Casos para la Enseñanza del Derecho
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El uso de este texto como apoyo en los cursos de derecho contribuye de manera decisiva en el desarrollo de habilidades críticas que deben obtener los alumnos de derecho y futuros abogados: pensamiento crítico, trabajo en equipo y resolución de problemas.
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Casos para la Enseñanza del Derecho - Carlos Frontaura Rivera
EDICIONES UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE
Vicerrectoría de Comunicaciones y Educación Continua
Alameda 390, Santiago, Chile
editorialedicionesuc@uc.cl
www.ediciones.uc.cl
CASOS PARA LA ENSEÑANZA DEL DERECHO
Carlos Frontaura Rivera
Carolina Barriga Chávez
María Francisca Jara Sandoval
© Inscripción N° 257.945
Derechos reservados
Octubre 2015
ISBN edición impresa 978-956-14-1702-1
ISBN edición digital 978-956-14-2650-4
Diseño:
versión | producciones gráficas Ltda.
Diagramación digital: ebooks Patagonia
info@ebookspatagonia.com
www.ebookspatagonia.com
CIP - Pontificia Universidad Católica de Chile
Casos para la enseñanza del derecho / equipo editor Carlos
Frontaura Rivera, Carolina Barriga Chávez, María Francisca Jara
Sandoval ; autores Jaime Alcalde Silva … [et al.].
1. Abogados – Formación profesional – Chile.
2. Derecho – Enseñanza – Chile.
I. Frontaura Rivera, Carlos, ed.
II. Barriga Chávez, Carolina, ed.
III. Jara Sandoval, María Francisca, ed.
IV. Alcalde Silva, Jaime Cristóbal
2015 340.023+23 RCAA2
Este libro contó con el apoyo de la Vicerrectoría Académica, a través del Fondo de Desarrollo de la Docencia (FONDEDOC).
BIOGRAFÍAS
AUTORES
JAIME ALCALDE SILVA es abogado de la Pontificia Universidad Católica de Chile. Doctor en Derecho de la Universidad de Valencia (España). Desde 2007 se desempeña como profesor de Derecho Privado de la Pontificia Universidad Católica de Chile.
GONZALO CANDIA FALCÓN es abogado de la Pontificia Universidad Católica de Chile. Doctor en Ciencias Jurídicas (SJD) de la Universidad de Georgetown (EE.UU.). Profesor de Derecho Constitucional y de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile.
MARÍA TERESA HOYOS DE LA BARRERA es abogada de la Universidad de Chile. Candidata a Magíster en Enseñanza en Educación Superior de la Universidad Finis Terrae. Profesora de Derecho Procesal de la de la Facultad de Derecho Pontificia Universidad Católica de Chile y Universidad Finis Terrae.
MARÍA TERESA BRAVO GONZÁLEZ es abogada de la Pontificia Universidad Católica de Chile. Candidata a Magíster en Derecho LLM de la Pontificia Universidad Católica de Chile. Profesora de Derecho Procesal de la de la Facultad de Derecho Pontificia Universidad Católica de Chile.
VALERIA LÓPEZ MANCINI es abogada de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Candidata a Doctor en Derecho Canónico de la Universidad Católica Argentina (Argentina). Profesora de Derecho Canónico de la Facultad de Derecho Pontificia Universidad Católica de Chile. Patrono estable del Tribunal Interdiocesano de Santiago de Chile.
WILDO MOYA PLAZA es abogado de la Pontificia Universidad Católica de Chile. Magíster en Derecho de los Negocios de la Escuela de Negocios de la Universidad Adolfo Ibáñez. Profesor de Derecho Comercial de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile. Abogado senior del Banco Central de Chile entre el 2002 y en 2015, actualmente asociado fundador de MN Abogados.
ÁLVARO PAÚL DÍAZ es abogado de la Universidad de Los Andes (Chile). Doctor en Derecho de Trinity College Dublin (Irlanda), Máster en Derecho (MJur) de la Universidad de Oxford (Reino Unido). Profesor de Derecho Internacional y Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile.
NICOLÁS COBO ROMANI es abogado de la Pontificia Universidad Católica de Chile. Candidato a Doctor en Derecho de la Universidad de Salamanca, Máster en Comercio y Finanzas Internacionales de la Universidad de Barcelona (España). Profesor de Derecho Internacional y Director de la Escuela de Graduados de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile.
GONZALO DÍAZ VILLALOBOS es abogado de la Pontificia Universidad Católica de Chile. Candidato a Magíster en Derecho LLM de la Pontificia Universidad Católica de Chile. Profesor de Derecho del Trabajo de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile.
MAGDALENA OSSANDÓN WIDOW es abogada de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso. Doctora en Derecho de la Universidad de Navarra (España). Profesora de Derecho Penal de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile.
EQUIPO EDITOR
CARLOS FRONTAURA RIVERA es abogado de la Pontificia Universidad Católica de Chile. Actualmente, es Decano de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile, profesor de Historia del Derecho en la misma Facultad y Consejero del Instituto Nacional de Derechos Humanos.
CAROLINA BARRIGA CHÁVEZ es abogada de la de la Pontificia Universidad Católica de Chile. MBA de la Pontificia Universidad Católica de Chile. Profesora de Negociación de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile.
MARÍA FRANCISCA JARA SANDOVAL es educadora diferencial de la Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación, Magíster en Educación mención Gestión Educacional. Coordinadora de Desarrollo Docente de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile.
CONTENIDOS
Introducción
DERECHO CIVIL
Caso 1. Nulidad de un usufructo judicial
Caso 2. Cumplimiento excesivo
Caso 3. ¿Promesa nula o incumplida?
Caso 4. ¿Herederos modales o meros albaceas?
DERECHO CONSTITUCIONAL
Caso 1. Discutiendo los quórums
Caso 2. Discutiendo en el Congreso Nacional
Caso 3. La privacidad del Presidente
Caso 4. Calificaciones de Carabineros
DERECHO PROCESAL
Caso 1. El Ciudadano Kane
Caso 2. La renta
Caso 3. La oficina
Caso 4. Pagaré
DERECHO CANÓNICO
Caso 1. Padre Ruperto, de Villarrica a Etiopía
Caso 2. Terremoto, arte y derecho
Caso 3. Lo que Dios ha unido que no lo separe el hombre. Mt. 19,6
(La exclusión de la indisolubilidad como causa de invalidez del matrimonio)
Caso 4. Obstáculos camino al altar
DERECHO COMERCIAL
Caso 1. Legislación mercantil y su incidencia en la determinación de la carga de la prueba y del plazo de prescripción de las acciones judiciales
Caso 2. Procedencia del derecho de adjudicación preferente en la liquidación de una sociedad de personas mercantil, de las marcas comerciales aportadas en dominio a la sociedad
Caso 3. Contenido de los deberes de abstención y reserva en el ámbito de la información privilegiada
Caso 4. Garantías mobiliarias sobre flujos futuros
DERECHO INTERNACIONAL
Caso 1. Conflicto en el reino oriental
Caso 2. E vs. Narnia
Caso 3. Toma de Embajada de Estados Unidos en Irán (película Argo)
Caso 4. Resolviendo la implementación del Convenio 169 de la OIT
DERECHO LABORAL
Caso 1. El caso de Armando Meza
Caso 2. Mensajes para un mundo mejor
Caso 3. El gerente general
Caso 4. Puro deporte
Caso 5. Requieren de su asesoría
DERECHO PENAL
Caso 1. El repartidor
Caso 2. El sicario
Caso 3. Robo nocturno
Caso 4. La enfermera
INTRODUCCIÓN
En general, puede afirmarse que todas las actividades humanas para que tengan auténtico sentido están marcadas por la búsqueda de un equilibrio entre el preservar y el renovar. En la formación de personas esta característica se manifiesta de modo muy profundo y, al mismo tiempo, urgente. En efecto, formar personas íntegras implica siempre transmitir esa sabiduría que nos ha sido dada –quizá la primera y principal tarea– y, al mismo tiempo, introducir algo nuevo. (La proporción adecuada de ambas es garantía de que primará la civilización sobre la barbarie).
Hace ya largos ocho años que la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile, consciente de esta doble tarea de respetar la tradición y promover la innovación, decidió emprender un camino de reflexión sobre la enseñanza que estaba entregando. Ello se hizo, primero, a través del Comité Curricular, instancia creada por el exdecano, profesor Arturo Yrarrázaval, y, posteriormente, a través de una unidad de apoyo a la docencia instaurada por el profesor Roberto Guerrero durante su período como decano, el que finalizó el pasado mes de enero.
Fruto concreto de esta preocupación de los últimos años han sido varios proyectos competitivos que han obtenido financiamiento tanto de fondos estatales como de la propia Universidad Católica. El primero de ellos –que significó todo un hito– fue un Mecesup de tres años de duración (2008-2011), concurso convocado por el Ministerio de Educación y que abrió la senda de buena parte de los desarrollos futuros. En general, estos programas han estado enfocados en trabajar las habilidades propias de un egresado de derecho, haciendo propuestas que faciliten a los profesores su docencia y evaluación en este ámbito.
El presente texto es, precisamente, el resultado de uno de esos proyectos financiado por la Universidad a través del Fondo de Desarrollo de la Docencia, en específico el correspondiente al período 2013-2014. En este libro podrán encontrar casos redactados en ocho áreas del derecho (civil, constitucional, canónico, penal, comercial, internacional, trabajo y procesal), que pueden ser muy útiles para desarrollar tres habilidades muy importantes de nuestro perfil de egreso: trabajo en equipo, resolución de problemas y pensamiento crítico.
En la elaboración de este material participaron diez profesores de la Facultad, bajo la especial coordinación de Francisca Jara y Carolina Barriga, de la mencionada unidad de apoyo a la docencia. Estos profesores confeccionaron diversos casos con diferentes grados de complejidad. Esperamos que ellos sean útiles para la delicada labor formativa que desarrollan todos nuestros académicos, en particular, en lo que se refiere a la incorporación de las mencionadas habilidades en sus cursos.
Que nuestras últimas palabras sean para agradecer la generosa disposición que tuvieron para con este proyecto los profesores Jaime Alcalde, Gonzalo Candia, Nicolás Cobo, Gonzalo Díaz, Valeria López, María Teresa Hoyos, María Teresa Bravo, Wildo Moya, Álvaro Paúl y Magdalena Ossandón. Como es evidente, sin ellos, nada de esto sería posible: todo el reconocimiento por un trabajo tan cuidado y bien hecho les pertenece. Este esfuerzo es demostración de que la Facultad, coherente con su misión, transita por el camino que, incorporando lo nuevo, guarda fidelidad a la tradición.
CARLOS FRONTAURA
Derecho Civil
Jaime Alcalde Silva
CASO 1
NULIDAD DE UN USUFRUCTO JUDICIAL*
El caso plantea una situación sometida al conocimiento de la justicia ordinaria, donde los alumnos deben asumir el papel del juez y acoger o rechazar la demanda fundadamente a partir de los conocimientos aprendidos en los dos primeros cursos de derecho civil. Los alumnos han de resolver si un usufructo judicial constituido como forma de pago de una medida precautoria consistente en una pensión alimenticia adolece de nulidad absoluta por existir previamente inscrita una prohibición de celebrar actos y contratos, respecto de cierto bien raíz. El caso aborda así una serie de contenidos de la asignatura de derecho civil, como el derecho real de usufructo constituido por sentencia judicial, la aplicación de la teoría del título y modo en la adquisición de un derecho real de usufructo, la nulidad por objeto ilícito, el concepto de enajenación y el alcance de la prohibición de celebrar actos y contratos.
Presentación del caso
Por resolución de 16 de septiembre de 1996, el Primer Juzgado de Letras de Santiago decretó la medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos respecto del bien raíz ubicado en calle Latadía 386, comuna de Las Condes. Dicha medida fue inscrita ese mismo año y tenía por objeto asegurar la responsabilidad civil que afectaba a don Camilo Santibáñez Mardones en un juicio por responsabilidad extracontractual hasta la suma de doscientos millones de pesos.
El 14 de octubre de 2000, el inmueble fue rematado por orden del Primer Juzgado de Letras de Santiago, y adquirido por don Julio Cañas Argomedo. Sin embargo, la escritura pública de adjudicación se otorgó casi un año después, el 7 de noviembre de 2001, tras haberse cumplidos los trámites procesales de rigor. Los problemas comenzaron cuando el adquirente intentó inscribir la propiedad en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago, dado que este rehusó practicar la inscripción. La negativa venía fundada en que la escritura pública de adjudicación y compraventa transfería la propiedad plena, en circunstancias de que el propietario a quien se había rematado el bien raíz era dueño solo de la nuda propiedad, correspondiendo a sus hijos el usufructo sobre él. Existía también una prohibición convencional de gravar y enajenar a favor del Banco Santander.
El usufructo había sido constituido por sentencia definitiva de 17 de diciembre de 2000, dictada por el Cuarto Juzgado de Menores de Santiago en causa sobre derecho de alimentos. En ella se otorgó a los hijos de don Camilo Santibáñez Mardones, Marco Antonio y Constanza, ambos de apellidos Santibáñez Rojas, el derecho real de usufructo sobre el mentado inmueble y se decretó prohibición de no enajenar sobre el mismo, todo ello a tenor de la facultad que confería al juez el entonces artículo 11 (hoy artículo 9° II) de la Ley 14.908.
En 2007, ante el Décimo Juzgado de Letras de Santiago, el frustrado adquirente inició un juicio ordinario de nulidad con don Camilo Santibáñez Mardones y sus dos hijos, representados legalmente por su madre. La demanda perseguía que: (i) se declarara la nulidad absoluta del derecho real de usufructo inscrito en 2001, ordenándose su cancelación en los registros consenatorios respectivos; (ii) se condenara a los demandados a resarcir los perjuicios provenientes de los intereses y frutos de que no pudo gozar la parte demandante, y que estimó equivalían a los intereses que le habría generado el dinero que pagó para adjudicarse el bien raíz en la subasta realizada ante el Primer Juzgado de Letras de Santiago, teniendo como capital la suma de ciento treinta millones quinientos mil pesos entonces pagada, más los intereses corrientes, desde que se hizo el pago y hasta que se obtuviera la cancelación; (iii) se dejara sin efecto la prohibición de no enajenar sobre dicha propiedad decretada por el Cuarto Juzgado de Menores de Santiago en 2001. Fundaba su demanda en que el usufructo ordenado por el Juzgado de Menores había vulnerado la prohibición del artículo 1464 N° 3° del Código Civil, que declara existir un objeto ilícito en la enajenación de las cosas embargadas por decreto judicial, a menos que el juez lo autorice o el acreedor consienta en ello, de suerte que su constitución adolecía de nulidad absoluta de acuerdo con el artículo 1682 del Código Civil.
Los demandados no contestaron la demanda y el trámite fue evacuado en su rebeldía. La parte de los menores beneficiados con el usufructo sí evacuó dúplica, donde argumentó que la pretensión del actor carecía de fundamentos, puesto que el usufructo había sido concedido por sentencia judicial ejecutoriada y no acordado contractualmente por las partes. Además, arguyó que un tribunal diverso carece de potestad para anular lo resuelto por otro de igual jerarquía, ya que de permitirse se vulneraría el principio de protección de la cosa juzgada y normas de contenido constitucional.
Puesto en el lugar del juez del Décimo Juzgado Civil de Santiago, ¿cómo resolvería el presente caso? ¿Daría lugar a la demanda o la rechazaría? ¿Sobre la base de qué argumentos adoptaría una u otra solución?
Cabe tener presente que la atención se debe dirigir a los aspectos puramente sustantivos de la cuestión, sin preocuparse de otros de índole procesal