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Documentos para la historia fiscal del erario de Nueva España (1808-1821)
Documentos para la historia fiscal del erario de Nueva España (1808-1821)
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Libro electrónico1593 páginas21 horas

Documentos para la historia fiscal del erario de Nueva España (1808-1821)

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Los 143 documentos presentes en esta selección presentan dos tipologías. Por una parte, legajos o expedientes que agrupan a varios documentos que se articularon en la propia época a raíz de acontecimientos que provocaron su elaboración. Por la otra, documentos que hemos entresacado dado el interés que podían aportar al estudio del Erario de Nueva España en el tiempo que abarca desde las abdicaciones de Bayona (1808) hasta la proclamación de independencia de la América Septentrional bajo la forma política del imperio mexicano (1821), como son cartas, informes, instrucciones, reglamentos, memorias, proyectos, bandos, reales órdenes, decretos, resúmenes, comparaciones, estados contables, etc. Gracias a ellos, y según los objetivos de investigación, se pueden reconstruir, entre otros aspectos, magnitudes generales, regionales y locales del Erario de Nueva España (cargos, datas, ingresos, egresos, déficits, préstamos, existencias, descubiertos, alcances, etc.), procedimientos contables y administrativos en la gestión de los ramos del fisco, la conformación y funcionamiento de juntas de autoridades y arbitrios virreinales, provinciales y locales o los múltiples conflictos acaecidos en los diversos niveles institucionales, sectoriales y regionales del Erario durante los críticos años de 1808 a 1821. En ocasiones, se anexan documentos referidos a cuestiones militares y políticas que ayudan a reconstruir los diversos contextos de enunciación de las fuentes incorporadas.
IdiomaEspañol
Fecha de lanzamiento11 ene 2018
ISBN9786079475628
Documentos para la historia fiscal del erario de Nueva España (1808-1821)

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    Documentos para la historia fiscal del erario de Nueva España (1808-1821) - Ernest Sánchez Santiró

    A Carlos Marichal       

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    ÍNDICE

    INTRODUCCIÓN

    FUENTES FISCALES PARA EL ERARIO DE NUEVA ESPAÑA EN EL PERIODO de 1808 a 1821

    FUENTES CONSULTADAS

    ÍNDICE DE DOCUMENTOS

    INTRODUCCIÓN

    Ernest Sánchez Santiró

    Instituto Mora

    La construcción de un volumen de fuentes documentales para la historia del Erario de Nueva España en el crítico periodo de 1808 a 1821 constituye el objeto del presente libro. Una tarea que pretende recorrer la senda trazada desde el siglo xix por historiadores y bibliófilos mexicanos que vieron la necesidad de acompañar los artefactos historiográficos que dedicaron a la convulsa década de 1810 con apéndices documentales que certificasen la veracidad de sus afirmaciones o que, directamente, fueron concebidos desde un inicio como recopilaciones de fuentes en las que los propios documentos parecían narrar al lector los hechos más relevantes de lo acontecido entonces. Ejemplos notables de ambas facetas serían, en el primer caso, la Historia de Méjico de Lucas Alamán,1 obra en cinco tomos publicada entre 1849 y 1852, en la que el autor consideró oportuno incorporar numerosos apéndices en los que se volcaron documentos de muy diversa índole y temporalidad, mientras que en el segundo, ocupan un lugar central la Colección de documentos para la historia de la guerra de Independencia de México de 1808 a 1821, obra en 6 volúmenes publicada por Juan E. Hernández y Dávalos entre 1877 y 1882,2 y los Documentos históricos mexicanos, obra en siete volúmenes dirigida por Genaro García, publicada entre 1910 y 1912.3 Una línea de trabajo que fue continuada a lo largo del siglo xx con un marcado acento en el rescate de fuentes que mostrasen la actividad de algunos de los máximos líderes que encabezaron la insurgencia, como José María Morelos y Pavón,4 o de los promotores de opciones autonomistas, caso de los denominados guadalupes.5 En otras ocasiones, los repertorios incluyeron obras de contenido político que precedieron a la propia insurgencia y que se vieron como antecedentes conformadores de hitos posteriores como la Constitución de Apatzingán.6 Hubo también ejemplos en los que se estableció un decurso que llevaría sin solución de continuidad desde las proclamas de Miguel Hidalgo en octubre de 1810 hasta el Plan de Iguala de 1821.7 En este sentido, la publicación de fuentes sobre corporaciones novohispanas emanadas de la Constitución de Cádiz, como es el caso de las diputaciones provinciales, fue menos frecuente.8

    Sobre este sustrato básico, y al abrigo de los actos conmemorativos del denominado bicentenario del inicio del proceso de Independencia, la publicación o reedición de fuentes documentales ha experimentado un notable auge en la historiografía mexicana, siendo la nota característica la relativa especialización temática o la delimitación espacial, con un marcado acento regional. Al socaire de este impulso, y con un contenido en el que continúa predominando la presentación de fuentes relativas al movimiento político y armado insurgente, en sus muy diversas etapas y dimensiones,9 han aparecido obras que han recuperado, entre otros, documentos de la vida política del Congreso de Chilpancingo10 o las diversas posturas en torno a la independencia de México.11

    Como proceso paralelo a estas compilaciones de documentos, contamos también con la publicación de fuentes en torno a la crisis política desatada tras las abdicaciones de Bayona de 1808, la cual derivó en una especie de consulta a la nación12 y que tuvo como una de sus posibles salidas institucionales la conformación del denominado Constituyente gaditano.

    En este contexto, resalta la publicación en los últimos años de fuentes relativas a dicho constituyente, como son las actas de sesiones de las Cortes generales y extraordinarias que sesionaron entre 1810 y 1813,13 o las relativas a la propia carta constitucional,14 así como las actas que emanaron de algunas de las diputaciones provinciales que se instalaron y funcionaron en Nueva España entre 1813-1814 y 1820-1821.15

    Indicábamos también que uno de los trazos que caracterizan los últimos esfuerzos editoriales enfocados a la presentación de fuentes documentales de la década de 1810 ha sido la dimensión regional. En este ámbito, el espacio veracruzano, uno de los teatros primordiales de la guerra civil, ha destacado por la atención que le han prestado los historiadores.16

    NOTAS

    1 Alamán, Historia de Méjico, 1849-1852, 5 vols.

    2 Hernández y Dávalos, Colección de documentos, 1877-1882, 6 vols. Una obra que ha tenido sucesivas reediciones, totales o parciales, dada su importancia para la historia de la independencia de México (Hernández y Dávalos, Historia de la guerra, 1985) y que en los últimos años, con motivo de la conmemoración del bicentenario, ha visto su aparición en formato electrónico (Hernández y Dávalos, Revolución de independencia, 2010), así como su inserción para libre consulta en una página web del Instituto de Investigaciones Históricas de la UNAM, enfocada a aportar fuentes para el estudio del proceso de independencia (Hernández y Dávalos, Colección de documentos, 2007-2008: http://www.pim.unam.mx/juanhdz.html. Consulta: 13 de marzo de 2015.]

    3 García, Documentos históricos, 1910-1912, 7 vols.

    Morelos: antología, 1985.

    Los guadalupes y la independencia, 1966.

    6 Torre Villar, La Constitución de Apatzingán, 1964.

    Planes de la Nación, 1987.

    Actas de la Diputación, 1985.

    9 Junto a la publicación de documentos relativos, una vez más, a los líderes insurgentes (Miguel Hidalgo, 2009; José María Morelos, 2013), se localizan obras que intentan estructurar un catálogo básico que dé cuenta de las fuentes susceptibles de reconstruir en su complejidad a dicho movimiento político y militar (Urbina, documenta insurgente, 2003) o proceden directamente a la compilación de documentos que integran un corpus que, arrancando de textos de época, remite sin solución de continuidad a la producción historiográfica contemporánea (Independencia de México, 2010). En este contexto, la Constitución de Apatzingán continúa ocupando un lugar central en esta producción historiográfica: La Constitución de Apatzingán, 2014.

    10 Documentos del Congreso, 2012.

    11 Los discursos opuestos, 2006.

    12 Al respecto, destaca la publicación de poderes e instrucciones de Nueva España y Centroamérica: Documentos para el estudio, 2005.

    13 En esta actividad destaca la publicación en papel y formato digital de libre acceso en la red de dichas actas. Diario de sesiones, 2015, 8 tomos y http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/libro.htm?l=3994 [Consulta: 3 de febrero de 2016.]

    14 La Constitución de Cádiz, 2012.

    15 A la reedición de las actas de la Diputación provincial de Nueva España (La Diputación Provincial, 2007), se ha unido el descubrimiento y publicación de las de Yucatán (La Diputación Provincial, 2006) y Nueva Galicia (La Diputación Provincial, 2004), para el periodo previo a la independencia.

    16 Ortiz, Veracruz 1810-1825, 2008 (en especial el volumen i, dedicado al periodo 1810-1820).

    FUENTES FISCALES PARA EL ERARIO DE NUEVA ESPAÑA EN EL PERIODO de 1808 a 1821

    Como habrá podido comprobar el lector, la publicación de fuentes referidas específicamente a la historia de la fiscalidad en Nueva España durante la década de 1810 no ha constituido per se un punto de interés para la historiografía. No se trata de que hayan estado ausentes en los corpus documentales citados previamente los textos relativos a diversos aspectos del acontecer fiscal del país, ya fuese en los puntos referidos a los ingresos, los gastos (en especial, los militares ocasionado durante la guerra civil) o la deuda pública,17 pero sí el hecho de que no se ha conformado como una temática que ameritase un tratamiento específico.

    En la medida en que la historiografía fiscal sobre Nueva España y México, especialmente la relativa a los siglos XVIII y XIX, ha experimentado un crecimiento notable en las dos últimas décadas se ha abierto la posibilidad y se ha visto la conveniencia de localizar y reproducir documentos relacionados con el acontecer fiscal de uno de los actores implicados en la crisis del régimen virreinal durante la etapa de 1808-1821: El Erario de Nueva España.18 Es importante tomar en cuenta este elemento de delimitación institucional ya que otros ámbitos fiscales coetáneos al acontecer del Erario de Nueva España en dicho periodo, como los diversos intentos de construir y consolidar un Erario insurgente y trigarante, la conformación de Haciendas provinciales al abrigo de las diputaciones previstas en la Constitución de Cádiz o el establecimiento de rentas de carácter extraordinario en las ciudades, villas, pueblos, haciendas y ranchos con miras a financiar las milicias realistas de la contrainsurgencia, a pesar de su importancia, no constituyen, como veremos, el objeto del presente repertorio de fuentes, aunque no estarán del todo ausentes en él.19

    En relación con los estudios que cubren la historia fiscal de la Real Hacienda de Nueva España entre las últimas décadas del siglo XVII y los primeros años del XIX se cuenta hasta ahora con tres fuentes básicas para la reconstrucción de su desempeño. En primer lugar, el Libro de la razón general de la Real Hacienda de Nueva España. Una verdadera recopilación de parte del ordenamiento jurídico del Erario regio novohispano mediante el cual, y en palabras de dos encargados de realizarlo en la década de 1790, Fabián Fonseca y Carlos de Urrutia, hallarán los jefes superiores de la monarquía y el reino, y los particulares de las direcciones y subalternos empleados en el despacho de las oficinas, resueltas y declaradas cuantas dudas suelen ocurrir a cada paso, y les embarazan el desempeño y pronta ejecución de sus ministerios. Una obra que no pudo completarse en su cabalidad ante la falta de noticias de la totalidad de las cajas reales del virreinato, de hecho apareció publicada casi 50 años después (1845-1853) bajo el título de Historia general de Real Hacienda.20 En segundo lugar, las Relaciones de valores y distribución de la Real Hacienda de Nueva España del quinquenio 1744-1748, en las que, además de una rica información cuantitativa, se explica el método contable de los contadores y tesoreros del Erario regio de Nueva España bajo las normas del sistema denominado de partida simple.21 En tercer lugar, las llamadas cartas-cuentas de las cajas reales del Erario de Nueva España, es decir, los sumarios resumen de los libros comunes de cargo y data de dichas dependencias fiscales, publicadas por John J. TePaske y Herbert S. Klein entre 1986 y 1988.22

    A pesar de sus numerosas virtudes, estas obras presentan limitaciones para su empleo en el periodo 1808-1821. En el caso de la Historia general o las Relaciones de valores y distribución, no permite dar cuenta de los cambios fiscales vividos entre finales de la década de 1790 y 1821, lo cual deja fuera de su alcance todas las novedades que en materia de regulación institucional y contable, creación de nuevos gravámenes, gestión y composición del gasto público y desarrollo de la deuda pública experimentó el Erario de Nueva España en dicho periodo. Por lo que afecta a las cartas-cuentas publicadas por TePaske y Klein, en la mayoría de los casos interrumpen su presencia anual continua a partir del segundo lustro de la década de 1800.

    Con estas aclaraciones previas, podemos entrar en la caracterización del contenido de las fuentes documentales incluidas en el presente repertorio, con el fin de orientar al lector sobre sus alcances y limitaciones.

    Tipología de los documentos

    Los 143 documentos presentes en esta selección muestran dos tipologías. Por una parte, legajos o expedientes que agrupan a varios documentos que se articularon en la propia época a raíz de acontecimientos que dieron origen a su elaboración. Por la otra, documentos que hemos entresacado de diversos acervos dado el interés que podían aportar al estudio del Erario de Nueva España en la etapa de estudio indicada previamente (cartas, informes, instrucciones, reglamentos, memorias, proyectos, bandos, reales órdenes, decretos, resúmenes, comparaciones, estados contables, etc.). Gracias a ellos, y según los objetivos de cada investigación, se pueden reconstruir, entre otros aspectos, magnitudes generales, regionales y locales del Erario de Nueva España (cargos, datas, ingresos, egresos, déficits, préstamos, existencias, descubiertos, alcances, etc.), procedimientos contables y administrativos en la gestión de los ramos del fisco, la conformación de juntas de autoridades y arbitrios virreinales, provinciales y locales o los múltiples conflictos acaecidos en los diversos niveles institucionales, sectoriales y regionales del Erario durante los críticos años de 1808 a 1821. En ocasiones, se anexan documentos referidos a cuestiones militares y políticas que ayudan a reconstruir los diversos contextos de enunciación de las fuentes incorporadas.

    El repertorio de fuentes contempla ciertos rubros básicos para la reconstrucción de los cambios experimentados por el Erario de Nueva España en la coyuntura que hemos seleccionado. Así, el lector encontrará estados generales sobre el desempeño del fisco novohispano que muestran la situación de los ramos de ingreso y egreso, al igual que sus alcances y existencias. En aras de ponderar el deterioro experimentado durante la década de 1810, se consigna el Estado de valores (ingresos) y distribución (egresos) del Erario de Nueva España de 1799, como punto de comparación. En este mismo ámbito se hallan documentos sobre la Tesorería General de Ejército y Real Hacienda/Hacienda pública (según las coyunturas políticas) de Nueva España, verdadera caja matriz del virreinato, una memoria del efímero Ministerio de Hacienda de Ultramar referida al fisco novohispano, elaborada por Esteban Varea, que fue presentada a la Cortes generales y extraordinarias en 1811, y los documentos que mandó elaborar y llevar a la imprenta el virrey Félix María Calleja en 1816 sobre la evolución, entre otros, de ciertos ramos del Erario entre 1810 y la fecha indicada, en aras de ilustrar la buena gestión desempeñada por su gobierno (1813-1816); una obra que adquiere toda su lógica si se aprecia que estaba determinada por el momento de abandono del cargo y su sustitución por el nuevo virrey, Juan Ruiz de Apodaca.23

    En la esfera del gobierno de la Hacienda, el repertorio consigna como punto de arranque el arreglo de la contabilidad de las cajas de las Indias, según la Instrucción práctica de 1784, verdadero modelo que se generalizó en la administración fiscal de la corona en América y que siguió en vigor hasta 1821 (doc. 1). Asimismo, se recogen diversos documentos que muestran el deterioro del gobierno del Erario y la dificultad para mantener el control centralizado que se había ejercido hasta 1810 (docs. 17 y 112), pero también la aparición de nuevas estructuras de gobierno y control fiscal en el contexto de la guerra civil como la Administración de arbitrios (doc. 134) o la Aduana de Tampico (doc. 105).

    Una parte fundamental del repertorio está constituida por la incorporación de documentos que intentan ilustrar, dentro de una masa ingente de registros conservados en los diversos archivos que tratan el periodo, dos fenómenos en materia de ingresos fiscales. Por una parte, las vicisitudes experimentadas por las rentas que había en 1810, teniendo como centro básico y por su importancia económica y fiscal, el estanco del tabaco,24 las alcabalas (docs. 12, 33 y 50), los impuestos a la producción minera de metales preciosos (docs. 113 y 140), el tributo de indios y castas (docs. 59 y 127) o la renta del azogue y los gravámenes sobre el comercio externo.25 Por la otra, el despliegue de una ubicua e intensa fiscalidad extraordinaria26 como respuesta a dos exigencias perentorias: compensar la caída de los ingresos aportados por las rentas tradicionales con motivo de la contienda armada y la resistencia fiscal de los causantes y el fungir como garantía de los numerosos préstamos voluntarios y forzosos que se levantaron entre 1810 y 1821 en toda la extensión del virreinato. Aquí vemos aparecer el denominado derecho de convoy (docs. 90, 107), el derecho de extracción de platas por el Mar del Sur (doc. 85), el impuesto de 10% sobre los arrendamientos de casas,27 la introducción de la contribución directa general y extraordinaria sobre rentas netas (doc. 39) y su transformación en la subvención temporal de guerra (docs. 53 y 57), al igual que una de las principales novedades institucionales del periodo, a saber: las casas de moneda provisionales, que vinieron a quebrar el monopolio ejercido hasta 1810 por la Casa de Moneda de México en materia de gobierno y acuñación de numerario en Nueva España.28 En este mismo ámbito, resaltan los documentos referidos a la acuñación y regulación de la moneda de cobre (docs. 51 y 52) y la Memoria sobre las Casas de Moneda provisionales de 1817 de Fausto de Elhúyar que, hasta donde tenemos conocimiento, no había sido publicada hasta ahora (doc. 108).

    En este mismo ámbito de la fiscalidad extraordinaria, cabe indicar que los nuevos gravámenes y la elevación de tasas con motivo de la guerra tenían alcances disímiles. En el primer caso, se trataba de un cambio en el cuadro de rentas que debían satisfacer los causantes, lo que llevó aparejado un complejo proceso de negociación con el orden corporativo virreinal en el que se esperaba legitimar el cambio, mientras que en el segundo, y sin negar las posibles facetas negociadoras que amortiguasen el conflicto, se procedía generalmente de manera más expedita por parte de la entidad exactora. Como muestra de las nuevas instancias negociadoras de alcance virreinal hemos incorporado una amplia selección de documentos referidos a la denominada Junta menor de arbitrios que funcionó a lo largo de 1815, en la cual se sometió a escrutinio y deliberación todos los ámbitos del Erario de Nueva España (gobierno de la Hacienda, control del gasto, elevación de los ingresos, recuperación del crédito público, reactivación de la economía novohispana para impulsar el incremento de las rentas públicas, etc.) y que dio como resultado la aparición de una verdadera pléyade de nuevos impuestos (alcabala eventual, licencias de andar a caballo, licencias de carruajes, el aforo del azúcar, dos loterías forzosas), la reforma de gravámenes y estancos previos (derecho de convoy, 10% sobre el arrendamiento de casas, estanco del tabaco, etc.) y la desestimación de otros más que se pusieron a discusión (impuestos a las casas de trato e industria, a la producción de cobre y estaño, un arbitrio de peajes o la reinstauración de la renta vitalicia, un gravamen implantado previamente en España y que había tenido una breve vigencia en Nueva España en la década de 1780).29 Como complemento a este rubro, se incorporan documentos que muestran cómo los gravámenes extraordinarios, las nuevas dependencias del fisco (v.g. las casas de moneda provisionales) y las juntas de arbitrios fueron la nota común en el conjunto de Nueva España (se insertan, entre otros, ejemplos referidos a Nueva Galicia, las Provincias Internas de Occidente y las provincias de Guanajuato y Yucatán).30

    Otro ámbito medular del repertorio de fuentes está conformado por la dimensión del gasto público, en especial y como era de esperar, el destinado al mantenimiento del Ejército virreinal, verdadera columna vertebral de la lucha contrainsurgente, así como la cancelación de gastos que tenían como objeto básico el sostener los aparatos bélicos de otras latitudes, como eran los situados ultramarinos. Asimismo destaca en el periodo la continua voluntad de ejercer un control sobre el gasto militar en aras de aminorar el déficit del Erario de Nueva España; cometido en el que resalta la creación de la Comisaría General de Guerra en 1817.31 La selección se acompaña de documentos de carácter público y privado en el que se intenta dar cuenta, si bien de forma muy escueta, de la composición y distribución del ejército virreinal –un factor clave del volumen y ejercicio del gasto público– y de la evolución de la guerra civil novohispana (aunque no es el objeto del repertorio, sin ellos se pierde mucho del contexto de generación de los documentos fiscales seleccionados).32

    La última temática que deseamos resaltar en este repertorio documental remite a la dimensión de la deuda pública del Erario de Nueva España. Ante el deterioro rápido y profundo de los ingresos aportados por los impuestos y los estancos y la elevación como nunca antes de los gastos internos de guerra, hubo que acudir de manera reiterada a la obtención de préstamos. En la medida en que el Erario virreinal no logró mantener sus compromisos crediticios, hicieron acto de presencia los denominados préstamos forzosos. En aras de ponderar el impacto de la contienda civil sobre el crédito público se incluyen ejemplos de Estados de débitos y créditos de la Tesorería General de Ejército y Real Hacienda de Nueva España desde 1797, con lo que se obtiene una cierta perspectiva de los cambios ocurridos en la década de 1810.33 En esta temática, destacan las dos memorias sobre la deuda pública del Erario de Nueva España presentadas en 1813 por Antonio de Medina y Miranda, contador de la caja real de Guadalajara, a la Junta de Arbitrios creada ese año por el virrey Félix María Calleja (doc. 42), y la elaborada por Ildefonso Maniau –contador del Real Tribunal y Audiencia de Cuentas de México– en 1817 para el arreglo del crédito del Erario de Nueva España, siguiendo las órdenes del virrey Juan Ruiz de Apodaca (doc. 104). Documentos ampliamente citados por la historiografía pero que no se habían presentado hasta hoy en su integridad.34

    Los documentos van acompañados de un índice que, además de un título breve, incorpora un año de referencia,35 así como la ubicación de la fuente en un archivo, trabajo o en algún repertorio documental. Unos elementos que, consideramos, sirven de apoyo a la investigación histórica.

    Temporalidad del repertorio documental

    Como habrá podido apreciar el lector, la mayoría de los documentos incorporados al repertorio cubren el periodo 1808-1821, sin embargo, en ciertas ocasiones su origen es anterior, ya sea para hacer más comprensible la estructura de muchas de las fuentes seleccionadas (por ejemplo, la ya citada Instrucción práctica de la contabilidad de la caja de México de 1784, que marcaría el modelo contable de los libros de cargo y data de las tesorerías de Nueva España hasta 1821), ya sea para posibilitar la comparación de la situación del Erario de Nueva España antes y después del crítico bienio de 1808-1810.

    Cabe aclarar que en el listado de fuentes aparece anexo un año a cada documento o expediente del repertorio. En ocasiones, es un mero reflejo del momento específico de elaboración del documento en cuestión, pero en otras se puede referir al año en el que se inició un expediente conformado por documentos fechados en varios años o al que se remiten la mayoría de documentos que lo conforman o, en otras ocasiones más, al momento en el que por diversas causas el Erario de Nueva España vio la necesidad de recuperar y transcribir un documento previo, en el contexto de registrar antecedentes que ilustrasen la toma de decisiones.

    Criterios de transcripción

    En prácticamente todos los casos se ha actualizado la ortografía de los documentos. Únicamente se ha mantenido la ortografía o la posición original cuando la estructura del documento lo ameritaba, como ocurre con algunos listados de productos incluidos en balanzas de comercio o las tarifas de efectos que iban a ser gravados. Actualizarla hubiese implicado modificar la enumeración del documento.36 Asimismo, en la mayoría de los textos se han desplegado las abreviaturas con el fin de facilitar su lectura. En ocasiones, el estado del legajo (humedades, roturas, pliegues, cosido de los libros o expedientes, etc.) ha obligado a dejar huecos en la transcripción. En esos casos se indica la situación entre corchetes.37

    ***

    Tras varios años de tarea, este libro de fuentes no hubiese sido posible sin la ayuda de numerosas personas que me orientaron en la localización de documentos y me apoyaron en su transcripción a lo largo de la investigación. A todos ellos quiero manifestar mi agradecimiento y pedir disculpas de antemano por cualquier posible omisión. Gracias pues a Carlos Marichal, Luis Jáuregui, Juan Ortiz, Antonio Ibarra, Genoveva Enríquez, Gloria Lizania Velasco, Tomás Ríos Hernández, Manuel Bautista González, Alexandra María Rodríguez, Rodrigo León, Julio César Rodríguez Treviño, Juanita Serratos, Guadalupe Colmenero, Alexis Almazán, Rodrigo Gordoa, José Luis Galván, René de León y Karina Mota. Sin su generosidad y dedicación no hubiese sido posible este repertorio documental. Dejar constancia también que cualquier error u omisión es únicamente responsabilidad del autor. Quiero reconocer asimismo el apoyo institucional que he recibido por parte de mi centro de trabajo, el Instituto de Investigaciones Dr. José María Luis Mora, y del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología para la realización de este trabajo, sin los cuales no hubiese podido llevarlo a término.38

    NOTAS

    17 En este sentido, desde el siglo XIX se vio la necesidad de reproducir este tipo de documentos. Al respecto, destaca entre otros la inclusión por parte de Lucas Alamán en su Historia de Méjico de documentos relativos a los ingresos, gastos y productos líquidos de las rentas de alcabalas, pulques, aguardiente de caña y vino mezcal entre 1777 y 1822, los estados sobre enteros, gastos y líquido de la renta del tabaco entre 1765 y 1809, la demostración de las acuñaciones de oro y plata de la Casa de Moneda de México entre 1690 y 1822 o las acuñaciones de moneda de cobre de la misma ceca entre 1814 y 1821. Alamán, Historia de Méjico, 1849, vol. I, docs. núms. 2, 3 y 4 del apéndice, pp. 4-20, y vol. IV, 1851, doc. núm. 7 del apéndice, p. 10.

    18 En la medida en que el repertorio documental que presentamos cubre básicamente los años de 1808 a 1821, hemos considerado inoportuno el empleo de la denominación Real Hacienda de Nueva España para todo el periodo, dado que se alternó con el de Hacienda pública, ya fuese entre 1812-1814 o entre 1820-1821, momentos en los que estuvo vigente en Nueva España la Constitución de Cádiz. A la luz de estos hechos, y siempre que no aludimos a un periodo específico, hemos optado por referimos a dicha entidad bajo el término Erario de Nueva España. Una práctica que no fue ajena a los usos de la época. Por ejemplo, los cinco reportes generales elaborados en junio de 1803 por el Tribunal de Cuentas de México sobre la situación de la Real Hacienda novohispana en el año de 1799 fueron precedidos por una carátula con el siguiente encabezado: Estado del Erario de Nueva España en el año de 1799 (Archivo General de indias (en adelante AGI/a>), México, leg. 2034). En la Memoria del secretario del Despacho de Hacienda de Ultramar leída en la sesión [de las Cortes] del día 27 de junio de 1811, el titular del ramo, Esteban Varea, así se refiere en varias ocasiones al mismo: conocerá Su Majestad que el gran Erario de Nueva España…., Es cosa dolorosa que el Erario de Nueva España esté sufriendo tan terribles erogaciones… (AGI, México, leg. 2383). En el bando de restablecimiento pleno del estanco del tabaco del virrey Juan Ruiz de Apodaca, publicado en la ciudad de México el 14 de mayo de 1818, se lee: Pues siendo la Renta más pingüe del Erario de Nueva España, sus rendimientos pueden y deben sacar al Gobierno de la mayor parte de sus apuros… (Archivo General de la Nación (AGN), Bandos, vol. 393). Es decir, con independencia del momento, por ejemplo antes de la crisis política y militar acaecida en la década de 1810, y durante la misma, ya fuese bajo el régimen de Cortes o de la restauración del absolutismo, el empleo del término Erario de Nueva España era de uso común entre los cargos de gobierno y los ministros y oficiales del fisco, con la ventaja de que servía para denominar a una entidad hacendaria ubicada en un territorio específico de la monarquía española, sin asociarse necesariamente a una forma de gobierno, de ahí que el término pudiese sobrevivir a los vaivenes de la política. Sánchez, La imperiosa necesidad, 2016.

    19 De hecho, son dimensiones del acontecer fiscal de Nueva España que esperan todavía el trabajo de historiadores que pongan a disposición de la academia y el público interesado repertorios de fuentes que ayuden a dar cuenta de las especificidades de los ámbitos fiscales provincial y local del bando virreinal, al igual que los conformados por la insurgencia y la trigarancia.

    20 Fonseca y Urrutia, Historia general, 6 vols., 1845-1853, 6 vols.

    21 Relaciones de valores, 2013.

    22 TePaske y Klein, Ingresos y egresos, 1986-1988, 2 vols. Mientras los libros manuales iban asentando por sus fechas las diversas entradas y salidas de caudales en las cajas reales, según la fórmula de cuenta y razón, los libros comunes procedían, primero, a la clasificación de los asientos contables según los ramos del real erario (alcabalas, tributos, diezmos, etc.) y, segundo, en cada uno de ellos se procedía a ordenar los registros según las fechas en que se realizaron las operaciones. Normalmente, al final de los libros comunes aparecía el sumario de los ramos de cargo y data, el cual constituía la pieza central de la carta cuenta que era remitida a las autoridades metropolitanas al final de cada año. Para esta división entre libros manuales y comunes, consúltese: Jáuregui, La Real Hacienda, 1999. Gracias a la generosidad de John J. TePaske y Herbert S. Klein, y a las iniciativas promovidas por la Asociación Mexicana de Historia Económica y, muy especialmente, por Carlos Marichal, contamos en la actualidad, entre otros recursos, con una versión electrónica de ambos volúmenes, ubicada en una página web titulada Cajas de la Real Hacienda de la América Española, siglos XVI a principios del siglo XIX, en la cual los datos de las cartas cuentas volcados en archivos Excel se acompañan de recursos adicionales como un buscador especializado, un glosario breve de términos de la Real Hacienda y una cartografía histórica. Al respecto consultar: . [Consulta: 21 febrero de 2016.]

    23 Documentos (a partir de ahora docs.) 6, 19, 32, 35, 46, 47, 48 y 93.

    24 Docs. 25, 26, 37, 38, 44, 64, 88, 106, 115, 116, 117 y 132

    25 Respectivamente, docs. 22, 28, 86 y 99 y docs. 10, 14, 95 y 98.

    26 La condición extraordinaria de la fiscalidad era otorgada no sólo por la novedad que introducía en el cuadro de rentas sino también por la condición temporal de la medida y por la suspensión del privilegio fiscal que podía acarrear, fincado este en el estado, la calidad y la clase de los causantes. Al respecto consultar: Sánchez, La imperiosa necesidad, 2016, p. 273.

    27 Docs. 23, 24, 55 y 74.

    28 Docs. 21, 73, 76, 79 y 80.

    29 Docs. 60-62, 65, 66-83, 85 y 92.

    30 Docs. 21, 34, 45, 59 y 114.

    31 Docs. 9, 30, 32, 47, 48, 94, 110, 121, 129 y 133.

    32 Docs. 16, 20, 27, 31, 41, 43, 54, 56, 63, 69, 87, 101, 103, 109, 119, 122-126 y 128.

    33 Docs. 2-5, 7, 8, 11, 15, 18, 36, 89, 120 y 136.

    34 Sánchez, La imperiosa necesidad, 2016, p. 346.

    35 En el siguiente apartado explicamos sucintamente el alcance temporal de las fuentes seleccionadas.

    36 Por ejemplo, consúltense los documentos núm. 12 y 96 del repertorio.

    37 Cabe añadir que en el caso de que el documento o expediente contase con paginación se ha reflejado tal cual. Cuando faltaba esta, se ha procedido a paginarlo en la transcripción.

    38 Este libro ha recibido el apoyo del CONACYT (Proyecto de Investigación de Ciencia Básica, ref. 153670-H).

    FUENTES CONSULTADAS

    ARCHIVOS

    BIBLIOGRAFÍA

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    Alamán, Lucas, Historia de Méjico desde los primeros movimientos que prepararon la independencia en el año de 1808 hasta el presente, Méjico, Imprenta de J. M. Lara, 1849-1852, 5 vols.

    Diario de Sesiones de las Cortes Generales y Extraordinarias de Cádiz: proceso de creación de la constitución política de la monarquía española de 1812 vigente en las provincias mexicanas, estudio introductorio Daniel Barceló Rojas, José Gamas Torruco, México, Cámara de Diputados/Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias, 2015, 8 tt.

    Documentos del Congreso de Chilpancingo, hallados entre los papeles del caudillo José María Morelos, sorprendido por los realistas en la acción de Tlacotepec el 24 de febrero de 1814, estudio histórico y paleografía preparados por Ernesto Lemoine, México, Secretaría de Gobernación, 2012.

    Documentos para el estudio de la cultura política de la transición: juras, poderes e instrucciones: Nueva España y la Capitanía General de Guatemala, 1808-1820, comp. y estudio introductorio Beatriz Rojas, México, Instituto Mora, 2005.

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    García, Genaro (dir.), Documentos históricos mexicanos, obra conmemorativa del primer centenario de la independencia de México, México, Secretaría de Instrucción Pública y Bellas Artes/ Museo Nacional de Antropología, Historia y Etnología, 1910-1912, 7 vols.

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    Hernández y Dávalos, J. E., Colección de documentos para la historia de la Guerra de independencia de México,, Virginia Guedea y Alfredo Ávila (dirs.), México, UNAM, 2007-2008, 6 tt. en [http://www.pim.unam.mx/juanhdz.html].

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    Los guadalupes y la independencia: con una selección de documentos inéditos, comp. y estudio preliminar de Ernesto de la Torre Villar, México, Editorial Jus, 1966.

    Miguel Hidalgo y Costilla: documentos de su vida, 1750-1813, documentos transcritos y publicados por J. E. Hernández y Dávalos et al.; investigación, recopilación, transcripción, edición y notas Felipe I. Echenique March, Alberto Cue García; fotografía de documentos y captura de textos León Felipe Echenique Romero; presentación Arturo Soberón Mora, México, INAH, 2009. 4 vols.

    Morelos: antología documental, estudio introductorio y selección de documentos Carlos Herrejón Peredo, México, Secretaría de Educación Pública, 1985.

    Ortiz Escamilla, Juan, Veracruz 1810-1825, México, Comisión Estatal del Bicentenario de la Independencia y del Centenario de la Revolución Mexicana, Universidad Veracruzana, 2008, 3 vols.

    Planes de la nación mexicana. Libro uno: 1808-1830, México, LIII Legislatura del Senado de la República/El Colegio de México, 1987.

    Relaciones de valores y distribución de la Real Hacienda de Nueva España, 1744-1748, Ernest Sánchez Santiró (estudio introductorio), México, AGN/Instituto Mora/El Colegio de Michoacán/El Colegio de San Luis, 2013.

    Sánchez Santiró, Ernest, La imperiosa necesidad. Crisis y colapso del Erario de Nueva España (1808-1821), México, Instituto Mora/El Colegio de Michoacán, 2016.

    TePaske, John J. y Herbert S. Klein, Ingresos y egresos de la Real Hacienda de Nueva España, México, INAH, 1986-1988, 2 vols.

    Torre Villar, Ernesto de la, La Constitución de Apatzingán y los creadores del Estado mexicano, México, UNAM, 1964.

    Urbina, Luis G. (comp.), Documenta insurgente: catálogo de los documentos referentes a la independencia de México, México, Instituto de Investigaciones Históricas-UNAM, 2003.

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    ARCHIVOS

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