La batalla por el hablar veraz se libra en tres terrenos: en la mentira […] en los debates ligados al reino de los monólogos, y [en] los eufemismos, peticiones de principio e imprecisiones nebulosas.
PIERRE RONSAVALLON, EL BUEN GOBIERNO
El presente texto describe algunos modelos de argumentación que son utilizados y referenciados en la docencia de la argumentación jurídica, con el objetivo de demostrar su insuficiencia al momento de dar certeza a los operadores sobre cómo hacer frente a la argumentación.
¿Será suficiente contar con una pretensión, una argumentación coherente y consistente y pruebas relativas al caso para lograr un buen argumento o razonamiento? La respuesta, prima facie, pareciera ser correcta, pero esta pregunta deja de lado la perspectiva forense o la misma praxis de la abogacía para la persuasión.
Lo que se pretende demostrar es que no es posible considerar la argumentación como una forma de sustituir la metodología, sino que es determinante sumar la oratoria forense como objeto de estudio y ejercicio de la abogacía para lograr sus fines: una correcta defensa, la tutela efectiva de bienes jurídicos, lograr acuerdos o llevar a cabo la pretensión de nuestros representados.
Consideraciones generales de la argumentación
El análisis de la argumentación y la formulación de una teoría no es un tema reciente, pues desde 1970 Frans H. Van Eemeren y Rob Grootendorst se encargaron de desarrollar un modelo para analizar discusiones críticas, teniendo en cuenta valores de razonabilidad y proponiendo el desarrollo de una teoría de