Recursos ordinarios y extraordinarios en el proceso de consumo de la Ciudad de Buenos Aires: Estudio y análisis del Código Procesal de la Justicia en las Relaciones de Consumo de la Ciudad de Buenos Aires (CPJRC)
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La aparición del fuero de consumo en el ámbito del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires trajo consigo un nuevo código de procedimiento con reglas completamente novedosas, el Código Procesal de Justicia en las Relaciones de Consumo de la Ciudad de Buenos Aires (CPJRC).
El CPJRC regula la etapa recursiva de un modo completamente diferente a los códigos clásicos, como el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (CPCCN) o el Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires (CPCCBA). De ahí la necesidad de analizar los recursos procesales a la luz de la nueva normativa en un fuero que aspira a ser masivo, pues acogerá a todas las controversias de consumo.
En el libro, el autor analiza de modo teórico y práctico todos los recursos procesales que pueden promoverse en un proceso de consumo en la Ciudad de Buenos Aires, y los compara con un profundo análisis del régimen recursivo nacional y bonaerense.
En este libro el lector encontrará todos los recursos que se pueden presentar en el proceso regido por el CPJRC -y su estudio comprado en los CPCCN y CPCCBA-. Se estudian los recursos ordinarios contra resoluciones simples, interlocutorias y sentencias definitivas en el desarrollo normal del proceso y, además, las apelaciones ordinarias ante el Tribunal Superior de Justicia porteño (TSJ) y la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN). También los extraordinarios de carácter local (como el recurso de inaplicabilidad de la ley y el recurso de inconstitucionalidad ante el TSJ y su queja por denegación) y los extraordinarios de índole nacional que le permiten llevar el expediente desde los estrados locales hasta la CSJN (como el recurso extraordinario federal de la ley 48 y su queja por denegación).
En suma, se provee al lector del examen minucioso de todos los recursos que puede enfrentar a lo largo del proceso de consumo en la Ciudad de Buenos Aires, desde el juzgado de primera instancia, la Cámara de Apelaciones y el TSJ porteño hasta llegar a la cúspide más alta del Poder Judicial, la CSJN.
La obra se divide en cinco grandes partes. Una primera, donde se analizan los recursos a la luz de la teoría general, aplicable a todos los procedimientos. Una segunda, donde se analizan los recursos ordinarios en el CPJRC, en el CPCCN, en el CPCCBA y en otras leyes. Una tercera, donde se examinan los recursos ordinarios ante el TSJ y la CSJN. Una cuarte, donde se estudian los recursos extraordinarios locales en el CPJRC y en la ley 402 de la Ciudad de Buenos Aires. Una quinta, donde se estudian los recursos extraordinarios de índole nacional. Y, para terminar, un anexo con modelos.
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Recursos ordinarios y extraordinarios en el proceso de consumo de la Ciudad de Buenos Aires - Nicolas Ignacio Manterola
Recursos ordinarios y extraordinarios en el Código Procesal de la Justicia en las Relaciones de Consumo de la Ciudad de Buenos Aires
Recursos ordinarios y extraordinarios en el Código Procesal de la Justicia en las Relaciones de Consumo de la Ciudad de Buenos Aires
Estudio concordado con el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y el Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires
Nicolás Ignacio Manterola
Índice de contenido
Dedicatoria
Sobre el autor
Abreviaturas
Prólogo
Prólogo del autor
Capítulo I. Teoría general del recurso
PARTE PRIMERA: CUESTIONES PRELIMINARES
1. Plan a seguir
2. El proceso judicial
3. Las resoluciones judiciales
3.1 Providencias simples
3.2 Resoluciones interlocutorias
3.3 Sentencia homologatoria
3.4 Sentencia definitiva
PARTE SEGUNDA: ASPECTOS GENERALES DE LOS RECURSOS
4. El recurso. Generalidades y recepción constitucional
5. El recurso. Concepto y clasificación
6. El error en las resoluciones: de procedimiento y de juzgamiento
7. Admisibilidad y fundabilidad de los recursos
8. Gravamen y agravio. Diferencias
9. Reformatio in peius
10. El sujeto en los recursos: ¿Quiénes pueden recurrir?
10.1 Las partes y quienes se vean perjudicados
10.2 Litisconsorcio. Efectos del recurso de un litisconsorte respecto los demás
10.3 Terceros intervinientes
10.4 Terceros que no intervienen en el proceso
11. El objeto, tiempo y lugar de los recursos: ¿Qué, cuándo y dónde se recurre?
12. Estado y ejecución de la resolución recurrida. Efectos de los recursos
Capítulo II. Los recursos ordinarios
PARTE PRIMERA: LA ACLARATORIA
13. Concepto. ¿Es un recurso?
14. Defectos que ameritan la aclaratoria
14.1 Errores materiales
14.2 Aclarar puntos oscuros
14.3 Omisiones
15. Legitimados: ¿Quién puede solicitar la aclaratoria?
16. ¿Contra qué resoluciones procede la aclaratoria?
17. ¿En qué plazo se interpone? ¿Cómo se interpone?
18. Sustanciación
19. La relación entre la aclaratoria y otros recursos. ¿Suspensión de plazo para interponer otros recursos?
19.1 Existencia de un gravamen que es independiente de la aclaratoria
19.2 Gravamen que depende de la aclaratoria
19.3 Gravamen que aparece luego de que la aclaratoria es resuelta
20. ¿Es recurrible la decisión que resuelve la aclaratoria?
PARTE SEGUNDA: REVOCATORIA O REPOSICIÓN
21. Concepto
22. ¿Contra qué resoluciones procede?
23. ¿Dónde, cómo y cuándo se presenta?
24. ¿Se corre traslado del recurso a la otra parte?
25. Trámite del recurso de revocatoria
26. Resolución que resuelve la revocatoria. Recursos contra ella
27. Revocatoria con apelación en subsidio
28. Revocatoria de oficio
29. La revocatoria in extremis
PARTE TERCERA: EL RECURSO DE APELACIÓN
30. Concepto
31. Legitimación e interés. Subsistencia del agravio
32. Límites de la sentencia de la Cámara de Apelaciones
33. Adhesión a la apelación
34. Apelación adhesiva implícita o reversión de la jurisdicción
35. ¿Contra qué resoluciones procede?
35.1 Regla general
35.2 Resoluciones apelables en el proceso ordinario del CPJRC (límite a la apelabilidad)
35.3 El vencedor que apela la sentencia definitiva para habilitar el tratamiento de recursos diferidos
35.4 Resolución de medidas cautelares y apelación
35.5 Límite recursivo según naturaleza del juicio
35.6 Límite por el contenido de la resolución
35.7 Límites a la apelabilidad en razón del monto
36. El gravamen en la apelación
37. La apelación frente a la acumulación de pretensiones en la demanda
37.1 Acumulación objetiva de pretensiones. Clases
37.2 El gravamen ante la acumulación de pretensiones
37.3 Síntesis
38. ¿Cómo se presenta la apelación?
38.1 En el régimen del CPJRC. Presentación y fundamentación
38.2 En el régimen del CPCCN y CPCCBA
39. ¿Dónde y cuándo se presenta el recurso y sus fundamentos?
39.1 En el régimen del CPJRC
39.2 En el régimen nacional y bonaerense
40. Análisis del escrito que funda el recurso. El rechazo de la apelación en el CPJRC y la deserción del recurso en el orden nacional y bonaerense
41. Formas y efectos de concesión de la apelación
41.1 Libremente o en relación
41.2 Con efecto suspensivo o devolutivo (no suspensivo)
41.3 Con efecto diferido o inmediato
42. Recurso contra la concesión de la apelación por el a quo
43. Trámite del recurso de apelación en el CPJRC
43.1 Generalidades
43.2 Presentación de la apelación (enunciando los agravios o fundando) en primera instancia
43.3 Traslado o vista del recurso en primera instancia
43.4 Apelación concedida con efecto suspensivo y no suspensivo
43.5 Apelación concedida con efecto inmediato y con efecto diferido
43.6 Trámite en segunda instancia
44. Trámite del recurso concedido libremente en el CPCCN y en el CPCCBA
44.1 Presentación y concesión
44.2 Constitución de domicilio
44.3 Elevación a Cámara y plazos que comienzan a correr
44.4 Presentación de expresión de agravios. Traslado
44.5 Presentación de otros actos procesales
44.6 Llamamiento de autos y sentencia de Cámara
44.7 Facultades y límites de la Cámara de Apelaciones. Hechos que debe considerar. Omisiones del a quo.
45. Trámite del recurso concedido en relación y con efecto inmediato y suspensivo en el CPCCN y en el CPCCBA
46. Trámite del recurso concedido en relación y con efecto inmediato y devolutivo en el CPCCN y en el CPCCBA
47. Trámite del recurso en relación concedido con efecto diferido en el CPCCN y en el CPCCBA
48. Resolución sobre costas y honorarios
49. Apelación sobre honorarios
PARTE CUARTA: EL RECURSO DE NULIDAD
50. Recurso de nulidad. Concepto y vicios que repara
51. Contra qué resoluciones procede
52. ¿Cómo y cuándo se presenta?
53. Decisión de la Cámara que resuelve la nulidad de la sentencia
PARTE QUINTA: EL RECURSO DE QUEJA POR APELACIÓN DENEGADA
54. Queja por apelación denegada
55. Resoluciones contra la que procede la queja
56. ¿Cuándo y dónde se presenta?
57. ¿Cómo se presenta? Fundamentos
58. Carga de acompañar copias e indicar fechas
59. Efecto no suspensivo de la queja
60. Resolución de la Cámara
Capítulo III. Los recursos ordinarios ante el TSJ y la CSJN
PARTE PRIMERA: LA APELACIÓN ORDINARIA ANTE EL TSJ
61. Concepto
62. Recaudos propios
63. Forma y plazo de interposición
64. Trámite del recurso
65. Sentencia del TSJ
PARTE SEGUNDA: LA APELACIÓN ORDINARIA ANTE LA CSJN
66. Concepto
67. Sentencias contra las que procede
68. Interposición y procedimiento ante la CSJN
Capítulo IV. Los recursos extraordinarios de orden local
PARTE PRIMERA: EL RECURSO DE INAPLICABILIDAD DE LA LEY (en el CPJRC)
69. Concepto
70. Sentencias recurribles
71. Contradicción entre sentencias del mismo tribunal
72. Recaudos de presentación. Forma y plazo de presentación
73. Sustanciación y trámite
74. Sentencia
75. El recurso de inaplicabilidad de la ley y el recurso de inconstitucionalidad ante el TSJ
PARTE SEGUNDA: EL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD ANTE EL TSJ
76. Concepto
77. Requisitos propios
78. La sentencia definitiva como requisito propio del RI
78.1 La sentencia definitiva que fue recurrida por aclaratoria
78.2 La gravedad institucional
79. El tribunal superior de la causa como requisito propio del RI
79.1 El tribunal superior de la causa en el proceso del CPJRC
80. La cuestión constitucional como requisito propio del RI
80.1 Concepto y clases
80.2 Fundamentación y critica concreta
80.3 Oportuna introducción y mantenimiento de la cuestión constitucional
80.4 Vinculación directa entra la cuestión constitucional y el caso
81. Arbitrariedad de la sentencia definitiva
82. Efecto suspensivo del RI
83. Requisitos de forma, lugar y tiempo: ¿Cómo, cuándo y dónde se presenta el RI?
84. Presentación y trámite del recurso ante el superior tribunal de la causa
85. Trámite ante el TSJ y sentencia que resuelve el recurso
85.1 Vista al Ministerio Público
85.2 Juicio de admisibilidad por el TSJ
85.3 No procede la apertura a prueba
85.4 Sentencia sobre el RI
86. Régimen de costas
PARTE TERCERA: RECURSO DE QUEJA POR INCONSTITUCIONAL DENEGADO
87. Concepto
88. ¿Contra qué resoluciones procede?
89. Recaudos de forma, tiempo y lugar de la interposición de la queja
90. Fundabilidad
91. El depósito dinerario
91.1 Cuestiones procesales alrededor del depósito. Obligados al pago
91.2 Devolución o destino del monto depositado
92. Trámite y resolución
93. Efectos de la interposición, admisión o rechazo de la queja
94. Caducidad de la instancia del recurso de queja
Capítulo V. Los recursos extraordinarios de orden nacional
PARTE PRIMERA: EL RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL
95. Concepto
96. Requisitos del REF
97. Requisitos comunes (entre el REF y todos los recursos)
97.1 Intervención de un tribunal de justicia u órgano administrativo. El caso del laudo arbitral
97.2 Existencia de un caso justiciable
97.3 Existencia de gravamen
97.4 Legitimación para recurrir
97.5 Subsistencia de los requisitos al momento de la sentencia de la CSJN
98. Requisitos propios del REF
98.1 La cuestión federal
98.2 La inconstitucionalidad de la norma/acto y de la interpretación que el a quo hizo sobre ella
98.3 Reemplazo de la cuestión federal. Remisión
98.4 Relación directa e inmediata entre la cuestión federal y las pretensiones solicitadas y resueltas en el proceso
98.5 Oportuna introducción de la cuestión federal y mantenimiento a lo largo del juicio. El caso de las cuestiones federales sorpresivas
98.6 Que la resolución recurrida sea contraria a la validez del derecho federal, o a la inteligencia que el recurrente le asignó al derecho federal invocado
98.7 Que la resolución recurrida sea la sentencia definitiva de la causa o equiparable a tal
98.8 Que la sentencia haya sido dictada por el superior tribunal de la causa
98.9 Que exista trascendencia
98.10 La arbitrariedad de la sentencia definitiva, como eximente de la cuestión federal
99. La gravedad institucional, como elemento que flexibiliza los recaudos del REF
100. Requisitos de forma del REF (Acordada 4/2007)
101. Presentación del REF
102. Concesión por el superior tribunal de la causa
102.1 Efectos de la interposición y de la concesión del REF
102.2 Ejecución de la sentencia definitiva del superior tribunal que confirma la resolución de la instancia anterior
103. Trámite ante la CSJN. Remisión
104. El certiorari
104.1 Primera causal: Falta de agravio federal suficiente
104.2 Segunda causal: cuestiones insustanciales
104.3 Tercera causal: cuestiones carentes de trascendencia
104.4 ¿Qué implica la aplicación del art. 280 del CPCCN?
104.5 Análisis crítico del certiorari: ausencia de fundamentación
105. Diferentes sentencias de la CSJN frente al REF
106. Juicio de admisibilidad por la CSJN
107. Juicio de fundabilidad o procedencia del REF. Cuestiones parcialmente concedidas por el superior tribunal
108. Rechazo del REF: Confirmación de la sentencia
109. Acogimiento del REF y revocación de la sentencia
109.1 Efectuar reenvío al tribunal inferior
109.2 Resolver sobre el fondo
109.3 Ejecutar la sentencia
110. Recursos contra la sentencia de la CSJN
PARTE SEGUNDA: QUEJA POR RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL DENEGADO
111. Interposición y requisitos
112. El depósito
113. Trámite y efectos del recurso de queja
114. Resolución de la CSJN sobre la queja
Anexo de modelos
RECURSOS EN EL CPJRC
115. Recurso de revocatoria
116. Recurso de apelación y nulidad
117. Queja por apelación denegada
Queda rigurosamente prohibida, sin la autorización escrita de los titulares del copyright, bajo las sanciones establecidas por las leyes, la reproducción total o parcial de esta obra por cualquier medio o procedimiento, comprendidos la fotocopia y el tratamiento informático.
© 2022, Editorial Albremática S.A.
Primera edición
ISBN 978-987-8343-44-0
Hecho el depósito que marca la Ley 11.723
Digitalización: Proyecto451
DEDICATORIA
A los de siempre, por las razones de siempre:
A Mary y Lalo,
A mis Papás e Ignacio.
Sobre el autor
Nicolás Ignacio Manterola es abogado graduado con diploma de honor en la Universidad de Belgrano; por su desempeño destacado recibió el Premio a la Excelencia Académica del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires (2016).
Es especialista en derecho procesal civil graduado en la Universidad de Buenos Aires (2018).
Es doctorando en Derecho en la Universidad de Buenos Aires, en el área de derecho procesal civil.
Es autor de artículos y libros jurídicos, y director de la revista de Derecho Procesal y Procesal Informático de la editorial Microjuris.
Su práctica profesional se centra en litigios, acciones de clase y demás procesos constitucionales, derecho a la salud y responsabilidad en general.
Para conocer más sobre el autor visite: www.nicolasmanterola.com.ar-
Abreviaturas
CCABA: Constitución de la Ciudad de Buenos Aires.
CN: Constitución Nacional.
CPCCBA: Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires.
CPCCN: Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
CPJRC: Código procesal de la Justicia de las Relaciones de consumo de la Ciudad de Buenos Aires.
CSJN: Corte Suprema de Justicia de la Nación.
SCBA: Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires.
TSJ: Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires.
Prólogo
El doctor Nicolás Manterola es un joven jurista que ya ha dado sobradas muestras de su capacidad intelectual y de su innegable sabiduría en materia de Derecho Procesal Civil. Sus artículos y libros jurídicos así lo demuestran. Además, como podrá apreciarse en la obra que prologamos, es dueño de un lenguaje didáctico y comprensible, lo que facilita la lectura de este excelente trabajo, no solamente para el profesional de la ciencia del Derecho, sino también para el ciudadano entendido en cuestiones tribunalicias.
Su análisis pormenorizado de los diversos recursos que integran el proceso judicial es puntualizado y desprovisto de logomaquias y circunloquios que solo nos harían perder de vista la completa e ilustrada exposición de Manterola sobre la materia. Por esa razón, podemos calificar a esta obra de una verdadera disección de cada uno de los recursos que componen el capítulo respectivo del Código Procesal. Se trata de una investigación detallada de esta herramienta fundamental del proceso judicial y que en no pocas ocasiones, es quicio de contradicción entre algunos profesionales del Derecho, quienes en más de un caso desconocen las fundamentaciones más significativas del recurso del que se trate y su uso práctico en la realidad diaria de la actividad forense.
El recurso, en sí mismo, es el instrumento que el Derecho pone a disposición del justiciable, con el fin de que las providencias y sentencias de los jueces inferiores puedan ser revisadas en lo que atañe a sus fundamentos y alcances. Es decir, que dicha herramienta de carácter procesal permite al ciudadano obtener una satisfacción en sede posterior, cuando antes que en la alzada, sus derechos no han sido reconocidos. En definitiva, el recurso es un instrumento procesal que guarda una directa vinculación con la resistencia del oponente a aceptar mansamente un decisorio judicial que pudiera afectar sus derechos constitucionales y legales.
Tan es así que la Revocatoria, como bien explica el autor de este libro, es un primer paso para el justiciable que le permitirá apelar al propio juzgador con el propósito que modifique su decisión considerada adversa a lo que corresponde, según la interpretación del ciudadano. Luego, los recursos posteriores permitirán al justiciable que en la alzada puedan corregirse las presuntas desviaciones e inexactitudes en las que supuestamente hubiese incurrido la decisión del juez inferior.
Precisamente, el autor de este libro demuestra ser una autoridad en la materia, tal como hemos advertido, por la pulcritud que evidencia en el examen de cada uno de los recursos. En tal sentido, el doctor Manterola nos revela también en esta obra los íntimos y a veces desconocidos vericuetos legales por donde transita el recurso, en ocasiones áridos meandros de la ciencia procesal, pero finalmente iluminados por el talento del autor.
Asimismo, estos mecanismos de la ciencia del Derecho deben ser utilizados con prudencia y conveniencia. Esto significa que no se trata de recurrir por el hecho mismo de recurrir, pero en cambio es cierto que muchas veces se niega Justicia cuando el magistrado interpreta que el recurrente solamente discrepa subjetivamente con su fallo, cuando en verdad lo que ocurre es que ese decisorio fue dictado en contra de la ley y el Derecho.
Es digna de destacar también la indagación minuciosa que lleva a cabo el doctor Manterola sobre el funcionamiento del Recurso de nulidad en el Capítulo II que trata de los recursos ordinarios, en su Parte Quinta y nos explica con lujo de detalles que dicho recurso ataca los vicios que padece la sentencia en sí misma como acto jurídico procesal. De modo que el recurso de nulidad no es eficaz para cuestionar aquellos defectos que sufren los actos procesales anteriores o posteriores a la sentencia, que se cuestionan mediante el incidente de nulidad
. A partir de este concepto liminar, Manterola realiza una vivisección de ese instrumento procesal a fin de que el profesional del Derecho no confunda la cuestión de la procedencia del recurso, al emparentar erróneamente el mismo con la nulidad del acto procesal que antecede a la sentencia nulificada. Dice con acierto el autor de este libro que una cosa es la sentencia per se, que debe ser nula por padecer vicios estructurales, y una situación muy distinta es la nulidad de un acto procesal anterior que proyecta el efecto nulificante en los actos que son su consecuencia (pudiendo alcanzar la sentencia)
.
Como se sabe, el concepto mismo de nulidad plantea muchos interrogantes que la práctica forense no siempre ha sabido dirimir con justeza y precisión. Sin embargo, el doctor Manterola lo hace con un innegable conocimiento de la materia y una consecuente verdad en sus juicios y recomendaciones.
Al referirse a la Queja por Recurso Extraordinario Federal denegado, el autor señala que el escrito tendrá por única finalidad demostrar a la Corte que, contrariamente a lo resuelto por el a quo, el R.E.F. es admisible. Por lo tanto, no podrán introducirse cuestiones que no hayan sido planteadas en el recurso extraordinario y de nada sirve hacer un relato de los asuntos sustanciales del proceso, pues la queja debe estar dirigida a impugnar la declaración de inadmisibilidad del REF, no la decisión de fondo que se cuestiona mediante el R.E.F. propiamente dicho
. En tal sentido, queda claro cuales son los límites y alcances de dicha herramienta procesal, que es una frontera final para que el justiciable pueda ver reconocidos sus proclamados derechos.
Como ejemplo de lo afirmado y antes de lo expuesto, podemos apreciar en el Capítulo Cuarto, Primera parte, un análisis crítico y profundo del propio y mencionado Recurso Extraordinario Federal, que es sin duda uno de los más desconocidos en cuanto a su utilización corriente, ya que se trata de uno de los últimos lindes que pudieran separar al justiciable de la consagración de la verdad que persigue con su apelación. Además, como sabemos, el hallazgo de la verdad sustancial es una exigencia que ha impuesto la Corte a los magistrados. En efecto, el doctor Manterola coloca a nuestra disposición en el referido capítulo, los elementos esenciales del funcionamiento de dicho recurso.
El proceso judicial, acerca del cual podemos decir que es la fisiología que corresponde al organismo vivo que en su conjunto denominamos Derecho, tiene en Manterola a un eficaz exégeta, quien, a partir de su reconocida sapiencia en la materia, va esclareciendo el camino correcto para la utilización adecuada de cada uno de esos instrumentos que el proceso coloca a nuestra disposición.
Finalmente, lo que podemos agregar es que estamos en presencia de una obra excelente sobre un capítulo esencial y significativo del Derecho Procesal Civil y que significa un aporte invalorable para la ciencia jurídica. Es que una de las grandes virtudes del autor consiste en explicar con la sabiduría de un ya consumado procesalista cómo deben utilizarse todos y cada uno de los Recursos que se estudian en esta obra, con el propósito de que la actividad forense se vea mejorada y enriquecida en su calidad y funcionamiento. Pero además se trata de una obra redactada con una clara vocación docente, como hemos afirmado al referirnos a la capacidad didáctica del autor.
El estudiante de Derecho también verá facilitado su acceso al uso apropiado del Código Procesal para que cuando sea abogado y ejerza esta maravillosa profesión, pueda hacerlo con armas nobles y con un conocimiento de causa que mejorará la prestación de sus servicios al cliente, quien es finalmente el destinatario de toda la actividad forense.
Felicitamos al autor por tan brillante trabajo y auguramos la aparición de nuevas obras en las que volverá a lucir sus conocimientos y su amplia versación en materia de Derecho Procesal Civil, con el fin de orientar a las generaciones actuales y venideras en el correcto ejercicio de tan noble tarea, como es la abogacía.
Jorge E. Milone
Prólogo del autor
I. Cuando el actor insta el proceso y el demandado se presenta a estar a derecho en el juicio al que ha sido llamado, se consuma una interesante escena: se materializa la confianza en el proceso judicial como método de solución de los conflictos más íntimos y privados de las partes. Incorporarse en el proceso es, a no dudarlo, un acto de esperanza de los justiciables. De esperanza a que un tercero al que no conocen arbitre un camino procedimental capaz de materializar un debate ordenado que permita darles la razón, acogiendo o rechazando la demanda. La esperanza se vislumbra en los ojos de los litigantes apenas ingresan al despacho del abogado y le encomiendan su caso, ya desde entonces se someten a un mundo desconocido que les es ajeno, cuya comprensión suele quedar en manos de jueces y abogados que litigan pacíficamente en los tribunales.
Flaco favor les haría el derecho procesal a las únicas personas que se someten voluntariamente al proceso si, además de hacerlos partícipes de un sinfín de incidencias, se les impidiera cuestionar las resoluciones judiciales que regirán el día a día de sus vidas y de sus negocios. De ahí la importancia de los recursos procesales que permiten impugnar toda clase de resoluciones (a través de los recursos pertinentes), en búsqueda de una decisión más justa y ajustada a derecho. Es que, al fin de cuentas, el juez no es más que una persona humana que puede equivocarse. Por eso la importancia de los recursos.
Estudiar los recursos procesales implica adentrarse en una parte esencial del proceso judicial: la etapa impugnativa. En ella las partes buscarán revertir las decisiones judiciales que les provocan un perjuicio a su propio interés en pos de ajustarlas a lo que entienden jurídicamente justo o correcto. Los recursos no son un trámite menor; muy por el contrario, se presentan como la última posibilidad del litigante de ser escuchado en juicio, la última oportunidad de que el Poder Judicial le dé aquello que fue a buscar.
El estudio de los recursos deviene fundamental tanto para los abogados como para los magistrados. Un cabal conocimiento del procedimiento recursivo redundará en sentencias más eficaces e idóneas. Los letrados podrán recurrir con mayor idoneidad, alejándose de la posibilidad de que sus recursos sean declarados desiertos o inadmisibles por cuestiones formales, el juez a quo podrán realizar juicios de admisibilidad con mayor precisión el tribunal ad quem resolverán con mayor eficacia los litigios, siempre dentro del parámetro constitucional que fija el debido proceso.
Comprender y utilizar eficientemente los recursos es, en definitiva, un acto de valentía y heroísmo, es alzarse contra las resoluciones de los órganos judiciales persiguiendo lo que se cree justo y adecuado. Una lucha contra molinos de vientos.
II. La reciente creación del Fuero en las Relaciones de Consumo en el ámbito de la Ciudad de Buenos de Aires cumplió, por un lado, con una necesidad de los justiciables: la formación de un fuero especializado en derecho del consumo; y, por otro lado, trajo bajo el brazo un nuevo código procesal, moderno y atinado para a los tiempos actuales. Ello requiere un estudio profundizado por parte de los operadores del derecho.
De ahí surgió la idea de hacer este libro sobre la base de la nueva normativa que rige el proceso de consumo en la Ciudad de Buenos Aires. Consciente del cimbronazo que produce toda nueva legislación, y la procesal en particular, he querido compaginar en estas páginas todos los recursos que pueden articularse en el proceso regido por el Código Procesal de la Justicia en las Relaciones de Consumo de la CABA (CPJRC), desde los ordinarios hasta los extraordinarios locales y nacionales.
Propongo comenzar nuestro recorrido recordando conceptos básicos que serán de utilidad a lo largo de toda la obra, como la teoría del proceso judicial y la clasificación de las sentencias; luego analizaremos la teoría general de los recursos y más tarde examinaremos cada uno de los recursos ordinarios que se encuentran regulados en el CPJRC, y también los extraordinarios receptados en la ley local 402, en la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, en la ley nacional 48 y en el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
Los invito, entonces, a adentrarse al mundo de los recursos procesales. Pero en toda puerta de entrada siempre hay un cartel de advertencia. Y el letrero que cuelga al inicio del pórtico de los recursos procesales nos incita a recordar que los primeros interesados en ingresar no somos nosotros (los operadores del derecho), sino los justiciables que aguardan expectantes la sentencia definitiva. A ellos, pues, están destinados los recursos. Una vez comprendido esto, el cristal con el que se confeccionan y resuelven los recursos estará impregnado necesariamente del axioma in dubio pro actione en beneficio de los derechos de ambas partes, tanto del recurrente como del recurrido. De ahí la necesidad de flexibilizar formas solemnes para evitar que el recurrente pierda su recurso por el incumplimiento de formas abstractas, y de mantener y hacer cumplir las pautas procesales que permitan la correcta defensa e igualdad de la parte recurrida.
III. Finalmente, no puedo terminar sino agradeciendo a todos aquellos que han hecho posible este libro: a la familia y amigos que, desde aquí o allá, mantuvieron desde lo más profundo de su alma una vela encendida para iluminar las más desveladas y aventuradas noches de escritura.
A todos ellos, un eterno gracias.
Nicolás Ignacio Manterola
Junio, 2022.
Capítulo I. Teoría general del recurso
PARTE PRIMERA: CUESTIONES PRELIMINARES
1. Plan a seguir
El estudio de los recursos procesales involucra, por un lado, la teoría general y por el otro, el análisis específico de cada remedio en particular. Para el estudio completo del tema se ha decidido dividir esta obra en diferentes capítulos. Primero nos abocaremos a la teoría general de los recursos y luego a cada uno de los recursos en particular, dividiéndolos en ordinarios y extraordinarios, locales y nacionales.
Para comenzar, entonces, abordaremos nociones generales que rodean al mundo de los recursos como actos procesales y, luego, nos introduciremos en la teoría general de los recursos propiamente dichos. Más tarde, estudiaremos cada uno de los recursos que pueden incoarse en el proceso de consumo del CPRJC.
2. El proceso judicial
Se pueden ensayar muchas definiciones del proceso judicial, algunas más técnicas que otras, pero en su génesis, es un método heterocompositivo de solución pacífica de los conflictos que aquejan a las personas de a pie en una determinada sociedad.
En una situación ideal, los conflictos de las personas (que se configuran cuando uno esgrime una pretensión y el otro, en lugar de allanarse a ella, ejerce una resistencia) se solucionan entre las partes de modo extrajudicial, a través del diálogo y el entendimiento mutuo. Pero la realidad nos muestra que ello no siempre sucede, pues muchas veces las partes en conflicto no pueden o no quieren solucionar (de manera autocompositiva) el problema que padecen. Bien podría una persona autotutelarse y perseguir por mano propia a su contraria en busca de lo que puede denominar como Justicia. Es que, "si dos hombres cualesquiera desean un mismo bien que no puede ser gozado por ambos, devienen enemigos, y, en su camino hacia el fin, se esfuerzan mutuamente en destruirse o subyugarse (…). Es por ello manifiesto que, durante el tiempo en que los hombres viven sin un poder común que los obligue a todos al respeto, están en esa condición que se llama guerra, y una guerra como de todo hombre contra todo hombre." (1)
Urge, entonces, encontrar un método que, a través de la paz, solucione el problema de manera definitiva.