Género y corrupción: Las mujeres en la democracia participativa
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Este libro aporta las experiencias e investigaciones llevadas a cabo en diversos países de las Américas, África, Asia, la Unión Europea y Europa del Este. Se plantean también interrogantes diversos y polémicos: ¿Tienden las mujeres a ser menos corruptas? ¿Se puede controlar el clientelismo en los planes sociales? ¿Cómo se utiliza el acceso a la información para pedir rendición de cuentas a funcionarios corruptos? ¿Existiría la trata de mujeres y niñas si no hubiera corrupción? ¿Puede lucharse contra la corrupción desde el derecho internacional? El tema del Género y la Corrupción es nuevo y convocante: mujeres del mundo entero sufren sus consecuencias y exploran estrategias para contrarrestar sus efectos.
Sorprende por la diversidad de enfoques que se ha dado al tema central y convocante de corrupción y género. Desde tratar el mito de que las mujeres son menos corruptibles en la función pública, hasta desarrollar la cuestión del agua, en relación con el tema pasamos por muy distintas formas de corrupción y su impacto sobre los derechos de las mujeres, sobre los principios de igualdad y equidad, y hasta sobre la sociedad civil organizada. Algunos artículos son más atrayentes que otros, quizá por lo novedoso de su planteo, pero todos merecen ser leídos con atención porque suscitan inquietudes, reflexiones y, tal vez, cambios que sirvan para mejorar el ámbito social en que vivimos.
Carmen Argibay
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Género y corrupción - Monique Thiteux-Altschul
Género y corrupción
Las mujeres en la democracia participativa
Monique Thiteux-Altschul
(editora)
© Libros del Zorzal, 2010
Buenos Aires, Argentina
Printed in Argentina
Hecho el depósito que previene la ley 11.723
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Índice
¿Son las mujeres menos propensas a ser corruptas?
Anne Marie Goetz | 6
Prólogo
Monique Thiteux-Altschul | 8
Introducción
Rebecca Reichmann Tavares | 15
Capítulo I
¿Son las mujeres un arma eficaz en el combate contra la corrupción? ¿Es deseable que lo sean?
Carlos Aloisio y Cristian Pérez Muñoz. | 19
Capítulo II
Análisis preliminar sobre la relación entre el clientelismo, la pobreza y el género
Christian Gruenberg y Victoria Pereyra Iraola | 44
Capítulo III
Cuestiones de género y acceso al sistema de justicia
Elodia Almiron Prujel | 70
Capítulo IV
Juego de damas: la corrupción en el control del juego en la Ciudad de Buenos Aires y sus efectos diferenciales sobre las mujeres
Diana Maffía, Fernanda Gil Lozano, Carol Abousleiman, Teresa Nóbili y Andrea Andújar | 89
Capítulo V
Acceso al agua, corrupción y género
Ana Claudia Vaughan | 132
Capítulo VI
Prácticas ilícitas en la administración pública
María del Carmen Rodríguez | 158
Capítulo VII
La lucha de las madres de la Villa 15 contra el consumo de paco y la impunidad policial
María Elena Naddeo | 169
Capítulo VIII
Nexo entre género y corrupción. ¿Mito o Realidad?
Lilian Ekeanyanwu | 197
Capítulo IX
Violencia de género: salud sexual y reproductiva. Avances y retrocesos en la aplicación de la Ley N° 25.673
Amelia Clark y M. Jazmín Steuer De Giusti | 222
Capítulo X
Apuntes sobre el tratamiento jurídico de la prostitución
Mariana Pucciarello | 247
Capítulo XI
El control público como herramienta para la equidad
Mariana Álvarez | 284
Capítulo XII
Mujeres al borde de la información
Capítulo XIII
La lucha contra la corrupción y el ejercicio arbitrario del poder: el Movimiento por el Derecho a la Información de los Pueblos en la India
Aruna Roy, Nikhil Dey y Shanker Singh | 327
Autoras y autores | 361
¿Son las mujeres menos propensas a ser corruptas?
Anne Marie Goetz¹
La cuestión de si las mujeres tienen propensión a ser menos corruptas que los varones, es un debate que personalmente no encuentro muy útil, ya que tiende a plantear nociones esencializadas de género, de género y coraje público, de género e integridad pública. No me parece que esto sea, necesariamente, de gran ayuda.
Lo que es muy interesante desde el punto de vista de la corrupción, es si está determinada por patrones de conducta de género. Así, por ejemplo, los acuerdos en torno a la corrupción, ¿se hacen de noche, al tomar unas copas, en lugares que las mujeres no frecuentan? Si así fuera –creo que muchas veces sucede–, entonces las mujeres no tendrían acceso a esas redes en la misma medida que los hombres, por lo menos cuando están en posiciones iniciales de poder público.
En el largo plazo, creo que es más interesante observar cómo el género da oportunidades de participar en prácticas de comportamiento corruptas, en lugar de plantear la propensión a participar en actos corruptos. El género, por supuesto, también da forma a las experiencias de la corrupción. Los sobornos se pueden exigir en forma de sexo, así como de dinero, y eso sin duda afecta a las mujeres.
Pienso que un gran desafío para todos y todas es el de lograr que las mujeres participen más eficazmente en los movimientos de lucha contra la corrupción, de modo que puedan unirse a los varones en ese combate. Pero debemos asegurar que no se pierda el impacto de la corrupción sobre las mujeres, para que las medidas anticorrupción también tomen en cuenta la corrupción al por menor, la cotidiana, que probablemente afecte más a mujeres que a varones.
Prólogo
²
Monique Thiteux-Altschul
La relación entre género y corrupción da lugar a polémicas y conclusiones dispares que nos llegan a través de una bibliografía aún escasa. Algunas publicaciones encaran el tema desde la hipótesis de una naturaleza femenina menos propensa a la corrupción.
El Banco Mundial, en su informe Engendering Development. Through Gender Equality in Rights, Resources and Voice afirma que más mujeres en puestos de poder garantizarían menos corrupción: la mayor participación de la mujer y la reducción de la discriminación de género, al contribuir para un crecimiento económico más acentuado, lograrían bajar los índices de corrupción. Según este informe, que revisa las experiencias impulsadas en más de cien países del mundo, aquellos que adoptan medidas específicas para proteger los derechos de la mujer e incrementar su acceso a recursos y a la escolarización, tienen índices más bajos de corrupción y acumulan un crecimiento económico más rápido que los países que no lo hacen. Los países donde las mujeres tienen más derechos y participan más en la vida pública, entonces, suelen tener empresas y gobiernos menos corruptos.
En nuestro libro evitamos este abordaje por considerarlo esencialista, ya que presupone que las mujeres, por el solo hecho de su pertenencia al sexo femenino, serían más éticas que los varones. Sostenemos, en cambio, que una plena participación de las mujeres en la vida pública es una cuestión de justicia, y que la equidad de género lleva al pleno ejercicio de los derechos ciudadanos de varones y mujeres.
La corrupción es un problema endémico, que atraviesa la historia argentina así como la de muchos países latinoamericanos y del mundo entero. Carlos Nino, en Un país al margen de la ley, se refiere a la tendencia recurrente de la sociedad argentina, y en especial de los factores de poder –incluidos los sucesivos gobiernos–, a la anomia en general y a la ilegalidad en particular, o sea a la inobservancia de las normas jurídicas, morales y sociales
(Nino 2005: 27).
Por su parte, Ernesto Aldo Isuani en Anomia social y Anemia estatal
, remarca la debilidad estatal para fiscalizar y sancionar la transgresión de las normas legales, el comportamiento transgresor de las elites que generaron la ilegitimidad de la ley y el extremo individualismo como factores que explican la persistencia de la corrupción a través de los siglos.
En la apertura del Foro internacional de mujeres contra la corrupción
(Buenos Aires, 2008), decía la Arquitecta Ana Falú, entonces Coordinadora de UNIFEM-Brasil y Cono Sur:
La corrupción, cuando se ejerce sobre los bienes del Estado, sobre la res publica, la cosa pública, significa retraer recursos a la aplicación de políticas. Normalmente ¿cuáles? Las políticas sociales que son las que afectan más directamente a la vida de las mujeres, sobre todo a la vida de las mujeres de determinados sectores, que están en situaciones de mayor vulnerabilidad. [...] La corrupción es todavía un flagelo de la sociedad mundial y se expresa de muy diversas maneras, muy complejas, muy delicadas, porque el tema de la trata, el tema del tráfico de armas, el tema de las drogas que involucran las mayores masas de dinero en el mundo, son corrupciones globales.
La corrupción no es neutra, sino que tiene un impacto diferencial sobre las mujeres. Por eso debemos tomar en cuenta los patrones socioculturales patriarcales –y en muchos casos abiertamente machistas– que ignoran los derechos, las necesidades y los intereses de más de la mitad de la población: las mujeres y quienes están a su cargo, niñas/os, ancianas/os, enfermos/as. Afecta directamente los derechos humanos de las mujeres y a menudo los casos están íntimamente ligados a la discriminación de género. He aquí algunos ejemplos:
•Un ginecólogo es objetor de conciencia los martes y jueves por la mañana en el hospital público; sin embargo los lunes, miércoles y viernes, en su consultorio privado, receta anticonceptivos orales, DIU y hasta la píldora del día después (anticoncepción de emergencia).
•Un juez ordena a la policía local el allanamiento a una whiskería
: se denunció que es un prostíbulo en el que se explota sexualmente a dos nenas de once y doce años y a tres jóvenes paraguayas indocumentadas. Al llegar no encuentran a nadie. El comisario, a través de una rápida llamada telefónica, logra ocultar un nuevo caso de trata humana.
•El titular del diario dice: Joven madre asesinada por ex pareja
. La mujer había pedido protección a la justicia. Recibía constantes amenazas. En su celular, tras la última llamada, había un mensaje que decía: Serás mía o de nadie
. En el juzgado explican que carecen de recursos adecuados. El periódico agrega: Crimen pasional
.
•En un municipio, el presupuesto anual destina una importante partida a la construcción de un hogar para la atención de mujeres víctimas de violencia. Un año después, ante la interpelación de los concejales, el intendente reconoce que los fondos se utilizaron para otros fines.
•Una mujer sale todas las mañanas a las 5: 30 hs. Camina doce cuadras con su beba de seis meses, el nene de dos años y las mellizas de tres para dejarlos en una guardería e ir a trabajar. Los colectivos ya no entran al barrio y los funcionarios no controlan las rutas. Antes de su último parto, la mujer pidió ligadura de trompas pero se la denegaron porque sólo tiene veinte años.
•Una nena de diez años queda embarazada. La violó un familiar. La madre hace la denuncia y pide que su hijita pueda interrumpir el embarazo. Se trata de un caso de aborto no punible contemplado por el Código Penal. Los médicos piden autorización al juez, el juez convoca al Comité de Bioética. El Comité enmudece. La vida y la salud mental de la nena están en riesgo. Si muere, modificará apenas las estadísticas de la creciente mortalidad materna.
¿Qué tienen en común todos estos casos? Todos son actos contemplados por la Convención Interamericana contra la Corrupción de la OEA: actos públicos u omisiones cometidos por funcionarios en el ejercicio de sus funciones, a cambio de los cuales han obtenido ilícitamente beneficios para sí mismos (sobornos, incremento del poder político, beneficios económicos).
Por su parte, la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción recomienda códigos de conducta para funcionarios públicos
que promuevan la integridad, la honestidad y la responsabilidad entre ellos. La Oficina Anticorrupción determina en su Código de Ética de la Función Pública que el fin de la función pública es la realización del bien común, y se orienta principalmente a la educación ética y a la prevención de conductas disfuncionales que pudieran facilitar la realización de actos de corrupción. Establece que es deber inexcusable del funcionario público mantener una conducta decorosa y digna y no utilizar las prerrogativas del cargo para la obtención de beneficios personales. En casi todos los casos anteriormente citados, fallaron la responsabilidad y la integridad de algún funcionario.
La definición de corrupción que hace Transparencia Internacional es más amplia: Mal uso del poder encomendado para obtener beneficios particulares
. Esta definición se refiere a un poder encomendado que puede estar tanto en el sector privado como en el público, y a beneficios particulares entendidos como beneficios personales para quien hace mal uso del poder, incluyendo a miembros de la familia y amigos.
Los ejemplos expuestos anteriormente son, entonces, casos de violencia de género, que involucran derechos sexuales y reproductivos, de seguridad ciudadana, y que perjudican a mujeres y niñas. Son casos en los que hubo funcionarios que incumplieron –por comisión o por omisión– con la CEDAW (Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer) o con Belem do Pará (Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer). Son casos que se basan en la feminización de la pobreza y a su vez la refuerzan; nos permiten afirmar que la corrupción afecta de manera diferenciada a mujeres y varones.
Luchar contra la corrupción implica también voluntad política de quienes ejercen el poder. Fabiana Ríos, gobernadora de Tierra del Fuego decía en el Foro:
Frente a la corrupción no hay neutralidades. O se está a favor o se está en contra, y nosotras, por nuestra historia, elegimos estar en contra de la corrupción, que es estar a favor de quienes no son vistos y de quienes no son escuchados. Si quienes tenemos la responsabilidad política de la representación pública no hacemos de estos espacios, el espacio de visibilización de esos enormes sectores de la sociedad entre los que están nuestras mujeres, nuestros niños, nuestros abuelos, nuestros discapacitados, si no los hacemos visibles en esta responsabilidad de representación, de nada habrán servido estos años de representación, esos cupos donde las mujeres tenemos la posibilidad de hablar por los otros.
¿Con qué herramientas contamos para reducir la corrupción que afecta de manera directa los derechos de las mujeres? La Constitución de la Nación Argentina, a partir de la reforma de 1994, en su Capítulo Segundo. Nuevos derechos y garantías
, ofrece a la ciudadanía diversos mecanismos que permiten ejercer una democracia participativa, como ser el derecho de iniciativa para presentar proyectos de ley en la Cámara de Diputados, derechos de consumidores y usuarios de bienes y consumos a tener una información adecuada y veraz, derechos que promueven condiciones de trato equitativo y digno. El artículo 43 señala que toda persona podrá interponer acción de amparo contra cualquier forma de discriminación, y hace referencia a los derechos de incidencia colectiva.
Desde el proyecto Mujeres por la equidad y la transparencia
se trabajó en red, en ocho regiones del país, y se desarrollaron campañas de advocacy o incidencia, a través de la recolección de firmas, envíos masivos de correos electrónicos o presentación ante la justicia de amicus curiae, en apoyo a causas concretas. La red Mujeres al borde de la información
se dedicó a poner en relieve la importancia del acceso a la información, investigando qué decretos u ordenanzas existen en el país que habiliten este derecho básico, aún en ausencia de una ley nacional, a la vez que pedía información a los gobiernos municipales, provinciales, nacionales o a los organismos especialmente creados para control del Estado (watchdog units), sobre temas relacionados con las distintas formas de violencia contra las mujeres, y en especial con la trata humana, o con los derechos sexuales y reproductivos. Este fue un primer paso en el ejercicio del control ciudadano que lleva a las acciones de accountability: pedidos de rendición de cuentas a funcionarios sobre sus gestiones de gobierno, sobre la ejecución de sus presupuestos y de las políticas públicas.
Bibliografía
Isuani, Ernesto Aldo (1999), Anomia social y anemia estatal: sobre integración social en la Argentina
, en Los noventa: política, sociedad y cultura en América Latina y Argentina de fin de siglo, Buenos Aires, Eudeba.
Mason, Andrew D.; King, Elizabeth M. (2001), Engendering Development. Through Gender Equality in Rights, Resources and Voice, en Informe 21.776 del Banco Mundial, 31 de enero de 2001.
Nino, Carlos (2005), Un país al margen de la ley, Buenos Aires, Ariel.
Resetear la Sociedad. Ideas de los Jóvenes sobre la Corrupción
, Oficina Anticorrupción, 2007.
Introducción
Rebecca Reichmann Tavares
UNIFEM se complace en presentar esta importante contribución a nuestros análisis sobre el papel del género, y de las mujeres organizadas, en el avance de la democracia en el mundo. El antiguo debate entre feministas y académicos/as sobre la diferencia, está empapando muchas investigaciones recientes sobre corrupción pública, especialmente en torno a la pregunta de si el género influye en la tendencia de los actores políticos a violar los derechos humanos y principios éticos. El presente volumen examina este debate desde una variedad de perspectivas disciplinarias y regionales, y considera también las diferencias de género en el impacto de la corrupción política.
Desde los principios del movimiento feminista, hemos debatido si las mujeres somos de algún modo diferentes a los varones en la esencia: si tenemos un mayor perfil de cuidadoras, de establecer relaciones, de ejercitar una perspectiva más integral, y por lo tanto, si es más probable que pongamos mayor énfasis en tener en cuenta las consecuencias negativas de nuestro comportamiento en los otros. Al menos desde la década de 1980, las feministas académicas, entre otras, han llevado este debate a otros niveles, citando estudios empíricos como pruebas para reforzar ambos lados del debate. Como afirmó Anne Phillips (1993), la diferencia es la base de la identidad y por lo tanto de la solidaridad y la movilización. Además, la sociedad debe reconocer la diferencia para lograr la igualdad. Pero las diferencias de género, así como otros factores determinantes de identidades, constantemente se reconstruyen y se vuelven a negociar con otros actores sociales en términos que pueden borrar identidades esenciales, y por lo tanto se corre el riesgo de erosionar la solidaridad (Reichmann 1999: 1).
El movimiento internacional de mujeres ha buscado distinguir la verdad del mito en este debate, el cual hoy en día es especialmente importante en el contexto de la emergencia de actores oficiales y regímenes que han distorsionado e institucionalizado la noción de la diferencia de las mujeres, usando el supuesto estatus de subordinación de las mujeres para denegar el acceso a las mismas oportunidades y derechos que disfrutan los varones.
Al mismo tiempo, las feministas están promoviendo aún con mayor eficacia el rol principal del Estado en garantizar los derechos humanos de las mujeres. Una vez conquistado, finalmente, el reconocimiento de los derechos de las mujeres como derechos humanos (una lucha que duró más de una década desde mediados de los años 1980 hasta los años 1990), las mujeres organizadas se encuentran presionando a los Estados para que adopten nuevas políticas públicas que garanticen la seguridad pública y privada de las mujeres, igual acceso a los recursos y servicios del Estado, y representación en espacios de poder y de toma de decisiones. Las mujeres organizadas también luchan contra las omisiones del Estado a la hora de procesar violaciones de los derechos de las mujeres y la igualdad, y particularmente se están levantando contra la impunidad cuando los gobiernos no cumplen con los compromisos internacionales para asegurar la igualdad de las mujeres en los campos de seguridad pública y bienestar social, incluyendo acceso a empleo, crédito, servicios de salud y educación, tierra y vivienda.
Cuando la corrupción interfiere en la igualdad de acceso a justicia y/o recursos públicos, varios/as autores/as en este volumen argumentan que las mujeres se ven perjudicadas, y de manera desproporcionada. Los ensayos de este volumen examinan uno o dos de los temas considerados anteriormente: (1) tendencias por género a la corrupción (o a combatir la corrupción), o (2) impactos diferenciados por género de la corrupción, analizados en contextos regionales desde América Latina hasta África e India.
Este importante volumen de estudios de caso y análisis del rol de las mujeres en la gobernabilidad, del papel de las organizaciones de mujeres en el combate contra la corrupción, y de los impactos diferenciados por género de la corrupción, presenta contribuciones clave para entender género y democracia. UNIFEM y nuestros socios en todo el mundo seguimos comprometidos con la transversalización de género en la democracia, de modo que se asegure una igual representación de las mujeres, y otros grupos excluidos, en las posiciones de poder y toma de decisiones. El principal valor que subyace a este compromiso es la promesa de justicia. UNIFEM, y todo el Sistema de las Naciones Unidas, sostiene fervientemente que la justicia requiere que la inclusión y la diversidad enriquezcan el debate y la responsabilidad públicos. Este enriquecimiento se dará a través de la representación de la diferencia; es decir, la inclusión de todo el espectro de puntos de vista y experiencias humanas. Este volumen ayuda en el avance de este compromiso clave de UNIFEM.
Bibliografía
Phillips, Anne (1993). Democracy and Difference, University Park, Pennsylvania State University Press.
Reichmann, Rebecca (Ed.) (1999), Race in Contemporary Brazil from Indifference to Inequality, University Park, Pennsylvania State University Press.
Capítulo I
¿Son las mujeres un arma eficaz en el combate contra la corrupción? ¿Es deseable que lo sean?
Carlos Aloisio y Cristian Pérez Muñoz.
1. Introducción
La relación entre corrupción y género ha sido recientemente discutida en numerosos foros académicos y políticos. Asumiendo que los hombres presentan una mayor inclinación hacia comportamientos y actitudes corruptas que las mujeres, se ha argumentado que un incremento de la participación femenina en la arena política y en la esfera empresarial representaría una contribución significativa en el combate contra la corrupción.
En este artículo examinamos los principales fundamentos empíricos y normativos que sustentan esta recomendación. En el plano empírico mostramos que, desde su origen, esta idea contaba con microfundamentos endebles. A continuación, evaluamos su validez a nivel macrosocial, señalando que, a la luz de las investigaciones más recientes, la vinculación entre género y corrupción presenta un carácter espurio. Finalmente, discutimos la conveniencia de utilizar un criterio de selección de representantes basado en la supuesta honestidad
femenina. En este sentido, argumentamos que dicha tesis no sólo es contraria a las principales defensas contemporáneas de la teoría de la representación política de corte feminista, sino que además, este postulado es incompatible con cualquier modelo normativo de representación.
2. Género y corrupción
En 2001 se publicaron las investigaciones comparativas de Dollar et al. (2001) y Swamy et al. (2001). Utilizando diferentes fuentes de datos, estas investigaciones mostraron la existencia de una relación negativa y estadísticamente significativa entre los niveles de corrupción nacionales y la participación femenina en el gobierno y el mercado³. Estos hallazgos tuvieron una fuerte repercusión en la discusión sobre cómo prevenir la corrupción; pero también aportaron una razón diferente sobre por qué incorporar a las mujeres en los ámbitos de toma de decisiones políticas y económicas⁴.
Tomando como referencia investigaciones del ámbito de la psicología cognitiva, Dollar et al. (2001) formularon la hipótesis de que, a nivel macrosocial, un incremento de la participación de las mujeres en puestos gubernamentales y en las legislaturas conduciría a un gobierno más honesto. El índice de la Guía de Riesgo Internacional por país (International Country Risk Guide), que capta la probabilidad de que altos funcionarios públicos demanden sobornos, y el grado en que se esperan pagos ilegales en el resto de las esferas del gobierno se usó como variable dependiente. Por su parte, el poder explicativo de la participación femenina fue evaluado a partir de tres medidas: la proporción de mujeres en cada legislatura, en los puestos de gobierno de carácter ministerial o de alto rango y en el mercado de trabajo⁵.
El hallazgo para una muestra de más de 100 países fue que existía una relación fuerte, negativa y estadísticamente significativa entre la participación de las mujeres en el gobierno y la corrupción. A partir de esto, se estudiaron los efectos de otros factores que podrían influenciar tanto en los niveles de participación como en el nivel de corrupción⁶. El resultado final verifica la hipótesis original de una relación negativa entre participación femenina y corrupción, aunque no se presenta evidencia sobre los mecanismos micro que la fundamentan.
En ese mismo año, Swamy et al. (2001) presentaron más evidencia a favor de esta hipótesis, utilizando dos conjuntos diferentes de datos, uno para el nivel micro y otro para el nivel macro. Sobre el primer conjunto, estos autores analizaron la información relevada por la Encuesta Mundial de Valores (World Values Survey) sobre las preferencias de género respecto al comportamiento oportunista en situaciones hipotéticas, mostrando que las mujeres tienen una mayor tendencia a condenar episodios de soborno que los hombres⁷. Swamy et al. (2001) presentaron además datos de una encuesta de propietarios y directivos de negocios de Georgia, que muestran que los hombres que se desempeñan en estos puestos son más proclives a dar sobornos.
Respecto al nivel macro, dicha investigación replicó la metodología de Dollar et al. (2001), utilizando el Índice de Percepción de Corrupción (Corruption Perception Index) de Transparencia Internacional. Una vez más, se comprobó que la presencia de mujeres en el parlamento o en puestos de dirección empresarial se asocia a menores niveles de corrupción, esta vez, en una muestra de 93 países, controlando dichas estimaciones por el PBI per cápita, tasa de escolarización, composición religiosa y étnica, y libertades civiles.
2.1 Microfundamentos de la honestidad femenina
A diferencia de la investigación de Swamy et al. (2001), la hipótesis principal del trabajo de Dollar et al. (2001) fue inspirada por la literatura proveniente del campo de la psicología cognitiva. Dado que durante largo tiempo este campo fue el principal proveedor de evidencia científica sobre las diferencias en las actitudes morales de hombres y mujeres, es conveniente reseñar los principales hallazgos sobre el tema en este terreno.
El principal supuesto que orientó la investigación del equipo liderado por Dollar es que los hombres son más individualistas o egoístas que las mujeres (Dollar et al. 2001: 423). Esta idea tenía asidero en parte de la literatura sobre psicología experimental de ese momento –1999, año en que comenzó a circular el primer borrador del estudio–, sobre las diferencias de comportamiento entre hombres y mujeres en situaciones específicas⁸.
Estos antecedentes comparten dos características comunes: a) todos adscriben a la hipótesis de las diferencias de sexo
, que sostiene que hombres y mujeres presentan importantes contrastes a nivel psicológico; y b) todos presentan evidencia positiva a favor del comportamiento altruista de las mujeres.
La literatura reciente sobre el tema muestra que, en realidad, la evidencia sobre las diferencias de sexo es, o bien contradictoria, o al menos tan abundante como la que favorece a la hipótesis contraria, es decir, de las similitudes de sexo
(Hyde 2005). No es, por supuesto, una objeción de peso para el trabajo de Dollar et al. (2001) afirmar que utiliza un supuesto que al tiempo resultó inadecuado. De hecho, es una consecuencia natural del avance científico. Sin embargo, lo destacable de este caso en particular es que al momento de publicar los resultados de la investigación en 1999, se encontraba disponible un importante volumen de evidencia en contra de las diferencias de sexo. Y esto sí representa una objeción seria al proceso inductivo por el cual se formuló la proposición general sobre el comportamiento altruista de las mujeres⁹. En otras palabras, tomar una posición en el debate sobre las diferencias del comportamiento entre sexos era una empresa arriesgada desde el principio, ya que no se contaba con una base científica sólida que validara el supuesto de la naturaleza no egoísta de las mujeres. De esta forma, puede decirse que desde su origen, la hipótesis sobre la naturaleza no egoísta de las mujeres fue una construcción con cimientos endebles.
2.2 Recientes avances en el estudio de los microfundamentos de las diferencias morales entre sexos
Como mencionamos anteriormente, la suposición sobre el carácter más altruista u honesto de las mujeres tiene un origen básicamente especulativo, en la medida en que fue concebida sin microfundamentos sólidos. Y es importante decirlo: esta situación no parece haber cambiado en nuestros días. Una debilidad común de la mayoría de los estudios disponibles hasta fines de los años 1990 es que no se daba cuenta de los posibles efectos de interacción entre variables, más allá del control de relaciones espurias. En buena medida, los hallazgos sobre comportamiento individual en materia de género se concentraban en buscar explicaciones monocausales, antes que multicausales.
Un buen ejemplo de investigación que intenta superar esta clase de problemas es el de Aldrich y Kage (2003). Este trabajo aborda el papel desempeñado por la edad en la formulación de juicios morales. Sus resultados revelan que los efectos conjuntos del género y la edad funcionan mejor como predictores del moralismo que los efectos aislados del género o el nivel educativo. De esta forma, a medida que hombres y mujeres envejecen, tienden a converger en materia de valores.
Otro caso interesante es el de Keshet et al. (2006), quienes estudian los efectos de interacción entre género y estatus. Esa investigación muestra que en posiciones de poca influencia social, los hombres tienden a adoptar estrategias estereotípicamente masculinas
de carácter directo, activo, agresivo y competitivo, mientras que en situaciones de alto estatus no surgen diferencias significativas en el comportamiento por sexo. De esta forma, las posibles similitudes o diferencias de género se vuelven relativas al contexto social.
Dos últimos aportes, referidos específicamente al estudio de la relación entre género y corrupción, son los trabajos de Altas et al. (2006) y de Rivas (2006).