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Constitución Política del Perú 1993: Comentarios, reformas, índice analítico
Constitución Política del Perú 1993: Comentarios, reformas, índice analítico
Constitución Política del Perú 1993: Comentarios, reformas, índice analítico
Libro electrónico241 páginas1 hora

Constitución Política del Perú 1993: Comentarios, reformas, índice analítico

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Información de este libro electrónico

"«La Constitución debe permanecer incompleta e inacabada
por ser la vida que pretende vida histórica y, en tanto que
tal, sometida a ciertos cambios históricos». Konrad Hesse
Escritos de Derecho Constitucional"
IdiomaEspañol
EditorialFondo Editorial de la PUCP
Fecha de lanzamiento4 jun 2025
ISBN9786123350437
Constitución Política del Perú 1993: Comentarios, reformas, índice analítico

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    Constitución Política del Perú 1993 - César Landa Arroyo

    Constituci_n_Pol_tica_del_Per__1993__-_5a_ed.jpg

    César Landa Arroyo

    CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ 1993

    COMENTARIOS

    REFORMAS

    ÍNDICE ANALÍTICO

    INCLUYE REFORMAS APROBADAS EN REFERÉNDUM CONSTITUCIONAL DEL 9 DE DICIEMBRE DE 2018 Y LAS REFORMAS CONSTITUCIONALES REALIZADAS HASTA DICIEMBRE DE 2024

    QUINTA EDICIÓN

    Constitución Política del Perú 1993

    Comentarios, reformas, índice analítico

    © César Landa Arroyo, 2025

    © Pontificia Universidad Católica del Perú, Fondo Editorial, 2025

    Av. Universitaria 1801, Lima 32, Perú

    feditor@pucp.edu.pe

    www.fondoeditorial.pucp.edu.pe

    Diseño, diagramación, corrección de estilo y cuidado de la edición:

    Fondo Editorial PUCP

    Quinta edición digital: junio de 2025

    Prohibida la reproducción de este libro por cualquier medio, total o parcialmente, sin permiso expreso de los editores.

    Hecho el Depósito Legal en la Biblioteca Nacional del Perú N° 2025-04662

    e-ISBN: 978-612-335-043-7

    Índice

    Prólogo a la Quinta edición

    Prólogo a la cuarta edición

    Prólogo a la tercera edición

    CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ 1993

    Abreviaturas utilizadas

    TÍTULO I. DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD

    Capítulo I. Derechos fundamentales de la persona

    Capítulo II. De los derechos sociales y económicos

    Capítulo III. De los derechos políticos y de los deberes

    Capítulo IV. De la función pública

    TÍTULO II. DEL ESTADO Y LA NACIÓN

    Capítulo I. Del Estado, la Nación y el territorio

    Capítulo II. De los tratados

    TÍTULO III. DEL RÉGIMEN ECONÓMICO

    Capítulo I. Principios generales

    Capítulo II. Del ambiente y los recursos naturales

    Capítulo III. De la propiedad

    Capítulo IV. Del régimen tributario y presupuestal

    Capítulo V. De la moneda y la banca

    Capítulo VI. Del régimen agrario y de las Comunidades Campesinas, Nativas y del Pueblo Afroperuano

    TÍTULO IV. DE LA ESTRUCTURA DEL ESTADO

    Capítulo I. Poder Legislativo

    Capítulo II. De la función legislativa

    Capítulo III. De la formación y promulgación de las leyes

    Capítulo IV. Poder Ejecutivo

    Capítulo V. Del Consejo de Ministros

    Capítulo VI. De las relaciones con el Poder Legislativo

    Capítulo VII. Régimen de excepción

    Capítulo VIII. Poder Judicial

    Capítulo IX. De la Junta Nacional de Justicia

    Capítulo X. Del Ministerio Público

    Capítulo XI. De la Defensoría del Pueblo

    Capítulo XII. De la seguridad y de la Defensa Nacional

    Capítulo XIII. Del sistema electoral

    Capítulo XIV. De la descentralización

    TÍTULO V. DE LAS GARANTÍAS CONSTITUCIONALES

    TÍTULO VI. DE LA REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN

    Disposiciones complementarias transitorias

    Disposición complementaria final

    Disposición complementaria final

    Disposiciones finales y transitorias

    Disposiciones transitorias especiales

    Disposición transitoria

    Declaración

    Congreso constituyente democrático

    Congresistas constituyentes

    Prólogo a la Quinta edición

    La Constitución es ratio —razón— y emotio —emoción— según Häberle. En efecto, la Constitución es un pacto racional, que en democracia demanda el consenso plural de las distintas visiones políticas, sociales, económicas y culturales del país, para lograr la paz y el desarrollo, sobre todo de las poblaciones más vulnerables. Sin embargo, la Constitución es también la expresión de los pensamientos y sentimientos de pertenencia de la ciudadanía a ese proyecto constitucional, que forja la identidad nacional sobre la base de la equidad, la inclusión y el reconocimiento de la diversidad.

    A través de esa doble vocación de las constituciones democráticas contemporáneas, se busca que la Constitución se abra a la diversidad social y a promover la integración e inclusión de los históricos grupos marginados y vulnerables. Así, la apreciación de la diversidad tiene como objetivo reconocer y valorar las diferencias individuales y colectivas; la equidad procura garantizar que todas las personas tengan acceso a las mismas oportunidades, ajustando recursos según las necesidades específicas; y la inclusión fomenta un entorno en el que todas las personas se sienten valoradas, respetadas y apoyadas.

    Sin embargo, las reformas constitucionales que el Congreso de la República ha seguido aprobando durante el segundo semestre de 2024 ponen en evidencia que el Congreso, pese a ser un poder constituido, se ha apropiado de las tareas del poder constituyente, sustituyéndolo sin consultar a la ciudadana mediante su derecho al referéndum constitucional; esto a pesar de que el 95% de la opinión pública desaprueba el desempeño del Congreso y el 93% desaprueba a la presidenta de la República (IEP, 2025)¹.

    Por otro lado, hay instituciones esenciales de la democracia constitucional que han sido desconstitucionalizadas mediante la ley 31399, que anula el derecho fundamental al referéndum para la reforma total o parcial de la Constitución, según lo establecido en el artículo 32; o la ley 31355, que impide al Ejecutivo plantear una cuestión de confianza al Congreso para asegurar el equilibrio de poderes, según lo previsto en el artículo 133 de la Constitución.

    El Congreso ha incorporado cuatro últimas reformas constitucionales sobre asuntos puntuales, como el cambio de denominación de las personas con incapacidad por discapacidad (ley 32188); incorporar a los profesionales de la salud de forma específica en la norma relativa a la carrera pública (ley 32145); incorporar a los afroperuanos junto a las comunidades campesinas y nativas a efectos del respeto a su identidad cultural (ley 32189); y el Congreso se ha autorizado para dictar los nuevos reglamentos de las cámaras de Diputados, Senado y del Congreso (ley 32135).

    Estas cuatro reformas constitucionales se incorporan en esta nueva edición, pero vistas en conjunto con la reforma que restaura el bicameralismo representan la banalidad de la institución de la reforma constitucional, porque han sido preferidas frente a asuntos constitucionales esenciales pendientes de regulación, como el derecho universal a la salud y a la educación pública de calidad, o la protección del acceso a los bienes esenciales para los grupos vulnerables frente al libre mercado. Asimismo, revelan lo más peligroso del actual proceso, que es el aceleramiento de la desconstitucionalización del estado de derecho, al debilitar los mecanismos de lucha contra la corrupción, desvincularnos parcialmente de la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y los crímenes de lesa humanidad, al aprobar la intervención gubernamental en las organizaciones no gubernamentales, al derogar el derecho a una educación universitaria de calidad, entre otros. Por tanto, se puede señalar que la mayoría del Congreso ha llegado a transformarse en una dictadura parlamentaria sin control, para lo cual cuentan con un Tribunal Constitucional elegido en su mayoría a su medida.

    En consecuencia, la convocatoria presidencial a elecciones políticas generales para representantes al Congreso y a la Presidencia de la República para el 12 de abril de 2026 se presenta en un escenario que no garantiza elementos democráticos para unas elecciones limpias y transparentes, como sí se dieron durante la transición democrática, que aseguró la alternancia democrática en el poder y el respeto a los resultados electorales presidenciales. Sin embargo, estos no fueron respetados por las actuales fuerzas políticas, que desde el Congreso han venido destituyendo a presidentes elegidos por el voto popular.

    De este modo, en el marco constitucional y con la observancia internacional, la ciudadanía debe empoderarse en sus derechos y libertades constitucionales, para que los poderes públicos y privados —sobre todo mediáticos concentrados— aseguren que el proceso electoral sea limpio y transparente, y que se respete el ejercicio del sufragio y los resultados electorales que otorguen el mandato al presidente electo y la representación a quienes sean elegidos para las cámaras de diputados y senadores.

    Finalmente, agradezco la colaboración de Ana Nieves en la preparación y cuidado de la presente edición.

    Lima, 21 de abril de 2025


    ¹ Instituto de Estudios Peruanos (IEP) (2025). Informe de opinión de marzo de 2025. Lima: IEP.

    Prólogo a la cuarta edición

    La deriva constitucional iniciada el 2016, con un marcado asambleísmo propio del emergente populismo iliberal, se ha consolidado en el último lustro, desde que realizamos la tercera de la Constitución a raíz de las reformas constitucionales aprobadas por referéndum popular en 2018. En esa ocasión, con el rechazo a la creación de Senado, la reelección inmediata de los congresistas, la exigencia de transparencia en el financiamiento de los partidos políticos y la creación de la Junta Nacional de Justicia en sustitución del corrupto Consejo Nacional de la Magistratura, las fuerzas políticas democráticas plantaron un freno relativo a las fuerzas conservadoras. Sin embargo, en las elecciones de 2021, el Poder Legislativo obtuvo una mayoría populista, esta vez aunada con fuerzas autoritarias.

    De este modo, la relación dialéctica entre el Ejecutivo y la oposición parlamentaria se transformó en una relación anómica, que desconoció, en primer lugar, los resultados electorales presidenciales, avalados por los organismos electorales autónomos y por los observadores electorales internacionales. En segundo lugar, la oposición comenzó con una estrategia para destruir a los presidentes democráticamente elegidos mediante la vacancia presidencial. Esto se

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