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Calendario Litúrgico - Pastoral. Año Litúrgico 2023-2024
Calendario Litúrgico - Pastoral. Año Litúrgico 2023-2024
Calendario Litúrgico - Pastoral. Año Litúrgico 2023-2024
Libro electrónico546 páginas6 horas

Calendario Litúrgico - Pastoral. Año Litúrgico 2023-2024

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La Comisión Episcopal para la Pastoral Litúrgica de la Conferencia del Episcopado Mexicano ha preparado este Calendario Litúrgico-Pastoral, como un subsidio que busca ser un instrumento eficaz para ayudar en la preparación de las celebraciones litúrgicas de la Eucaristía, fuente y cumbre de la vida cristiana (cfr. Sacrosanctum Concilium, n. 10) y de la Liturgia de las Horas.

IdiomaEspañol
EditorialBuena Prensa
Fecha de lanzamiento17 jun 2024
ISBN9798227824684
Calendario Litúrgico - Pastoral. Año Litúrgico 2023-2024

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    Calendario Litúrgico - Pastoral. Año Litúrgico 2023-2024 - Buena Prensa

    calendario-liturgico-24-cover.jpg

    COMISIÓN EPISCOPAL PARA LA PASTORAL LITÚRGICA

    MÉXICO

    Calendario

    Litúrgico - Pastoral

    AÑO LITÚRGICO

    2023-2024

    CICLO DOMINICAL B
    CICLO FERIAL II

    1a. edición, 1977.

    48a. edición, 2023.

    Hecho en México.

    Con las debidas licencias eclesiásticas.

    Arzobispo de Puebla de los Ángeles

    Presidente de la CEPALI

    Secretario ejecutivo de la CEPALI

    S. Adjunta de la CEPALIseño de portada:

    Lilian Mireya Romano Rgz.

    C. de Social Media CEPALI

    El Cordero de Dios.

    Diseñada por Fray Gabriel Chávez de la Mora, O. S. B.,

    y realizada por el Arq. Jaime Domínguez

    (de la colección Arte Religioso Contemporáneo)

    Impreso en México, en Imprecorme, S. A. de C. V.

    PRESENTACIÓN

    La Comisión Episcopal para la Pastoral Litúrgica de la Conferencia del Episcopado Mexicano ha preparado este Calendario Litúrgico-Pastoral, como un subsidio que busca ser un instrumento eficaz para ayudar en la preparación de las celebraciones litúrgicas de la Eucaristía, fuente y cumbre de la vida cristiana (cfr. Sacrosanctum Concilium, n. 10) y de la Liturgia de las Horas.

    La santa madre Iglesia considera deber suyo celebrar con un sagrado recuerdo en días determinados a través del año la obra salvífica de su divino Esposo. Cada semana, en el día que llamó del Señor, conmemora su Resurrección, que una vez al año celebra también, junto con su santa Pasión, en la máxima solemnidad de la Pascua. Además, en el círculo del año desarrolla todo el Misterio de Cristo, desde la Encarnación y la Navidad hasta la Ascensión, Pentecostés y la expectativa de la dichosa esperanza y venida del Señor.

    Conmemorando así los misterios de la Redención, abre las riquezas del poder santificador y de los méritos de su Señor, de tal manera que, en cierto modo, se hacen presentes en todo tiempo para que puedan los fieles ponerse en contacto con ellos y llenarse de la gracia de la salvación. En la celebración de este círculo anual de los misterios de Cristo, la santa Iglesia venera con amor especial a la bienaventurada Madre de Dios, la Virgen María, unida con lazo indisoluble a la obra salvífica del su Hijo; en Ella, la Iglesia admira y ensalza el fruto más espléndido de la Redención y la contempla gozosamente, como una purísima imagen de lo que ella misma, toda entera, ansía y espera ser.

    Además, la Iglesia introdujo en el círculo anual el recuerdo de los mártires y de los demás santos, que llegados a la perfección por la multiforme gracia de Dios y habiendo ya alcanzado la salvación eterna, cantan la perfecta alabanza a Dios en el cielo e interceden por nosotros. Porque al celebrar el tránsito de los santos de este mundo al cielo, la Iglesia proclama el Misterio Pascual cumplido en ellos, que sufrieron y fueron glorificados con Cristo, propone a los fieles sus ejemplos, los cuales atraen a todos por Cristo al Padre y por los méritos de los mismos implora los beneficios divinos.

    Por último, en diversos tiempos del año, de acuerdo a las instituciones tradicionales, la Iglesia completa la formación de los fieles por medio de ejercicios de piedad espirituales y corporales, de la instrucción, de la plegaria y las obras de penitencia y misericordia (cfr. Sacrosanctum Concilium, nn. 102-106). De esta forma, al mismo tiempo que estamos actuando nuestra propia santificación, como nos ha recordado el Papa Francisco en su Carta para preparar el Jubileo Ordinario de 2025, del mismo modo progresaremos en la misión de llevar a todos el gozoso anuncio del Evangelio.

    Así pues, esta edición del Calendario Litúrgico-Pastoral para México, incorpora también algunas precisiones teológicas, litúrgicas y pastorales en sus diferentes apartados para una mayor comprensión de todo el arco celebrativo del Año Litúrgico.

    Presenta, además, la tabla de los días litúrgicos, según las Normas Universales sobre el Año Litúrgico y Calendario (NUALC), como la referencia fundamental que ha guiado la elaboración de este Calendario, pero que debe guiar también las necesarias adaptaciones que las Iglesias locales y las demás comunidades deberán llevar a cabo para organizar sus celebraciones, por ejemplo: las solemnidades propias del Patrono principal de una Orden o Congregación, lo mismo que el Patrono principal de la diócesis, del aniversario de la dedicación de la Catedral, del Patrono principal de la provincia, del Título o Fundador de una Orden o Congregación o de la Provincia religiosa, el aniversario de ordenación del obispo diocesano, etc.

    Se presentarán las notas pastorales para el Ciclo Litúrgico B, que, a partir de la teología litúrgica de cada uno de ellos, presenta las claves que recorren transversalmente la celebración de los Misterios del Señor durante este tiempo.

    Imploramos al Señor de la Historia [que en la celebración del 60o aniversario de la promulgación de la Constitución Sacrosanctum Concilium, la preparación para el Jubileo Ordinario 2025 y en el Contexto de la Novena Intercontinental Guadalupana para celebrar los 500 años de las apariciones de la Virgen de Guadalupe en el 2031 y que formará parte de la gran celebración por el Jubileo de la Redención en el 2033], este instrumento al servicio de la Iglesia en México ayude al Pueblo de Dios, de tal manera que todos, celebrando el Misterio de Cristo, encontremos la fuente de la santificación y desde ella, seamos artesanos de la paz y la justicia.

    + S. E. R. Mons. Víctor Sánchez Espinosa

    Arzobispo de Puebla de los Ángeles

    Presidente de la Comisión Episcopal para la Pastoral Litúrgica

    ABREVIATURAS Y SIGLAS GENERALES

    Cfr., cfr. confrontar

    IGLH Instrucción General de la Liturgia de las Horas

    IGMR Instrucción General del Misal Romano

    LG Lumen gentium

    MC Marialis cultus

    MR Misal Romano

    n. número

    nn. números

    NUALC Normas universales sobre el Año Litúrgico y sobre el Calendario

    p. página

    pp. páginas

    PG Patrología griega

    PL Patrología latina

    SC Sacrosanctum Concilium

    ABREVIATURAS DE FESTIVIDADES POR GRADO

    (s) solemnidad

    (f) fiesta

    (m) memoria obligatoria

    (ml) memoria libre

    ABREVIATURAS BÍBLICAS

    (De acuerdo con su uso en el Leccionario para México)

    Abdías = Abd

    Ageo = Ag

    Amós = Am

    Apocalipsis = Apoc

    Baruc = Bar

    Cantar de los Cantares = Cant

    Carta de Jeremías = CJer

    Colosenses = Col

    1 Corintios = 1 Cor

    2 Corintios = 2 Cor

    1 Crónicas = 1 Crón

    2 Crónicas = 2 Crón

    Daniel = Dn

    Deuteronomio = Deut

    Eclesiastés (Cohélet) = Ecli

    Efesios = Ef

    Esdras = Esd

    Ester = Est

    Éxodo = Éx

    Ezequiel = Ez

    Filemón = Fil

    Filipenses = Flp

    Gálatas = Gál

    Génesis = Gén

    Habacuc = Hab

    Hebreos =Heb

    Hechos de los Apóstoles = Hech

    Isaías = Is

    Jeremías = Jer

    Job = Job

    Joel = Jl

    Jonás = Jon

    Josué = Jos

    Juan = Jn

    1 Juan = 1 Jn

    2 Juan = 2 Jn

    3 Juan = 3 Jn

    Judas = Jds

    Judit = Jdt

    Jueces = Jue

    Lamentaciones = Lam

    Levítico = Lev

    Lucas = Lc

    1 Macabeos = 1 Mac

    2 Macabeos = 2 Mac

    Malaquías = Mal

    Marcos = Mc

    Mateo = Mt

    Miqueas = Miq

    Nahum = Nah

    Nehemías = Neh

    Números = Núm

    Oseas = Os

    1 Pedro = 1 Pe

    2 Pedro = 2 Pe

    Proverbios = Prov

    1 Reyes = 1 Re

    2 Reyes = 2 Re

    Romanos = Rom

    Rut = Rut

    Sabiduría = Sab

    Salmos = Sal

    1 Samuel = 1 Sam

    2 Samuel = 2 Sam

    Santiago = Sant

    Sirácide (Eclesiástico) = Sir

    Sofonías = Sof

    1 Tesalonicenses = 1 Tes

    2 Tesalonicenses = 2 Tes

    1 Timoteo = 1 Tim

    2 Timoteo = 2 Tim

    Tito = Tit

    Tobías = Tob

    Zacarías = Zac

    LA CELEBRACIÓN SEGÚN EL DÍA LITÚRGICO

    TABLA DE LOS DÍAS LITÚRGICOS

    I

    1. Triduo Pascual de la Pasión y Resurrección del Señor.

    2. Natividad, Epifanía, Ascensión y Pentecostés.

    Domingos de Adviento, Cuaresma y Pascua.

    Miércoles de Ceniza.

    Semana Santa, desde el Lunes Santo al Jueves Santo, inclusive.

    Días de la Octava de Pascua.

    3. Solemnidades del Señor, de la Virgen y de los santos, inscritas en el Calendario general.

    Conmemoración de todos los fieles difuntos.

    4. Solemnidades propias, a saber:

    a) Solemnidad del Patrono principal del lugar, sea pueblo o ciudad.

    b) Solemnidad de la Dedicación y el aniversario de la Dedicación de la iglesia propia.

    c) Solemnidad del Título de la iglesia propia.

    d) Solemnidad del Título, del Fundador o del Patrono principal de una Orden o de una Congregación.

    II

    5. Fiestas del Señor inscritas en el Calendario general.

    6. Domingos del Tiempo de Navidad y del Tiempo Ordinario.

    7. Fiestas de la Virgen María y de los santos, inscritas en el Calendario general.

    8. Fiestas propias, a saber:

    a) Fiesta del Patrono principal de la diócesis.

    b) Fiesta del aniversario de la Dedicación de la iglesia catedral.

    c) Fiesta del Patrono principal de la región o provincia, de la

    nación, de un territorio más extenso.

    d) Fiesta o del Título, o del Fundador, o del Patrono principal de la Orden o Congregación y de la provincia religiosa, quedando a salvo lo prescrito en el n. 4.

    e) Otras fiestas propias de alguna iglesia.

    f) Otras fiestas inscritas en el Calendario de cada diócesis, o de cada Orden o Congregación.

    9. Las ferias de Adviento desde el día 17 al 24 de diciembre inclusive.

    Días de la Octava de Navidad.

    Las ferias de Cuaresma.

    III

    10. Memorias obligatorias inscritas en el Calendario General.

    11. Memorias obligatorias propias, a saber:

    a) Memorias del Patrono secundario del lugar, de la diócesis, de la

    región o provincia, de la nación, de un territorio más extenso, de

    la Orden o Congregación y de la provincia religiosa.

    b) Otras memorias obligatorias inscritas en el Calendario de cada diócesis, o de cada Orden o Congregación.

    12. Memorias libres, que aún en los días señalados en el n. 9 se pueden celebrar, pero según el modo peculiar descrito en las Ordenaciones Generales del Misal Romano y de la Liturgia de las Horas.

    De la misma manera se pueden celebrar como memorias libres las memorias obligatorias que accidentalmente caigan en las ferias de Cuaresma.

    13. Ferias de Adviento hasta el día 16 de diciembre, inclusive.

    Ferias del Tiempo de Navidad desde el día 2 de enero al sábado después de Epifanía.

    Ferias del Tiempo Pascual desde el lunes después de la Octava de Pascua hasta el sábado antes de Pentecostés, inclusive.

    Ferias del Tiempo Ordinario.

    Si en un mismo día ocurren varias celebraciones, el Oficio se celebra de la que ocupe lugar preferente en la tabla de los días litúrgicos. El

    domingo, fiesta primordial, solamente cede su celebración a las solemnidades y fiestas del Señor; pero los domingos de Adviento, Cuaresma y Pascua tienen precedencia sobre todas las solemnidades. Las solemnidades que coincidan con esos domingos se trasladan al lunes siguiente,

    a no ser que coincida con el Domingo de Ramos o el Domingo de la Resurrección del Señor. Las demás solemnidades que sean impedidas por un día litúrgico que goce de precedencia, se traslada al día más próximo que no sea de los días indicados en los nn. 1-8 de la tabla de los días litúrgicos. Las otras celebraciones se omiten aquel año.

    Cuando en el mismo día hubieran de celebrarse las Vísperas del Oficio en curso y las primeras Vísperas del día siguiente, prevalecen las Vísperas de la celebración que en la tabla de los días litúrgicos ocupe lugar preferente; en caso de igualdad, se prefieren las Vísperas del día en curso.

    ELECCIÓN DE LA MISA

    El sacerdote, por consiguiente, al preparar la Misa, mirará más al bien espiritual común del pueblo de Dios que a sus preferencias personales (cfr. IGMR 352-367).

    La celebración de las solemnidades comienza en la tarde del día anterior, por lo que ya desde las Misas vespertinas del día anterior y durante todo el día propio, el sacerdote está obligado a seguir el formulario de la solemnidad.

    La celebración del domingo comienza en la tarde del día anterior, por lo que ya desde las Misas vespertinas del sábado y durante todo el día propio, el sacerdote está obligado a seguir el formulario del domingo. Puntualizaciones para los domingos de Navidad y del Tiempo Ordinario, así como para los domingos de Adviento, Cuaresma y Pascua, se dará más adelante en este mismo Calendario Litúrgico-Pastoral.

    En las ferias de Adviento, Navidad, Cuaresma y Pascua, en las fiestas y memorias obligatorias:

    a) Si la Misa se celebra con participación del pueblo, el sacerdote debe seguir, si lo hubiera, el calendario particular de la Iglesia en que celebra.

    b) Si la Misa se celebra sólo con un ministro, el sacerdote puede elegir sea el calendario particular de la Iglesia u otro calendario propio, sea el Calendario Romano General.

    Memorias libres:

    a) En las ferias de Adviento desde el 17 al 24 de diciembre, así como durante la Octava de Navidad y en las ferias de Cuaresma, exceptuados el Miércoles de Ceniza y las ferias de la Semana Santa, el sacerdote dirá la Misa del día litúrgico correspondiente; cuando

    alguno de estos días esté señalada una memoria en el Calendario Romano General, se puede tomar la colecta de esta memoria, con tal que no sea Miércoles de Ceniza o alguna de las ferias de la

    Semana Santa.

    En las ferias del Tiempo Pascual, las memorias de los santos se pueden celebrar legítimamente de manera integral.

    b) En las ferias de Adviento antes del 17 de diciembre, en las ferias del Tiempo de Navidad desde el 2 de enero, y en las ferias del Tiempo Pascual, el sacerdote puede elegir sea la Misa de la feria o la Misa del santo, o uno de los santos de los que se haga memoria, o la Misa de algún santo que esté inscrito ese día en el Martirologio.

    c) En las ferias del Tiempo Ordinario, el sacerdote puede elegir sea la Misa de la feria, sea la Misa de una memoria libre que caiga en ese día, o la Misa de algún santo que esté inscrito ese día en el Martirologio, o una de las Misas por diversas necesidades, o una Misa votiva.

    Elección de las partes de la Misa

    Lecturas

    Para los domingos y solemnidades se señalan tres lecturas, con las que se educa al pueblo cristiano en la continuidad de la obra de salvación, según la admirable pedagogía divina; siempre que se deba usar el formulario eucológico del domingo o solemnidad, se deberá seguir igualmente el correspondiente formulario de lecturas en el Leccionario. En las fiestas se señalan dos lecturas; siempre que se deba usar el formulario eucológico de la fiesta, se deberá seguir igualmente el correspondiente formulario de lecturas en el Leccionario; pero si la fiesta, según las normas se eleva al grado de solemnidad, añádase una tercera lectura, tomada del Común correspondiente. En las memorias de los santos, si carecen de lecturas propias, léanse ordinariamente las lecturas señaladas para las ferias.

    En el Leccionario ferial se proponen lecturas para todos los días de cualquier semana a lo largo de todo el año; por consiguiente, se

    tomarán preferentemente estas lecturas en los mismos días para los que están señaladas, a no ser que coincidan con una solemnidad o fiesta, o una memoria que tenga lecturas propias del Nuevo Testamento, en las que se hace mención del santo celebrado.

    Mayores indicaciones acerca de la elección de las lecturas se darán más adelante en este Calendario Litúrgico-Pastoral.

    En las Misas para grupos peculiares, el sacerdote puede escoger algunos textos que sean más apropiados para determinada celebración particular, con tal de que los tome de algún Leccionario aprobado.

    Eucología

    En los domingos, solemnidades y fiestas, se toma el formulario euco­lógico correspondiente, según lo antes mencionado y tomando en cuenta lo que más adelante se detallará en este Calendario Litúr­gico-Pastoral.

    En las memorias de los santos se dice la colecta propia o, si carece de ella, la del Común correspondiente; en cambio, las oraciones sobre las ofrendas y después de la Comunión, si no son propias, se pueden tomar sea del Común, sea de la feria del Tiempo correspondiente.

    En los días feriales del Tiempo Ordinario, además de las oraciones del domingo precedente, se pueden tomar las de cualquier otro domingo del Tiempo Ordinario, o las de alguna de las Misas para diversas necesidades que se encuentran en el Misal.

    Color litúrgico

    El color litúrgico para la celebración viene indicado en el calendario al

    lado de la celebración correspondiente; cuando se propone alguna celebración como opcional, al lado de ésta se coloca igualmente el color litúrgico correspondiente a dicha celebración.

    Especialmente en el Tiempo Ordinario, en general, el color litúrgico es el verde, pero debe observarse el color correspondiente especialmente a las Misas votivas, que tienen un color litúrgico propio.

    Plegaria eucarística

    La mayor parte de los prefacios con que ha sido enriquecido el Misal Romano miran a que los motivos de la acción de gracias brillen en la Plegaria eucarística con mayor plenitud y a que los diversos aspectos del Misterio de salvación se vayan exponiendo con más claridad.

    Es conveniente que la elección de una u otra de las Plegarias eucarísticas que se encuentran en el Ordinario de la Misa se rija oportunamente por estas normas:

    a) La Plegaria eucarística I, o Canon Romano, que se puede emplear siempre, se dirá más oportunamente en los días que tienen Reunidos en comunión propio o en las Misas que tienen también su propio Acepta, Señor, en tu bondad; también es oportuno usarla en la celebración del domingo, las fiestas de los Apóstoles y de los santos que se mencionan en la misma Plegaria. Esta Plegaria eucarística no admite que se pueda hacer mención de ningún santo que no se encuentre entre los que ya figuran en ella, aunque sea el patrono, el titular o aquel cuya fiesta se celebra.

    b) La Plegaria eucarística II, por sus mismas características, se emplea mejor en los días feriales, o en particulares circunstancias. Aunque tiene un prefacio propio, puede también usarse con prefacios distintos, sobre todo con los que presentan en forma más resumida el misterio de la salvación, por ejemplo, con los prefacios comunes. Cuando la Misa se celebra por un determinado difunto, se puede emplear una fórmula particular, que figura ya en su respectivo lugar, antes de Acuérdate también. Esta Plegaria eucarística no admite que se pueda hacer mención de ningún santo, aunque sea el patrono, el titular o aquel cuya fiesta se celebra.

    c) La Plegaria eucarística III puede usarse con cualquier prefacio. Su uso se recomienda los domingos y las fiestas. Si esta Plegaria se

    emplea en las Misas por los difuntos, puede utilizarse la fórmula particular para el difunto, que figura ya en su respectivo lugar, es decir, después de Reúne en torno a ti, Padre misericordioso, a todos tus hijos dispersos por el mundo. Esta Plegaria eucarística se recomienda también cuando se quiere hacer memoria del santo patrono, del titular de la iglesia o de aquel cuya fiesta se celebra.

    d) La Plegaria eucarística IV tiene un prefacio fijo y da un sumario más completo de la Historia de la Salvación. Se puede emplear cuando la Misa no tiene prefacio propio, y en los domingos del Tiempo Ordinario. En esta Plegaria eucarística, por razón de su propia estructura, no se puede introducir una fórmula especial por un difunto. Esta Plegaria eucarística tampoco admite que se pueda hacer mención de ningún santo, aunque sea el patrono, el titular o aquel cuya fiesta se celebra.

    LETRAS USADAS PARA INDICAR LA CELEBRACIÓN

    Junto al grado de cada celebración se encuentra una mayúscula entre paréntesis; el significado es el siguiente:

    A. En este día:

    a. Misa:

    i. No se permite celebrar ninguna otra Misa que no sea la indicada en el Calendario.

    ii. Las lecturas son las de la celebración indicada en el Calendario.

    b. Liturgia de las Horas:

    i. No se permite otra celebración que la indicada en el Calendario.

    ii. No se pueden cambiar los formularios propios de la celebración: antífonas, himnos, lecturas, responsorios, oraciones.

    iii. Los salmos dominicales de la semana en curso pudieran ser sustituidos, si fuere oportuno, por los salmos dominicales de otra semana; incluso en el Oficio con el pueblo se podrán elegir otros salmos, de manera que el pueblo sea llevado gradualmente a una mejor inteligencia de los mismos.

    B. En este día:

    a. Misa:

    i. No se permite celebrar ninguna otra Misa que no sea la indicada en el Calendario.

    ii. Las lecturas son las de la celebración indicada en el Calendario.

    iii. Se permite la Misa exequial con lecturas propias de difuntos. Pero si se trata de una celebración a la que habitualmente asiste la comunidad, es conveniente que se utilice el formulario de oraciones y las lecturas propias de la celebración indicada en el Calendario, pudiendo cambiar la 2ª lectura por una propia de la celebración de exequias.

    b. Liturgia de las Horas:

    i. No se permite otra celebración que la indicada en el Calendario.

    ii. No se pueden cambiar los formularios propios de la celebración: antífonas, himnos, lecturas, responsorios, oraciones.

    iii. Los salmos dominicales de la semana en curso pudieran ser sustituidos, si fuere oportuno, por los salmos dominicales de otra semana; incluso en el Oficio con el pueblo se podrán elegir otros salmos, de manera que el pueblo sea llevado gradualmente a una mejor inteligencia de los mismos.

    iv. Cuando haya la Misa exequial, se puede celebrar el Oficio de difuntos.

    C. En este día:

    a. Misa:

    i. Si se trata de celebraciones que tienen gran arraigo en el pueblo, se puede celebrar, aunque sea domingo, la Misa de cualquier solemnidad o de la fiesta del Señor o de los santos cuya celebración tenga lugar la semana anterior o siguiente, con las lecturas propias de dicha celebración. Estas solemnidades y fiestas se pueden celebrar en todas las Misas en

    las que participe el pueblo.

    ii. Se permite la Misa ritual (se utiliza el formulario de la Misa ritual y lecturas del Leccionario propio de la Misa ritual); si es Misa de domingo en la que participa la comunidad en general, se utiliza el formulario de la Misa dominical correspondiente, pero se puede sustituir la 2ª lectura por una lectura del Nuevo Testamento del Leccionario propio de la Misa

    ritual.

    iii. Se permite la Misa por diversas necesidades y votivas, según el mandato y el permiso del Ordinario del lugar, a causa de una verdadera necesidad o utilidad pastoral. Las lecturas serán, ordinariamente, las del día indicado en el Calendario.

    iv. Se permite la Misa exequial. Pero si se trata de una celebración a la que habitualmente asiste la comunidad, es conveniente que se utilice el formulario de oraciones y las lecturas propias de la celebración indicada en el Calendario, pudiendo cambiar la 2ª lectura por una propia de la celebración de exequias.

    b. Liturgia de las Horas:

    i. En los casos mencionados en el anterior punto i [de la Misa], se puede celebrar el Oficio correspondiente en los mismos días en que se celebra la Misa.

    ii. No se pueden cambiar los formularios propios de la celebración: antífonas, himnos, lecturas, responsorios, oraciones.

    iii. Los salmos dominicales de la semana en curso pudieran ser sustituidos, si fuere oportuno, por los salmos dominicales de otra semana; incluso en el Oficio con el pueblo, se podrán elegir otros salmos de manera que el pueblo sea llevado gradualmente a una mejor inteligencia de los mismos.

    iv. Por una causa pública o devoción, totalmente o en parte, se puede celebrar algún oficio votivo: v. gr. peregrinación, fiesta local, solemnidad externa de algún santo.

    v. Cuando haya la Misa exequial, se puede celebrar el Oficio de difuntos.

    D. En este día:

    a. Misa:

    i. Se permite la Misa ritual (se utiliza el formulario de la Misa

    ritual), se utilizan las lecturas del Leccionario propio de la Misa ritual.

    ii. Se permite la Misa por diversas necesidades y votivas, según el mandato y el permiso del Ordinario del lugar, a causa de una verdadera necesidad o utilidad pastoral. Las lecturas serán, ordinariamente, las del día indicado en el Calendario.

    iii. Si se trata de una memoria libre inscrita en el Calendario General, se puede tomar la colecta de esta memoria y las demás del Propio del Tiempo. Las lecturas serán las de la celebración indicada en el Calendario.

    iv. Se permiten también las siguientes Misas de difuntos (si se trata de una celebración a la que habitualmente asiste la comunidad, es conveniente que se utilice el formulario de oraciones y las lecturas propias del día indicado en el Calendario):

    1. En las exequias con lecturas propias de difuntos.

    2. Primera celebración después de conocida la muerte; se pueden utilizar las lecturas propias de difuntos.

    3. Celebración con ocasión del traslado definitivo del cadáver; se utilizan las lecturas del día indicado en el Calendario, pero pueden utilizarse las lecturas propias de difuntos.

    4. Celebración con ocasión del primer aniversario; se utilizan las lecturas del día indicado en el Calendario, pero pueden utilizarse las lecturas propias de difuntos.

    b. Liturgia de las Horas:

    i. No se pueden cambiar los formularios propios de la celebración: antífonas, himnos, lecturas, responsorios, oraciones.

    ii. Las lecturas breves, las oraciones, los cánticos y las preces propuestos para los días feriales de un tiempo peculiar pueden ser dichos en otros días feriales del mismo tiempo.

    iii. Por una causa pública o devoción, totalmente o en parte, se puede celebrar algún oficio votivo: v. gr. peregrinación, fiesta local, solemnidad externa de algún santo.

    iv. En los mismos casos enunciados en el anterior punto iv [de la Misa], se puede celebrar el Oficio de difuntos.

    E. En este día:

    a. Misa:

    i. Se permite la Misa ritual (se utiliza el formulario de la Misa

    ritual), se utilizan las lecturas del Leccionario propio de la Misa ritual.

    ii. Se permite la Misa por diversas necesidades y votivas, a juicio del rector de la iglesia o del que ha de presidir la celebración, a causa de una verdadera necesidad o utilidad pastoral. Las lecturas serán, ordinariamente, las del día indicado en el Calendario.

    iii. Se permiten también las siguientes Misas de difuntos (si se trata de una celebración a la que habitualmente asiste la comunidad, es conveniente que se utilice el formulario de oraciones y las lecturas propias del día indicado en el Calendario):

    1. En las exequias con lecturas propias de difuntos.

    2. Primera celebración después de conocida la muerte; se pueden utilizar las lecturas propias de difuntos.

    3. Celebración con ocasión del traslado definitivo del cadáver; se utilizan las lecturas del día indicado en el Calendario, pero pueden utilizarse las lecturas propias de difuntos.

    4. Celebración con ocasión del primer aniversario; se utilizan las lecturas del día indicado en el Calendario, pero pueden utilizarse las lecturas propias de difuntos.

    b. Liturgia de las Horas:

    i. Por una causa pública o devoción, totalmente o en parte, se puede celebrar algún oficio votivo: v. gr. peregrinación, fiesta local, solemnidad externa de algún santo.

    ii. En los mismos casos enunciados en el anterior punto iii [de la Misa], se puede celebrar el Oficio de difuntos.

    F. En este día:

    a. Misa:

    i. Se permite la Misa ritual (se utiliza el formulario de la Misa ritual), se utilizan las lecturas del Leccionario propio de la Misa ritual.

    ii. Se permite la Misa por diversas necesidades y votivas, a juicio del rector de la iglesia o del que ha de presidir la celebración, a causa de una verdadera necesidad o utilidad pastoral. Las lecturas serán, ordinariamente, las del día indicado en el Calendario.

    iii. Se permite celebrar la Misa de una memoria libre inscrita en el Calendario General o en el Martirologio para ese día. Las lecturas son las asignadas para el día indicado en el Calendario.

    iv. Se permiten también las siguientes Misas de difuntos (si se trata de una celebración a la que habitualmente asiste la comunidad, es conveniente que se utilice el formulario de oraciones y las lecturas propias del día indicado en el Calendario):

    1. En las exequias con lecturas propias de difuntos.

    2. Primera celebración después de conocida la muerte; se pueden utilizar las lecturas propias de difuntos.

    3. Celebración con ocasión del traslado definitivo del cadáver; se utilizan las lecturas del día indicado en el Calendario, pero pueden utilizarse las lecturas propias de difuntos.

    4. Celebración con ocasión del primer aniversario; se utilizan las lecturas del día indicado en el Calendario, pero pueden utilizarse las lecturas propias de difuntos.

    b. Liturgia de las Horas:

    i. Las lecturas breves, las oraciones, los cánticos y las preces propuestos para los días feriales de un tiempo peculiar pueden ser dichos en otros días feriales del mismo tiempo.

    ii. Por una causa pública o devoción, totalmente o en parte, se puede celebrar algún oficio votivo: v. gr. peregrinación, fiesta local, solemnidad externa de algún santo.

    iii. Se puede celebrar una memoria libre inscrita en el Calendario General o en el Martirologio para ese día.

    iv. En los mismos casos enunciados en el anterior punto iv [de la Misa], se puede celebrar el Oficio de difuntos.

    G. En este día:

    a. Misa:

    i. Se permite la Misa ritual (se utiliza el formulario de la Misa

    ritual), se utilizan las lecturas del Leccionario propio de la Misa ritual.

    ii. Se permite cualquier Misa por diversas necesidades y votivas, elegida por el sacerdote celebrante según la piedad del pueblo. Las lecturas serán, ordinariamente, las del día indicado en el Calendario.

    iii. Se permite la Misa de cualquier santo inscrito en aquel día en el Calendario universal o particular, o en el Martirologio para ese día, prefiriéndose en igualdad de condiciones y según la tradición, la memoria particular. Las lecturas son las asignadas para el día indicado en el Calendario.

    iv. Se permite la Misa de cualesquiera de los domingos del Tiempo Ordinario. Las lecturas son las asignadas para el día indicado en el Calendario.

    v. Si se trata de la Misa cotidiana se utiliza el formulario de la Misa de difuntos, pero si se trata de una celebración a la que habitualmente asiste la comunidad, es conveniente que se utilice el formulario de oraciones y las lecturas propias del día indicado en el Calendario; además es necesario que:

    1. Se aplique por el difunto.

    2. No se cambien habitualmente y sin causa suficiente las lecturas señaladas por el Leccionario para ese día.

    3. No se celebre con frecuencia.

    b. Liturgia de las Horas:

    i. Las lecturas breves, las oraciones, los cánticos y las preces propuestos para los días feriales de un tiempo peculiar pueden ser dichos en otros días feriales del mismo tiempo.

    ii. Por una causa pública o devoción, totalmente o en parte, se puede celebrar algún oficio votivo: v. gr. peregrinación, fiesta local, solemnidad externa de algún santo.

    iii. Se puede celebrar una memoria libre inscrita en el Calendario General o en el Martirologio para ese día.

    iv. Se puede celebrar el Oficio de difuntos.

    NOTAS LITÚRGICO-PASTORALES

    1. TIEMPO DE ADVIENTO

    El Adviento no es simplemente preparación a la celebración del aniversario del Nacimiento de Jesús, sino la espera del cumplimiento del Misterio de la Redención; tiene varias dimensiones: anuncio, promesa y cumplimiento. La primera venida del Señor da por terminada la gran espera mesiánica del pueblo elegido; su vuelta gloriosa debe satisfacer la esperanza de la humanidad redimida con la sangre de Cristo en el Misterio de su Pascua.

    El Adviento celebra el ya y el todavía no de la salvación. Con la palabra Adviento (del latín adventus = venida, llegada, pero con matices de presencia) se expresa la unión singular del presente y el futuro, de posesión y espera. Los dos acontecimientos están en estrecha relación, se

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