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Acceso a la información, transparencia y derechos humanos: desde una mirada regional
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Libro electrónico584 páginas8 horas

Acceso a la información, transparencia y derechos humanos: desde una mirada regional

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Este libro tiene por objetivo brindar un panorama teórico y de política pública aplicada sobre el acceso a la información pública, la transparencia y los derechos humanos en el continente americano. Para ello, reconocidos autores y autoras analizan el estado de situación: avances, dificultades y desafíos de estos temas en la región.
El libro se compone de tres partes. La primera aborda el derecho de acceso a la información pública desde una perspectiva teórica, destacando su carácter fundamental como requisito esencial para la toma de decisiones públicas. La segunda sección se centra en la aplicación práctica de este derecho y en las políticas públicas diseñadas para su implementación, destacando la brecha persistente entre la teoría legal y su implementación. Por último, la tercera parte examina el impacto del derecho de acceso a la información, la transparencia y la gestión de datos en la sociedad en general, prestando especial atención a los grupos en situación de vulnerabilidad.
IdiomaEspañol
EditorialelDial.com
Fecha de lanzamiento29 abr 2024
ISBN9789878343693
Acceso a la información, transparencia y derechos humanos: desde una mirada regional

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    Acceso a la información, transparencia y derechos humanos - María Gracia Andía

    Imagen de portada

    Acceso a la información, transparencia y derechos humanos: desde una mirada regional

    Acceso a la información, transparencia y derechos humanos: desde una mirada regional

    Directora:

    Dra. María Gracia Andía

    Coordinadores:

    Inés Colombato

    Pablo Hernán Martos

    Brian Alex Burton

    Colaboradores:

    Daniela Casaretto - Diego De Francesco

    Autores:

    Dante M. Negro Alvarado - Pedro A. Caminos - David E. Pozen

    María Jaraquemada Hederra - María Gracia Andía

    María Eugenia Di Paola - Florencia Nocera

    André Augusto Salvador Bezerra - Gisele da Silva Craveiro

    Enrique Zapata - Blanca Lilia Ibarra Cadena

    Juan Gustavo Corvalán - Giselle Heleg - Carina Mariel Papini

    Federico Hernández Pacheco - Yudayly Stable Rodríguez

    Ana Isabel García Quesada - Silvia Guemureman - Issa Luna Pla

    Índice de contenido

    Portadilla

    Legales

    Sobre los autores

    Prólogo Por Alfonso Santiago

    Introducción Por María Gracia Andía

    1° Sección: Teoría

    La Ley Modelo Interamericana 2.0 sobre acceso a la información pública y sus principales aportes: la transparencia activa. Por Dante M. Negro Alvarado

    La naturaleza del acceso a la información pública. Por Pedro A. Caminos

    Viendo la transparencia con más claridad. Por David E. Pozen

    El impacto de la transparencia en el proceso constituyente chileno. Por María Jaraquemada Hederra

    2° Sección: Implementación del derecho y política pública aplicada

    El sistema de acceso a la información pública en el estado federal argentino. Por María Gracia Andía

    Acuerdo de Escazú: su implementación en la argentina como una herramienta fundamental para garantizar el acceso a la información pública ambiental. Por María Eugenia Di Paola y Florencia Nocera

    Análisis de una política pública desde su creación hasta su implementación: el caso de la ley de acceso a la información en la Ciudad de Buenos Aires. Por María Gracia Andía

    La relevancia de la transparencia activa de los datos raciales en los procesos judiciales: un análisis desde la realidad de Brasil. Por André Augusto Salvador Bezerra y Gisele da Silva Craveiro

    Hacia una nueva visión para las políticas de datos abiertos: una crítica jurídica y las vías hacia adelante. Por Enrique Zapata

    Implementación de las políticas de acceso a la información y transparencia en México: el uso de herramientas tecnológicas como facilitadoras de las políticas de apertura gubernamental. Por Blanca Lilia Ibarra Cadena

    Perfiles digitales humanos y tratamiento automatizado de datos personales: análisis de la propuesta de reglamentación, nuevos derechos y principios en la era de la inteligencia artificial. Por Juan Gustavo Corvalán, Giselle Heleg y Carina Mariel Papini

    Los archivos en las Américas y la Ley Modelo Interamericana sobre Gestión Documental. Por Federico Hernández Pacheco y Yudayly Stable Rodríguez

    3° Sección: Grupos en situación de vulnerabilidad

    Género y acceso a la información pública en América Latina. Por Ana Isabel García Quesada

    Sistema penal juvenil en Argentina. Logros y desafíos en materia de producción y acceso a información pública. Por Silvia Guemureman

    El impacto de la transparencia y el acceso a la información en la reducción de la pobreza económica. Por Issa Luna Pla

    Conclusiones. Por María Gracia Andía

    Queda rigurosamente prohibida, sin la autorización escrita de los titulares del copyright, bajo las sanciones establecidas por las leyes, la reproducción total o parcial de esta obra por cualquier medio o procedimiento, comprendidos la fotocopia y el tratamiento informático.

    © 2024, Editorial Albremática S.A.

    Primera edición

    ISBN 978-987-8343-69-3

    Digitalización: Proyecto 451

    Sobre los autores

    Dante Mauricio Negro Alvarado

    Abogado, egresado de la Pontificia Universidad Católica del Perú donde siguió además estudios de post-grado en Derecho Internacional Económico. Máster en Derecho Internacional y en Derechos Humanos por la Universidad de Notre Dame, Indiana. Ha trabajado en la Organización de los Estados Americanos (Washington, D.C.) desde 1995 y ejercido como Director del Departamento de Derecho Internacional de dicha Organización desde el 2006. Es  Secretario Técnico del Comité Jurídico Interamericano y coordinador del Curso anual de Derecho Internacional en la ciudad de Rio de Janeiro. Es miembro del Instituto Hispano-Luso-Americano-Filipino de Derecho Internacional (IHLADI), de la Asociación Americana de Derecho Internacional Privado (ASADIP), y del Instituto de Estudios Internacionales de la Pontificia Universidad Católica del Perú (IDEI-PUCP). Desde hace 15 años imparte clases anuales en el Máster en Derecho Internacional de los Derechos Humanos de la Universidad de Alcalá de Henares, España.

    Pedro A. Caminos

    Abogado por la Universidad de Buenos Aires, en cuya Facultad de Derecho da clases de derecho constitucional y está cursando el doctorado. Cursó estudios de postgrado en ciencia política y sociología (FLACSO) y de teoría constitucional y filosofía del derecho (Universidad de Génova). Fue profesor visitante en universidades de Bolivia, Colombia, Chile, Ecuador y México. Es autor de artículos y capítulos de libros sobre temas de su especialidad. Es autor del libro Republicanismo e Interrupción Voluntaria del Embarazo. Una Visión Laica de la Política (2020).

    David E. Pozen

    Profesor de derecho en la Facultad de Derecho de Columbia. Este ensayo es una versión ligeramente editada y abreviada de la ponencia principal que pronunció en junio de 2019 en la Sexta Conferencia Global de Investigación sobre Transparencia en Río de Janeiro. Correo electrónico: dpozen@law.columbia.edu

    María Jaraquemada Hederra

    Abogada de la Universidad Católica con Magíster en Derechos Fundamentales de la Universidad Carlos III de Madrid. Con quince años de experiencia profesional ligada a las políticas públicas anticorrupción, de transparencia, gobierno abierto y fortalecimiento democrático, actualmente integra el Consejo Directivo del Consejo para la Transparencia de Chile. Previamente, fue Directora Ejecutiva de Chile Transparente, el Capítulo Nacional de Transparencia Internacional y se ha desempeñado en el Ministerio Secretaría General de la Presidencia como asesora legislativa, en la Fundación Ciudadanía Inteligente como Directora de Investigación e Incidencia, en Espacio Público como Directora de Incidencia y coordinadora del Observatorio Anticorrupción y la Red Anticorrupción Latinoamericana, así como Oficial de Programa de Chile y el Cono Sur en IDEA Internacional donde se prestó apoyo al proceso constituyente chileno en fortalecimiento democrático.

    María Gracia Andía

    Doctora en Derecho y Políticas Públicas por la Northeastern University (Boston, MA, EEUU). Fue Visiting Scholar en la Universidad de Columbia (Nueva York, NY, EEUU). Profesora de derecho de grado y posgrado en la Universidad de San Andrés. Fue designada en 2018 como primera titular del Órgano Garante del Poder Ejecutivo y acaba de ratificar su mandato por 5 años más. Miembro del Instituto de Metodología de las Ciencias Sociales de la Academia Nacional de Ciencias Morales y Políticas. Fue investigadora asociada del Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (CIPPEC). Ha sido consultora de organismos internacionales (World Bank Group, Americas Society and Council of the Americas) y asesora de la Cámara de Diputados de la Nación y de la Legislatura de la C.A.B.A.

    María Eugenia Di Paola

    Coordinadora de Programa del PNUD -Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo- en Argentina, y Profesora de la Facultad de Derecho de la UBA. Especialista en Régimen Jurídico de los Recursos Naturales (UBA), y Magíster en Derecho Ambiental (Pace University School of Law). Fue Coordinadora de Ambiente y Desarrollo Sostenible del PNUD, Directora Ejecutiva de FARN y Coordinadora de Sustentabilidad de la Escuela de Posgrado del ITBA. Correo: maria.eugenia.di.paola@undp.org (1)

    Florencia D. Nocera

    Abogada especialista en Derecho Ambiental (UBA), Asociada de Ambiente y Desarrollo Sostenible en el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo – PNUD-  en Argentina y Docente en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Fue Subgerente Operativa de Promoción Normativa en la Agencia de Protección Ambiental.

    Correo: florencia.nocera@undp.org (2)

    André Augusto Salvador Bezerra

    Juez de Derecho en São Paulo, Brasil. Profesor del Curso de Maestría en la Escuela Nacional de Perfeccionamiento de la Magistratura de Brasil. Investigador con posdoctorado realizado en COLAB-USP - Colaborativa para el Desarrollo y la Participación de la Universidad de São Paulo (USP). Maestría y Doctorado en la USP.

    Correo: andreaugusto@usp.br

    Gisele da Silva Craveiro

    Docente de la Escuela de Artes, Ciencias y Humanidades de la USP, acreditada en el Programa de Posgrado en Cambio Social y Participación Política, Líder del grupo de investigación Colaboratório de Desarrollo y Participación (CoLab-USP). Coordinadora del Grupo de Datos Abiertos de la Red Internacional de Justicia Abierta (RIJA). Investigadora senior de la Iniciativa Latinoamericana de Datos Abiertos (ILDA).

    Correo: giselesc@usp.br

    Enrique Zapata

    Responsable de la agenda para inteligencia de datos, govtech y gobierno abierto en CAF, Banco de Desarrollo de América Latina. Tuvo una carrera de 10 años en el Gobierno de México en donde fue Titular de la Plataforma Digital Nacional del Sistema Nacional Anticorrupción y Director General de Datos Abiertos en Presidencia. Miembro de la Mesa Directiva de la Carta de Datos Abiertos y uno de los 100 líderes globales en política pública de la revista Apolitical. Candidato a doctor en administración pública por el INAP en México, maestro en política pública por la Universidad de Oxford, maestro en ciencia de datos por la Universidad de Ávila y licenciado en Relaciones Internacionales por la Universidad Iberoamericana.

    Blanca Lilia Ibarra Cadena

    Comisionada Presidenta. Cuenta con licenciaturas en Ciencias de la Comunicación y en Periodismo, así como Maestrías en Gobierno y Administración y Administración de la Calidad de la Gestión Pública. Fue Directora General del Canal de Televisión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicana, Directora de Información a Medios Estatales de la Presidencia de la República Mexicana y Directora General de Comunicación Social del Congreso del Estado de Puebla. Fungió como Presidenta de la Comisión de Transparencia del Municipio de Puebla y posteriormente como Comisionada Presidenta de la Comisión para el Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Puebla. En 2018 fue electa Comisionada del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales de México y desde diciembre de 2020, es Comisionada Presidenta de este Instituto y Presidenta del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. Desde 2021 preside la Conferencia Internacional de Comisionados de Información y la Red de Transparencia y Acceso a la Información.

    Juan Gustavo Corvalán

    PhD. Postdoctorando en la Universidad de París 1 Panthéon-Sorbonne y profesor visitante en la misma Universidad. Cofundador y Co-director del Laboratorio de Innovación e Inteligencia Artificial de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires – UBA IALAB. Director del Posgrado en Inteligencia Artificial y Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Director del Posgrado en Metaverso y Gaming de la Universidad de Buenos Aires y del Posgrado en Inteligencia Artificial y Derecho de la misma Universidad. Director del Programa de Formación Multidisciplinaria de Datos e Inteligencia Artificial impulsado desde UBA IALAB. Co-director de la Diplomatura en Derecho 4.0 de la Universidad Austral. Profesor de Inteligencia Artificial en grado y posgrado. Director y co-autor del Tratado de Inteligencia Artificial y Derecho de la editorial La Ley. Autor de cuatro libros en materia de Inteligencia Artificial y Derecho. Co-creador de Prometea, el primer sistema predictivo inteligente en aplicación en Latinoamérica. Co-creador de PretorIA, el primer sistema inteligente en aplicación dentro de un máximo tribunal judicial. Actualmente cursando el Máster en Inteligencia Artificial – CEUPE.

    Giselle Heleg

    Abogada. Maestranda en Negocios Digitales por la Universidad de San Andrés. Diplomada en Derecho 4.0 por la Universidad Austral y en Administración Pública 4.0 por la Procuración del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Coordinadora del Laboratorio de Innovación e Inteligencia Artificial de la Universidad de Buenos Aires (UBA IALAB). Subdirectora del Posgrado de Metaverso, Web 3 y Gaming de la Universidad de Buenos Aires. Coordinadora académica del Posgrado de Inteligencia Artificial y Derecho de la misma universidad. Campus Manager de Polkadot Blockchain Academy Buenos Aires 2023.

    Carina Mariel Papini

    Abogada por la Universidad de Buenos Aires, abanderada en la Ceremonia de Entrega de Diplomas. Recibió el Diploma de Honor. Distinción a la Excelencia por la calidad académica acreditada en los estudios de Derecho por el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires. Diplomada en Derecho 4.0 por la Universidad Austral. Diplomada en Administración Pública 4.0: Hacia una administración pública inteligente por la Procuración General de la Ciudad. Coordinadora Académica del Programa de Actualización en Inteligencia Artificial y Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Coordinadora de proyectos en UBA IALAB. Miembro del Comité Editorial del Diario Derecho para Innovar. Co-autora del Tratado de Inteligencia Artificial y Derecho de la editorial La Ley. Colaboradora en el libro Perfiles Digitales Humanos de editorial La Ley.

    Federico Hernández Pacheco

    Doctor y Maestro con mención CUM LAUDE en Ciencias de la Información y Maestro en Dirección de Recursos Humanos por la Universidad Complutense de Madrid. Autor y Coordinador de 10 libros, entre los que destacan Dirección de Recursos Humanos en Bibliotecas y otras Instituciones, Esquemas de trabajo híbrido en bibliotecas y Archivos y Administración Documental: Fundamentos y Tendencias. Tiene publicados más de 50 artículos científicos y capítulos de libros nacionales e internacionales. Fue Director General de las 7,454 Bibliotecas que conforman la Red Nacional de Bibliotecas Públicas de México y Director General de la Biblioteca Vasconcelos del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, hoy Secretaría de Cultura. Actualmente es Investigador en la UNAM, y Nivel II del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología de México. Es representante de su país en el Comité Técnico ISO/CASCO. En el 2019 le fue otorgada la Medalla Alfonso Caso por la UNAM y en el 2021 la Distinción Maestro Honoris Causa por el Colegio de Graduados en Alta Dirección de México.

    Yudayly Stable Rodríguez

    Doctora en Ciencias por el Instituto Superior de Ciencias y Tecnologías Aplicadas. Máster en Gestión, e Ingeniería Industrial por la Universidad de Matanzas, Cuba. Ha cursado diplomados en Gestión de Información, en Proyectos de ciencias y Gestión de empresas. Investigadora Titular, en el Instituto de Información Científica y Tecnológica de Cuba (IDICT), donde a su vez realiza consultorías en temas de gestión de información y el conocimiento, capital humano, competencias, procesos, innovación, e I+D+i, temas sobre los cuales realiza investigación, publicación y revisión de artículos científicos para algunas revistas. Miembro del Comité Científico de varios congresos y eventos, y coordina el Fórum sobre gestión de información y el conocimiento, FIKM y el proyecto del Sistema de Diseño e implementación de un sistema de vigilancia e inteligencia, como soporte al Observatorio Científico, Tecnológico y de Innovación. Ha participado como conferencista o ponente en varios congresos nacionales e internacionales y publicado varios artículos científicos. Como docente imparte materias relacionadas con la gestión estratégica, gestión de la información y el conocimiento, capital humano, innovación y evaluación de la I+D. En la Universidad de la Habana imparte docencia en la Maestría sobre Gestión de la Ciencia, en los módulos Capital Humano y Gestión del Conocimiento, así como en la carrera de Ingeniería Industrial, en la Universidad Tecnológica de la Habana, donde ha dirigido varias tesis en algunos de los niveles docentes, a su vez ha dictado cursos o conferencia, en la UNAM, la Escuela Colombiana de Ingeniería, la Universidad EAFIT, la Universidad Minuto de Dios y el Instituto Politécnico Jaime Izasa de Colombia y ha sido profesor invitado Escuela Superior de Tecnologías e Industria Avanzada, la Universidad de Lyon 3, y la Universidad Sorbonne de París.

    Ana Isabel García Quesada

    Comunicadora y socióloga costarricense, con más de 25 años de experiencia como consultora y asesora especialista en género para organismos regionales, multilaterales y bilaterales de cooperación para el desarrollo. Ha tenido a su cargo procesos de elaboración de diagnósticos, estrategias y políticas para Gobiernos nacionales y locales, Poder Judicial, Poder Legislativo y organismos internacionales. Ha ocupado cargos de responsabilidad en la administración pública, dirigiendo el mecanismo nacional de promoción de las mujeres y la equidad de género de su país de origen entre 1994-1998 y como Viceministra de Desarrollo Social entre 2006-2008. Ha ocupado cargos y coordinado varios proyectos a nivel subregional y regional, entre ellos como especialista del programa EUROsociAL para la Red de Transparencia y Acceso a la Información Pública (RTA) en el proyecto sobre Transparencia y Género (2017-2022), del que ha surgido un diagnóstico y guía.  

    Silvia Guemureman

    Socióloga, especialista en problemáticas sociales infanto juveniles y Doctora en Ciencias Sociales (UBA). Investigadora Principal de Conicet en el Instituto Gino Germani (UBA).  Profesora en la Universidad de Buenos Aires en grado y posgrado. Directora del Observatorio de Adolescentes y Jóvenes http://observatoriojovenesiigg.sociales.uba.ar/ radicado en el Instituto Gino Germani. Se ha especializado en el despliegue de las agencias de control social sobre adolescentes y jóvenes, enfatizando especialmente en el sistema penal juvenil, los procesos de reforma legislativa, la administración de justicia y en los dispositivos de encierro punitivo. Autora, entre otras publicaciones de La niñez ajusticiada (2001), Érase una vez… en un tribunal de menores (2005), La cartografía moral de las prácticas judiciales en los tribunales de menores (2010), Adentro y afuera: Juventudes, sistema penal y políticas de seguridad (2015). También fue la directora de Políticas penales y políticas de seguridad dirigidas hacia adolescentes y jóvenes en Argentina (2015). Realizó consultorías para Unicef sobre indicadores de justicia penal juvenil desde 2019-2021. Participa de la Red de Derechos Humanos del CONICET en el Eje de Indicadores de Derechos Humanos.

    Issa Luna Pla 

    Senior Adjunt Researcher, Institute of Latin American Studies at Columbia University. Investigadora en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) y profesora en la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales y Facultad de Derecho UNAM. A lo largo de 22 años se ha especializado en temas de expresión información y gobierno, así como comportamientos en torno a la corrupción y sus impactos. Ha escrito más de 80 artículos y capítulos en libros académicos.

    1 El análisis y las recomendaciones de políticas de esta publicación no reflejan necesariamente las opiniones del Programa Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), de su Junta Directiva o de sus Estados miembros.

    2 El análisis y las recomendaciones de políticas de esta publicación no reflejan necesariamente las opiniones del Programa Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), de su Junta Directiva o de sus Estados miembros.

    Prólogo

    Por Alfonso Santiago (1)

    Con todo gusto he aceptado la invitación a prologar esta valiosa obra colectiva sobre Acceso a la información, transparencia y derechos humanos: desde una mirada regional, dirigida por la Dra. María Gracia Andía.

    Ya en los primeros párrafos de su Introducción se señala con toda claridad el objetivo y la estructura de la obra colectiva. Allí puede leerse lo siguiente:

    Este libro tiene el objetivo de brindar un panorama regional, teórico y de política pública aplicada sobre el derecho de acceso a la información pública y la transparencia (…) El libro está dividido en tres secciones. La primera aborda el derecho de acceso a la información pública desde una mirada teórica como presupuesto necesario para la toma de decisiones públicas apropiadas. La segunda sección se enfoca en la cara práctica, es decir, en la implementación del derecho y en las políticas públicas aplicadas a la materia, con énfasis en la brecha que hay siempre entre la letra de la ley y su implementación, el llamado law in books and law in action. Por último, la tercera parte explora cómo impacta el derecho de acceso a la información, la transparencia y la gestión de datos en la población en general, pero con especial foco en las personas en situación de vulnerabilidad.

    Como puede apreciarse, la obra se sitúa en la compleja e interesante relación entre Derecho y Políticas Públicas, entre el derecho de acceso a la información pública y las políticas públicas que son necesarias poner en marcha para su efectiva vigencia.

    El concepto de políticas públicas ha irrumpido en el escenario académico de nuestros días y hoy ocupa un lugar destacado en la ciencia política, la administración pública, la economía, la sociología y la comunicación. Sin embargo, parecería que la ciencia jurídica, en particular el derecho público, no le ha prestado aún la debida atención. Como afirma el destacado constitucionalista alemán Peter Haberle: el tema de las tareas del Estado no puede ser olvidado ni por la teoría de la Constitución ni por los creadores de textos constitucionales. Es tan importante que asume el rango de derecho constitucional material y, por tanto, una configuración normativa variable en el texto constitucional (con nuevos temas como salud, medio ambiente, política de medios de comunicación, protección del consumidor, etc.) (2).

    Las políticas públicas constituyen una respuesta a los desafíos que enfrenta toda comunidad política, una propuesta de solución a determinadas situaciones problemáticas o insatisfactorias que han sido identificadas como problemas relevantes en cierto momento histórico. En otras palabras, las políticas públicas corresponden a soluciones específicas de cómo manejar los asuntos públicos (3), formuladas principalmente a partir de las demandas sociales concretas.

    Cabría añadir de modo complementario a lo ya dicho que las políticas públicas no sólo constituyen respuestas de los órganos de gobierno a los problemas que les plantea la realidad social, sino que también, de modo proactivo, representan las decisiones que los órganos de gobierno adoptan e implementan de cara a los desafíos y posibilidades de un determinado momento histórico. Las políticas públicas a veces son coyunturales, como respuestas a situaciones y problemas concretos de determinados momentos o escenarios históricos, y otras veces tienen un carácter permanente porque se trata de bienes esenciales y permanentes que han de conseguirse en todo momento.

    Por nuestra parte, hemos definido a las políticas públicas como la acción coordinada del Gobierno, la Administración Pública, la Sociedad Civil y las empresas para la producción de bienes públicos de calidad accesibles a todos y cada uno de sus ciudadanos (4). Tenemos una visión holística y dinámica de las políticas públicas que comprende la acción coordinada de todos los elementos de un sistema político. En el logro de la educación pública, la salud pública, la seguridad pública, el acceso a la información pública, etc., no sólo están implicados los órganos de gobierno o los organismos administrativos, sino también la sociedad civil, el sector privado y hasta cada uno de los habitantes de un país.

    La política pública es una categoría general con la que se pretende abordar el análisis de la acción estatal de gobierno, articulando las acciones del sector público con las del sector de la sociedad civil y del propio mercado. Por lo tanto, no explica ni alude única o necesariamente al accionar de los órganos de gobierno o de la administración pública, sino que expresa lo que la comunidad política en su conjunto realiza para alcanzar el logro de determinados objetivos y bienes públicos.

    Por bien público entendemos todo aquello que satisface adecuadamente las necesidades que experimentan las personas, las familias y los demás grupos sociales en la vida en común. Los bienes públicos son indispensables para vivir dignamente en una sociedad. Esos bienes son generados con la contribución de diversos actores sociales bajo la conducción de la autoridad política y deben ser accesibles y disfrutados por todos. Son comunes porque todos contribuimos de diverso modo a generarlos y todos estamos llamados a gozar de ellos.

    Las políticas públicas son un concepto dinámico que abarca distintas fases o momentos claramente diferenciados, pero fuertemente vinculados entre sí. Ellos constituyen el denominado ciclo de las políticas públicas.

    Tradicionalmente, se distinguen cuatro momentos distintos en la dinámica o ciclo de una política pública:

    a) su incorporación a la agenda pública o de gobierno, en base a las demandas sociales y/o la decisión gubernamental de encarar un determinado problema o desafío;

    b) el diseño de política pública como respuesta a esa demanda, con la deliberación de los actores involucrados acerca de las diversas alternativas existentes, la elección de la alternativa que se considera más adecuada y posible y la definición de los objetivos, medios, actores y acciones que se pretenden poner en marcha de modo coordinado para resolver el problema o desafío planteado;

    c) su ejecución o implementación efectiva, mediante la adopción de la decisión gubernamental formal sobre el curso que se pretende llevar a cabo y su efectiva concreción mediante la acción coordinada de los distintos actores involucrados;

    d) la evaluación de su legitimidad constitucional y del impacto real y efectivo que se ha logrado, en comparación a lo que se pretendía alcanzar.

    Esta evaluación puede dar lugar a una decisión de continuar con la misma política pública, mejorarla o suspenderla conforme a los resultados que se hayan alcanzado.

    La buena marcha del ciclo de las políticas públicas reclama, por tanto, al menos los siguientes elementos:

    a) Una actitud proactiva de los distintos actores públicos: Gobierno, Administración Pública, Sociedad Civil y Mundo Privado;

    b) Una decisión política razonable y fundada adoptada por los órganos de gobierno legítimos y competentes;

    c) Una formulación y definición de objetivos claros y mensurables que se procurará alcanzar mediante la política pública;

    d) Una instrumentación técnica a través de la puesta en marcha de medios que sean idóneos para el logro del objetivo propuesto y que sean coherentes entre sí;

    e) Cierto énfasis, impulso y acento mantenidos a lo largo del tiempo que orientan la acción de gobierno, administrativa y, en su caso, del sector privado para alcanzar los objetivos propuestos.

    El Derecho, en particular el Derecho Constitucional, está presente y acompaña los distintos momentos del ciclo de las políticas públicas ya que:

    a) Brinda el marco institucional, normativo y jurídico como base, orientación y fundamentación de las Políticas Públicas (Diseño de Políticas Públicas);

    b) Toda política pública se instrumenta jurídicamente y pretende fundar su legitimidad y obligatoriedad en el derecho (Ejecución de las Políticas Públicas);

    c) Toda política pública puede ser sometida al control judicial para examinar su constitucionalidad formal y sustancial, y también al control de otros órganos encargados de su supervisión: Congreso de la Nación, Ministerio Público, Auditoría General de la Nación, Sindicatura General de la Nación (Evaluación de las Políticas Públicas).

    Naturalmente es posible utilizar todo este andamiaje conceptual a la hora de diseñar, implementar y ejecutar las políticas públicas de acceso a la información que logren hacer efectivo ese bien público que represente un amplio y fácil acceso a la información. Ese bien público se corresponde con el derecho constitucional y convencional reconocido en esta materia en cabeza de los ciudadanos.

    Ya en la Opinión Consultiva 5/85, la Corte IDH afirmó:

    El mismo concepto de orden público reclama que, dentro de una sociedad democrática, se garanticen las mayores posibilidades de circulación de noticias, ideas y opiniones, así como el más amplio acceso a la información por parte de la sociedad en su conjunto. La libertad de expresión se inserta en el orden público primario y radical de la democracia, que no es concebible sin el debate libre y sin que la disidencia tenga pleno derecho de manifestarse. (. . .) Interesa al orden público democrático, tal como está concebido por la Convención Americana, que se respete escrupulosamente el derecho de cada ser humano de expresarse libremente y el de la sociedad en su conjunto de recibir información (5)

    Más adelante, en el caso Claude Reyes vs. Chile del año 2006, específico sobre el derecho acceso a la información pública, el tribunal regional sostuvo que el artículo 13 de la Convención, al estipular expresamente los derechos a ‘buscar’ y a ‘recibir’ informaciones, protege el derecho que tiene toda persona a solicitar el acceso a la información bajo el control del Estado, con las salvedades permitidas bajo el régimen de restricciones de la Convención y que la Convención estipula que dicha información debe ser entregada sin necesidad de acreditar un interés directo para su obtención o una afectación personal, salvo que se aplique una legítima restricción. A su vez, señaló que las acciones del Estado deben caracterizarse por su transparencia, estableciendo en el considerando 86 que el actuar del Estado debe encontrarse regido por los principios de publicidad y transparencia en la gestión pública, lo que hace posible que las personas que se encuentran bajo su jurisdicción ejerzan el control democrático de las gestiones estatales, de forma tal que puedan cuestionar, indagar y considerar si se está dando un adecuado cumplimiento de las funciones públicas (...). Asimismo, la Corte admitió que el derecho de acceso a la información bajo el control del Estado admite restricciones. En primer término, deben estar previamente fijadas por ley, para evitar que queden al arbitrio del poder público. En segundo lugar, tal restricción debe responder a un objetivo permitido por la CADH, por ejemplo, para asegurar el respeto a los derechos o reputación de los demás, o para la protección de la seguridad nacional. Sin embargo, la Corte estipula que en una sociedad democrática es indispensable que las autoridades estatales se rijan por el principio de máxima divulgación, que presume que toda información es accesible, con escasas excepciones (6).

    Vemos aquí que el Derecho, en este caso la jurisprudencia de la Corte IDH, fija estándares convencionales que han de guiar el diseño, implementación y control de las políticas públicas en materia de acceso a la información pública.

    El acceso a la información pública es un bien público que, simultáneamente, puede contribuir a la mejora de la calidad institucional y a la calidad de gestión de los países de la región, siguiendo el paradigma del Gobierno Abierto. A la calidad institucional, ya que ello favorece la publicidad de los actos públicos, la transparencia de la acción de gobierno y una necesaria rendición de cuentas de los gobernantes hacia sus mandantes. A la calidad de gestión, ya que la información pública accesible a todos los ciudadanos constituye un bien público que multiplica las posibilidades de emprender y mejorar los proyectos públicos, sociales y empresariales. Se trata de un insumo imprescindible para la construcción de capital institucional, social y económico en nuestras sociedades.

    Derechos Humanos y Políticas Públicas están llamados a tener estrechas relaciones y fecundaciones cruzadas para mutuo beneficio, siempre al servicio de la persona humana, principio, sujeto y fin de toda institución y de toda política pública.

    Celebro la publicación de esta obra colectiva y felicito a su directora y coautores por el aporte que, por medio de ella, realizan a las comunidades políticas de los países de nuestra región.

    1 Miembro Titular de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires. Director de la Escuela de Política, Gobierno y Relaciones Internacionales de la Universidad Austral.

    2 Haberle, Peter, El Estado Constitucional, UNAM, México, 2003, pág. 252

    3 Cfr. Lira, Luis, Revalorización de la Planificación del Desarrollo. Serie Políticas Sociales, Nº 59 (CEPAL, Santiago de Chile), 2006.

    4 Cfr. Santiago, Alfonso y Boulín, Ignacio, Derecho Constitucional y Políticas Públicas. El Derecho como guía del buen gobierno, Ed. Astrea, Bs. As., 2023, pág. 23.

    5 Corte IDH, OC 5/85, párrafo 69.

    6 Cfr. Corte IDH, Caso Claude Reyes y otros vs. Chile. Fondo, Reparaciones y Costas, sentencia del 19/9/2006, Serie C, N° 151, consid. 77 y ss.

    Introducción

    Este libro tiene el objetivo de brindar un panorama regional, teórico y de política pública aplicada sobre el derecho de acceso a la información pública y la transparencia. Comprendemos que la información y los temas relacionados a ella son sustanciales en el ejercicio de derechos constitucionales y para el desarrollo de una democracia robusta e inclusiva. Así, mostramos, a través del análisis de casos, la ruta crítica en la sanción de leyes sobre temáticas de transparencia, información, gestión documental y datos, además de la implementación por parte de los agentes públicos y los comportamientos de los demás actores intervinientes en dichos procesos. Se busca explorar y divulgar la normativa existente y las acciones tomadas en consecuencia, con el fin de identificar, por un lado, los casos exitosos para replicarlos y, por el otro, los asuntos a ser mejorados para generar una buena gobernanza en la región. En esa línea, proponemos una mirada crítica sobre la transparencia y la información para encarar la agenda del futuro con mejores herramientas para el desarrollo, seguimiento y evaluación de estas políticas.

    El libro está dividido en tres secciones. La primera aborda el derecho de acceso a la información pública desde una mirada teórica como presupuesto necesario para la toma de decisiones públicas apropiadas. La segunda sección se enfoca en la cara práctica, es decir, en la implementación del derecho y en las políticas públicas aplicadas a la materia, con énfasis en la brecha que hay siempre entre la letra de la ley y su implementación, el llamado law in books and law in action. Por último, la tercera parte explora cómo impacta el derecho de acceso a la información, la transparencia y la gestión de datos en la población en general, pero con especial foco en las personas en situación de vulnerabilidad. Estamos convencidos de que estas políticas son esenciales para mejorar la calidad de vida de las mujeres, niños, niñas y adolescentes y, finalmente, personas en situación de pobreza, entre otros grupos.

    Esta obra está pensada desde una perspectiva integradora, a partir de la visión regional que aportan las autoras y los autores reconocidos en la materia. Agradecemos los valiosos artículos realizados por Dante Mauricio Negro Alvarado, Pedro Caminos, David Pozen, María Jaraquemada Hederra, María Eugenia Di Paola y Florencia D. Nocera, André Augusto Salvador Bezerra y Gisele da Silva Craveiro, Enrique Zapata, Blanca Lilia Ibarra Cadena, Juan Gustavo Corvalán, Giselle Heleg y Carina Mariel Papini, Federico Hernández Pacheco y Yudayly Stable Rodríguez, Ana Isabel García Quesada, Silvia Guemureman e Issa Luna Pla.

    El libro está dirigido a profesionales, estudiantes, doctrinarias y doctrinarios, funcionarias y funcionarios, la sociedad civil, el público en general, interesado en la construcción de gobiernos que promuevan la transparencia no como fin en sí mismo, sino como herramienta para lograr sociedades más democráticas, justas e inclusivas.

    Deseamos que disfruten la lectura y que les sean de utilidad y consulta permanente los aportes que este libro les pueda brindar.

    Buenos Aires 2023.

    María Gracia Andía

    Directora

    1° Sección: Teoría

    La Ley Modelo Interamericana 2.0 sobre acceso a la información pública y sus principales aportes: la transparencia activa

    Por Dante M. Negro Alvarado (1)

    Resumen: El presente trabajo tiene como objetivo abordar el alcance del derecho de acceso a la información pública a través de los estándares contenidos en la Ley Modelo Interamericana 2.0 sobre Acceso a la Información Pública. Uno de los aspectos de mayor impacto que contiene este instrumento y que ha sido objeto de poco tratamiento doctrinario, está referido a la transparencia activa. En ese sentido, después de abordar de forma general algunos aspectos fundamentales del acceso a la información pública tales como el alcance y los límites de este derecho, pasaremos a enfocar el análisis en los elementos esenciales del régimen de la transparencia activa tales como la información clave, las pautas para su difusión, los esquemas de publicación y las obligaciones específicas que deben asumir a este respecto tanto el sujeto obligado como el oficial de información y el Órgano Garante.

    1. Introducción

    El acceso a la información pública es un derecho fundamental que tenemos todos los ciudadanos a acceder a cierta información pública. Esta información nos permitirá a su vez cumplir una serie de propósitos y obtener numerosos beneficios.

    Desde hace aproximadamente dos décadas, impulsados por los desarrollos llevados a cabo en el seno de la Organización de los Estados Americanos (OEA), muchos países del hemisferio han venido consagrando este derecho en sus Constituciones, han adoptado o actualizado su legislación interna en la materia, han constituido órganos garantes y han implementado políticas públicas complementarias. El propósito de este trabajo es presentar el avance regional más reciente en esta materia, a saber, la adopción de la Ley Modelo Interamericana 2.0 sobre Acceso a la Información Pública (Ley Modelo 2.0) por parte de la OEA, destacando el aspecto que consideramos uno de sus logros más importantes: el diseño de un régimen detallado y progresista en el ámbito de la transparencia activa. Este artículo viene a complementar una publicación reciente que realizamos en la Revista Electrónica Iberoamericana. En ella, por razones de espacio, no pudimos abordar en detalle esta temática tan trascendental, aunque sí abordamos otros temas relativos a la importancia de conocer y promover el derecho de acceso a la información pública. En aquella oportunidad se propuso una definición de la información pública en función de quién detenta dicha información y quién es el titular de la misma; se hizo una descripción detallada de las excepciones a la entrega de la información pública y los requisitos que debe poseer el régimen que las establece; se determinó el contenido del principio de máxima publicidad; y, finalmente, se definió el alcance del contenido de este derecho a la luz de todos estos conceptos (Negro Alvarado, 2022, pp.16-43). De allí que, para un análisis más completo de todos estos temas, referiremos al lector a dicha publicación y en este artículo abordaremos sólo de manera general algunas de estas materias para lograr contextualizar de forma más precisa la temática de la transparencia activa.

    2. La Organización de los Estados Americanos, el desarrollo del derecho de acceso a la información pública y la Ley Modelo 2.0

    A partir del año 2003, la OEA, a través de su órgano máximo, la Asamblea General, aprobó resoluciones anuales sobre el acceso a la información pública. Mediante estas resoluciones consagró los estándares esenciales que garantizan el ejercicio de este derecho en la región reconociéndolo como un requisito indispensable para el funcionamiento mismo de la democracia (OEA, 2003, pp.64-65).

    Durante casi dos décadas, dichos estándares impulsaron el desarrollo y la implementación progresiva de legislación y políticas públicas en los ordenamientos internos de los Estados de la región americana. Durante este proceso, uno de los hitos más importantes fue la adopción en 2020 de la Ley Modelo Interamericana 2.0 sobre Acceso a la Información Pública (Ley Modelo 2.0) (OEA, 2020, p. 139). A diferencia de su antecesora, la Ley Modelo del año 2010, la Ley Modelo 2.0 si fue aprobada por la Asamblea General mediante una resolución, lo que la destaca sobre todos los demás esfuerzos anteriores.

    La Ley Modelo 2.0 nace de un mandato realizado en 2017 al Departamento de Derecho Internacional (DDI) de la OEA mediante el cual le solicita que, en consulta con los puntos focales del Programa Interamericano de Acceso a la Información Pública de los Estados miembros y tomando en cuenta las contribuciones de la sociedad civil, identifique las áreas temáticas en las que estimase necesaria la actualización o ampliación de la Ley Modelo Interamericana de 2010 (OEA, 2012). Los resultados de ese proceso debían ser enviados, para su desarrollo, al Comité Jurídico Interamericano (CJI), órgano principal y consultivo de la OEA en materia jurídica (OEA, 2017, p. 52).

    El DDI emprendió inmediatamente un intenso proceso de consultas que tuve el honor de liderar como director de dicho Departamento. En el mismo intervinieron representantes de muchos órganos garantes de la región, legisladores, académicos, representantes de la sociedad civil y otros actores sociales y se contó con el apoyo decidido de la Red de Transparencia y Acceso a la Información (RTA) y del Programa de Cooperación de la Unión Europea con América Latina EUROsociAL+. El proceso se inició con una encuesta diseminada entre más de 4,000 personas e instituciones, entre ellas la Comisión Interamericana de Mujeres (CIM) y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). La encuesta estaba dirigida a identificar los temas que deberían ser objeto de mayor desarrollo. Los temas seleccionados finalmente fueron, a saber, el alcance y la definición del derecho al acceso a la información pública, los sujetos obligados, la transparencia activa, el régimen de excepciones y los órganos garantes. Otros temas que no pudieron ser analizados durante el proceso por cuestiones de tiempo y recursos fueron, por ejemplo, los relativos al acceso a la información pública en manos de los partidos políticos y del poder judicial. Con la lista de temas ya definida, se organizaron cuatro talleres entre abril de 2018 y mayo de 2019 en los que participaron más de 150 especialistas provenientes de 15 países, entre ellos representantes de autoridades gubernamentales y de la sociedad civil. Uno de los talleres fue dedicado exclusivamente al análisis de los temas de género y el acceso a la información pública y otro tuvo como objetivo escuchar exclusivamente los planteamientos de la sociedad civil. El resultado de todo este proceso fue no solamente la identificación de los temas solicitados por la Asamblea General sino un proyecto de texto consolidado de Ley Modelo Interamericana.

    En julio de 2019, el DDI envió el proyecto de texto al CJI, el cual consideró la propuesta en sus períodos ordinarios de sesiones de agosto de 2019 y marzo de 2020. Dicho proyecto fue aprobado sin modificaciones y enviado a la Asamblea General de la Organización. Posteriormente, la Asamblea General aprobó, también sin enmiendas, el texto final de la Ley Modelo Interamericana 2.0 sobre Acceso a la Información Pública, ofreciendo así un referente internacional de vanguardia para los Estados del hemisferio y, por qué no decirlo, también para los de otras latitudes. Es precisamente a la luz de esta nueva Ley Modelo 2.0 que analizaremos en el presente trabajo, de manera general, el alcance del derecho de acceso a la información pública y, de manera particular, todo lo referente a la transparencia activa como uno de sus principales aportes.

    3. Las múltiples dimensiones del derecho de acceso a la información pública

    Tradicionalmente se ha considerado el acceso a la información pública como el derecho que facilita el ejercicio de otros derechos políticos ya que, con dicha información, los ciudadanos pueden adoptar decisiones fundamentadas con relación a las personas que los gobiernan. En efecto, el ejercicio de los derechos políticos requiere que los ciudadanos cuenten con información que les permita evaluar los avances, las dificultades y los logros de las

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