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Justicia civil: Hacia una perspectiva sistémica y de política pública
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Libro electrónico481 páginas5 horas

Justicia civil: Hacia una perspectiva sistémica y de política pública

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Este estudio tiene como propósito principal brindar herramientas metodológicas y contenidos conceptuales a quienes tengan el desafío de formular propuestas para el fortalecimiento o reforma de los sistemas de justicia civil, su diseño e implementación.
En tanto la justicia civil es un sistema complejo, cualquier análisis profundo de esta debe considerar los diversos elementos que la componen, porque actuar sobre uno o más de estos, suele tener impactos (positivos o negativos) en los demás elementos. De lo contrario, el trabajo —aun guiado por los mejores propósitos— puede fracasar o generar daños impensados en otros elementos del sistema.
El Derecho Procesal y las Políticas Públicas tienen en los estudios académicos bastante menos interacción que en las complejidades prácticas de las reformas. Por ello, aquí se propone atender especialmente a ese vínculo muchas veces inescindible entre las Políticas Públicas y el Derecho Procesal, tanto en la fase de diagnóstico como de diseño, implementación y monitoreo del fortalecimiento de la justicia civil.
Desde una perspectiva de política pública basada en evidencia, se formula una propuesta sistémica acerca de cuál debe ser la metodología, objetivos y principales contenidos de las reformas o intervenciones de fortalecimiento del sistema de justicia civil.
IdiomaEspañol
EditorialPalestra Editores
Fecha de lanzamiento25 nov 2025
ISBN9786123256371
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    Justicia civil - Santiago Pereira Campos

    JUSTICIA CIVIL

    Hacia una perspectiva sistémica

    y de política pública

    Justicia civil

    Hacia una perspectiva sistémica y de política pública

    Santiago Pereira Campos

    Primera edición digital, octubre de 2025

    Queda prohibida la reproducción total o parcial de esta obra sin el consentimiento expreso de los titulares del copyright.

    © Copyright 2025:

    Santiago Pereira Campos

    © Copyright 2025

    : Palestra Editores S. A. C.

    Plaza de la Bandera 125, Pueblo Libre, Lima, Perú

    Telf. (+511) 6378902 / 6378903

    palestra@palestraeditores.com

    www.palestraeditores.com

    Cuidado de estilo y edición: Hilda Rojas Sinche

    Diagramación: Enrique Toledo Navarro

    Hecho el depósito legal en la Biblioteca Nacional del Perú N.º 2025-13281

    ISBN: 978-612-325-637-1

    "… los ojos de los teóricos están ya acostumbrados,

    desde su existencia terrenal, a ver en las tinieblas.

    Tanto más oscuro es el objeto de que trata y

    mayor atractivo tiene para ellos, puesto que pueden

    hacer alarde de su agudeza visual"

    "se han dirigido al estudio de las fuentes,

    pero se han alejado cada vez más de la práctica"

    Rudolph Von Ihering

    Contenido

    Introducción

    Capítulo I

    Enfoque sistémico e integral de la justicia civil

    1. El enfoque adecuado para el análisis de la justicia civil

    2. Enfoque sistémico, multidisciplinario e integral de la justicia civil

    3. Incidencia de la heterogeneidad de asuntos y vías procesales para resolver las controversias y otros casos en el sistema de justicia civil

    Capítulo II

    El sistema de justicia civil con enfoque de política pública

    1. Políticas públicas y sistema de justicia

    2. Objetivos, fines y funciones de la justicia civil

    2.1. Entre la resolución de los conflictos, la protección de derechos y la implementación de políticas públicas

    2.2. La compleja cuestión de la verdad en el sistema de justicia civil

    2.3. Distinción entre fines y funciones de la justicia civil

    3. Objetivos de la justicia civil y de las reformas impulsadas, con perspectiva de política pública

    3.1. Los principales objetivos de política pública

    3.2. Acceso al sistema de justicia y superación de las barreras que lo impiden o dificultan

    3.2.1. Mejorar el acceso a la justicia es el gran desafío

    3.2.2. Las principales barreras de acceso a la justicia

    3.2.3. Acciones a implementar para mejorar el acceso a la justicia

    3.2.4. El desafío de la asistencia técnica y el acceso a la justicia

    3.2.5. Un posible abordaje sistémico para mejorar el acceso a la justicia

    3.3. Aplicación del debido proceso y demás garantías de los derechos humanos y de los valores contenidos en los principios sustantivos y procesales

    3.4. Seguridad jurídica y previsibilidad razonable de las decisiones judiciales

    3.5. Promoción de políticas sociales efectivas, inclusión y cohesión social

    3.6. Generación de condiciones benéficas para el desarrollo socio-económico y la modernización del país

    3.7. Algunas manifestaciones concretas de los objetivos de política pública en las reformas iberoamericanas

    4. Inversión en justicia y uso eficiente de los recursos públicos

    4.1. Políticas públicas, escasez y priorización

    4.2. Financiamiento de la inversión en políticas públicas de justicia

    4.3. Uso eficiente de los recursos públicos en el sistema de justicia civil

    5. Políticas públicas de justicia como políticas de Estado

    6. Principales tendencias, fortalezas y debilidades de las reformas a la justicia civil en Iberoamérica, desde la perspectiva de las políticas públicas

    Capítulo III

    Componentes del sistema de justicia civil

    1. La justicia civil como sistema

    A. Elementos del sistema

    a) Un sistema integral y multipuertas de solución de conflictos

    b) Gobierno judicial y organización judicial (sistema orgánico-institucional)

    c) Talento humano

    d) Recursos materiales

    e) Presupuesto adecuado

    f) Modelo procesal

    g) Organización y gestión de las oficinas del sistema de justicia

    h) Tecnología

    i) Asistencia jurídica

    j) Capacitación

    k) Control y rendición de cuentas

    B. Bases institucionales

    a) Independencia judicial

    b) Legitimidad social del sistema de justicia

    c) Seguridad jurídica

    d) Transparencia y publicidad

    Capítulo IV

    Políticas públicas de justicia basadas en evidencia y centradas en las personas

    1. Políticas públicas de justicia basadas en evidencia

    2. Políticas públicas de justicia centradas en las personas

    Capítulo V

    El cambio cultural en la justicia civil: mucho más que reformas legales

    Capítulo VI

    Plan sistémico e integral para las reformas y otras acciones de fortalecimiento de la justicia civil

    1. Plan metodológico para la reforma o acción de fortalecimiento de la justicia civil

    2. Etapas del plan metodológico de la reforma o acción de fortalecimiento de la justicia civil

    2.1. Liderazgo y voluntad política

    2.2. Relevamiento del estado de situación de la justicia civil, con especial énfasis en el área donde se prevé intervenir

    2.3. Diagnóstico de la situación del sistema de justicia civil, con especial énfasis en las áreas en que se habrá de intervenir

    2.4. Definición de los problemas a superar

    2.5. Crear un grupo de trabajo e involucrar a los diversos sectores interesados (stakeholders)

    2.6. Desarrollar visión y metas

    2.7. Recomendaciones del grupo de trabajo para diseñar los cambios

    2.8. Diseño de las reformas y/o acciones de fortalecimiento a la justicia civil

    2.8.1. El trabajo de diseño

    2.8.2. Grupo de liderazgo para el diseño

    2.8.3. Cambios normativos

    2.8.4. Consideración del contexto y cambio cultural

    2.8.5. ¿Hacia dónde mirar para construir el modelo propio, considerando modelos, experiencias y lecciones aprendidas en otros países?

    2.8.6. Superar la tentación perversa del mimetismo y la intransigencia doctrinaria en el diseño de las reformas

    2.8.7. Previsión de la forma de entrada en vigencia de los cambios

    2.9. Implementación de la reforma o acción de fortalecimiento de la justicia civil

    2.10. Presupuesto adecuado para realizar las inversiones necesarias

    2.11. Adecuación organizacional, talento humano, gestión, infraestructura y tecnologías

    2.12. Difusión de los cambios introducidos

    2.13. Capacitación en los contenidos de la reforma y en el desarrollo de las nuevas habilidades y destrezas requeridas

    2.14. Monitoreo y evaluación de las reformas u otras acciones de fortalecimiento de la justicia civil

    2.15. Diseño e implementación de los ajustes necesarios con base en la evidencia del monitoreo y la evaluación

    3. Elementos transversales a todas las etapas del proceso de cambio y fortalecimiento de la justicia civil

    3.1. Participación amplia de todos los interesados en el proceso continuo de fortalecimiento de la justicia civil

    3.2. Transparencia y rendición de cuentas (Justicia abierta)

    3.3. Enfoque de derechos y perspectiva y política de género en el sistema de justicia civil

    3.4. Actuación pública, conforme a principios éticos, de quienes diseñan e implementan la reforma y sus ajustes, y realizan el monitoreo y evaluación

    3.5. Promover el lenguaje jurídico claro en el sistema de justicia

    Bibliografía

    Introducción

    Este estudio tiene como propósito principal brindar, a partir de la experiencia, herramientas metodológicas y contenidos conceptuales a quienes tengan el desafío de formular propuestas para el fortalecimiento y/o reforma de los sistemas de justicia civil, su diseño y/o implementación. Asimismo, esas herramientas pueden ser de utilidad para quienes estudian el Derecho Procesal y/o las políticas públicas.

    En tanto la justicia civil es un sistema complejo, cualquier análisis profundo de esta debe considerar los diversos elementos que la componen, porque las modificaciones u omisiones de intervención relevantes, en uno o más de sus elementos, suelen tener impactos (positivos o negativos) en los demás elementos. De lo contrario, la intervención pública —aun guiada por los mejores propósitos— puede fracasar o generar daños impensados en otros elementos del sistema.

    Tradicionalmente, el Derecho Procesal y las Políticas Públicas han tenido en los estudios académicos bastante menos interacción que en las complejidades prácticas de la implementación de las reformas. Por ello, aquí se propone, a partir de la experiencia de las políticas públicas de justicia implementadas en Iberoamérica, atender especialmente a ese vínculo muchas veces inescindible que debe existir entre estas y el Derecho Procesal, tanto en la fase de diagnóstico, como de diseño, implementación y monitoreo del fortalecimiento de la justicia civil.

    Terminadas en casi todos los países iberoamericanos las grandes reformas a los sistemas de justicia penal, desde fines del siglo pasado se está viviendo el tiempo de la justicia civil. Los regímenes políticos han puesto sus ojos en modificar los procesos no penales y mejorar la gestión y eficacia de la justicia civil.

    Tomando como referencias esenciales el Código Procesal Civil Modelo para Iberoamérica elaborado por el Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal¹ y la Ley de Enjuiciamiento Civil española (LEC) de 2000 (con sus sucesivas modificaciones), varios países de la región implementaron reformas a la justicia civil: Argentina (a nivel de algunas provincias²), Bolivia, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Perú, Uruguay, entre otros. Las reformas procesales civiles de Portugal y Brasil tuvieron un derrotero un poco diferente en cuanto a sus influencias³.

    Asimismo, en otros países de la región, las reformas a la justicia civil están en fase de diseño, discusión parlamentaria o durmiendo el sueño de los justos: Argentina (a nivel nacional⁴), Chile, Guatemala, Paraguay y Venezuela, por ejemplo.

    La preocupación por el acceso a la justicia está íntimamente ligada al Derecho Procesal y a las políticas públicas. Nuestros sistemas de justicia suelen tener información escasa y deficiente (cuando no engañosa) sobre la carga de trabajo de los tribunales. Ese ya es un gran problema. Pero, existe una incógnita mucho más grave: se carece de toda información sobre los millones de conflictos que requieren una solución, pero no llegan al sistema de justicia por las inmensas barreras de acceso. Esa demanda insatisfecha es la gran cifra invisible de la justicia; la parte oculta del iceberg que, poco a poco, carcome los derechos esenciales de las personas y la confianza de la sociedad en el sistema de justicia⁵.

    Por ende, aunque se ha mejorado en la información que tienen las personas sobre sus derechos y las posibilidades de hacerlos valer, el sistema de justicia sigue siendo para muchos inaccesible (fundamentalmente por los costos directos e indirectos involucrados). Ello implica, por ende, un gran desafío en el diseño e implementación de las reformas y de las políticas públicas de justicia.

    Esa problemática solo puede enfrentarse considerando la justicia civil como un sistema mucho más amplio y complejo que el proceso civil y el trabajo de las cortes, visualizando todos los componentes del sistema y diseñando los cambios en atención también a todos ellos.

    Desde las políticas públicas y desde el Derecho Procesal, no podemos evadir tan inmensa responsabilidad. De lo contrario, el sistema de justicia y el propio Estado de Derecho, seguirán sufriendo severos deterioros en la efectividad del servicio público y en la percepción ciudadana. Y ello, en tiempos de recesión democrática, nos encamina a una tragedia.

    Este estudio —que forma parte de mis investigaciones para el doctorado realizado en la Universidad de Salamanca bajo la tutoría del Prof. Lorenzo Bujosa— tiene como designio principal brindar elementos de análisis para el diseño, implementación y evaluación de reformas y mejoras en el sistema de justicia civil (principalmente en el ámbito iberoamericano) y proponer herramientas concretas para llevarlas a cabo.

    Se considera relevante exponer una metodología para diseñar e implementar tanto las reformas a la justicia civil como las medidas de fortalecimiento de esta, con una perspectiva de política pública basada en evidencia. Se propone así construir puentes que faciliten el diálogo entre el Derecho Procesal y las políticas públicas, que permitan formular una propuesta sistémica acerca de cuál debe ser la metodología, objetivos y principales contenidos de las reformas o intervenciones de fortalecimiento del sistema de justicia civil en Iberoamérica (sin perjuicio de poderse extender tales conclusiones, en lo pertinente, a otros países o regiones).

    Este enfoque implica poner énfasis en el sistema de justicia civil desde una perspectiva dialógica; esto es: un sistema donde sus distintos actores y elementos dialogan entre ellos cooperativamente. Se busca, asimismo, profundizar en los vínculos que deben construirse y/o fortalecerse entre las instituciones del Derecho Procesal y las políticas públicas, en el marco del sistema de justicia civil.

    Esta mirada dialógica se debe realizar con un enfoque holístico; esto es: concebir la realidad del sistema de justicia civil como un todo distinto a la mera suma de las partes que lo componen⁶. El enfoque que se propone busca analizar el sistema de justicia civil considerando las múltiples interacciones que lo caracterizan. Ello supone que todas las propiedades del sistema no pueden ser determinadas o explicadas como la mera suma de sus componentes, ya que el sistema completo se comporta de un modo distinto a la mera suma de sus elementos, destacándose la importancia de la interdependencia de esos componentes.

    En los últimos años, suele señalarse con especial destaque que una de las principales lecciones aprendidas de las reformas a la justicia civil en Iberoamérica, es que deben ser diseñadas, implementadas y monitoreadas con un enfoque sistémico y con perspectiva de política pública.

    Las reformas a la justicia requieren considerar contenidos de Derecho Procesal, pero también requieren poner foco en el desarrollo de las políticas públicas que con la reforma quieren implementarse, sin descuidar aspectos tales como la gestión de despachos judiciales, la incorporación de tecnologías de la información, la capacitación en las nuevas destrezas que para la judicatura y la abogacía requiere la oralidad, etc. La modificación de los procesos tiene como finalidad también hacerlos más accesibles, rápidos y eficaces.

    Hasta ahora son pocas las reformas a la justicia civil que han sido diseñadas e implementadas de modo integral con esa visión sistémica de política pública. En general, han respondido o responden a esfuerzos académicos y/o políticos, sectoriales, etc., aislados del enfoque sistémico e integral. Ello ha generado muchas dificultades de implementación que, en algunos pocos casos fueron superadas, pero, en otros muchos, minaron las bases del cambio de paradigma necesario.

    No obstante, se percibe —especialmente en los últimos años— un cambio de enfoque de quienes diseñan las reformas, en cuanto a comenzar a entender que se requieren visiones integrales y multidisciplinarias, con adecuados diagnósticos basados en evidencia, diseños ajustados a la realidad, y seguimiento permanente de los resultados.

    Deseo que contar con estos insumos sea de utilidad para quienes, de un modo u otro, trabajan en el fortalecimiento y reforma a la justicia civil, y encaminan sus esfuerzos a la búsqueda de un sistema eficiente y eficaz de resolución de conflictos, sobre la base de la promoción y reconocimiento de los derechos humanos, centrado en las personas que necesitan poner fin de un modo civilizado a sus disputas. El fortalecimiento de la justicia civil como sistema, requiere un esfuerzo conjunto y multidisciplinario de todas aquellas personas e instituciones vinculadas al diseño e implementación de las políticas públicas de justicia: parlamento, gobierno judicial, judicatura, abogacía, funcionariado, academia, personas e instituciones usuarias, organizaciones sociales y profesionales, entre otras⁷.

    Considerando las experiencias iberoamericanas, se busca demostrar que para que la reforma y/o el fortalecimiento de la justicia civil sean razonablemente exitosos, debe tener un enfoque sistémico, interdisciplinario e integral, con perspectiva de política pública.

    Asimismo, dado que las reformas a la justicia suelen demandar períodos extensos (cuando no son esfuerzos permanentes), se insiste en promover políticas de Estado, buscando lograr acuerdos que superen los períodos de gobierno.

    Busco explicar por qué las reformas deben tener como centro a las personas físicas (naturales) y jurídicas usuarias del sistema (quienes padecen directamente el conflicto que buscan resolver); y no a la abogacía, la judicatura, el funcionariado, etc., que deben estar al servicio del sistema de justicia para lograr la efectividad de los derechos sustanciales de aquellas personas.

    Finalmente, quisiera advertir que en estas páginas no se encontrará ni una receta para la construcción del sistema de justicia civil ni la solución definitiva a los problemas que aquejan a este.

    El objetivo que persigo, como resultado del trabajo realizado en los procesos de reforma a la justicia en Iberoamérica, es reconstruir desde la teoría y desde la práctica la idea de sistema de justicia civil, interrelacionando sus elementos y, asimismo, poner de manifiesto sus fortalezas y debilidades, oportunidades y amenazas.

    De este modo, espero que la concepción sistémica de la justicia civil con enfoque de política pública pueda ser de utilidad para mejorar los sistemas de justicia y, en definitiva, la vida de las personas que necesitan resolver sus conflictos de un modo pacífico, justo y con duración razonable.

    Montevideo, 28 de febrero de 2025


    1 Implementado en Uruguay en 1989 a través del Código General del Proceso.

    2 En Argentina, país federal, existe un código procesal civil por cada provincia y un código procesal civil a nivel nacional. Brasil, en cambio, siendo también país federal tiene un solo código de proceso civil para todo el país.

    3 El caso de la reforma procesal de Brasil de 2015, es quizás la que menor influencia ha recibido de Código Procesal Civil Modelo para Iberoamérica y/o de la Ley de Enjuiciamiento Civil española (LEC) de 2000, mostrando un alto grado de innovación (seguramente motivada por una realidad muy distinta a la de los demás países iberoamericanos), teniendo un rol más relevante como fuente, al menos en relación a institutos específicos, la legislación portuguesa, francesa y alemana. La reforma procesal civil de Portugal de 2013 está teniendo ahora bastante más incidencia en los nuevos procesos de reforma.

    4 Está pendiente en Argentina la aprobación de una reforma procesal civil integral a nivel nacional, sin perjuicio de interesantes reformas en algunas provincias.

    5 Este no es solo un problema de los países en desarrollo. Países como Canadá, Estados Unidos o Inglaterra, enfrentan también grandes problemas de acceso que han motivado sus últimas series de reformas.

    6 De acuerdo con el Diccionario de la Real Academia Española, la palabra holístico pertenece o se refiere al holismo, "doctrina que propuga la concepción de cada realidad como un todo distinto de la suma de las partes que lo componen".

    7 Algunos de los temas que tratamos ya fueron esbozados en Pereira Campos, S.; Villadiego, C. y Chayer, H., Bases generales para una reforma a la justicia civil en América Latina y el Caribe, en Pereira Campos, S. (coord.), Modernización de la Justicia Civil, Universidad de Montevideo, Montevideo, 2011, pp. 18-135.

    Capítulo I

    Enfoque sistémico e integral de la justicia civil

    1. EL ENFOQUE ADECUADO PARA EL ANÁLISIS DE LA JUSTICIA CIVIL

    Un estudio adecuado de la justicia civil, así como toda propuesta razonablemente diseñada, sea para reformar la justicia civil, sea para fortalecer algún aspecto del sistema de justicia civil, debiera cumplir con una serie de postulados esenciales para potenciar los impactos positivos y disminuir los negativos⁸:

    a) Tener un enfoque sistémico, multidisciplinario e integral.

    b) Diseñarse e implementarse con perspectiva de política pública.

    c) Definir los asuntos, las materias, tipología de casos o sector o sectores del sistema que quedan alcanzados por el análisis o la propuesta.

    d) Considerar y definir las distintas formas disponibles de solución de conflictos y su vinculación con el área analizada, reformada o fortalecida.

    e) Considerar que el sistema de justicia comprende no solo al Poder Judicial, sino también a todas aquellas entidades o mecanismos en cuyo seno las personas pueden encontrar una solución civilizada a sus conflictos o problemas de relevancia jurídica.

    f) Profundizar en el modo de hacer efectivos los principios procesales básicos que deben observarse en los conflictos que se resuelven dentro del sistema de justicia, en el marco del estudio a realizar o la intervención pública a diseñar y/o implementar.

    g) Definir o considerar las estructuras procesales a través de las cuales se tramitan las causas (tanto de conocimiento como de ejecución) en relación con el estudio, la reforma o política de fortalecimiento en cuestión.

    h) Atender a la necesidad de un modelo de gestión adecuado y eficiente, incorporando las tecnologías de información y comunicación pertinentes.

    i) Considerar la forma de financiamiento de la eventual reforma o intervención pública a realizar.

    2. ENFOQUE SISTÉMICO, MULTIDISCIPLINARIO E INTEGRAL DE LA JUSTICIA CIVIL

    Desde hace algunos años, parte de la academia y los organismos especializados en reformas y políticas públicas insisten de modo creciente en la necesidad de que, al estudiar la justicia civil y al diseñar e implementar una intervención pública en el sistema de justicia, se lo haga con un enfoque sistémico e integral⁹, considerando las complejidades e interrelaciones entre todos los componentes del sistema.

    Este enfoque integral que se postula es un fenómeno relativamente novedoso en las discusiones sobre reforma al sistema de justicia. La dañina tendencia a meramente establecer códigos procesales y confiar en que las estructuras que conforman el sistema de justicia se limitan a aplicar la ley, sin prestar demasiada atención a las prácticas de la abogacía y de la judicatura, ni a las estructuras burocráticas que sirven de apoyo a la actividad jurisdiccional, ni al rol de las personas usuarias de la justicia, ni a la cultura del país, fue la tendencia claramente predominante en América Latina desde el propio movimiento independentista. Fue recién con el restablecimiento de los gobiernos democráticos a partir de mediados de la década del 80 del siglo pasado, que empezaron tímidamente a producirse los primeros cambios en el enfoque, a partir de la constatación de que las meras reformas legislativas no produjeron avances significativos en la forma en que el sistema de justicia resuelve los conflictos¹⁰. Este movimiento integrador fue paulatinamente creciendo y hoy considero imposible plantear seriamente el estudio de un tema relevante de la justicia civil o el diseño e implementación de una reforma, sin atender a la perspectiva sistémica.

    El enfoque sistémico u holístico requiere comprender el concepto de sistema: un conjunto de elementos interrelacionados con un objetivo común. Se debe considerar que las propiedades esenciales del sistema son propiedades del todo y no la suma aritmética de sus partes, pues son patrones de una red inseparable de relaciones. Dichas propiedades surgen de las interacciones y las relaciones entre los distintos elementos, y se afectan o destruyen cuando el sistema es fraccionado o desarmado y sus componentes son aislados funcional o analíticamente.

    En todo estudio, reforma y/o fortalecimiento de la justicia civil, el enfoque sistémico significa que no pueden tratarse de manera aislada los componentes del entramado, sino que se requiere observar los pilares esenciales del sistema de justicia como organización, a través de un enfoque contextual distinto al meramente analítico.

    Desde esta perspectiva, es esencial considerar que el sistema de justicia comprende no solo al Poder Judicial, sino también a todas aquellas entidades o mecanismos en cuyo seno las personas pueden encontrar una solución pacífica a sus conflictos o problemas de relevancia jurídica.

    Como señala Cadiet¹¹, incluso la propia institución judicial debe ser considerada como un sistema global cuyos elementos son solidarios, trátese de aspectos de organización o de aspectos de procedimiento, de modos de resolución jurisdiccionales de controversias o de otro tipo de modalidades de solución amistosa. Debe someterse la justicia a un análisis de tipo sistémico que permita una mejora de conjunto de la administración judicial. Es necesario que la institución judicial sea pensada, más que como una universalidad de hecho yuxtaponiendo (apilando) jurisdicciones autónomas las unas de las otras, como un sistema global. En la institución judicial, todos los elementos se solapan entre sí, de modo que actuar sobre un elemento puede afectar a otras partes del sistema. En este sistema global, el procedimiento administrativo de toma de decisiones debe tenerse en cuenta en su totalidad y en su complejidad, más allá de los procesos jurisdiccionales. Este análisis sistémico debe ser central para la definición e implementación de políticas públicas de justicia.

    Por ello, es necesario que el abordaje de los problemas y desafíos del sistema de justicia civil sea multidisciplinario (o multidisciplinar), requiriendo el trabajo en conjunto de personas e instituciones de distintas especialidades para lograr los objetivos de política pública buscados. Los problemas de la justicia deben dejar de ser problemas solo de la judicatura y de la abogacía para ser problemas de la sociedad toda, que necesita el trabajo conjunto y mancomunado desde diversas áreas del conocimiento y desde diversas perspectivas. Expertos en gestión, tecnología, administración, políticas públicas, sociología, sicología social, evaluación y seguimiento de proyectos, entre otros, deben intervenir con representantes de los tres poderes del Estado, representantes de la abogacía, la judicatura y el funcionariado para enfrentar los problemas de la justicia, escuchando también —y fundamentalmente— las voces de las personas usuarias y de la sociedad civil.

    La perspectiva integral y sistémica de la justicia civil puede y debe mantenerse aun cuando las reformas sean concretadas e implementadas, en la práctica, a partir de políticas públicas sectoriales concentradas en áreas específicas (por ejemplo: el área laboral, de familia, comercial, entre otras; o el área de gestión de despachos; o de algunos medios de solución de controversias en particular; o de incorporación de tecnología; etc.).

    Esta perspectiva requiere atender a tres dimensiones¹²:

    a) Dimensión vertical: alude a la necesidad de tener en cuenta todos los elementos constitutivos del sistema de justicia civil (diseño institucional, organización, normas procesales, prácticas de gestión, recursos humanos, entre otras). Varias reformas parciales han fracasado por ignorar algunos de estos elementos y centrarse solamente, por ejemplo, en las reformas a las leyes procesales.

    b) Dimensión horizontal: indica que todo cambio, aunque sea parcial en un sector de la justicia civil, debe ser armonioso con el resto del sistema. Obedece a la conveniencia de no contrariar la unificación procesal, mantener economías de escala a nivel organizacional y tecnologías de información y comunicación adecuadas.

    c) Dimensión integral en materia territorial: aunque sea de manera gradual y paulatina, las ventajas de la reforma o fortalecimiento de la justicia civil deben extenderse a todas las regiones y habitantes del país en que se implementa.

    Toda reforma o intervención de fortalecimiento del sistema de justicia civil debe asumirse como una respuesta a múltiples necesidades de la población, encaminada a efectivizar acuerdos entre personas, hacer cumplir las leyes, garantizar los derechos humanos, defender intereses de personas en condiciones de vulnerabilidad, resolver conflictos donde las partes se encuentran en condiciones de igualdad y aquellos en los que, por asimetría, una de ellas se encuentra en situación de subordinación, indefensión o abuso de posición dominante, entre otras.

    En esta tarea, resulta esencial incorporar las lecciones aprendidas de otras reformas efectuadas con anterioridad, incluyendo las del área penal¹³. Estas experiencias han demostrado que la efectividad del proceso de cambio requiere un enfoque sistémico e integral, que incluya además de nuevas regulaciones jurídicas, considerar los otros elementos del sistema y fases de implementación, seguimiento y evaluación basadas en decisiones concretas que consideren precisamente las lecciones aprendidas de experiencias anteriores en el país y en el exterior.

    En definitiva, como señala Farrow¹⁴, estos son tiempos muy desafiantes. El futuro de la justicia civil y la reforma de la justicia civil están en juego. Un pilar central de la

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