No quisiera abordar los mismos temas de la misma manera en que han sido compartidos en publicaciones como ésta o similares sobre los derechos humanos, ya que resultaría innecesariamente reiterativo.
Por eso, en lugar de concentrarme en la reforma constitucional en materia de derechos humanos de 2011 o en las reformas a la Ley de Amparo de 2013, preferiría compartirles que después de 14 años en el servicio público —y hasta septiembre de 2022, como titular del Programa Especial de Sexualidad, Salud y VIH2 en la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH)—puedo llegar a la siguiente conclusión: en la República mexicana casi todos los esfuerzos materiales y humanos del Estado (incluidos los de los organismos públicos de derechos humanos) se concentran mayoritariamente en actividades de promoción.
Sólo basta con echar un vistazo a las redes sociales de esos organismos para corroborar lo dicho, lo que evidencia que sus actividades de protección y defensa se encuentran al margen. Otra muestra: sus informes anuales de actividades.3,4
Aún peor: frecuentemente esos organismos celebran convenios de colaboración interinstitucional pero no existe claridad sobre las finalidades de esos instrumentos, y en aquellos casos donde sí existe, es para realizar actividades de promoción.5,6
No pretendo con esto señalar que las actividades de promoción, divulgación, investigación y estudio no sean importantes. Al contrario: considerando los relevos generacionales, así como de contratación y/o ascenso de personas servidoras públicas, esas actividades deben ser permanentes; pero el grave error es limitarse sólo a ellas y no transitar de lo discursivo