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Licencias multiterritoriales en la gestión colectiva del derecho de autor y los derechos conexos: Perspectiva desde la Unión Europea y la Comunidad Andina de las Naciones
Licencias multiterritoriales en la gestión colectiva del derecho de autor y los derechos conexos: Perspectiva desde la Unión Europea y la Comunidad Andina de las Naciones
Licencias multiterritoriales en la gestión colectiva del derecho de autor y los derechos conexos: Perspectiva desde la Unión Europea y la Comunidad Andina de las Naciones
Libro electrónico226 páginas2 horas

Licencias multiterritoriales en la gestión colectiva del derecho de autor y los derechos conexos: Perspectiva desde la Unión Europea y la Comunidad Andina de las Naciones

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El estudio analiza el impacto jurídico del régimen de licencias multiterritoriales previsto en la Directiva 2014/26UE, desde la perspectiva de los Estados, los titulares de derecho de autor y derechos conexos, las sociedades de gestión colectiva y los usuarios de contenidos artísticos y musicales, tanto en la Unión Europea, como fuera de ella, haciendo especial énfasis en la Comunidad Andina de Naciones.
Así mismo, se analiza se analiza la viabilidad de implementar un régimen de licenciamiento transfronterizo a través de las sociedades de gestión colectiva en la Comunidad Andina de Naciones.
IdiomaEspañol
Fecha de lanzamiento15 jun 2020
ISBN9788494648984
Licencias multiterritoriales en la gestión colectiva del derecho de autor y los derechos conexos: Perspectiva desde la Unión Europea y la Comunidad Andina de las Naciones

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    Licencias multiterritoriales en la gestión colectiva del derecho de autor y los derechos conexos - Jorge Mario Olarte Collazos

    2020

    Reservados todos los derechos.

    El contenido de esta obra está protegido por la ley, que establece penas de prisión y/o multas, además de las correspondientes indemnizaciones por daños y perjuicios, para quienes reprodujeren, plagiaren, distribuyeren o comunicaren públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la preceptiva autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios.

    El editor no se hace responsable de las opiniones, comentarios y manifestaciones vertidas por el autor como manifestación de su derecho de libertad de expresión.

    LICENCIAS MULTITERRITORIALES EN EL ÁMBITO DE LA GESTIÓN

    COLECTIVA DEL DERECHO DE AUTOR Y DE LOS DERECHOS CONEXOS.

    PERSPECTIVA DESDE LA UNIÓN EUROPEA Y LA COMUNIDAD ANDINA DE NACIONES

    Primera edición, 2020

    Edición

    Instituto de Derecho de Autor

    Dirección editorial

    Álvaro Díez Alfonso

    Leire Gutiérrez Vázquez

    Coordinación editorial

    Instituto de Derecho de Autor

    Bárbara de Braganza, 7. 28004, Madrid

    www.institutoautor.org

    Corrección: Balloon Comunicación

    Maquetación: Balloon Comunicación, sobre diseño de editorial Comares, S. L.

    Impresión y encuadernación: Estugraf

    © De la obra: Jorge Mario Olarte Collazos

    © Del prólogo 1: Fernando Zapata López

    © Del prólogo 2: Guillermo Palao Moreno

    © De la presente edición: Instituto de Derecho de Autor, 2020

    www.institutoautor.org

    info@institutoautor.org

    ISBN papel: 978-84-946489-7-7

    ISBN ePub: 978-84-946489-8-4

    Depósito Legal: M-12144-2020

    Para Caro y Mariana por ser mi luz

    SUMARIO

    PRÓLOGO de Fernando Zapata López

    PRÓLOGO de Guillermo Palao Moreno

    INTRODUCCIÓN

    I. MODALIDADES DE GESTIÓN DEL DERECHO DE AUTOR Y DE LOS DERECHOS CONEXOS O AFINES

    1. CUESTIONES PRELIMINARES SOBRE EL DERECHO DE AUTOR Y LOS DERECHOS CONEXOS

    2. CUESTIONES PRELIMINARES SOBRE LAS MODALIDADES DE GESTIÓN DEL DERECHO DE AUTOR Y DE LOS DERECHOS CONEXOS

    2.1. La gestión individual o directa

    2.2. La gestión colectiva o indirecta

    2.2.1. Breve reseña histórica de la gestión colectiva

    2.2.2. Las entidades de gestión colectiva y sus principales características

    2.2.3. Funciones de las entidades de gestión colectiva

    2.2.3.1. Funciones de gestión o administración

    2.2.3.2. Funciones sociales y culturales

    2.2.4. Ámbito de acción de las entidades de gestión colectiva

    II. EL NUEVO PANORAMA INTERNACIONAL DE LA GESTIÓN COLECTIVA DEL DERECHO DE AUTOR. LAS LICENCIAS MULTITERRITORIALES

    1. ANTECEDENTES DE LA DIRECTIVA 2014/26/UE SOBRE LICENCIAMIENTO MULTITERRITORIAL

    1.1. Los acuerdos de Santiago y de Barcelona

    1.2. Intervención institucional de la Unión Europea sobre el modelo tradicional de gestión colectiva

    1.2.1. El Proceso CISAC

    1.2.2. Recomendación 2005/737/CE de la Comisión Europea

    1.2.3. El mercado único digital para Europa

    2. LAS LICENCIAS MULTITERRITORIALES EN LA DIRECTIVA 2014/26/UE

    2.1. Cuestiones preliminares sobre la Directiva 2014/26/UE

    2.2. Licenciamiento transfronterizo restringido

    2.3. Estándar para el licenciamiento

    2.4. Los acuerdos para el licenciamiento transfronterizo no exclusivos

    2.5. La obligación de representar repertorios en el ámbito digital

    2.6. La compuerta a la libre competencia entre entidades de gestión colectiva y otros actores

    3. CONSECUENCIAS DEL ESQUEMA DE LICENCIAMIENTO MULTITERRITORIAL EUROPEO

    3.1. Consecuencias ad intra en la Unión Europea

    3.1.1. Consecuencias para los Estados de la Unión Europea

    3.1.2. Consecuencias para las entidades de gestión colectiva europeas

    3.1.3. Consecuencias para los titulares de derechos europeos

    3.1.4. Consecuencias para los usuarios europeos

    3.2. Consecuencias ad extra de la Unión Europea: particularmente la Comunidad Andina de Naciones (CAN)

    3.2.1. Consecuencias para los Estados de la CAN

    3.2.2. Consecuencias para las entidades de gestión colectiva andinas

    3.2.3. Consecuencias para los titulares de derechos andinos

    3.2.4. Consecuencias para los usuarios andinos

    III. ANÁLISIS SOBRE LA VIABILIDAD DE LA IMPLEMENTACIÓN DE UN RÉGIMEN DE LICENCIAS MULTITERRITORIALES EN LA COMUNIDAD ANDINA DE NACIONES

    1. LA REGULACIÓN DE LA GESTIÓN COLECTIVA DEL DERECHO DE AUTOR Y DE LOS DERECHOS CONEXOS EN EL ÁMBITO COMUNITARIO ANDINO

    1.1. El ordenamiento jurídico andino

    1.1.1. El principio de aplicabilidad directa o inmediata

    1.1.2. El principio de eficacia directa

    1.1.3. El principio de supremacía, primacía o prevalencia de las normas comunitarias andinas

    1.2. El régimen común de gestión colectiva en la Comunidad Andina de Naciones

    1.3. El ámbito internacional de la gestión colectiva del derecho de autor y de los derechos conexos en la Comunidad Andina de Naciones (CAN)

    2. CONVENIENCIA Y VIABILIDAD JURÍDICA DE IMPLEMENTAR UN RÉGIMEN DE LICENCIAMIENTO MULTITERRITORIAL EN LA COMUNIDAD ANDINA DE NACIONES

    3. REFLEXIONES SOBRE UN ESQUEMA DE LICENCIAS MULTITERRITORIALES ADECUADO PARA LA COMUNIDAD ANDINA DE NACIONES

    3.1. La regulación normativa debe ser comunitaria andina

    3.2. Derechos que debe abarcar la regulación

    3.3. La regulación debe incluir los derechos conexos

    3.4. La competencia entre sociedades de gestión colectiva no es un factor necesario ni recomendable

    3.5. La gestión individual y la protección de los usuarios

    CONCLUSIONES

    REFERENCIAS

    ANEXO I BIBLIOGRAFÍA CITADA O CONSULTADA

    ANEXO II JURISPRUDENCIA CITADA Y CONSULTADA

    ANEXO III NORMATIVA

    ANEXO IV PÁGINAS WEB

    PRÓLOGO

    de

    Fernando Zapata López

    El doctor Jorge Mario Olarte Collazos, a quien tengo el grato placer de distinguir como amigo y como dilecto colega en las lides de la defensa del derecho de los autores y de sus creaciones, me ha invitado amable y generosamente a introducir con unas palabras una obra que no dudo en calificar como necesaria y oportuna en el universo de la bibliografía del derecho de autor —particularmente en América Latina y el Caribe—, pues viene a llenar un vacío en el tema de las licencias que no solo es de bibliografía, sino de propuestas legislativas.

    Jorge Mario, de manera ordenada, va abordando en su obra Licencias multiterritoriales en el ámbito de la gestión colectiva del derecho de autor y de los derechos conexos. Perspectiva desde la Unión Europea y la Comunidad Andina de Naciones el tema en cuestión, encuadrándolo en el ámbito del derecho de autor y luego introduciéndonos en los aspectos históricos de la gestión colectiva y en su evolución como institución, para descender luego a la figura misma a través del análisis que hace de los acuerdos de Santiago (2000) y de Barcelona (2001), suscritos ambos en un ambiente iberoamericano y como reflejo del querer de la gestión colectiva del derecho de autor de responder a los retos que la tecnología digital impone a las obras literarias y artísticas, respuesta que ya había empezado a tejerse en los tratados de la OMPI de 1996 sobre derecho de autor y sobre interpretación o ejecución y fonogramas.

    Naturalmente, el autor atraviesa y analiza ese campo de batalla en que se convirtió en Europa, por cuenta de la Comisión Europea, la adopción por parte de la CISAC de ambos acuerdos, adentrándose en la forma y contenido de las licencias multiterritoriales tal y como fueron consagradas y dibujadas en el Título III de la Directiva 2014/26/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de febrero de 2014, relativa a la gestión colectiva de los derechos de autor y derechos afines y a la concesión de licencias multiterritoriales de derechos sobre obras musicales para su utilización en línea en el mercado interior, razón del interés de la Comisión Europea en la gestión colectiva desde el sesgo de la libre competencia.

    Más allá del debate en torno a un asunto cuya visión y ámbito se manifiesta entre los límites de un mercado único —no obstante su interés y su impacto para las obras musicales y sus autores en todo el mundo—, no podemos disimular como latinoamericanos y, en particular, como ciudadanos de la Comunidad Andina de Naciones, el entusiasmo que nos produce el rigor con que Olarte Collazos nos introduce en la presentación de la posibilidad de que el esquema de las licencias multiterritoriales se implemente en nuestras legislaciones nacionales a través de una decisión comunitaria andina que complemente nuestra ya vetusta Decisión 351 de 1993, que estableció un Régimen Común sobre Derecho de Autor y Derechos Conexos para los países andinos en el ya lejano 1993. Y, no se queda en el mero esbozo, sino que ahonda en la manera como debería regularse la figura en un ambiente comunitario andino, abogando por que el modelo territorial y de trato recíproco de nuestro actual sistema de gestión colectiva se preserve.

    No quedaría completo este prólogo si unas palabras no fueran para resaltar el hecho de que Jorge Olarte, llevado por la convicción del vigor y lo incuestionable de su trabajo sobre las licencias multiterritoriales y su aplicación en el marco comunitario andino, sometió al Premio Antonio Delgado su obra y que el jurado unánimemente decidió a principios de este 2020 concederle el primer premio, reconociéndola como de incuestionable valor y de actualidad palpitante, a tal punto que el jurado ha decidido no solo otorgarle un premio, sino considerar su publicación.

    Siendo director del Centro Regional para el Fomento del Libro en América Latina y el Caribe, CERLALC, tuve oportunidad de impulsar conjuntamente con el Instituto Autor de la Sociedad General de Autores y Editores de España, SGAE, el Premio Antonio Delgado con el doble propósito de estimular la formación de bibliografía en derecho de autor y derechos conexos —absolutamente necesaria en nuestros países— y de homenajear al maestro de todos, Antonio Delgado Porras, quien como letrado de la SGAE no solo había impulsado la ley española sobre derecho de autor de 1987, sino cooperado larga e intensamente con América Latina y el Caribe, región a la que le entregó toda su formación, su conocimiento y su inteligencia en pro de impulsar nuevos ordenamientos en materia de derecho autor y, muy en particular, de apoyar el establecimiento de sociedades de gestión colectiva.

    Finalmente, quisiera destacar el conocimiento que tengo del autor de esta obra. He tenido la oportunidad de estar cerca de Jorge Mario desde los primeros momentos de su actividad laboral, una vez egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad Externado de Colombia, pues tuve el grato placer de tenerlo como colega en la Oficina Asesora Jurídica de la Dirección Nacional de Derecho de Autor de Colombia, en donde desde un primer momento se perfiló como una persona con muy claros y definidos puntos de vista en relación con la protección de los derechos de los autores, y con una actitud de afecto y de aprecio hacia ellos mismos y a su privilegiada posición de talladores de la identidad cultural en cada país.

    Una vez más el Premio Antonio Delgado ha cumplido, y esta séptima edición no ha sido la excepción, con su propósito de contribuir con el descubrimiento de nuevas obras para la bibliografía del derecho de autor en Iberoamérica y de exaltar la memoria de Antonio Delgado. Han cumplido igualmente los organismos que lo sustentan y, por supuesto, con creces, el honrado ganador del premio. Por lo mismo, no tengo la menor duda de que esta obra será del máximo interés de todos quienes desde una orilla u otra tienen por oficio utilizar las obras y prestaciones musicales o gestionarlas a través de sociedades de gestión colectiva de derecho de autor o de derechos conexos.

    Fernando Zapata López

    Profesor y abogado en Derecho de Autor y Derechos Conexos

    Bogotá, D. C., 2020

    PRÓLOGO

    de

    Guillermo Palao Moreno

    Con sumo placer asumo el amable encargo de prologar el trabajo elaborado por Jorge Olarte Collazos, sobre las «Licencias multiterritoriales en el ámbito de la gestión colectiva del derecho de autor y de los derechos conexos». Un trabajo que acertadamente subtitula: «Perspectiva desde la Unión Europea y la Comunidad Andina de Naciones». El primer reto de este compromiso surge del hecho de que esta obra ha sido galardonada con el prestigioso premio Antonio Delgado sobre derechos de autor y derechos conexos que, en su VII edición, convocan el Instituto Autor y el Centro Regional para el Fomento del Libro en América Latina y el Caribe (CERLALC). Un justo reconocimiento que atestigua la calidad de la obra que tiene en las manos el lector, de la importancia de las conclusiones ahí alcanzadas y de las propuestas en ella plasmadas. El segundo desafío es, sin embargo, de carácter personal. Y es que esta solicitud proviene del antes alumno, hoy amigo y querido colega, Jorge Olarte. Un gran profesional y mejor persona a quien tuve el placer de conocer cuando cursó su maestría en la Universidad de Valencia, comenzando un periodo de aprendizaje conjunto y recíproco que nos ha acompañado hasta la fecha. Es, pues, un motivo de gran orgullo atestiguar y hoy dar fe de cómo a su pericia como profesional en las distintas responsabilidades que ha desempeñado le ha acompañado su crecimiento como investigador.

    No obstante, lo cierto es que el verdadero reto fue el asumido por Jorge Olarte, al seleccionar el tema de este estudio, así como valiente ha sido la aproximación seleccionada para llevarlo cabo. En este sentido, si en algo destaca la materia de la gestión colectiva de los derechos de autor y conexos —y más en su dimensión transfronteriza— es, además de su creciente importancia y gran complejidad, la existencia de un cuerpo doctrinal escaso. Sin embargo, durante inicios del siglo XXI, esta particular materia despertó un gran interés institucional y por parte de los autores, que ha ido incrementándose en los últimos años de forma paulatina por dos factores muy significativos y que se encuentran estrechamente interrelacionados. Así, en primer lugar, sobresale la sonada discusión que se suscitó en el marco de la Unión Europea con respecto a la compatibilidad de los tradicionales acuerdos de representación recíproca y la labor desarrollada por las entidades de gestión colectiva en el mercado interior, con la normativa de defensa de la competencia europea que, con ocasión del Asunto CISAC y la posterior publicación de la Directiva 2014/26UE, demostró el pleno encaje de dichos acuerdos en el ordenamiento comunitario europeo. En segundo lugar, destaca la irrupción del mercado único digital y sus profundas implicaciones en la ordenación de los derechos de autor y conexos, así como en su gestión colectiva en este nuevo medio. Un sector donde, a albur de la actividad legislativa llevada a cabo recientemente en la Unión Europea, se mengua en cierto modo la tradicional aproximación del principio de territorialidad que informa la regulación de estos derechos, comenzado a alinearse en las recientes directivas (UE) 2019/789 y 2019/790, con el principio de origen propio de una lógica de mercado. Así las cosas, ya por el hecho de enfrentarse a un tema tan complejo

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