Inconstitucionalidad de la propuesta de reforma a la LEY DEL NOTARIADO PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
El 4 de marzo de 2021 la diputada Leonor Gómez Otegui presentó al pleno del Congreso de la Ciudad de México una iniciativa de reformas para adicionar la fracción X al artículo 54 y un párrafo a la fracción IV del artículo 56 de la Ley del Notariado para la Ciudad de México. En consideración de quien escribe, la iniciativa propuesta tiene serios problemas de inconstitucionalidad, por ser violatoria de derechos humanos.
Por cuestiones de método, por versar sobre temas diferentes, es preciso dividir la discusión en dos partes; la primera relacionada con la propuesta para adicionar la fracción X al artículo 54 de la Ley del Notariado para la Ciudad de México, y la segunda que tratará sobre la iniciativa para adicionar un párrafo a la fracción IV del artículo 56 de la citada legislación.
Propuesta para adicionar la fracción X al artículo 54 de la Ley del Notariado para la Ciudad de México
La adición propuesta está relacionada con la prohibición para que puedan participar en los exámenes de aspirante los parientes consanguíneos en línea recta hasta el segundo grado y en línea colateral hasta el tercer grado, así como los parientes por afinidad de cualquier notario en funciones o que haya estado en funciones dos años antes de la fecha de la convocatoria correspondiente.
Así las cosas, la reforma propuesta es la siguiente:
“Artículo 54. Para solicitar el examen de aspirante a notario, el interesado deberá satisfacer los siguientes requisitos:
”[…] X. No tener parentesco por consanguinidad en línea recta hasta segundo grado y línea colateral hasta tercer grado, así como tampoco tener parentesco por afinidad con algún notario en función o que haya estado en funciones dos años antes de la fecha de emisión de la convocatoria correspondiente”.
Cabe mencionar que, en relación con el parentesco por afinidad, la propuesta no establece ninguna limitación, de modo que la prohibición podría ser extensiva a cualquier grado.
Asimismo, la exposición de motivos no explica las razones por las cuales es que estima necesaria la inclusión de esta fracción; es decir, no expone por qué es preciso excluir de la posibilidad de ser aspirantes a notarios a los parientes citados.
La fracción X que propone añadir al artículo 54 de la Ley del Notariado para la Ciudad de México viola directamente los artículos 1º y 5º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; el artículo 4º, apartado C, y el artículo 32, apartado C, inciso 1, subinciso l, ambos de la Constitución Política de la Ciudad de México, y el artículo 1º, apartado 1, de la Convención Americana
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