DERECHOS DE LAS MUJERES El desamparo como política pública
“Ni un perro hace eso, ni una perra –dijo el fiscal Gustavo Dolores Acosta–. Lo lógico de cualquier madre, por instinto, es haberla sacado de esa taza de baño”. Era 14 de julio de 2016 y Dafne era juzgada por homicidio doloso.
“El instinto de madre no sólo debe darse en una mujer, se da en cualquier ser vivo. Esto es precisamente lo reprochable de esta conducta, sí, porque se perdió una vida”, remachó el fiscal, según consta en el amparo presentado por la defensa de Dafne el 17 de abril de 2017, integrado en el expediente del caso.
Todo empezó cinco meses atrás, cuando Dafne sufrió fuertes dolores abdominales y tuvo un aborto fortuito en el baño de la tienda Liverpool donde trabajaba, en San Juan del Río, Querétaro: se desmayó varias veces, tuvo abundante pérdida de sangre y quedó en estado de shock, sin entender lo que estaba ocurriendo.
En ese momento Dafne, quien padece hipotiroidismo, no sabía que estaba embarazada.
Sus compañeros y algunos trabajadores de un servicio de urgencias privado que la atendieron en el lugar la denunciaron ante la policía del estado de Querétaro, responsabilizándola de esa muerte. El juicio se realizó sin perspectiva de género, en violación de sus derechos humanos y con abogados defensores asignados que ni siquiera sabían los detalles de su caso. El 22 de julio de 2016
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