Normativas para sanar el cuerpo y purificar el alma: Los sacramentos de la confesión y el matrimonio tras el Concilio de Trento y el Tercer Concilio Provincial Mexicano
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Normativas para sanar el cuerpo y purificar el alma - Shamed Yair Maciel Valle
Normativas para sanar el cuerpo
y purificar el alma
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Científica
Colección Etnohistoria
•
serie logos
Normativas para sanar
el cuerpo y purificar
el alma
Los sacramentos de la confesión y el matrimonio tras el Concilio de Trento y el Tercer Concilio Provincial Mexicano
———•———
Shamed Yair Maciel Valle
secretaría de cultura
instituto nacional de antropología e historia
Maciel Valle, Shamed Yair
Normativas para sanar el cuerpo y purificar el alma. Los sacramentos de la confesión y el matrimonio tras el Concilio de Trento y el Tercer Concilio Provincial Mexicano [recurso electrónico] / Shamed Yair Maciel Valle. – México : Secretaría de Cultura, INAH, 2022
1.3 MB. : ilus.; – (Colec. Etnohistoria, Ser. Logos)
ISBN: 978-607-539-626-2
1. Concilio de Trento (1545-1563) 2. Tercer Concilio Provincial Mexicano (1585) 3. Sacramentos – Iglesia católica – México – Historia 4. Iglesia católica – México – Historia – Siglo XVI I. t. II. Ser.
LC BX830.154
Primera edición electrónica, 2022
Producción:
Secretaría de Cultura
Instituto Nacional de Antropología e Historia
Imagen de portada: Frontispicio del Tercer Concilio Provincial Mexicano. Edición príncipe, arzobispo Pedro Moya de Contreras, México, 1622. Fuente:
D. R. © 2022 Instituto Nacional de Antropología e Historia
Córdoba 45, col. Juárez, C. P. 06700 Ciudad de México
informes_publicaciones_inah@inah.gob.mx
Las características gráficas y tipográficas de esta edición son propiedad
del Instituto Nacional de Antropología e Historia de la Secretaría de Cultura
Todos los derechos reservados. Queda prohibida la reproducción
total o parcial de esta obra por cualquier medio o procedimiento,
comprendidos la reprografía y el tratamiento informático,
la fotocopia o la grabación, sin la previa autorización
por escrito de la Secretaría de Cultura / Instituto
Nacional de Antropología e Historia
ISBN: 978-607-539-626-2
Hecho en México
A mis padres. Sin su incondicional apoyo esta
investigación no habría sido posible. Estaré eternamente
agradecido por su cariño, amor y confianza.
† M. Nazul Valle Castañeda (1964-2021)
† M. Alfonso Maciel Penagos (1962-2022)
Dum spirabo, spirabit simul in me amor tui.
Índice
———•———
Introducción
I. El mundo cultural novohispano
El sistema religioso
El largo siglo XVI
El concilio de Trento y la Contrarreforma
La reglamentación de la Iglesia católica en la Nueva España
Tercer Concilio Provincial Mexicano
La etapa Manierista
II. Los sacramentos
La importancia de los sacramentos
Fundamentación teológica de los sacramentos: santo Tomás de Aquino
Sesiones del Concilio Tridentino referentes a los sacramentos
III. Los sacramentos en la Nueva España
Juntas eclesiásticas
Primero y Segundo Concilios Provinciales
El Tercer Concilio Provincial Mexicano
IV. Confesión
El sacramento de la penitencia en el Toncilio de trento
El sacramento de la penitencia en el Tercer Concilio Provincial Mexicano
Directorio de confesores y penitentes del Tercer Concilio Provincial Mexicano
Reflexiones en torno a la confesión
V. Matrimonio
Sacramento del matrimonio en el Concilio de Trento
El matrimonio en el Tercer Concilio Provincial Mexicano
El matrimonio en el Directorio del Tercer Concilio
Reflexiones en torno al sacramento del matrimonio
Conclusiones
Glosario
Fuentes primarias
Bibliografía
Introducción
———•———
La investigación gira en torno a normas, prácticas e imaginarios sobre los sacramentos de la confesión y el matrimonio en la Nueva España en los siglos xvi y xvii. El punto de partida son los preceptos del Concilio de Trento (1545-1563) y la repercusión en su administración por las tierras colonizadas de América, a la par del intento de la Corona española en expandir y mantener incorrupta
la religión católica para nuevos y viejos cristianos. En el caso particular de la Nueva España se analizarán las leyes marcadas en el Tercer Concilio Provincial Mexicano (1585), dado que en él se sumaron las normativas del concilio celebrado en Trento y se aplicaron al espacio en cuestión.
La temporalidad se delimitará en la denominada etapa Manierista (1565-1640),¹ periodo inmediato del término del Concilio de Trento y el inicio de una nueva forma de vivir la ruptura de la religiosidad católica. En ella se fomentaron políticas culturales impresas del espíritu de la Contrarreforma. La Nueva España se caracterizó por ser el tiempo en el que la Iglesia, como institución, se instauró y creó las bases para constituir las identidades sociales novohispanas, formando una sociedad plural y corporativa.
El sentido de los siete sacramentos (bautismo, confirmación, eucaristía, confesión, matrimonio, orden sacerdotal y extremaunción) es el de dotar a los fieles de herramientas para mantener sano el cuerpo y purificar el alma. En este libro se analizarán, particularmente, las normativas sobre la administración de dos sacramentos. La razón de esta elección se debe a la gran importancia que tuvieron en la vida cotidiana de los novohispanos, ya que fueron el medio por el cual ellos perpetuaron las normas, las prácticas, los hábitos o las costumbres establecidas; además, a través de su administración y su enseñanza los religiosos transmitieron el comportamiento ideal de los fieles sin importar su calidad social, puesto que, en teoría, era igual para todos.
El sacramento de la confesión tenía como objetivo confesar los pecados cometidos para poder ser perdonados después de haber realizado la debida penitencia. Su finalidad era que los fieles permanecieran limpios espiritualmente. Fue obligación acudir con el cura por lo menos una vez al año (en la cuaresma) a administrarse este sacramento.
El matrimonio era el único medio legítimo para la reproducción y la conformación de la familia. No obstante, veremos que las uniones tenían que seguir cierto orden y, sobre todo, debían cumplir numerosas leyes. No todos los habitantes eligieron realizarlo, pero sí una gran parte de la población.
La presente investigación demuestra la importancia de conocer el papel que jugaron los sacramentos a lo largo de la vida de todo católico en la Nueva España, desde el nacimiento, la reproducción misma y hasta la muerte, donde estuvieron presentes como etapas fundamentales, en términos del reconocimiento social de un individuo dentro de un grupo cultural a la vez que en cuanto elementos necesarios para la salvación de su alma; por ello la relevancia de explorar este campo para el mejor conocimiento de la sociedad novohispana. El estudio de los sacramentos es elemental para comprender la forma de vida de los feligreses por ser pilares de la religión católica.
La creencia de los católicos de tener su alma limpia y de purificar los cuerpos que habitaban, según los frailes y sacerdotes de los siglos xvi y xvii, fue fundamental, siendo ésta la función de los sacramentos. Sin embargo, cada sector de la población tuvo un acercamiento diferente a éstos y los individuos tenían conceptos propios sobre lo que era la religión, así que sus interpretaciones o significaciones fueron distintas a partir de sus horizontes culturales.
Es conveniente aclarar que esta investigación se centra principalmente en las normas impuestas, no tanto en las prácticas desarrolladas en la vida cotidiana por los novohispanos, y esto tiene una razón de ser. Después de haber consultado un gran número de expedientes inquisitoriales que tuvieron como propósito perseguir las faltas cometidas a los sacramentos de la Iglesia, me percaté de que los fieles, o inclusive los mismos religiosos, no cumplían con las disposiciones reglamentarias sobre su administración, así como las diferentes formas en que debían llevar a cabo los ritos sacramentales y por eso fueron castigados por el Santo Oficio. Entonces surgieron los primeros cuestionamientos, ¿cuáles eran las normas que en la Nueva España se debían seguir en cuanto a la administración de los sacramentos? Si el Santo Oficio perseguía faltas en cuanto a las prácticas que giraban en torno a ellos, ¿de qué manera la población y los religiosos las llegaron a conocer y, sobre todo, a cumplir?
Para poder resolver estos cuestionamientos fue fundamental dividir la investigación en diferentes apartados. El primer capítulo está centrado en la situación de la naciente Iglesia en Indias, particularmente en la Nueva España, así como las vías que se encontraron para su administración y su organización. Después del encuentro de los dos mundos y el inicio de las conquistas del territorio mexicano en el siglo xvi fue indispensable para la Corona mandar un grupo de religiosos que tendrían la gigantesca labor de convertir a su fe a los diversos grupos mesoamericanos. En un primer momento, mandaron a las órdenes regulares (clero regular) a evangelizar, pero después también arribó el clero secular y entre ambos se establecieron y comenzaron a dictar las leyes de la Iglesia que gobernarían a todos los habitantes.
A pesar de encontrarse en un continente alejado tanto de la península ibérica como de la sede papal, los religiosos no llegaron a inventar normas o decretos, sino que éstos provinieron de una gran tradición establecida en la Edad Media, sobre todo del pensamiento escolástico. Sin embargo, el largo siglo xvi fue un periodo de grandes cambios para Occidente. Para una mejor comprensión de cómo llegó la Iglesia al Nuevo Mundo y bajo qué miradas o perspectivas, al inicio de este capítulo nos enfocamos en exponer las características propias de la Iglesia católica y los cambios gestados en esta institución en Europa en este lapso de tiempo que engloba las delimitaciones temporales de la investigación, es decir, este texto se enfoca de manera general en el periodo 1450-1640 (el largo siglo xvi
) para comprender los cambios en la sociedad, en la Iglesia de Occidente y, de manera particular, en lo que fue la denominada consolidación de la Iglesia novohispana (1565-1640), conocida también como la etapa Manierista.
Después de haber visto los puntos centrales del largo siglo xvi (particularmente las reformas en la Iglesia y sus divisiones por el surgimiento del protestantismo) continuamos la exposición con la administración de la Iglesia novohispana. En lo que respecta a los decretos y a las leyes para su gobernación y organización, fue fundamental para los religiosos tener juntas para establecer las tareas y los objetivos principales, además de identificar los problemas más frecuentes. Fue así que se celebraron en la primera mitad del siglo xvi las juntas eclesiásticas
, cuando todavía la Iglesia estaba subordinada a la arquidiócesis española, no obstante, en el momento que se separaron, al crearse el arzobispado de México (y bajo su control las demás diócesis novohispanas), se reunieron, ahora con mayor representación y posicionamiento jurídico, en concilios provinciales. Éstos fueron el medio para poder dictar las normas que regirían a la organización y a la administración de la Iglesia. Por ello nos detenemos en el desarrollo y la explicación de este tipo de reuniones por parte de los miembros de la Iglesia.
Terminamos el primer capítulo con la contextualización de la Nueva España en la etapa Manierista, dando un esbozo de la sociedad y las trasformaciones que se dieron. Así, podemos apreciar que se trata de un capítulo principalmente descriptivo y de contextualización, tanto del espacio como del tiempo, de las ideas y, sobre todo, del pensamiento religioso.
Del mismo tenor que el anterior, el segundo capítulo está centrado en explicar cuál fue la importancia de los sacramentos en la religión católica y cuál fue su fundamentación teológica. A pesar de que la investigación gira alrededor del análisis de dos de ellos, en este capítulo (y en el siguiente) nos enfocamos en los siete sacramentos. Al ser una reflexión analítica sobre ellos, es importante verlos en su conjunto y comprender sus significados, sus alcances y los beneficios que, de acuerdo con la religión, ofrecían al creyente.
Como se demostrará en las siguientes páginas, la escolástica fue la escuela de pensamiento que fundamentó la teología sacramental, razón por la cual nos detenemos a mostrar los puntos más importantes de las reflexiones de los teólogos, enfocándonos de manera más precisa y detallada en dos de las principales obras de santo Tomás de Aquino, la Suma contra los gentiles y la Suma Teológica. Mostramos de dónde rescató las reflexiones sacramentales y nos centramos en la explicación de cada una de ellas.
En la última parte del capítulo fue necesario hacer una comparación de lo expuesto por Tomás de Aquino y la teología escolástica sacramental con las nuevas disposiciones del Concilio de Trento, celebrado a consecuencia de la reforma protestante (uno de los aspectos que más se criticaron fueron precisamente los sacramentos). Este concilio ecuménico se dedicó a reforzar y a establecer la religión católica y sus prácticas, así como a condenar todo lo que no estuviera dentro de ella. En este sentido, se señala que retomaron el pensamiento escolástico en lo que respecta a las prácticas y teología de los sacramentos.
Como hemos visto, los primeros dos capítulos se enfocan en adentrar al lector al mundo sacramental católico y, sobre todo, a la sociedad del largo siglo xvi, por lo que son indispensables para
la problematización del tema por investigar, así, en los últimos tres capítulos nos dedicaremos a hacer el análisis formal de las normas impuestas por la Iglesia novohispana en la administración de los sacramentos.
La premisa de la presente investigación es que si conocemos y estudiamos los decretos y disposiciones de la Iglesia en los siglos xvi y xvii, periodo en el que se estableció en el territorio mexicano, podremos comprender de mejor modo la sociedad novohispana desde la mirada del clero. He ahí la importancia de analizar las normas impuestas en las prácticas sacramentales.
En el tercer capítulo analizamos los cambios que tuvo la administración de los siete sacramentos en la Nueva España a partir de seis juntas eclesiásticas celebradas en la primera mitad del siglo xvi. Es importante mencionar estos cambios que se establecieron, puesto que a partir de la lectura de los escritos que nos llegaron de estas reuniones de religiosos, podemos observar las dificultades que tuvieron en cuanto a su enseñanza, administración y la falta de comprensión de ambas partes, es decir, ni los naturales entendían qué era lo que esperaban los frailes de los sacramentos, ni los europeos pudieron vislumbrar el significado de los ritos mesoamericanos y las resignificaciones que les otorgaron.
Es importante mencionar que a partir de las juntas eclesiásticas podemos percatarnos de cuáles eran, en una escala de jerarquía o importancia, los sacramentos que los religiosos contemplaron como más importantes para ser administrados a los naturales; puesto que observamos que en un primer momento sólo eran indispensables tres: bautismo, confesión y matrimonio. Entonces, ¿cuáles fueron los criterios para establecer qué sacramento era indispensable y qué otros no?, ¿todos los sacramentos eran dignos
de ser administrados a los naturales?, ¿de qué manera fueron cambiando las prácticas de cada uno de ellos a lo largo del siglo xvi? Éstos son cuestionamientos que serán respondidos en el tercer capítulo.
Es preciso mencionar que ya se han respondido algunas de estas cuestiones en la historiografía
eclesiástica que analiza la primera mitad del siglo xvi, empero, el estudio de estas reuniones preconciliares no ha sido objeto de tanta revisión como los concilios provinciales. En este capítulo se busca aportar más reflexiones sobre las disposiciones y los decretos de la Iglesia en sus primeros 40 años. Así que, además de estudiar las juntas eclesiásticas, continuamos con la comparación y la demostración de las transformaciones de las prácticas sacramentales en los tres concilios provinciales de 1555, 1565 y 1585.
Al ser importante conocer las normativas de las prácticas sacramentales nos pareció indispensable mantener la comparación de los cambios que tuvieron en la administración de cada uno de los sacramentos católicos desde 1524 a 1585. No obstante, al entrar en los concilios provinciales, el estudio que se hace, en un primer momento, entiende a los sacramentos en general
, es decir, como un conjunto de prácticas que benefician al creyente con su administración para exponerlos individualmente en un segundo momento. Como en los siguientes dos capítulos nos enfocaremos en el estudio de la confesión y del matrimonio, de acuerdo con la reunión conciliar de 1585, estos dos no figuran en el análisis presentado, sólo se hace la revisión de éstos desde la junta apostólica de 1524 al segundo concilio de 1565.
El tercer capítulo se centra en el desarrollo de las prácticas sacramentales en casi todo el siglo xvi, a través de sus normativas conciliares y eclesiásticas. Continuamos con el entendido de que las prácticas mencionadas corresponden a la normativa, no a lo que sucedía fuera de los textos, aunque en ellos los religiosos describen algunos casos en los que quisieron salir de dudas, o bien formulando posibles circunstancias en casos hipotéticos.
Tanto en el capítulo cuarto como en el quinto veremos, en primer lugar, las disposiciones que tuvo el Concilio de Trento para la aplicación de la confesión, las condiciones en que debía realizarse, el procedimiento y las posibles faltas. Después entraremos a la comparación de lo mencionado por la reunión tridentina y lo dispuesto en el Tercer Concilio Provincial Mexicano, es decir, la adaptación de las normas ecuménicas a la realidad social de la Nueva España. Como suplemento a lo dispuesto por estas reuniones conciliares, también se analizó el Directorio de confesores y penitentes (producto del concilio de 1585), en donde se establecieron de manera más puntual las prácticas que debían realizar el confesor y quien se confesaba. Por lo tanto, se verá el ideal plasmado por los religiosos de cómo tenía que llevarse una confesión, tanto por un hombre como por una mujer, así como el comportamiento previo y posterior a la confesión, y evidentemente, el del confesor.
En el último capítulo, siguiendo la estructura del anterior, comenzamos con las disposiciones del Concilio de Trento para compararlas después con lo propuesto por el Tercer Concilio Provincial Mexicano. Como los religiosos de la reunión conciliar de 1585 no escribieron un documento que abordara las problemáticas o las especificidades sobre el matrimonio, nos basamos en el mismo Directorio de confesores y penitentes que, como lo indica su título, fue un texto destinado particularmente para el sacramento de la confesión, sin embargo, los temas que abarca y los conflictos para el sacerdote vertidos en el documento no se limitan a este sacramento, sino que hacen referencia a otros sacramentos. Es por ello que se pudo reflexionar sobre el divorcio, los impedimentos matrimoniales, el concubinato y las especificidades de la unión sacramental entre los naturales y los esclavos. Tanto el cuarto capítulo como éste, tienen al final un apartado dedicado a reflexionar sobre el sacramento abordado y su impacto en la población novohispana.
Para ayudar con la información vertida en los capítulos y, sobre todo, para una mayor comprensión de los términos utilizados, al final del texto se encuentra un glosario con las palabras y los conceptos que difícilmente se pueden encontrar en diccionarios o que tuvieron otros significados hace varios siglos. Para su elaboración se usaron las definiciones encontradas en las fuentes consultadas o en documentos (tanto manuscritos como impresos) principalmente de los siglos xvi y xvii. Cuando la misma documentación no permitía una definición clara, usamos textos académicos, contenidos en la bibliografía.
En cuanto a las fuentes utilizadas, podrá advertirse que son meramente normativas. Si bien en algunos momentos hay fuentes de otro tipo, la gran mayoría hacen referencia al ideal de la Iglesia sobre cómo llevar las prácticas religiosas, es decir, no se han priorizado los documentos que nos hablen sobre cómo se administró realmente
(fuera de la teoría) el sacramento, sino cómo se esperaba que se hiciera, aspecto que justificadamente se puede reprochar; sin embargo, esta decisión se debe en principio al objetivo central del texto. Historiadores y antropólogos han escrito gran cantidad de textos académicos en relación con los sacramentos y sus prácticas, pero desde el extremo opuesto al que se presenta en esta ocasión, es decir, analizando cómo se llevaban a cabo realmente
y cuáles eran sus consecuencias directas (castigos por la Inquisición, el incumplimiento en la práctica de las leyes, etc.). A mi parecer, se han centrado en demostrar que no se cumplía la ley desde un enfoque más empirista, cuando pasó de largo para muchos de ellos lo que en teoría estaba dispuesto.
En otras palabras, en esta investigación se ha mirado a los sacramentos desde una posición inversa, para conocer lo que en teoría debía de acatarse, no para continuar con las argumentaciones sobre la falta en práctica de la norma, sino para entender cuáles eran las disposiciones y los ideales acerca de cómo llevar a la práctica la administración sacramental. Razón por la cual estas páginas se centran principalmente en ello: conocer los ideales de la Iglesia en relación con los sacramentos, desarrollando más la confesión y el matrimonio a partir de lo expuesto por la teología escolástica sacramental, pasando al movimiento contrarreformista del siglo xvi, para ver las problemáticas con las que se enfrentaron los religiosos a inicios del siglo y su posterior adaptación de los decretos a la realidad novohispana.
Esta investigación debe verse como una invitación a continuar con más investigaciones sobre los sacramentos católicos, pero desde una reflexión normativa y del ideal propuesto por la Iglesia novohispana.
Es de vital importancia conocer las reglas que gobernaban las prácticas como una condición previa al estudio de las representaciones de éstas. Bajo este mismo tenor, la base que estructuró el libro fue un acercamiento al pasado desde la antropología y la historia, entender que las prácticas que se realizan son resultado de la construcción de la misma sociedad, además de ser transmitidas a través de la cultura y que con el paso del tiempo y los lugares son adaptadas y resignificadas.