Descubre millones de libros electrónicos, audiolibros y mucho más con una prueba gratuita

Solo $11.99/mes después de la prueba. Puedes cancelar en cualquier momento.

Régimen jurídico del transporte de viajeros y los usuarios
Régimen jurídico del transporte de viajeros y los usuarios
Régimen jurídico del transporte de viajeros y los usuarios
Libro electrónico259 páginas3 horas

Régimen jurídico del transporte de viajeros y los usuarios

Calificación: 0 de 5 estrellas

()

Leer la vista previa

Información de este libro electrónico

Los ciudadanos cuando emprenden un viaje se convierten en viajeros o pasajeros, y son considerados a todos los efectos como usuarios, por lo que tienen reconocidos una serie de derechos contemplados en la normativa vigente y, especialmente, en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (LGDCU).

En este texto se trata de dar a conocer a sus lectores, profesionales del derecho o particulares interesados en este asunto, los aspectos y detalles de los diferentes medios de transporte, así como su régimen jurídico y la normativa básica que rige su funcionamiento, poniendo especial detalle en los derechos y las recomendaciones a seguir por los usuarios de estos transportes al utilizar estos para sus desplazamientos.

El libro está compuesto por cinco capítulos o apartados, en los que se tratan aspectos generales, las agencias de viaje, contratación a través de internet, forma de dirimir los conflictos como el Sistema Arbitral de Consumo, la navegación aérea, el transporte terrestre en sus diferentes modalidades como transporte en autobús, en ferrocarril, metro, taxi, alquiler de vehículos con o sin conductor, el transporte marítimo y fluvial de pasajeros, los viajes combinados, y otras cuestiones importantes sobre los derechos y las obligaciones de los viajeros.

Se hace mención también a la legislación española y de la Unión Europea aplicable, que afecta a los derechos de los viajeros y pasajeros de los diferentes tipos de viajes, a la normativa y las recomendaciones que lo rigen, así como a la jurisprudencia del Tribunal Supremo español, del Tribunal Constitucional, las Audiencias Provinciales y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
IdiomaEspañol
Fecha de lanzamiento23 ene 2020
ISBN9788412125634
Régimen jurídico del transporte de viajeros y los usuarios

Lee más de Antonio Moya Jiménez

Relacionado con Régimen jurídico del transporte de viajeros y los usuarios

Libros electrónicos relacionados

Derecho para usted

Ver más

Artículos relacionados

Comentarios para Régimen jurídico del transporte de viajeros y los usuarios

Calificación: 0 de 5 estrellas
0 calificaciones

0 clasificaciones0 comentarios

¿Qué te pareció?

Toca para calificar

Los comentarios deben tener al menos 10 palabras

    Vista previa del libro

    Régimen jurídico del transporte de viajeros y los usuarios - Antonio Moya Jiménez

    cover.jpg

    Régimen jurídico del transporte de viajeros y los usuarios

    Régimen jurídico del transporte de viajeros y los usuarios

    Antonio Moya Jiménez

    Abogado, Académico Correspondiente Real Academia

    de Jurisprudencia y Legislación de España

    Queda prohibida la reproducción total o parcial de esta obra, cualquiera que sea su medio (mecánico, electrónico, por fotocopia, etc.) sin la autorización expresa de los titulares del copyright.

    © AFERRE EDITOR S.L. 2020

    © Autor 2020

    Diseño de cubierta: Clara Batllori

    Primera edición febrero 2020

    ISBN: 978-84-121256-2-7 (papel)

    ISBN: 978-84-121256-3-4 (digital)

    Depósito Legal: B 244-2020

    Edita: AFERRE EDITOR S.L.

    Gran Vía de les Corts Catalanes, 510

    08015 Barcelona

    Tel: 934 54 81 80

    aferreeditor@gmail.com

    Impresión y encuadernación: Ulzama Digital

    Cualquier forma de reproducción, distribución, comunicación pública o transformación de esta obra solo puede ser realizada con la autorización de sus titulares, salvo excepción prevista por la ley. Diríjase a CEDRO (Centro Español de Derechos Reprográficos, www.cedro.org) si necesita fotocopiar o escanear algún fragmento de esta obra.

    Índice

    Preámbulo e Introducción

    Capítulo I. Consideraciones generales

    1.1. Aspectos generales de los derechos de los viajeros

    1.2. Las Agencias de Viaje

    1.3. Contratación de transportes vía internet

    1.4. Contratación de viajes de vacaciones

    1.5. Sistema Arbitral de Consumo

    Capítulo II. Los pasajeros y la navegación aérea

    2.1. Protección de los consumidores y el Reglamento Comunitario

    2.2. El contrato de transporte aéreo de pasajeros

    2.3. Denegación de embarque

    2.4. Cancelación de vuelos

    2.5. Retraso en el vuelo

    2.6. Cambio de clase en el billete

    2.7. Compensación económica e indemnizaciones

    2.8. Reembolso y transporte alternativo

    2.9. Atención a los pasajeros

    2.10. Retraso, pérdida o deterioro del equipaje

    2.11. Cláusulas abusivas en los billetes de avión y Condiciones Generales de la Contratación

    2.12. Huelgas en las compañías aéreas

    2.13. Cancelación o retraso en los vuelos por causas meteorológicas o circunstancias extraordinarias

    2.14. Indemnizaciones por muerte o lesión del pasajero

    2.15. Responsabilidad del transportista aéreo en caso de accidentes

    2.16. Los daños morales

    2.17. El papel de las aseguradoras en las Indemnización por accidentes aéreos

    2.18. Jurisprudencia y sentencias sobre la materia

    2.19. Jurisprudencia del TJUE

    2.20. Nueva sentencia contra Iberia

    2.21. Los vuelos espaciales de pasajeros

    Capítulo III. El transporte terrestre y los viajeros

    3.1. Introducción y legislación aplicable

    3.2. Derecho de los viajeros en el transporte terrestre

    3.3. Transporte en autobús

    3.4. Empresas locales de transporte de viajeros

    3.5. Transporte ferroviario

    3.5.1.- Derechos de los viajeros en ferrocarril

    3.5.2.- Derechos de los viajeros del Ave

    3.5.3.- Derecho ante las huelgas

    3.6.- Ferrocarriles metropolitanos. El metro

    3.7. Transporte en taxi

    3.8. Transporte en vehículos VTC o ridesharing

    3.9. Normativa estatal en materia de vehículos turismo con conductor

    3.10. Polémica entre taxis y VTC

    3.11. Uso conjunto de un vehículo o carpooling

    3.12.- Uso de un vehículo o carsharing

    3.13. Arrendamiento de vehículos sin conductor

    3.14. El Seguro obligatorio de viajeros

    3.15. Cuestiones a tener en cuenta por el viajero

    3.16. Reclamaciones y demás cuestiones

    3.17. Sentencias en relación con el transporte terrestre de pasajeros

    3.18. Las Juntas Arbitrales de Transporte

    Capítulo IV. El transporte marítimo y fluvial de pasajeros

    4.1. Introducción

    4.2. Normativa sobre transporte marítimo y seguro aplicable

    4.3. Ley de Navegación Marítima

    4.4. Los cruceros marítimos. Régimen jurídico

    4.5. Recomendaciones para los consumidores que contraten un crucero

    4.6. Navegación fluvial

    4.7. Contrato de pasaje

    4.8. Derechos de los pasajeros de barco

    4.9. Resumen de los derechos de los usuarios

    4.10. Responsabilidad del transportista por siniestros y accidentes marítimos

    4.11. Sentencia del buque Costa Concordia

    Capítulo V. Los viajes combinados y los consumidores

    5.1. Legislación aplicable

    5.2. La nueva Ley de Viajes Combinados

    5.3. Elementos constitutivos

    5.4. Protección de los consumidores

    5.5. Los cruceros y los viajes combinados

    5.6. Sentencias sobre la materia

    Jurisprudencia y sentencias citadas

    Autores citados

    Legislación aplicable

    Preámbulo e Introducción

    Los ciudadanos a veces tenemos que desplazarnos a otros lugares distintos a nuestros domicilios, ya sea por motivos familiares, profesionales, de ocio, o por turismo. Además del desplazamiento en vehículo propio, las Administraciones públicas y las empresas privadas ofrecen al ciudadano una serie de posibilidades de transporte público que el viajero elige para su desplazamiento en función de la distancia a recorrer, comodidad y posibilidades económicas.

    Los medios de transporte público pueden ser terrestres, que suelen ser los más utilizados, aéreos y marítimos o/y fluviales. Dentro de los transportes terrestres se encuentra el transporte en autobús por carretera, el transporte en autobús urbano, el ferrocarril y el ferrocarril urbano o ferrocarril metropolitano (coloquialmente llamado metro), además de otro tipo de transporte más urbano como el taxi o el alquiler de vehículos turismo con conductor.

    Los ciudadanos cuando emprenden un viaje se convierten en viajeros o pasajeros, y son considerados a todos los efectos como usuarios, por lo que tiene reconocidos una serie de derechos contemplados en la normativa vigente y, especialmente, en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (LGDCU).

    En este libro se trata de dar a conocer a sus lectores, profesionales del derecho o particulares interesados en estos asuntos, los aspectos y detalles de los diferentes medios de transporte, así como su régimen jurídico, y la normativa básica que rige su funcionamiento, poniendo especial detalle en los derechos y las recomendaciones a seguir por los usuarios de estos transportes al utilizar estos para sus desplazamientos.

    El texto está compuesto por cinco capítulos o apartados, el primero de ellos trata sobre los aspectos generales en torno al transporte de viajeros, como las agencias de viaje, contratación a través de internet y la forma de dilucidar los conflictos entre viajeros y las empresas de transporte, como el Sistema Arbitral de Consumo.

    Otro capítulo va dirigido a la navegación aérea y los derechos que asisten a los pasajeros, considerados consumidores, en los casos en los que surjan problemas con los vuelos, incluyendo un resumen de la jurisprudencia más significativa sobre este asunto.

    El tercer capítulo se dedica al transporte terrestre y los viajeros, en sus diferentes modalidades de transporte en autobús, en ferrocarril, metro, taxi y los diferentes tipos de alquiler de vehículos con o sin conductor, el seguro obligatorio de viajeros, reclamaciones y sentencias sobre la materia.

    El siguiente apartado trata sobre al transporte marítimo y fluvial de pasajero por barco, su normativa, contrato de pasaje, derechos de los pasajeros y responsabilidad del transportista.

    El último capítulo hace referencia a los viajes combinados y los usuarios de los mismos, la legislación aplicable y sus características, así como la protección de los consumidores ante los problemas que puedan surgir en estos viajes.

    Se hace mención también a la legislación española y de la Unión Europea que afecta a los derechos de los viajeros y pasajeros de los diferentes tipos de viajes, a la normativa y a las recomendaciones que los rigen, así como a la jurisprudencia del Tribunal Supremo español, las Audiencias Provinciales y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre este asunto.

    Capítulo I

    Consideraciones generales

    1.1. Aspectos generales de los derechos de los viajeros

    Si un usuario se va a disponer a realizar un viaje en tren o en autobús, o en cualquier otro medio de transporte, debe tener en cuenta que la Ley recoge una serie de derechos que les amparan como pasajeros.

    Pero, no obstante, siempre es recomendable consultar las condiciones generales de cada compañía, puesto que complementan lo dispuesto en la legislación básica, y especifican todos los aspectos concretos que puedan afectar a los viajeros en su viaje, relativos a los servicios accesorios (facturación de equipajes, viaje con bicicleta, con animales, etc.), a las condiciones de incumplimiento del transporte (garantía de puntualidad, indemnizaciones) y características especiales de ese medio de transporte.

    El conocimiento por el viajero de estos derechos, así como de las posibles vías de reclamación en caso de que tuviésemos cualquier problema, es esencial para poder hacer un uso correcto y satisfactorio de los medios de transporte terrestre ante cualquier incidencia que se le pueda presentar, y disfrutar de su viaje con toda tranquilidad.

    A continuación vamos a describir algunos aspectos que rodean a un viaje.

    1. El viajero.- Es la persona facultada para usar el servicio de transporte en virtud de un contrato constituido por un título válido, generalmente el billete, aunque puede ser otro tipo de documentos, bonos o tarjetas.

    2. El billete.- Es un título de transporte y con él se formaliza el contrato de transporte celebrado entre el usuario y la compañía transportista. Es un documento que sirve de prueba del contrato de transporte de viajeros. En caso de accidente, si no aparece el billete se presume que el usuario lo llevaba y que si se perdió o extravió fue a causa del percance.

    El billete debe tener un contenido mínimo identificando: a) La empresa que realizará el transporte; b) El origen del viaje y la hora de salida; c) El destino y la hora de llegada; d) El precio del transporte, con todas las tasas incluidas; e) Peso del equipaje y número de bultos que lo componen, y f) El coche, la clase y el número de plazas.

    En el caso de viajar en tren la información mínima que debe contener el billete se amplía: g) Los trasbordos que pudieran producirse con cambio de tren especificando lugar y hora; h) El peso y volumen del equipaje admitido; i) El precio de facturación, en su caso, del equipaje; j) La información sobre los seguros, y k) La hora límite para facturar.

    3. El equipaje.- Se considera equipaje en general cualquier objeto o conjunto de objetos que acompañen al viajero durante el viaje a bordo de la bodega del mismo vehículo, y se considerarán equipaje de mano los pequeños objetos destinados al abrigo, adorno o uso personal que un viajero lleve consigo durante el viaje a bordo del vehículo.

    El transporte de viajeros comprende el desplazamiento de personas y de sus equipajes en vehículos construidos y acondicionados para tal fin, que deben transportarse en el mismo vehículo en el que viaja el usuario, cada viajero puede transportar gratuitamente hasta 30 kilogramos.

    Siendo la obligación principal del transportista el traslado y la obligación adicional de custodia, queda obligado a guardar ese equipaje, ya que tiene que entregarlo a su dueño en el destino, debiendo responder de él en caso de pérdida o deterioro. Sin embargo, el equipaje de mano es responsabilidad del viajero, excepto cuando con ocasión de una parada, el autobús se queda vacío y el conductor no hubiera cerrado las puertas de acceso al mismo, al existir en ese momento la posibilidad de que el equipaje sea sustraído.

    Cuando el viajero tenga algún contratiempo con el equipaje en viajes donde no se pueda facturar este, lo más conveniente es que en cualquier caso se canalice la reclamación contra la compañía, pues las mismas suelen estar adheridas al Sistema Arbitral de Consumo, lo cual facilita la queja.

    Salvo que expresamente se pacte unas cuantías o condiciones diferentes, la responsabilidad del transportista por extravío o daño que sufran los equipajes de estos estará limitada a 14,5 euros por kilogramo como máximo. La legislación ferroviaria establece un límite de 600 euros por viajero, pero en caso de viajar en autobús habrá que estar a lo que dispongan las condiciones generales de cada compañía en cuanto a la limitación de responsabilidad por viajero.

    4. Los niños.- Las compañías ferroviarias y de autobuses suelen ofrecer reducciones en el precio del billete a los niños menores de trece años, y los menores de cuatro años que no ocupen plaza en el tren viajan gratis. También es posible contratar en algunas líneas de tren y en algunos servicios de autobuses, el Servicio Accesorio de Viajes de Niños sin acompañante, para niños entre 4 y 11 años si estos no necesitaran cuidados especiales que no puedan prestarse por el personal del tren. En cualquier caso, los menores de edad que están exentos del pago de billetes y vayan acompañados, están cubiertos por el seguro obligatorio de viajeros.

    5. Personas con discapacidad y movilidad reducida.- En caso de que se cancele o interrumpa el viaje, la compañía deberá proporcionar a aquellos viajeros con discapacidad o movilidad reducida un vehículo que cumpla las mismas condiciones de accesibilidad con las que contaba el vehículo contratado en un primer momento.

    6. Las mascotas.- Los usuarios que quieran viajar acompañados de sus mascotas deben conocer las condiciones que establezca cada compañía para los diferentes tipos de vehículos. Los perros lazarillos podrán viajar en todos los trenes de forma gratuita.

    Es preciso tener en cuenta que si se va a viajar con mascota a otro país de la Unión Europea estas deben disponer de un pasaporte válido. Se trata de una medida que responde a una decisión de la Comisión Europea de 26 de noviembre de 2003, con la que se pretende controlar más eficazmente el número de desplazamientos que se realicen con animales domésticos por los países de la Unión Europea.

    No obstante, se recomienda consultar con las compañías los requisitos que puedan existir con relación a las mascotas, para disponer de la información más completa.

    En el tren de alta velocidad (AVE) se permite transportar pequeños animales domésticos en su jaula sin ocupar plaza, siempre que no se opongan los otros viajeros y no se les produzcan molestias.

    En algunos trenes es posible facturar animales cuyo peso no supere los seis kilogramos, como máximo uno por viajero, siempre dentro de una jaula cuyas dimensiones máximas no superen 60x35x35 centímetros, pagando la tarifa correspondiente. Es posible facturar contenedores como máximo de 85x55x45 pagando el 50 % en segunda clase.

    En plazas acostadas sólo será posible el transporte en departamentos o cabinas completas (modalidad familiar) abonando el 50 % del importe del billete.

    Sobre el transporte en otras líneas de ferrocarril, se permite transportar pequeños animales domésticos siempre que no se opongan el resto de los viajeros y no causen molestias, pagando la correspondiente tarifa.

    En los viajes en autobús, los animales domésticos que acompañan en su viaje a los pasajeros pueden ser aceptados como equipaje en la bodega del vehículo, en jaulas adecuadas que puede proporcionar la empresa en caso de que no disponga de ellas el propio cliente. Es preciso consultar con la compañía de transporte ya que es posible que sólo admitan un perro o gato en cada autobús.

    7. Obligaciones de los viajeros.- Cuando se vaya a viajar en autobús o en ferrocarril los viajeros tienen que respetar una serie de obligaciones de carácter general:

    a) Atender las indicaciones de la compañía con la que viajen y del personal que les atienda, así como las de los carteles colocados a la vista para información de todos los usuarios.

    b) Guardar los billetes durante todo el trayecto.

    c) Respetar las medidas que se adopten en materia de protección civil y de seguridad.

    Reclamaciones: ante cualquier incumplimiento de lo que ha pactado el viajero, este puede reclamar directamente a la compañía a través de una hoja de reclamaciones, documento que el transportista debe tener a disposición del público y facilitar a los usuarios que lo soliciten.

    En el caso de transporte ferroviario, en cada estación y en cada tren (si hay más personas que solo el conductor) debe haber hojas de reclamaciones. En el caso del transporte en autobús, cada autobús dispone de este tipo de documentos.

    La reclamación no se agota con la hoja de reclamaciones, puesto que se pude recurrir a procedimientos que simplifican y facilitan las reclamaciones de los consumidores, como el Sistema Arbitral de Consumo o el Arbitraje de Transportes. Y en cualquier caso, siempre puede acudir a los Tribunales de Justicia.

    Los viajeros tienen que guardar siempre el billete o cualquier otro documento relativo al viaje (resguardo de facturación, factura, etc.), pues le puede ser de ayuda en caso de que sea necesario interponer alguna reclamación.

    Una recomendación general es que cualquier reclamación por parte del viajero dirigida a la compañía de transporte se haga de forma que quede constancia del envío y recepción de la reclamación, por ejemplo, mediante burofax, aportando toda la información necesaria para reclamar una indemnización y todos aquellos datos que puedan servir para identificar el transporte, como la matrícula, la hora, el conductor, los testigos, la línea, etc.

    1.2. Las Agencias de Viaje

    Cuando un usuario quiere emprender un viaje de cualquier tipo, ya sea en avión, ferrocarril, autobús o barco, lo primero que hace es adquirir el correspondiente billete o pasaje. Esto lo puede hacer directamente en las taquillas del aeropuerto o la estación, lo

    ¿Disfrutas la vista previa?
    Página 1 de 1