PALABRA DE LECTOR
Sobre “Una candidatura sostenida con alfileres”
Señor director:
Soy un abogado guerrerense al que le incomoda que desde la Ciudad de México quieran imponer opiniones, sobre todo si son equivocadas, con la finalidad de influir en el proceso electoral para elegir al gobernador de nuestro estado y, por eso, escribo estas líneas honrando la gran importancia que tiene este medio de comunicación.
En la revista Proceso, número 2311 del 14 de febrero último, en las páginas 48 y 49 se encuentra el artículo de Elisur Arteaga Nava, denominado “Una candidatura sostenida con alfileres”, en la que se pueden observar errores de carácter técnico jurídico derivados de un conflicto de aplicación de la ley en el tiempo.
Lo anterior es así porque la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala de manera precisa y contundente lo siguiente:
Artículo 14. A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.
Resulta que en el artículo de fondo se puede leer que se hace un cómputo equivocado con relación en la prescripción del delito de violación en Guerrero, precisamente porque el articulista ignora lo establecido en el artículo 14 de nuestra Carta Magna, que prohíbe la aplicación retroactiva de la ley en perjuicio de cualquier persona.
En efecto, el editorialista refiere erróneamente que en el
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