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Controversias. Libros VI-X. Suasorias
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Libro electrónico359 páginas5 horas

Controversias. Libros VI-X. Suasorias

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El conjunto de las Controversias y las Suasorias constituye el más completo estudio sobre la oratoria en la época de su autor.
El cordobés Lucio Anneo Séneca "El Viejo" o "El Retórico" (h. 55 a.C.-h. 39 d.C.), que no debe confundirse con su hijo, del mismo nombre, que es el que alcanzó más fama, se concentró en el estudio de la retórica y reunió dos colecciones de cuestiones sobre esta materia, Controversiae y Suasoriae, que se convirtieron en los ejercicios de las escuelas de retórica. En ambas ofrece una amplia colección de fragmentos de declamación, sobre todo de las escuelas de la época augústea, y fue Séneca, más que nadie, quien generalizó la idea, seguramente exagerada, de que las declamaciones consistían en poco más que un epigrama, pues estaba interesado en el detalle y en el epigrama y los "clores", los enfoques ingeniosos aplicados a un caso.
Las Controversias (de las que conservamos cinco de los diez libros originales), escritas por petición expresa de sus tres hijos, que según nos cuenta él mismo sentían un apasionado interés por el arte declamatorio de la generación inmediatamente anterior, especialmente por las sentencias que pronunciaban los oradores (generalidades formuladas de modo conciso) tratan de la elocuencia en los tribunales de justicia, y consisten en debates sobre asuntos ficticios en casos criminales o civiles. Además de autores antiguos como Tucídides, Séneca el Viejo cita a muchos de sus contemporáneos más aptos en todos los campos: hombres de Estado (desde Augusto en adelante), historiadores (Livio), poetas (sobre todo Ovidio) y filósofos. Poseen especial interés los prefacios a las Controversias, donde Séneca se refiere a los diversos oradores y declamadores, con juicios perspicaces sobre sus estilos, sus análisis y planteamientos en los debates, con multitud de comentarios marginales y anécdotas.
Las Suasorias (de las que conservamos un libro) son ejercicios de retórica deliberativa (política), discursos sobre cuestiones como si los trescientos espartanos de las Termópilas habrían luchado contra los persas o huido. Todos los ejemplos son extractos de los rétores a los que escuchó Séneca en algún momento de su larga vida, testimonio de su memoria prodigiosa, y constituyen una fuente de primer orden para la literatura.
IdiomaEspañol
EditorialGredos
Fecha de lanzamiento5 ago 2016
ISBN9788424937164
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    Controversias. Libros VI-X. Suasorias - Séneca el Viejo

    BIBLIOTECA CLÁSICA GREDOS, 340

    Asesores para la sección latina: JOSÉ JAVIER ISO y JOSÉ LUIS MORALEJO .

    Según las normas de la B. C. G., la traducción de este volumen ha sido revisada por OLGA ÁLVAREZ HUERTA .

    © EDITORIAL GREDOS, S. A.

    Sánchez Pacheco, 85, Madrid, 2005.

    www.editorialgredos.com

    REF. GEBO420

    ISBN 9788424937164.

    CONTROVERSIAS

    (LIBROS VI-X)

    LIBRO VI (EXTRACTOS)

    1. EL COMPROMISO POR ESCRITO CON EL HERMANO DESHEREDADO

    Un joven se comprometió por escrito a darle a su hermano, que había sido desheredado, la mitad de la herencia, con la condición de que no recurriera contra el desheredamiento. Éste no recurrió. El otro hijo es desheredado por el padre ¹ .

    Contra el hijo

    Ha contraído tantas deudas que no las va a poder pagar en vida de su padre. — ¿Quieres saber la confianza que inspiras? Ni siquiera tu hermano hubiera confiado en ti sin un compromiso por escrito. — Estoy retrasando las expectativas de uno y la promesa del otro. — Aún no me he muerto y mi patrimonio ya está repartido. — Como no me ayudéis ² , me va a ganar incluso el que no recurrió. — No oculto que hoy estoy desheredando a los dos. — Muestra el escrito, ese acuerdo entre parricidas, ese pacto alimentado por unas expectativas criminales, ese escrito impío para el que lo ha propuesto, vergonzoso para el que lo ha aceptado y peligroso para el padre de ambos.

    Por la parte contraria

    Compartiré contigo, hermano mío, todo lo que el destino nos depare: si hemos de alistarnos en el ejército, juntos nos alistaremos; si hemos de viajar, juntos recorreremos las ciudades; si he de mendigar el pan de cada día, también lo compartiré contigo. — No era mi intención exacerbar la ira todavía reciente de nuestro padre y por eso me pareció mejor que mi hermano se ganara su favor guardando silencio. — «Heredaré la parte que me toca y custodiaré la tuya; pero, puesto que en asuntos de gran importancia en quien más se confía es en uno mismo, te entrego este escrito. Tú apáñatelas para que parezca que lo has recibido de tu padre más que de tu hermano». — Intentábamos proceder de manera honrada y respetuosa, y lo hicimos tan abiertamente que nuestro padre se enteró. Pues, ¿qué tenía yo que temer?, ¿que mi padre, si se enteraba, se tomara a mal que su hijo no fuera un avaro sino un buen hermano? — Ojalá consiga yo reconciliar a nuestro padre con nosotros dos.

    2. EL PADRE EXILIADO QUE FUE EXPULSADO DE SU PROPIEDAD

    Es ilegal ayudar a un exiliado dándole techo y alimento.

    Aquel que sea convicto de homicidio involuntario deberá permanecer cinco años en el exilio.

    Un hombre, que tenía un hijo y una hija, fue hallado culpable de homicidio involuntario y partió al exilio. Solía ir a una propiedad suya cercana a la frontera. El hijo se enteró e hizo azotar al encargado de esa hacienda que, a partir de ese momento, le negó la entrada al padre. Empezó a ir entonces a casa de su hija. A ella se la acusó de haber dado cobijo a un exiliado, pero fue absuelta gracias a la defensa de su hermano. Pasados los cinco años, el padre deshereda al hijo ³ .

    Contra el hijo

    Mi acusador me obligó a alejarme de mis conciudadanos, mi hijo hasta de mi familia. — He hallado mayor dignidad en mi hija, que fue acusada, y mayor honradez en mi esclavo, que fue azotado. — Te has portado mal con tu padre, al que no dejaste entrar, con tu hermana, a la que perjudicaste con tu comportamiento, con los jueces, a quienes temiste en una causa tan fácil de ganar. — O tú has actuado mal o es tu hermana la que lo ha hecho. — De acuerdo con lo que mi hijo me enseñó, no lo acojo en mi casa. — «Mi hermana ha sido absuelta gracias a mi defensa». ¿Y tú te negabas a acoger a tu padre, cuando eras perfectamente capaz de defender una causa como ésta? — Al absolver a la que me acogió, se condenó al que me había echado. — Mi hija vio en mí a su padre; los esclavos, a su amo; sólo a ojos de mi hijo era yo un exiliado. — Perdóname tú, el más leal de mis esclavos, porque también a ti te he hecho daño sin querer. — ¿Te das cuenta de lo fácil que era la causa de ella, cuando la han absuelto aun teniendo un defensor como tú? — Si tuviera la intención de hacerte mi heredero al morir, tendría que ser capaz de legarte a un hombre así como esclavo ⁴ . — El que para los demás es un exiliado, para ti es tu padre. — La ley no obliga a delinquir, de ahí que la mujer no lo hiciera y saliera absuelta. — La ley se le aplica a quien ayuda a un exiliado, no a quien permite que se le ayude. — Desentiéndete, haz ver que no sabes nada, pues la ley te obliga a ser inocente, no a vigilar a los demás. — Si lo hubieras hecho por mi bien, me lo habrías advertido y al esclavo le habrías prohibido que me acogiera, pero no lo habrías hecho azotar.

    Por la parte contraria

    No podía quedarme callado ante algo que está prohibido por la ley. — Fue acusada y enseguida absuelta porque se pensaba que, pobre mujer, no conocía bien las leyes. — No tuve miedo por mí, sino por ti, ya que el asunto había llegado a oídos de la gente e intentaban capturarte, y yo temía que te mataran. — ¿Quieres la prueba de que se sabía todo? Mi hermana fue acusada. — Preferí azotar al más honrado de los esclavos antes que perder al mejor de los padres.

    3. LA MADRE DE UN BASTARDO QUE FUE ELEGIDA COMO PARTE DE UNA HERENCIA

    Al hermano mayor le corresponde dividir el patrimonio y al menor elegir una parte.

    Se puede reconocer a un hijo habido de una esclava.

    Un hombre, que tenía ya un hijo legítimo, reconoció a otro habido de una esclava y después murió. El hermano mayor dispuso la repartición de la herencia de modo que, en una parte, quedara todo el patrimonio y, en la otra, la madre del bastardo. El hermano menor eligió a la madre y luego acusa a su hermano de fraude ⁵ .

    Contra el hermano mayor

    Soy el único al que han desheredado en un reparto. — «Él podría haber elegido la otra parte», dice. Y tú sólo podías ser un hijo del mismo tipo que el hermano que demuestras ser. — La ley dispone que tú hagas la repartición y que yo elija; es evidente que lo hace por temor a que se engañe al menor. — La repartición que ha hecho supone que, si no quiero ser pobre, he de dejar a mi hermano en la indigencia y a mi madre en la esclavitud. — Repartir no es poner en una parte el patrimonio y en la otra una carga. — Era de tal calaña que su padre reconoció al hijo habido de una esclava como coheredero. — «Elige: o patrimonio o crimen». — Se suele llamar estafadores a los que se llevan algo; pero éste no ha dejado nada. — Me dice: «Tú has elegido ser pobre». Si tanto me gustara la pobreza, no me estaría quejando. — «No se pueden poner objeciones a lo que se ha hecho conforme a la ley». No, es justamente al revés: sólo se pueden poner objeciones a lo que se ha hecho conforme a la ley, pues un acto cometido fuera de la ley queda de por sí invalidado. El fraude siempre encubre un delito bajo apariencia de legalidad; a simple vista es legal, pero esconde una trampa. El fraude siempre se vale de la ley para alcanzar objetivos ilícitos. — La ley dispone que el mayor haga la repartición y que el menor elija, y ni tú has hecho una repartición ni él ha elegido. Lo has coaccionado de tal modo que se ha visto obligado a elegir lo que va en contra de sus intereses. — El amor que siento por mi madre era de sobras conocido; por eso no le daba miedo que yo fuera a elegir la otra parte.

    Por la parte contraria

    Yo me limité a hacer la repartición. El fraude no radica en la repartición sino en la elección. — Tienes a tu madre, mientras que hay quien ha tenido que rescatar a la suya a costa de todos sus bienes; tienes fama, mientras que hay quien ha intentado obtenerla con el fuego y las armas. — Ella se gastó una buena parte del patrimonio ejerciendo los derechos de una matrona con el descaro de una esclava. — ¿Acaso temías que me ensañara con ella? No me convenía hacerlo si cabía la posibilidad de que ella acabara siendo todo mi patrimonio. — Ahora posees exactamente lo mismo que yo, pues posees la parte que has querido. — Ni siquiera nuestro padre quería que poseyeras lo mismo que yo y por eso dejó que tu madre siguiera siendo una esclava.

    4. UN BREBAJE MORTÍFERO EN PARTE

    Se puede entablar un proceso por envenenamiento.

    Una mujer acompañó al exilio a su marido, un proscrito. Un día lo sorprendió a solas con una copa en la mano y le preguntó qué contenía. Él le contestó que era veneno y que quería morir. Ella le suplicó que le dejara beber un poco, diciéndole que no quería vivir sin él. Él se tomó parte del brebaje y le dio el resto a su mujer, pero únicamente murió ella. En el testamento aparecía como heredero el marido. Al volver del exilio se lo acusa de envenenamiento ⁶ .

    Contra el marido

    Se las arregló para que ella lo sorprendiera; tras ser sorprendido, para que le suplicara y luego bebió lo justo para seguir con vida. — Pero, ¿qué veneno es éste, que al único que no mata es al heredero? — No ha habido nunca nadie que le haya dado veneno a su mujer de manera tan descarada. — Éste, que dice desear la muerte, huyó para que no lo mataran. — Es el único que se ha hecho rico con una proscripción. Su mujer no pudo convencerlo de que viviera. Lo que lo convenció fue algo bastante más atractivo: la herencia de su mujer. — Sabía muy bien qué cantidad de brebaje tenía que beber. — Agredió a los del bando contrario con la espada, a los del suyo con veneno. — Los vencedores han dejado de matar antes que los vencidos. — ¿Cómo no pensar que pasaría esto si la mujer se había llevado al exilio el testamento, y el marido el veneno? — ¿Dónde está tu mujer? ¿Cómo no te da vergüenza? Ahora hasta los proscritos pueden regresar a la patria. — Apenas se hubo tomado el brebaje, se desplomó. No os sorprendáis de que el veneno fuera tan efectivo: es su heredero quien se lo dio. — Normalmente, el líquido menos denso e inocuo se queda flotando en la superficie, mientras que la parte más densa y letal se deposita en el fondo por su propio peso. — Es evidente que llevabas tiempo preparando el veneno, pues sabías perfectamente cómo dividirlo en dos. — Aunque se pueda exculpar a alguien que le haya dado veneno a uno que se lo estaba pidiendo, ¿se te puede exculpar a ti, que la incitaste a que te lo pidiera? — Era un tipo de veneno que, por su propio peso, quedaba depositado en el fondo del líquido. Él bebió justo hasta donde empezaba el veneno y su mujer se bebió el veneno.

    Por la parte contraria

    Amó a su marido en tiempos de paz, lo siguió en tiempos de guerra y no lo abandonó en su última decisión. ¡Cómo no se va a merecer que la siga yo, a pesar de mi inocencia! — Luché en la guerra civil, fui proscrito y partí al exilio. ¿Qué otra desgracia más cabe añadir a éstas, salvo beber veneno y seguir con vida? — Se lo dije: «Es veneno». Quienes tienen la intención de envenenar, lo ocultan. — En cierta ocasión Catón vendió veneno ⁷ . A ver si a un proscrito no le va a ser lícito comprar lo que a Catón le fue lícito vender.

    5. IFÍCRATES, ACUSADO

    Quien se valga de la violencia en un tribunal será condenado a muerte.

    Ifícrates, enviado a luchar contra el rey de Tracia, resultó vencido dos veces en combate, pero hizo un pacto con el rey y se casó con la hija de éste. De vuelta a Atenas, cuando fue citado a juicio, se pudieron ver cerca de la sala del tribunal algunos tracios armados con cuchillos y el propio acusado se presentó espada en mano. Llamados a dar su veredicto, los jueces pronunciaron públicamente una sentencia absolutoria. Se acusa a Ifícrates de haberse valido de la violencia en un tribunal ⁸ .

    Contra Ifícrates

    Todos los jueces estaban completamente atemorizados, como si fueras tú el que tuviera que juzgarlos a ellos. — Tu defensor compareció con su reino al completo; no instruyó para la guerra tantas tropas como para este juicio. — Ifícrates, envaina la espada, que esto es un juicio. — ¿Qué haces con una espada? Sabes bien que los que han sido vencidos dos veces deben deponer las armas. — Pero, ¿qué manera es ésta de trastocar el orden natural de las cosas, una boda en una guerra y una guerra en un tribunal?

    Por la parte contraria

    No me he valido de la violencia. Todo se ha desarrollado conforme a la ley: el acusador ha hablado cuando era su turno y el acusado ha respondido en el suyo; el juicio se ha desarrollado en todas y cada una de sus partes. — Cuando los jueces venían con el veredicto, desenvainé la espada para darme muerte en caso de que me condenaran. — Los jueces pronunciaron públicamente una sentencia absolutoria como muestra de gratitud a su general. — Me casé pensando en el bien del Estado, ya que nuestros soldados habían sido derrotados demasiadas veces en una guerra desafortunada. — Los bárbaros que se apostaron armados cerca de la sala del tribunal no lo hicieron para asistirme, sino porque es su costumbre. — «¿De qué podéis quejaros?, dijo Ifícrates, ¿de que os haya traído un rehén ⁹ ?».

    6. ADÚLTERA Y ENVENENADORA

    Se puede entablar un proceso por envenenamiento.

    Un hombre, que tenía mujer y una hija casadera habida de ella, le anunció a su esposa con quién pensaba casar a la hija. Ella le contestó: «¡Antes muerta que casada con ese hombre!» La muchacha murió la víspera de la boda y se encontraron indicios no se sabe si de indigestión o de envenenamiento. El padre hizo torturar a una esclava, que acabó diciendo que no sabía nada del veneno, pero sí del adulterio de su ama con el hombre con el que él iba a casar a su hija. El marido acusa a su mujer de envenenamiento y de adulterio ¹⁰ .

    Contra la mujer

    «Antes muerta»: ya tengo a la envenenadora, «que casada»: ya tengo a la adúltera. «Antes muerta»: así ha sucedido, «que casada»: así ha sucedido. — No me enteré del adulterio hasta después de que se hubiera cometido, pero del envenenamiento me enteré antes de que se cometiera. — Presento ante vosotros dos acusaciones y los testimonios de dos mujeres: una que dice lo que sucedió y otra que dice incluso lo que va a suceder. — Amante de su yerno, rival de su hija. — ¡Desdichada la casa en la que un adulterio sirve para demostrar un envenenamiento! — Le dije: «Es un hombre honesto»; le dije: «Es bien parecido». Mientras le alababa yo al yerno, se lo estaba recomendando como amante. — ¡Cuánto he tardado en darme cuenta de mis desgracias! No me creí lo del envenenamiento ni siquiera cuando se me advirtió, y sólo me enteré del adulterio por el envenenamiento. — Las bodas se han convertido en exequias y el lecho nupcial en uno fúnebre; con las antorchas de la felicidad ¹¹ se ha encendido la pira. — He aquí un cuerpo en descomposición, tumefacto por el veneno. ¿Qué más queréis? Los indicios confirman las palabras y la tortura, los indicios. — Lo que ha pasado concuerda con tus palabras: «¡Antes muerta que casada!» Así ha sucedido. Hemos visto el cuerpo en descomposición y con el cadáver de la hija delante nos hemos creído las palabras de la madre. — Un adulterio me ha dejado sin yerno, un parricidio, sin mujer, y un envenenamiento, sin hija.

    Por la parte contraria

    La ha acusado de dos delitos muy graves: adulterio y envenenamiento. Del adulterio es testigo una esclava; del envenenamiento, ni siquiera una esclava. — Enfadada como estaba porque no se le había consultado, se le escaparon unas palabras que ahora lamenta tanto como la muerte de su hija. — Mira que decir: «¡Antes muerta que casada con ese hombre!» Pero son palabras de dolor, que se le escaparon sin pensar; es una predicción hecha al azar, como se hace tan a menudo.

    7. EL LOCO QUE LE CEDIÓ LA MUJER A UN HIJO

    Se puede entablar un proceso por demencia.

    Un hombre que tenía dos hijos se casó. Uno de los jóvenes cayó enfermo y, cuando estaba en las últimas, los médicos dijeron que el origen del mal era psíquico. El padre entró en la habitación del hijo espada en mano y le pidió que le contara lo que le pasaba. El hijo le explicó que estaba enamorado de su madrastra. El padre le cedió la mujer. El otro hijo lo acusa de demencia ¹² .

    A favor del padre

    Esto sí que es nuevo: un hermano cruel, una madrastra compasiva. — ¿Estoy loco porque gracias a mí, otro ha recobrado la cordura? — Sí, le he entregado a mi esposa, pero se la había quitado antes: «Pongo por testigos a los dioses que velan por el amor filial, me dijo, de que me enamoré de ella antes de que la tomaras por esposa». — ¿Y llamas injusticia a tener hermano y no tener madrastra? — Pasé armado ante los ojos de éste ¹³ ; nadie, salvo mi hijo enfermo, me arrebató la espada. — A un padre que no puede soportar ver a su hijo en peligro de muerte se le ha de perdonar cualquier cosa que haga.

    Por la parte contraria

    Uno lo ha curado haciendo de alcahuete, el otro se ha recuperado cometiendo un parricidio ¹⁴ . — ¿Qué? ¿No lo consideras adulterio porque el marido es el intermediario? No sé cuál ha sido su mayor locura, si casarse con su mujer, quedarse con ella, renunciar a ella o darle otro marido. — ¡Qué loco ha de estar quien se toma el adulterio como una buena acción! — El marido no empuñó la espada para castigar un adulterio sino para propiciarlo. — Más le valdría a mi hermano haberse muerto antes que dejarse curar de manera tan deshonrosa. ¿Y si hubiera deseado a su madre o a su hermana? Hay remedios peores que la propia enfermedad. — Todo lo tramaron entre el hijastro y la madrastra: simularon la enfermedad y se burlaron de mi padre con la más vil de las farsas.

    8. EL VERSO DE LA VIRGEN VESTAL

    Una virgen vestal compuso el siguiente verso: «¡Dichosas las casadas! Que me muera, si no es dulce casarse». Se la acusa de un delito contra la castidad ¹⁵ .

    Contra la vestal

    «¡Dichosas las casadas!»: así habla quien expresa un deseo. «Que me muera, si no…»: así habla quien está bien seguro de lo que dice. «…es dulce casarse»: o juras porque lo has probado o, si no lo has probado, estás jurando en falso, y ni lo uno ni lo otro es propio de una sacerdotisa. — Los magistrados bajan las fasces ante ti, los cónsules y los pretores te ceden el paso ¹⁶ . ¿Te parece poco como compensación a tu virginidad? — En contadas ocasiones una sacerdotisa debe hacer un juramento y sólo lo hará por Vesta, su diosa. — «Que me muera»: ¿Se ha extinguido acaso el fuego eterno ¹⁷ ? «Que me muera»: ¿Es que te han hecho una proposición de matrimonio? — A ti, Vesta, finalmente te invoco: sé tan hostil con tu sacerdotisa como odiosa le resultas a ella. — Recita el poema para que vea cómo es. — ¿Qué? ¿Vas a componer tú un poema, vas a suavizar las palabras convirtiéndolas en verso y vas a romper con el ritmo la austeridad que exige un templo? — Si realmente quieres ensalzar el matrimonio, cuenta la historia de Lucrecia, escribe sobre su muerte antes de ponerte a jurar por la tuya ¹⁸ . — ¡Te mereces todos los castigos, pues hay algo que te resulta más dichoso que el sacerdocio! — «Es dulce». ¡Qué frase más sentida! ¡Cómo se nota que sale de lo más profundo de las entrañas de alguien que no sólo lo ha probado sino que también ha gozado con ello! — Incluso la que nunca ha mantenido relaciones sexuales, con sólo desearlas viola su voto de castidad.

    Por la parte contraria

    Un solo verso, y ni siquiera entero, es lo que se le reprocha. — «No está bien que escriba poemas». Hay una gran diferencia entre un reproche y un castigo. — No se puede condenar a ninguna vestal por un delito contra la castidad si no han mancillado su cuerpo. — ¿Tú te crees que los poetas escriben lo que sienten? — Ha llevado una vida decorosa y estricta, no se arreglaba de manera muy vistosa, no mantenía conversaciones atrevidas con los hombres. Su único delito, eso es cierto, es que tiene talento. — ¿Por qué no puede envidiar a Cornelia ¹⁹ o a la madre de Catón o a las de las sacerdotisas?

    Anexo

    Vario Gémino dijo ante el César: «César, quienes se atreven a hablar en tu presencia ignoran tu grandeza, y quienes no se atreven, tu benevolencia».

    ¹ Para el desheredamiento véase la nota inicial de la Contr. I 1.

    ² Se dirige a los jueces.

    ³ La primera ley, si bien es griega, está en perfecto acuerdo con la aquae et ignis interdictio romana, esto es, «la prohibición de agua y fuego», fórmula que recogía la sanción tanto religiosa (excomunión), como administrativa (proscripción) y económica (confiscación de los bienes) que obligaba al sancionado a exiliarse. En CICERÓN , Sobre la casa 30, 78, la fórmula especifica la prohibición de «techo, agua y fuego». Se castigaba a quien diera acogida o asistiera a un exiliado (cf. CICERÓN , Sobre la casa 20, 51), medidas éstas que Augusto hizo más severas (DIÓN CASIO , LVI 27). Leyes parecidas en Declam. men. 248; 296; 305; 351. Para la segunda ley véase la nota inicial de Contr. IV 3; para el desheredamiento, la de Contr. I 1.

    ⁴ Y no de manumitirlo, según Winterbottom. El sentido resulta, de todos modos, algo oscuro.

    ⁵ La primera ley parece remontarse a ciertas disposiciones de la Ley de las XII Tablas; en cualquier caso, el procedimiento aquí descrito de división y repartición entre hermanos del patrimonio heredado debía de ser, en cierta medida, una costumbre, pues como tal aparece en AGUSTÍN , Ciudad de Dios XVI 20. La segunda ley, en virtud de la cual se reconoce a un hijo habido de una esclava, puede también responder a una costumbre, menos frecuente que la anterior, que conllevaría necesariamente la manumisión de un hijo que, de hecho, ha nacido esclavo. Menos claro resulta si este reconocimiento comportaba derechos de herencia idénticos a los de un hijo legítimo de nacimiento, como se da a entender en la presente controversia. Se ha sugerido que la legislación de época de Augusto pudo haber regulado de alguna manera una situación como ésta. Por otra parte, la acusación de fraude mencionada en el argumento se podía llevar a cabo en virtud de la Lex Plaetoria de circumscriptione adulescentium (ca. 200 a. C.) que establecía una serie de sanciones contra los que engañaban en los negocios a los jóvenes de una edad comprendida entre los 14 y los 25 años, edad que puede corresponderse muy bien con la del muchacho de la controversia. Las leyes y el argumento de esta controversia aparecen citados y comentados en SULPICIO VÍCTOR , Instituciones oratorias 38.

    ⁶ La ley, al menos en los términos en que aparece, no se ajusta con exactitud a la realidad romana. El proceso aquí mencionado es de tipo privado, cuando en realidad los casos de envenenamiento eran llevados ante un tribunal permanente, creado en tiempos de Sila, que se encargaba de juzgar estos crímenes (quaestio de sicariis et ueneficiis ) para los que existía una ley específica (cf. Contr. III 9). Sobre las proscripciones y los exiliados véase la nota inicial de Contr. IV 8.

    ⁷ Según Plinio el Viejo, Marco Porcio Catón de Útica (también conocido como Catón el Joven) fue acusado de haber vendido veneno en la subasta de los bienes de Ptolomeo de Chipre (PLINIO , Historia Natural XXIX 96).

    ⁸ Aunque el argumento y los personajes de esta controversia son griegos, la ley responde en buena medida a la normativa romana. En efecto, la intimidación a un tribunal mediante una intervención armada era castigada por la Lex Plautia de ui (89 a. C.) y por la Lex Iulia de ui publica (ca . 17 a. C.), aunque no parece que el castigo fuera la pena capital, al menos según la última ley citada. Ifícrates (s. IV a. C.), el general ateniense, fue un magnífico estratega e instructor de ejércitos, que se destacó en las luchas posteriores a la guerra de Peloponeso. Luchó con éxito en Tracia en el 396 a. C.; luego se alió con Cotis, rey de Tracia, de cuya hija tuvo un hijo (véase CORNELIO NEPOTE , Ifícrates ). Diversas fuentes señalan que fue acusado de alta traición junto con Timoteo, otro destacado general ateniense (DIODORO DE SICILIA , XVI 21, 4; NEPOTE , Ifícrates 3, 3, y Timoteo, 3). POLIENO , Estratagemas III 9, 29 añade que, durante el proceso, Ifícrates intimidó a los jueces mostrándoles su espada durante el juicio y que fue absuelto por miedo a que hiciera entrar en la sala a sus partidarios armados. Sin embargo, la acusación no fue como consecuencia de su actuación en Tracia —como se deja entrever en la controversia—, sino por acontecimientos ocurridos muy posteriormente, por lo que estamos ante una adaptación bastante libre de un hecho probablemente histórico. El argumento es tratado más brevemente en QUINTILIANO , Declamaciones menores 386, donde se acusa a Ifícrates de haber acudido al juicio acompañado por Cotis, el rey de Tracia, y con una espada al cinto.

    ⁹ El rey de Tracia, convertido en su suegro.

    ¹⁰ Para la ley véase la nota inicial de la Contr. VI, 4. El argumento está tratado en QUINTILIANO , Declamaciones menores 354 y en CALPURNIO FLACO , Declamaciones 40. Para el adulterio véase la nota inicial de Contr. I 4.

    ¹¹ Alusión a las antorchas que acompañaban a la novia en su camino a la casa del novio después de la cena nupcial.

    ¹² Para la ley y la acusación véase la nota inicial de Contr. II 3. El argumento, en lo que respecta a la enfermedad, al enamoramiento de la madrastra y a la cesión de la mujer, parece estar basado en la famosa historia de Antíoco y Estratonice, reina de Asiria, que recogen VALERIO MÁXIMO , Hechos y dichos memorables V 7, ext. 1, LUCIANO , Sobre la diosa siria 17-18, PLUTARCO , Demetrio 38. En QUINTILIANO , Declamaciones menores 291, y CALPURNIO FLACO , Declamaciones 48, encontramos una historia similar, aunque en ese caso el joven se enamora de su cuñada.

    ¹³ El hijo que lo acusa de demencia.

    ¹⁴ Robándole la mujer al padre. El término ‘parricidio’ está usado aquí hiperbólicamente; véase nota inicial de Contr . III 2.

    ¹⁵ Sobre las vestales y la acusación véanse las notas iniciales de las Controversias I 2 y I 3. El verso es un hexámetro dactílico (trad. de R. CARANDE , Fragmentos de poesía latina épica y lírica, vol. II, pág. 93). El argumento es comparable con el caso narrado por LIVIO , Historia de Roma desde su fundación IV 44, 11, de la vestal Postumia, acusada de falta de castidad por el cuidado que ponía en su atuendo y por su actitud poco cohibida.

    ¹⁶ Eran privilegios de las vestales; cf. Contr . I 2, 3.

    ¹⁷ Mantener siempre vivo el fuego sagrado de Vesta era la principal obligación de las vestales.

    ¹⁸ Sobre Lucrecia véase Contr. I 5, 3.

    ¹⁹ La madre de los célebres tribunos de la plebe Tiberio y Gayo Sempronio Graco.

    LIBRO VII

    PREFACIO

    Séneca saluda a sus hijos Novato, Séneca y Mela.

    Todos los días me insistís en que os hable de Albucio. [1] Ya no os voy a hacer esperar más, aunque lo cierto es que yo no iba a escucharlo con frecuencia, pues él hablaba en público sólo unas cinco o seis veces al año y eran pocos los que tenían acceso a sus ejercicios privados. Esos pocos, por lo demás, se arrepentían de disfrutar de tal privilegio; porque Albucio, cuando se entregaba a las multitudes era de una manera, y de otra muy distinta cuando se contentaba con una minoría. En tal caso solía empezar sentado y, si en algún momento se veía arrastrado por la pasión, sólo entonces se atrevía a levantarse ²⁰ . En ocasiones como ésas, sus célebres reflexiones filosóficas, impropias de la declamación, se desplegaban sin control y sin final. Raramente desarrollaba una controversia entera y no se podría decir que lo suyo fuera ni una división ni una declamación; si bien le faltaba mucho para ser una declamación, le sobraba

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