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Guía sindical de igualdad: Feminismo en acción
Guía sindical de igualdad: Feminismo en acción
Guía sindical de igualdad: Feminismo en acción
Libro electrónico524 páginas5 horas

Guía sindical de igualdad: Feminismo en acción

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Uno de los espacios más importantes para la consecución de los derechos de las mujeres se encuentra en el ámbito del trabajo. Sin embargo, a pesar de los avances legales conseguidos en los países democráticos, los datos nos demuestran que las trabajadoras siguen teniendo los contratos más precarios, más dificultades para el acceso de ciertos sectores, a la promoción y a la dirección, y mayor tasa de desempleo, temporalidad y contratos a tiempo parcial. Son los sectores laborales más feminizados los que encuentran peores condiciones laborales. Además, las trabajadoras son mayoritariamente las que asumen la conciliación entre la vida familiar y laboral con claras repercusiones en la trayectoria laboral.

Desde la perspectiva sindical feminista, la igualdad y la eliminación de la cualquier forma de discriminación deben estar presentes en todos los niveles de nuestra intervención, ya sea en los centros de trabajo, en la negociación colectiva o en el diálogo social.

Esta guía es el resultado del trabajo sindical en el que aportamos elementos para analizar cuáles son las causas de la discriminación de género, herramientas para erradicarlas, propuestas sindicales para lograr una igualdad real y efectiva, buenas prácticas y reflexiones para un cambio de modelo económico más justo, equitativo, solidario y sostenible.
IdiomaEspañol
Fecha de lanzamiento18 ago 2020
ISBN9788413520063
Guía sindical de igualdad: Feminismo en acción
Autor

Luz Martínez Ten

Licenciada en Ciencias de la Educación. Especialista en Igualdad. Secretaria de Mujer y Políticas Sociales de FeSP-UGT.

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    Guía sindical de igualdad - Luz Martínez Ten

    Colección Sindicalismo, administraciones públicas y políticas sociales

    © Luz Martínez Ten, Carlos de Fuentes, Tamara Iniesto Ortega, Mayte Jareño Macías, Milagros Ruiz-Roso Martín-Moyano, María Dolores Sánchez García y Fátima Torres Asensio, 2020

    © Los Libros de la Catarata, 2020 Fuencarral, 70 28004 Madrid Tel. 91 532 20 77 www.catarata.org

    Guía sindical de igualdad. Feminismo en acción

    ISBN: 978-84-9097-896-2

    E-ISBN: 978-84-1352-006-3

    Depósito legal: M-6.848-2020

    Thema: KNXU/JBFA/LAQG

    Quedan prohibidos, dentro de los límites establecidos en la ley y bajo los apercibimientos legalmente previstos, la reproducción total o parcial de esta obra por cualquier medio o procedimiento, ya sea electrónico o mecánico, el tratamiento informático, el alquiler o cualquier otra forma de cesión de la obra sin la autorización previa y por escrito de los titulares del copyright.

    Prólogo

    La igualdad constituye uno de los pilares fundamentales de la Federación de Empleados y Empleadas públicas de UGT (FeSP UGT) porque consideramos que no existe democracia si no están garantizados los derechos y la plena participación de las mujeres, que representan más de la mitad de la ciudadanía. Para la consolidación de los derechos de igualdad son necesarios unos servicios públicos de calidad que respondan a cuestiones tan fundamentales como la educación, la salud, los servicios sociales, la dependencia o los programas de igualdad y de atención integral a la violencia de género. Las administraciones públicas son la garantía de cohesión social, justicia e igualdad, tan importante para la democracia y, en consecuencia, para el conjunto de una ciudadanía.

    Históricamente, las funciones de crianza, cuidados o atención a personas dependientes las realizaban las mujeres en el marco del hogar. Afortunadamente, hoy las políticas de bienestar son un asunto central en las responsabilidades del Estado. Los cuidados, como parte esencial de la vida, forman parte de las prestaciones que la sociedad ha asumido de forma justa y solidaria. Pero a pesar de los grandes avances que en los últimos años hemos realizado en las políticas de igualdad, la realidad nos ha demostrado que para llegar a la igualdad entre mujeres y hombres está siendo necesario cambiar todo un sistema histórico de discriminación que, en nuestro país, hasta la llegada de la democracia (exceptuando el breve periodo de la Segunda República) estaba legitimado por ley.

    Recordemos que en los años de dictadura las mujeres tenían que pedir permiso al marido para trabajar, para sacarse el carnet de conducir o disponer de una cuenta bancaria. Y no fue hasta la aprobación de la Constitución de 1978 cuando la igualdad fue reconocida como un principio fundamental de la democracia, tal y como recoge el artículo 14, que exige fortalecer las acciones destinadas a favorecer la realización efectiva de los principios de igualdad y no discriminación por razón de sexo y a facilitar la participación de las mujeres en el marco de la política de empleo. Los españoles son iguales ante la Ley, sin discriminación por razón de nacimiento, etnia, sexo, religión u otra condición o circunstancia personal o social. El artículo 9.2 atribuye a los poderes públicos el deber de promover las condiciones para que la libertad y la igualdad de los individuos y de los grupos en los que se integran, sean reales y efectivas y el deber de reducir los obstáculos que impiden la plena realización facilitando la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.

    En el ámbito laboral, la ley de marzo de 1980 del Estatuto de los Trabajadores transpone al derecho del trabajo el principio de igualdad de trato entre los hombres y las mujeres. Y junto al cambio de normas se fueron creando organismos e instituciones con el fin de llevar a la práctica las medidas de una igualdad real, como la creación del Instituto de la Mujer.

    A lo largo de estos años se han aprobado leyes fundamentales como como la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres y la Ley de Dependencia de 2006 (Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia).

    Todas ellas nos han dotado de un marco de actuación que es necesario llevar a la práctica tanto en las relaciones laborales, a través de la acción sindical, como desde las políticas y los programas de las administraciones públicas. Una actuación que desarrollamos a través del diálogo social, la negociación colectiva y la acción sindical que llevamos a cabo en los centros de trabajo, lo que nos sitúa como un agente fundamental para lograr los objetivos de igualdad. Como sindicalistas, estamos al lado de los trabajadores y las trabajadoras, por lo que podemos mediar para solucionar problemas tan importantes como la brecha salarial, el acceso al empleo, la formación, la promoción o la corresponsabilidad entre la vida personal, familiar y laboral. Velamos por la defensa de las trabajadoras en aquellas situaciones donde se produce acoso sexual o por razón de sexo. Negociamos medidas para la protección de las trabajadoras que han sufrido violencia de género. Incorporamos en los convenios y a través de los planes de igualdad cláusulas fundamentales para la igualdad real. Y defendemos una sociedad más justa y solidaria. Porque la igualdad nos beneficia a toda la ciudadanía.

    Para realizar esta importante acción sindical es necesaria la formación de delegadas y delegados. Se trata de conocer las razones históricas sobre las que se ha asentado la discriminación hacia las mujeres. Comprender qué mecanismos existen para desmontar esta discriminación, conocer la normativa legal, las herramientas sindicales para negociar cláusulas de igualdad en todos los sectores y ámbitos laborales, así como las propuestas que defendemos desde nuestro sindicato.

    Esta es la razón de ser de la guía que tienes en tus manos. Hemos traslado a estas páginas la experiencia de compañeras y compañeros que dedican toda su energía a defender a las trabajadoras y trabajadores, negociando convenios y planes de igualdad, actuando en los centros de trabajo para lograr condiciones justas y equitativas, defendiendo unos servicios públicos de calidad, trabajando, en definitiva, por una sociedad más justa, equitativa, solidaria y sostenible. Una sociedad en igualdad.

    A todos y todas las compañeras, mi reconocimiento. A las lectoras y lectores de este libro, mi agradecimiento por acercaros al conocimiento de lo que supone nuestro trabajo sindical por la igualdad.

    Julio Lacuerda

    Secretario General FeSP UGT

    Prólogo

    Uno de los grandes retos para la UGT es que la igualdad real entre mujeres y hombres se convierta en una realidad en todos los ámbitos, y en el ámbito de las relaciones laborales especialmente.

    La igualdad efectiva es una importantísima asignatura que aún no hemos podido superar en el mundo, ni en Europa ni en España, y cuyo logro presenta significativas resistencias, frente a las que debemos luchar sin tregua hasta que consigamos combatirlas.

    El derecho a la igualdad está ampliamente reconocido en el ordenamiento internacional y no falta en las constituciones que sostienen los Estados de derecho y las democracias del mundo libre y más avanzado, pero falta que ese derecho lo sea de verdad, se respete, se cumpla y se materialice de hecho.

    La persistencia de la desigualdad en las sociedades democráticas indica que estas presentan un déficit al seguir manteniendo una forma inaceptable de injusticia frente a la que hay que luchar.

    Es por ello que desde UGT mantenemos nuestro más firme compromiso presente y futuro en esta lucha y no pararemos hasta lograr que la igualdad de género sea un hecho, y que en el ámbito laboral la desigualdad y la discriminación de la mujer sean definitivamente erradicadas.

    De ahí que con esta guía pretendamos facilitar un instrumento útil y práctico que nos ayude a poder llevar la igualdad entre mujeres y hombres a la praxis en el ámbito laboral.

    Todo suma a la hora de aunar esfuerzos para lograr dicha igualdad y de nuestro hacer depende un mañana más igualitario, libre y justo.

    Cristina Antoñanzas Peñalva

    Vicesecretaria General de UGT

    Igualdad sindical. Feminismo en acción

    1. Sindicalismo e igualdad en tiempos de globalización¹

    La Declaración de los Derechos Humanos reconoce que toda persona tiene derecho al trabajo, así como a la libre elección del mismo, a condiciones equitativas y satisfactorias, a no sufrir discriminación, a la protección del desempleo, a la igualdad salarial, a la remuneración digna, a la protección social y al derecho de sindicación. Estos derechos fueron conquistándose al finalizar la Segunda Guerra Mundial en Europa con la alianza entre los sindicatos y los partidos políticos de base obrera, que establecieron las bases de un Estado de bienestar cuya obligación es asegurar los derechos de la ciudadanía, garantizando un mínimo vital, y la Seguridad Social, de forma que se cubran las necesidades básicas tales como la salud, educación, cuidados, vivienda y justicia; y que no dependa del poder adquisitivo y de la capacidad de compra en el mercado, sino que sea el Estado el que garantice las condiciones necesarias para la vida de las personas a través de las administraciones públicas, dando lugar al Estado de bienestar.

    A pesar de los avances de las últimas décadas, aún queda un gran camino por recorrer, agravándose las desigualdades en muchos países sin democracia en los que la realidad dista mucho de los mínimos de dignidad; una situación que empeora con el retroceso que se está produciendo como consecuencia del capitalismo salvaje y las políticas neoliberales o totalitarias que están utilizando la globalización para internacionalizar prácticas de recortes en derechos.

    Los mercados en la era de la globalización, con el desarrollo tecnológico² y el nuevo comercio global, están acentuando los pro­­cesos de fragmentación de la lucha colectiva, cuestionando los derechos fundamentales y el papel de los estados como garantes de los mismos, con el fin de aumentar la explotación, el abaratamiento del trabajo y la invisibilidad de millones de personas que se encuentran en situaciones extremas. En este nuevo escenario, desde el sindicalismo debemos actuar tanto a escala local y nacional como internacional, de forma que podamos hacer un frente común cambiando los términos de globalización por mundialización. Una mundialización que teja alianzas estratégicas para defender los principios de solidaridad que emergen de las distintas generaciones de la Declaración de los Derechos Humanos. Cam­­biar la globalización es uno de los objetivos programáticos de la Confederación Sindical Internacional, de manera que se pueda combatir ‘la pobreza, la explotación, la opresión y las desigualdades’, pero también ‘garantizar las condiciones para el disfrute de los derechos humanos universales y promover una representación eficaz de las trabajadoras y los trabajadores del mundo entero’³.

    En este punto es preciso recordar que el concepto de derechos humanos hace referencia al sentido de la dignidad humana antes que a cualquier formulación jurídica o política. Se sostiene sobre dos pilares esenciales de la humanidad: la libertad y la plena igualdad entre todos los seres humanos; condiciones inherentes a todo ser humano sin ningún tipo de limitaciones, sean estas culturales, económicas, étnicas o sexuales. La Declaración promueve un conjunto de valores, principios y normas de convivencia que deben conformar esa dignidad humana y la vida en sociedad. Es decir, son los mínimos sobre los que se deben asentar la dignidad y la convivencia. El mínimo inexcusable de justicia y humanidad. En un principio, la Declaración iba a titularse Derechos del hombre, pero Eleanor Roosevelt, presidenta de la Comisión, consideró que el término excluía a las mujeres y consiguió que en su lugar figurara Derechos humanos.

    El trabajo por el reconocimiento de los derechos de las mujeres continuó durante 30 años después de aprobarse la Declaración y el 18 de diciembre de 1979 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Convención sobre la eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW). La Convención fue la culminación de más de 30 años de trabajo de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer, órgano creado en 1946 para seguir de cerca la situación de la mujer y promover sus derechos. La labor de la Comisión ha coadyuvado a poner de manifiesto todas las esferas en las que se le niega la igualdad con el hombre. La ONU siguió promoviendo conferencias internacionales en las que se fueron visibilizando las situaciones de discriminación hacia las mujeres, así como los derechos que específicamente debían protegerse por el simple hecho de serlo. Fue en 1993, en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena, cuando la comunidad internacional declaró que los derechos humanos de la mujer y de la niña son parte inalienable, integrante e indivisible de los derechos humanos universales. También se irían acuñando los términos de indivisibilidad de los derechos, y universalización absoluta de los mismos, no solo desde una perspectiva jurídica, sino también desde un concepto moral y político, como objetivo a alcanzar a largo plazo.

    Desde la perspectiva del cumplimiento de los derechos humanos y en estos tiempos inciertos, en el sindicalismo se vuelve más necesario que nunca buscar un nuevo modelo económico basado en la justicia social, la igualdad, la mundialización de derechos y el desarrollo sostenible a nivel mundial. Y de nuevo, requiere de las alianzas de los partidos progresistas y los movimientos y las organizaciones sociales que vehiculan la expresión de la ciudadanía, para lograr que sean los estados y las instituciones democráticas internacionales (y no los mercados) quienes fijen las estrategias de convivencia, democracia y justicia necesarias para el cum­­plimiento de los derechos humanos, la paz, la solidaridad, el desarrollo de los pueblos y la sostenibilidad del planeta.

    En esta compleja encrucijada los avances de los derechos de las mujeres corren un serio peligro. Como expresa Virginia Maquieira:

    Pese al ingreso masivo de las mujeres en el mercado laboral, la progresión de ellas a las filas de los más pobres no ha disminuido y el término feminización de la pobreza ha pasado a formar parte del vocabulario común de Naciones Unidas, de los Informes de otros organismos internacionales y de la investigación académica. Aunque las estadísticas varían, se estima que las mujeres son el 60 o 70% de los pobres del mundo […] el género del mercado laboral en el marco de la globalización neoliberal induce a una preferencia por la fuerza laboral femenina cuya incorporación se produce en condiciones de precariedad, flexibilidad y desprotección social⁴.

    A las dificultades que las mujeres afrontan en el mercado de trabajo se suma la doble jornada marcada por el tiempo de cuidados. El acceso de las mujeres al trabajo remunerado en aquellos países donde se ha conseguido (recordemos que las mujeres han trabajado siempre, pero su contribución ha sido invisibilizada tras la responsabilidad del varón como cabeza de familia) no ha significado una transformación lo suficientemente determinante para acabar con la discriminación laboral de género. Siguen siendo necesarias acciones concretas para transformar la organización del trabajo, el tiempo social, impulsar la corresponsabilidad y las políticas de cuidados. Las mujeres han atravesado la puerta de la casa para entrar en el espacio laboral, llevándose encima la colada, la compra, las criaturas, las redes de afectos, los cuidados de las personas que los necesitan, la socialización… Existen verdaderas resistencias para desarrollar un nuevo pacto social en el que exista una corresponsabilidad real entre Estado, empresas, familias y comunidades para garantizar el cuidado y bienestar de las personas, lo que lleva a una práctica discriminatoria donde, como veremos en los distintos capítulos de esta guía, las trabajadoras se encuentran, como dice Celia Amorós⁵, en permanente interinidad, como constatan todas las cifras del mercado laboral.

    Y si bien el trabajo es uno de los núcleos gordianos de la igual­­dad, existen otros problemas transversales tan graves como la violencia de género, la feminización de la pobreza, la situación de las mujeres refugiadas o inmigrantes, el acoso sexual o por razón de sexo, las barreras que aún siguen existiendo para la participación en igualdad de condiciones en todos los ámbitos culturales, políticos, informativos, científicos, sociales, la brecha digital de género, la discriminación por la identidad u orientación de género o las nuevas formas de explotación del mercado al pretender utilizar el cuerpo y la vida de las mujeres como mercancía de intercambio monetario.

    En este escenario, el papel de los sindicatos⁶ se hace im­­prescindible en la labor de visibilizar y actuar ante las situaciones de desigualdad, explotación e injusticia. Para ello, contamos con instrumentos como el diálogo social, la negociación colectiva, la acción sindical en los centros de trabajo o como, por ejemplo, la ne­­gociación de los planes de igualdad. Además, contribuimos a la construcción de discursos colectivos que expresamos a través de los medios de las redes internas y externas de comunicación, así como con campañas de sensibilización, información o protestas. Somos, por tanto, organizaciones con capacidad de movilización y transformación social.

    Conocedores de lo que ocurre en las relaciones laborales, nos urge actuar situando la igualdad como eje vertebrador de la agenda sindical, de forma que podamos diseñar un nuevo pacto social, porque el modelo económico que está diseñándose a partir de la globalización nos trae cuotas de explotación y deshumanización que recuerdan a la primera Revolución Industrial, con la ruptura de la cohesión social y el aumento de la desigualdad, al que se suma un ritmo voraz de devastación del planeta que puede llevarnos a un camino sin retorno.⁷⁸

    Apuntes

    El Estado de bienestar es responsable de la seguridad material de los ciudadanos ante los riesgos del mercado. Ello implica: a) Proporcionar servicios básicos, sobre todo en materia de educación, sanidad y vivienda; b) Proteger la renta, a través de prestaciones sociales en efectivo, en situaciones de enfermedad, jubilación, desempleo, viudedad u orfandad; c) Garantizar un mínimo de subsistencia mediante las prestaciones asistenciales.

    El Estado de bienestar no fue un regalo de los gobiernos o empresas. Fue resultado de potentes luchas sociales que tuvieron lugar en el periodo de 1930-1970 (según países), con las que se consiguieron renegociar las condiciones del reparto de la riqueza. Como resultado de ellas, se estableció una paz social que permitió centrarse en producir, consumir, vivir y convivir.

    Feminismo y democracia. Las oportunidades y libertades de las mujeres aumentan allí donde las libertades generales estén aseguradas y un estado previsor garantice unos mínimos adecuados. El feminismo, que es en origen un democratismo, depende, para alcanzar sus objetivos, del afianzamiento de las democracias. Aunque en situaciones extremas la participación activa de algunas mujeres en los conflictos civiles parezca ayudar a adelantar posiciones, lo cierto es que estas solo se consolidan en situaciones libres y estables. Bastantes mujeres han sufrido en su propia carne que el hecho de arriesgar su seguridad o sus vidas para derrocar una tiranía no las pone a salvo de padecer las consecuencias de su victoria si el régimen que tras ella se instala es otra tiranía. Cualquier totalitarismo y cualquier fundamentalismo refuerzan el control social y, desgraciadamente, eso significa, sobre todo, el control normativo del colectivo femenino. Por eso, las medidas de decoro que toma una insurrección triunfante —de indumentarias, de reforma de costumbres, de protección de la familia, de limpieza moral— siempre son significativas y nunca deben ser consideradas meros detalles accidentales. Solo la democracia, y más cuanto más profunda y participativa sea, asegura el ejercicio de las libertades y el disfrute de los derechos adquiridos. Por imperfecta que pueda ser, siempre es mejor que una dictadura de cualquier tipo, sea social, religiosa o carismática.

    El neoliberalismo no es solo un método de gobierno de la economía para la recuperación del excedente empresarial y del capital a nivel global. En su dimensión política, la argumentación neoliberal se repite siempre idéntica a sí misma. Se presenta bajo el conocido eslogan menos Estado, más mercado¹⁰.

    Tecnología y redes sociales. La dimensión positiva de este fenómeno social que es la globalización reside en las inmensas posibilidades tecnológicas de la humanidad y en las facilidades que plantea a individuos y comunidades a efectos de comunicación intercultural. La idea desde hace largo tiempo acariciada de construir una comunidad moral global va tomando cuerpo en nuestras sociedades. Y las tecnologías informales pueden ser una herramienta esencial en este proceso¹¹.

    2. Un recorrido por la historia. Sindicalismo y feminismo en la Revolución Industrial

    Para comprender cómo se inician las alianzas entre sindicalismo y feminismo es necesario que retrocedamos en la historia hasta finales del siglo XVIII, fecha en la que comienza en Inglaterra la Revolución Industrial, para extenderse posteriormente a toda Europa y Estados Unidos, con importantes consecuencias en el resto del mundo.

    La transformación económica de la sociedad que desplazó al Antiguo Régimen dio lugar al capitalismo industrial, que entre otras consecuencias traería la migración de miles de personas desde las zonas rurales a las ciudades para trabajar en las fábricas. Antes de la Revolución Industrial la propiedad de los medios de producción pertenecía a los trabajadores que, consecuentemente, controlaban la organización y el proceso de trabajo. Con el desarrollo de las fábricas será la burguesía industrial la que invierta capital para la producción, desposeyendo a los trabajadores del control sobre los medios de producción y distribución, de forma que se verán obligados a vender su fuerza de trabajo a cambio de un salario que, en un principio, no estaba regulado por un contrato de trabajo.

    La inexistencia de un marco regulador en las relaciones entre empresarios y trabajadores que velase, aunque mínimamente, por los intereses de estos, marcó unas relaciones laborales de tipo conflictivo. A los obreros no les quedaba otra salida que la protesta y la organización contra la explotación capitalista. Por otra parte, los gobiernos liberales decimonónicos, obstinados en mantener los salarios bajos y garantizar la paz social burguesa, prohibieron y obstaculizaron los derechos de los trabajadores, como el de reunión, asociación, manifestación, información libre o el de declararse en huelga¹².

    El traslado del taller —que ocupaba a toda la familia— a la fábrica supone la contratación de mujeres y niños en unas condiciones inhumanas en jornadas de 12 y 14 horas, lo que no implica que las mujeres no trabajaran antes de la Revolución Industrial. Las mujeres han trabajado siempre, siendo decisiva su aportación para la economía familiar en innumerables tareas en las que se entremezclaban las funciones productivas y las funciones reproductivas. Trabajaban como buhoneras, lavanderas, alfareras, hilanderas de seda, de encaje, cigarreras o cerilleras; confeccionando ropa, con productos de metal, quincallería, paño tejido o percal; como poceras, ofreciendo hospedaje y comida; ayudaban en las minas e incluso en improvisadas casas de amigas donde aparcar a las criaturas… Sin embargo, su aportación a la economía era considerada, en términos de ayuda al trabajo productivo, responsabilidad natural del marido, por lo que la mayoría de las veces quedaban invisibilizadas en la economía familiar¹³.

    Existe cierta controversia sobre lo que supuso la incorporación de las mujeres al trabajo asalariado. Por una parte, aportó cierta independencia y control sobre el salario, así como la posibilidad de crear alianzas grupales y organizarse en una lucha común. Por otra, sufrieron la explotación en fábricas abarrotadas en jornadas de 12 y 14 horas que compartirán con niñas y niños, en condiciones de insalubridad, sin descansos ni amparo en situaciones de embarazo o parto y cobrando la mitad del salario que percibían los trabajadores por la misma tarea.

    Fuera de las fábricas, en las casas se mantiene el trabajo en improvisados talleres que proveían tanto a fábricas como al comercio de productos de confección, calzado, guantes, botones, manipulado de pa­­pel… trabajo que desempeñarían mujeres y hombres de todas las edades, sin horarios, sin derechos, sin reconocimiento alguno¹⁴.

    Con el crecimiento de las ciudades, el servicio doméstico fue una de los sectores de más contratación de mujeres solteras, hasta tal punto de que, en la mayoría de los países occidentales, el servicio doméstico superaba al textil en calidad de empleador de mujeres. Por ejemplo, en Inglaterra, la primera nación industrial, en el año 1851 el 40% de las mujeres trabajadoras eran criadas, mientras que solo el 22% eran obreras textiles. Y se ampliaron otros servicios como las la­­vanderías, la plancha, el hospedaje o el oficio de portera¹⁵.

    A mediados del siglo XIX, en plena Revolución Industrial, surge, como comenta Amelia Valcárcel¹⁶, la llamada Primavera de los Pueblos. En ella las revoluciones se extendieron como una marea en toda Europa que vivía en las restauraciones y se llevó con ella los restos del absolutismo. El liberalismo se tornó verosímil. Pero, de inmediato, un competidor, el socialismo, se alzó frente a él. Pues bien, en este panorama de relevos y novedades, el feminismo compareció con su propio discurso y agenda.

    En 1848 un nuevo proceso revolucionario conmociona a Eu­­ropa. La presentación en París del Manifiesto comunista de Karl Marx y Friedrich Engels¹⁷ impulsa a los movimientos sociales, herederos de las ideas igualitarias de la Ilustración, que se estaban afianzando en el intento de dar respuesta a los acuciantes problemas que generaban la Revolución Industrial y el capitalismo. Los trabajadores se organizaron con el objetivo de conseguir que se reconociera su derecho a asociarse y negociar con los patronos sus condiciones de trabajo. Sin este derecho las protestas obreras seguirían siendo tratadas como un problema de orden público y habría resultado imposible cualquier mejora colectiva.

    Muy lejos de Europa, al otro lado del Atlántico, tuvo lugar una reunión que supondría el inicio del sufragismo en Nortea­­mérica. El 19 de julio de 1848, Lucrecia Mott y Elisabeth Cady Stanton celebraron una convención en la Iglesia wesleyana en Se­­neca Falls (estado de Nueva York) que reunió a 68 mujeres y 32 hom­­bres, en la que Elisabeth Stanton pronunció un memorable discurso y pidió el voto para las mujeres. En esta convención se aprobó y consensuó la Declaración de Seneca Falls, considerada como uno de los textos fundacionales del feminismo como movimiento social¹⁸.

    En el documento de Seneca Falls las mujeres se enfrentaban a las restricciones políticas que les impedían votar, presentarse a las elecciones, ocupar cargos públicos en partidos políticos o asistir a reuniones y exige, entre otras reivindicaciones, igualdad de salarios y de opciones laborales, derecho a la posesión y administración de bienes, tener cuentas corrientes propias o abrir negocios o el derecho a la libertad y a la participación política. Consi­­deran que el voto es un medio que les permitirá unir a mujeres de clases sociales y opiniones políticas muy diferentes, pues creen que las mujeres sufren, en cuanto que mujeres, discriminaciones parecidas, independientemente de su clase social.

    Es por tanto un tiempo en el que sindicatos¹⁹ y feminismo comienzan a encontrarse a través de la idea de igualdad que defenderán, no sin dificultad, mujeres socialistas como Rosa Luxemburgo y Clara Zetkin. Porque, aunque las experiencias de mujeres trabajadoras y burguesas fueran desiguales, el feminismo se articuló a partir de discursos e ideas interclasistas y encontró un enmarque idóneo en las ideas socialistas. En palabras de Sara Berbel, el socialismo, ese ‘fantasma que recorre Europa’, inició su andadura con máxima intensidad en 1848, aliado con la tradición republicana de la democracia revolucionaria suprimida hacía menos de un siglo. Y allí estaban la política feminista, la demanda de igualdad de derechos que protagonizó el sufragismo o el cambio de modelo social que significó el feminismo socialista.

    Feminismo y socialismo se encuentran con rapidez; ambas teorías denuncian el orden establecido, la subordinación y la explotación y ambas atacan la dimensión estructural de la opresión, ya sea el capitalismo, ya se trate del patriarcado. Se trata de una alianza que había nacido ya con el socialismo utópico, donde convergían ambas tesis. Las feministas socialistas denunciaron la situación de doble opresión que vivían las mujeres y dirigieron gran parte de sus esfuerzos a conseguir la organización de las obreras.

    Y si bien es cierto que en un principio existen fuertes resistencias a la entrada de las mujeres al trabajo y a los sindicatos, como muestra el testimonio de Virginia Gonzales²⁰, que proclama que la mujer solo resolverá sus problemas cuando desde las organizaciones obreras se lleva a cabo con ellas, la misma obra de proselitismo y propaganda que hace un siglo se inició se inició entre los explotados masculinos²¹, las condiciones en las que se desarrolla el trabajo de las mujeres y la injusta valoración del trabajo femenino con respecto al del hombre llevan a las organizaciones obreras a reconocer el trabajo discriminatorio recibido por la mujer y la necesidad consiguiente de modificar sus condiciones laborales.

    Muestra de ello son las resoluciones adoptadas en los congresos de las Internacionales del Trabajo, que muestran el avance en la incorporación de reivindicaciones sobre los derechos de las trabajadoras. En la Conferencia Internacional de 1971, celebrada en Londres, se recomienda a las afiliadas constituir secciones fe­­meninas propias. La

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