de forma ordenada, derechos fundamentales como el derecho a la libertad de expresión y el derecho al honor, la intimidad y la propia imagen. Pero, sobre todo, ninguna economía, tan necesitada de seguridad jurídica, puede subsistir en una matriz de riesgo en que los parámetros de riesgo reputacional son iguales o superiores a los propios riesgos empresariales.

    Este panorama es el que nos dibuja Francisco Barrionuevo de forma valiente y sin tapujos. Escrita en clave personal, con el desgarro de haber sangrado cada una de las palabras que vierte en el libro pero, a su vez, con la madurez de saber distanciarse lo suficiente para hacer un análisis certero de este mal que nos aqueja y que, mucho me temo, perdurará entre nosotros durante muchos años. Y quizá lo merezcamos.

    «El honor es una isla escarpada y sin riberas: El que ha caído de ella, no puede volver a subir». Nicolás Boileau-Despréaux (1636-1711)

    Juan Carlos Robles Díaz

    Decano del Colegio de Economistas de Málaga

    Prefacio

    El proceso penal no debe comenzar solo a causa de una sospecha genérica y solo con el sentido de llevar a cabo una investigación, de la que tal vez surjan hechos punibles.

    (Prof. De La Oliva Santos)

    Me considero un hombre con buena suerte, tanto en la faceta personal como en la profesional. Sin embargo, en 2012 todo cambió en mi vida cuando vi mi nombre escrito en un titular nefasto de la edición digital de ABC de Sevilla. Al ir leyendo lo que se decía de mí no daba crédito, pero tampoco entendía la magnitud de hallarme imputado en lo que tomaba cuerpo como macrocausa Invercaria. Recuerdo que era la hora del almuerzo; sin duda me dieron la comida.

    No comprendía lo que me estaba pasando; reconozco que en ese momento viví situaciones de angustia y miedo. Me quedé solo y pensativo, intentando recuperarme del mazazo que suponía verme envuelto en un caso de corrupción, sin saber en aquel momento el alcance de lo que todo aquello suponía y a lo que me enfrentaba. Cierto es que mi vida cambió desde ese instante. Lo primero que hice fue llamar al secretario del consejo de administración de la empresa que lideraba, Novasoft, en la que ejercía el cargo de consejero delegado y además era el propietario del 35% del accionariado, compartiendo la propiedad en la fecha de autos (creación de las mercantiles FIVA y Servivation) con Unicaja, entre otros accionistas. De ese modo me vi imputado (hoy se llama investigado) por supuestos delitos contra la Administración pública en calidad de representante y primer ejecutivo de la mercantil Novasoft (empresa en liquidación).

    Novasoft en aquel fatídico 2012 sufría los avatares de la crisis. En ese sentido, la judicialización del caso Invercaria fue la espoleta que desencadenó la voladura de un grupo empresarial de capital 100% andaluz y del sector tecnológico, que daba trabajo a más de mil empleados. La desconfianza se instaló en los grupos de interés de Novasoft, principalmente bancos, clientes, aliados empresariales y proveedores. Todo ello provocó que presentase concurso de acreedores en julio de 2013 sin posibilidad de convenio y abocada sin remisión a su liquidación. No hay dinero que pueda pagar esta injusticia, primero contra mis trabajadores (que se quedaron sin empleo), después con los proveedores y acreedores (que no cobraron su deuda). A todo ello, habría que sumar el daño moral y dolor causado que jamás se resarcirá.

    Aprovecho para reconocer la gran labor de D. José Antonio Fernández, genial abogado y amigo, a quien le pedí que nos reuniéramos de inmediato cuando me enteré de mi imputación. Sus palabras de entrada fueron muy tranquilizadoras: recuerdo que me dijo que debíamos hacer una revisión del íter de las operaciones con Invercaria, para así poder valorar con más datos mi nueva situación de imputado.

    Al día siguiente nos reunimos con el responsable del área legal de la empresa, el abogado D. Jorge Cruz, junto a los abogados del bufete que nos asesoraba, a la cabeza D. José Antonio Fernández y la directora del área de administración, mi compañera Dña. Nieves Callejón. Recuerdo que estuvimos toda la mañana. Después de largas horas recopilando y analizando todas las operaciones de tráfico mercantil ligadas a Invercaria, el veredicto de los asesores jurídicos fue categórico y me dieron bastante tranquilidad, ya que me aseguraban sin ambages que en todo momento cumplimos con la ley y el marco legal, que las operaciones llevadas a cabo por la empresa que representaba estaban sujetas a ley, que todas esas operaciones eran las típicas de un tráfico mercantil en regla. Se pudo corroborar que todas habían pasado por sus manos previamente, tanto por el departamento jurídico interno de Novasoft como por el externo. Estas operaciones contaban con el plácet necesario de los órganos de gobierno de la empresa y de sus asesores jurídicos, como hemos contado anteriormente.

    Una vez pasaron los primeros años de instrucción, quisiera dedicar un espacio para recordar mi primer encuentro con la Jurisdicción Penal. Pongo especial hincapié en el día de la declaración ante el juez y el paseíllo por los soportales del Juzgado de Sevilla que me vi obligado a realizar; allí estaban una decena de periodistas y medios de comunicación televisivos, una lluvia de flases y cámaras apuntándome en mi entrada al juzgado. Sin duda, fueron unos minutos bochornosos y la vergüenza fue insoportable. Ciertamente, alguna mano invisible se encargó de calentar el ambiente y provocar esta inusitada reunión de medios de prensa para mi declaración. Me sentí como si fuera el villano mayor de Andalucía. ¿Y todo por qué? Por el hecho de haber invertido en una nueva empresa que no salió adelante y por la que Invercaria también perdió el capital invertido del préstamo participativo que concedió en su condición de acreedora financiera. Bueno, tendremos oportunidad de entrar en profundidad sobre este asunto.

    Una vez pasado el control de seguridad subí las escaleras (evito siempre que puedo los ascensores), camino del Juzgado de Instrucción nº 16, que tenía al frente como juez instructor al Sr. Gutiérrez Casillas. Hoy, de saber cómo actuó este juez durante mi declaración en la primera pieza denominada FIVA de la que será la macrocausa Invercaria, no hubiera abierto la boca (o lo que es lo mismo me habría acogido a mi derecho a no prestar declaración), no buscando no colaborar con la Justicia, sino no colaborar con un juez que demostró desde el principio que no estaba dispuesto a aplicar la jurisdiccionalidad objetiva, dejando con su actuación manifiesta duda sobre la imparcialidad debida que se le presupone a todo juez. Fue una experiencia horrible que no se la deseo ni a mi peor enemigo (por suerte, que yo sepa, no cuento con ninguno). Durante mi declaración en calidad de imputado (hoy investigado), el juez instructor procuró ofrecerme todo tipo de reproches; recuerdo que sus comentarios y su forma de proceder demostraban ser de todo menos un juez imparcial (tengo que reconocer que me pilló de nuevas en esas lides; hoy hubiera gestionado mejor el trato vejatorio que me dispensó, pues se aprovechó de que estaba muy asustado y con el miedo de verme en una situación en la que jamás antes me había visto). Tenía el convencimiento pleno de que este juez desde el principio me puso la etiqueta de delincuente y se afanó en horadar mi honestidad y prestigio como profesional desde el minuto uno de sentarme en el banquillo. Me hizo pasar por un calvario de declaración que duró alrededor de cinco horas, en la que, por cierto, no pasé de largo sobre ningún tema que me preguntó, dejando claras mi actitud colaboradora y mi sinceridad en la declaración (me sentía más testigo que imputado; de hecho, aún sigo sintiéndome así). Sin embargo, durante mi declaración no recibí apoyo del juez, sino frialdad y dureza en las palabras del instructor, que no me merecía. En puridad, cualquier comentario o expresión por mi parte lo intentaba tergiversar dándole un sentido o matiz distinto al que tenían. Por poner un ejemplo, le conté que asistía a charlas y encuentros empresariales en los que a veces el ponente era el consejero de Innovación de la Junta de Andalucía y, después del evento, había un cóctel y aprovechaba la oportunidad para departir con el consejero. Dicho sea de paso, el término cóctel le desagradó (incluso se mofó del término), dándole un matiz a mis palabras muy distinto al que tenía, como si entendiera que estaba confesando que había cometido un delito de tráfico de influencias por el hecho de hablar con el consejero al final de un acto público. En fin, así podría contar muchos momentos de esta nefasta experiencia frente a un juez que no supo estar a la altura y que, en modo alguno, me trató con el debido respeto, pues olvidó que, a pesar de estar sentado en el banquillo como investigado, mi presunción de inocencia no podía estar cuestionada, dado el momento procesal en el que me encontraba de mi primera declaración y recién iniciada la investigación judicial. Ya lo avisaba este autor, por cierto, juez jubilado (Del Arco, 2017): «Jueces estrella, narcisistas, ungidos y acostumbrados a una calculada temeridad que a menudo compatibiliza con la prevaricación. Incapaces de armonizar los hechos con la ley y sus actuaciones no forman parte de la realidad sino del relato fantástico que se habían hecho de sí».

    En honor a la verdad, de la que no quiero apartarme ni un ápice, el juez Gutiérrez Casillas cambió radicalmente de estilo y forma en mi segunda comparecencia como investigado en la pieza separada Servivation. Durante mi declaración, que apenas duró treinta minutos, hizo lo que debía hacer; me refiero a velar por que se respeten las reglas y principios procesales, en especial el de igualdad de arma; de hecho, el juez no adoptó un papel tan relevante, dejando a las partes actuar y, por supuesto, no tomó el camino de hacer preguntas con un claro sesgo acusatorio como sí hizo en mi declaración en la pieza separada de FIVA. A pesar de todo, siguió sin tener en cuenta las pruebas aportadas por las defensas y, lejos de sobreseer la pieza, de nuevo dictó auto PROA, incriminando a todos los investigados. De ese modo fue la Fiscalía la que consiguió el objetivo que perseguía, que no era otro que hubiese plenario.

    Como decía, no entendía (y sigo sin entender) por qué se mantiene mi situación de justiciable en la macrocausa Invercaria sine die (cuando he escrito estas palabras han pasado ocho años desde mi imputación).

    Una vez

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